Inicio de Lista de Acuerdos - Contactanos
[

JUZGADO ORAL DE LO PENAL DE AGUA PRIETA

29-09-2020

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
C.P. 10/2019
---Se recibe y se agrega oficio de amparo, se rinde informe justificado (25/09/2020).
C.P. 167/2019
---Se fija fecha y hora para audiencia de revisión de cumplimiento de acuerdo reparatorio, se ordena citar y notificar, se gira oficio (25/09/2020).
C.P. 0060/2020
---Se celebra audiencia de formulación de imputación, imputado se acoge al plazo constitucional, se fija fecha y hora para audiencia de vinculación a proceso, se impone medida cautelar, se ordena girar oficio (25/09/2020).
C.P. 0138/2020
---Se recibe y agrega escrito, se deja sin efecto fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se fija nueva fecha y hora para su celebración, se ordena notificar, se gira oficio (25/09/2020).
Req. 07/2020
---Se recibe y agrega, se ordena diligenciar (25/09/2020).
C.P. 147/2020
---Se celebra audiencia de vinculación a proceso, se desahogan testimoniales, se vincula a proceso, se ordena girar oficio (25/09/2020).
C.P. 32/2020
---Se decreta el cierre de investigación complementaria, se apercibe y se ordena notificar (25/09/2020).
C.P. 79/2020
---Se celebra audiencia para acuerdo reparatorio, se aprueba acuerdo reparatorio, se cumple con acuerdo, se decreta extinción de la acción penal, se ordena la inmediata libertad, se ordena girar oficio (26/09/2020).
C.P. 80/2020
---Se recibe y se agrega escrito, se autorizan copias (25/09/2020).
C.P. 91/2020
---Se notifica por lista a Abraham Guadalupe Flores Valdez, en su carácter de víctima, los puntos resolutivos de la sentencia definitiva de fecha trece de septiembre de dos mil veinte: “R E S O L U T I V O S: PRIMERO. Este juzgador es competente para conocer y decidir la presente causa. SEGUNDO. En la causa se encuentra plena y legalmente demostrado el delito de *******, previsto y sancionado en los artículos 234-B, del Código Penal de Estado de Sonora, así como la responsabilidad penal plena de ******* en su comisión, por lo que se emite fallo de condena en su contra. TERCERO. Por la comisión del delito de que se le encontró responsable, se impone a ******** la pena de dos años de prisión y multa de $9,556.08 (nueve mil quinientos cincuenta y seis pesos 08/100 m.n.), equivalente a ciento diez unidades de medidas y actualización vigente en la republica a la fecha de ejecución del hecho, esto es en el año dos mil veinte; cuya pena corporal deberá compurgar en el Centro que al efecto se asignó para ejecución de sanciones de esa naturaleza, con descuento del tiempo que ha estado privado de su libertad, es decir, desde el día dos de junio de dos mil veinte, en los términos precisados en el considerativo respectivo. CUARTO. Por los motivos expuestos en el apartado correspondiente, SE CODENA al hoy sentenciado ********, al pago de la Reparación del Daño Material en forma genérica, dejando a salvo los derechos de la parte ofendida para que, una vez que cause ejecutoria la presente sentencia, cuantifique en ejecución el pago por dicho concepto en la vía legal que corresponda. De igual manera, se CONDENA al pago reparación del daño moral se condena al acusado ******, a favor de la hoy victima Abraham Guadalupe Flores Valdez, la cantidad de $25,820.00 (veinticinco mil ochocientos veinte pesos 00/100 moneda nacional), ello por así solicitarlo el agente del ministerio público y no existir oposición de la defensa y el acusado. QUINTO. Se concede ******, la Condena Condicional de la pena impuesta mediante garantía que otorgue por la cantidad de $5,000.00 (diez mil pesos 00/100 m.n.), en cualquier forma legal. SEXTO. Hágase saber a las partes sobre el derecho y término que la ley les concede en caso de inconformarse con el presente fallo, que es de cinco días para interponer recurso de apelación al estar en presencia de un procedimiento abreviado. Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese al sentenciado, y gírense y distribúyanse los oficios y copias a las autoridades que estatuye la Ley. Y en su oportunidad regístrese esta causa como asunto concluido. Así lo resolvió en definitiva y firmó el Licenciado ********, Juez Oral de lo Penal del Distrito Siete del Poder Judicial del Estado de Sonora.”
Exh. 92/2020
---Se recibe y agrega exhorto, se ordena diligenciar, se remite exhorto debidamente diligenciado (25/09/2020).
C.P. 97/2020
---Se recibe y agrega acusación, se fija fecha y hora para audiencia intermedia, se ordena citar y notificar (25/09/2020).
]Home - Políticas de uso - - Términos y Condiciones
Gobierno de México