0065/2009
| JESUS AMARO PEREZ | EN CUMPLIMIENTO AL PUNTO RESOLUTIVO OCTAVO DE LA SENTENCIA DICTADA EN LA CAUSA PENAL 65/2009 EN CONTRA DE JESUS AMARO PEREZ, POR RESULTAR PENALMENTE RESPONSABLE EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE VIOLACIÓN EQUIPARADA AGRAVADA; COMETIDO EN PERJUICIO DE LA PASIVO se le condena a sufrir la pena de trece años nueve meses, multa por la cantidad de $9,834.75 M.N. negándosele cualquier beneficio libertario y para efectos de evitar victimizar a la pasivo y respetar sus derechos de privacidad, se omite el nombre y se notificar a la ofendida por lista de acuerdos la sentencia, y para efectos de que vincule esos datos en donde fue víctima se resaltan los siguientes: a).- su fecha de nacimiento es 24 de agosto de 1992b).- actualmente tiene veinticuatro añosc).- el 23 de marzo de 2009) se evadió del Centro donde se encontraba albergada, (Hermosillo; Sonora) d).- la agresión fue con violencia física y moral al haber sido atacada mediante intimidación infundiéndole temor y aprovechando la complexión física del enjuiciado comparado con el de la pasivo en aquella época (2003).Por ello se insiste lo procedente entonces es notificar a la ofendida por lista de acuerdos la sentencia, donde se le hace del conocimiento de que cuenta con el termino de cinco días para interponer el recurso de apelación en caso de inconformidad con dicho fallo, lo anterior con fundamento en el artículo 17 de la Constitución Federal y articulo 20, apartado B, de la Carta Magna, ___Texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación de 18 de junio de 2008, en relación con los numerales 109 primer párrafo y 110 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora. |