0126/2013
| MARTÍN ALÁN OLIVAS NERI. – | Se ordena expedir copias, promoción. - 39. |
0236/2014
| MARTÍN ALÁN OLIVAS NERI. – | Se ordena expedir copias, promoción. - 40. |
0046/2016
| RAFAEL IRÁN PERALTA GONZÁLEZ. – | Cuadernillo formado con motivo del exhorto 70/2018, deducido de la causa penal 46/2016. – Se radica, se ordena diligenciar, se acuerda fecha para prueba, se gira auto oficio vía fax y se levanta constancia. |
0071/2018
| OMAR GARCÍA CARRILLO. - | Cuadernillo formado con motivo del exhorto 71/2018, deducido de la causa penal 35/2016. – Se radica, se ordena diligenciar. |
0114/2018
| SERGIO ROLANDO ROMERO PEÑA. – | Cuadernillo formado con motivo del exhorto 114/2018, deducido de la causa penal 18/2008-BIS. – Se levanta constancia. |
0487/2018
| HÉCTOR EDGARDO MUÑOZ ROMERO. - | Cuadernillo formado con motivo del exhorto 487/2018, deducido de la carpeta de ejecución formada al beneficio de libertad anticipada número 261/2018-C.T. – Se notifica a la parte ofendida dentro de la presente causa penal, en términos del Artículo 109, del Código Adjetivo Penal para el Estado de Sonora, y a efecto de evitar victimizar aún más a los pasivos, proteger su intimidad, identidad, garantizar su protección y bienestar, se omitirán sus datos personales, así como toda aquella información que permita su identificación, en observancia a los Artículos 1, 4 y 133, Constitucional, en relación con los numerales 6 y 7, del capítulo III, del Protocolo de Actuación para quienes imparten justicia en casos que afecten a niñas, niños y adolescentes, emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en nueve de octubre del año en curso, se admitió ante el Juzgado Primero de Ejecución de Sanciones, beneficio de libertad anticipada por remisión parcial de la pena, a favor del sentenciado Héctor Edgardo Muñoz Romero, lo que se hace de su conocimiento para que manifieste lo que en su derecho corresponda. |
0518/2018
| JUAN CARLOS GARCÍA ALCÁZAR. – | Cuadernillo formado con motivo del exhorto 518/2018, deducido de la carpeta de ejecución formada al beneficio de libertad anticipada número 270/2018-T.C. – Se a la parte ofendida dentro de la presente causa penal, en términos del artículo 109, del Código Adjetivo Penal para el Estado de Sonora, para efectos de evitar victimizar aún más al pasivo, proteger su intimidad, identidad, garantizar su protección y bienestar, se omitirán sus datos personales, así como toda aquella información que permita su identificación, en observancia a los artículos 1, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 7, fracción VIII y 12, fracción VI, de la Ley General de Víctimas, en relación con los numerales 1, párrafo segundo, y 2, fracción I, de la Ley de atención a Víctimas para el Estado de Sonora, que en dieciocho de octubre del año en curso, se admitió ante el Juzgado Primero de Ejecución de Sanciones, beneficio de libertad anticipada consistente en libertad preparatoria, a favor del sentenciado Juan Carlos García Alcázar, lo que se hace de su conocimiento para que manifieste lo que en su derecho corresponda. |