ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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0108/2018 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 10/2018, QUE REMITE EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NOGALES, SONORA, DERIVADO DE SU CAUSA PENAL 144/2004, INSTRUIDO EN CONTRA DE CELSO SÁNCHEZ MÁRQUEZ. | Se levanta constancia. |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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0394/2010 | MARCOS DUARTE IBARRA. – | SE AGREGA OFICIO, SE SOLICITAN AUTOS ORIGINALES AL ARCHIVO GENERAL EN EL ESTADO, SE FORMA CUADERNILLO, SE GIRA OFICIO y SE ORDENA EXPEDIR COPIAS. |
0068/2018 | MIGUEL ÁNGEL FLORES ENCINAS. – | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 68/2018, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL 96/2015.- SE DEVUELVE DILIGENCIADO. |
0114/2018 | SERGIO ROLANDO ROMERO PEÑA. – | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 114/2018, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL 18/2008-BIS. – SE RADICA, SE ORDENA DILIGENCIAR, SE ORDENA CITAR PERITO y SE GIRA AUTO OFICIO. |
0129/2018 | DANIEL ANTONIO MARES GODOY. – | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 129/2018, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL 32/2016-BIS.- SE DEVUELVE DILIGENCIADO. |
0206/2018 | HERIBERTO GARCÍA GONZÁLEZ. – | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 206/2018, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL 78/2016. – SE SEÑALA NUEVA FECHA PARA PRUEBA y SE GIRA AUTO OFICIO. |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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0007/2007 | ERICK SALVADOR ENRIQUEZ ARANDA | SE FIJA NUEVA, SE GIRAN EXHORTO Y CEDULAS |
0118/2016 | ADILE MIRANDA GRIJALVA | SE ORDENA REQUERIR Y DE GIRA OFICIO |
0338/2020 | IGNACIO SANDOVAL GREPO | Se rodena notificar por lista de acuerdos a las ofendidas Claudia Carrillo García y Rosalba Barba Romero, en representación de los occisos, que el 26 de octubre del dos mil dieciocho, se dictó sentencia definitiva a Juan Sandoval Grepo, Gerónimo Sandoval Grepo e Ignacio Sandoval Valenzuela o Ignacio Sandoval Grepo, en la cual fueron encontrados plenamente responsables por los delitos de dos ilícitos de homicidio calificado (con alevosía), y robo agravado (cometido por tres personas), en concurso real de delitos, en donde las primeras dos conductas delictivas recayeron en Roberto Peña Rentería y Cristian Jesús Barba Romero, mientras que el otro ilícito solo en perjuicio del último mencionado mientras que el otro ilícito solo en perjuicio del último mencionado. por lo que se les impuso de forma individual una pena global de CUARENTA Y DOS AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA, y multa de $1053.00 pesos (SON MIL CINCUENTA Y TRES PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), que equivale a treinta días de salario mínimo a razón de $35.10 pesos diarios, sin que sea aplicable en este apartado para su cálculo el valor del UMA, ya que la Ley que regula ese tema fue creada evidentemente con posterioridad, se absuelve a los sentenciados del pago de la reparación del daño, negándosele cualquier beneficio liberatorio y por último, hágaseles del conocimiento del derecho y plazo de cinco días hábiles que tiene para interponer el recurso de apelación en caso de inconformidad, los cuales empezaran a contar a partir de la presente publicación. |
0098/4221 | CUADERNILLO | CUADERNILLO QUE SE FORMO CON EL INCIDENTE NO ESPECIFICADO EXCLUYENTE DE PRUEBAS DEL CAUDAL PROBATORIO, PROMOVIDO DENTRO DE LA CAUSA PENAL 07/2007.- SE ORDENA NOTIFICAR MEDIANTE CEDULA Y SE NOTIFICA A LA OFENDIDA GUADALUPE IRACEMA CARRILLO CARRIÓN, Y SE DA VISTA POR EL TERMINO DE TRES DÍAS PARA QUE MANIFIESTE A LO QUE SUS INTERESES CONVENGA AL AUTO DE FECHA CINCO DE NOVIEMBRE |