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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE CABORCA

21-02-2019

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0051/2007
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA REQUISITORIA 62/2019/P-V, QUE REMITE EL C. SECRETARIO DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN NOGALES, SONORA, ENCARGADO DEL DESPACHO POR MOTIVO DE LA LICENCIA OFICIAL DEL TITULAR; REGISTRADA EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE BAJO NÚMERO DE ORDEN 20/2019-I; DERIVADA DEL EXHORTO 43/2019-V, FORMADO CON MOTIVO DEL DIVERSO 209/2019, PROCEDENTE DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE MÉXICO, CON SEDE EN TOLUCA, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL 51/2007.Se radica requisitoria, se ordena diligenciar y se comisiona actuario.
0051/2007
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA REQUISITORIA 45/A, QUE REMITE EL C. SECRETARIO EN FUNCIONES DE JUEZ CUARTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN NOGALES, SONORA; REGISTRADA EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE BAJO NÚMERO DE ORDEN 19/2019-I; DERIVADA DEL EXHORTO 36/2019, CON NÚMERO DE ORDEN 43/2019, FORMADO CON MOTIVO DEL DIVERSO EN LÍNEA 214/2019, CON NÚMERO DE ORDEN 226/2019, PROCEDENTE DEL JUZGADO SEXTO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE MÉXICO, CON SEDE EN TOLUCA, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL 51/2007.Se radica requisitoria, se ordena diligenciar y se comisiona actuario.
0513/2007
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA REQUISITORIA 70/2019/P-VII, QUE REMITE EL C. JUEZ SEXTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN NOGALES, SONORA; REGISTRADA EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE BAJO NÚMERO DE ORDEN 22/2019-I; DERIVADA DEL EXHORTO 44/2019, DERIVADA DEL DIVERSO 912/2019, QUE REMITE EL SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO ESPECIALIZADO EN EJECUCIÓN DE PENAS EN LA CIUDAD DE MÉXICO, EN FUNCIONES DE JUEZ, RELATIVO AL SIPE 513/2007, FORMADO CON MOTIVO DEL INCIDENTE NO ESPECIFICADO PROMOVIDO POR EL SENTENCIADO.Se radica requisitoria, se devuelve requisitoria sin diligenciar, se gira oficio.
0258/2012
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 03/2019, QUE REMITE EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, REGISTRADO EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE CON EL NÚMERO DE EXHORTO LOCAL 06/2019-I; DERIVADO DEL EXPEDIENTE 0258/2012-TER, INSTRUIDO POR EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO Y VIOLACIÓN AGRAVADA.Se desahogan diligencias, se levanta constancia.
0073/2013
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA REQUISITORIA 18/2019, QUE REMITE EL C. JUEZ QUINTO DE DISTRITO EN EL ESTADO, CON RESIDENCIA EN NOGALES, SONORA; REGISTRADA EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE BAJO NÚMERO DE ORDEN 21/2019-I; FORMADA AL EXHORTO 45/2019-III, DERIVADA DEL DIVERSO 37/2019, ORDEN 37/2019, DERIVADO DE LA CAUSA PENAL 73/2013-III, INSTRUIDO CONTRA GERMÁN GERMÁN BARRAZA, DEL ÍNDICE DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO DE PROCESO PENALES FEDERALES, EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, CON RESIDENCIA EN TIJUANA.Se radica requisitoria, se ordena diligenciar y se comisiona actuario.
0587/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL DESPACHO 53/A, QUE REMITE EL C. ACTUARIO DEL JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA, CON RESIDENCIA EN NOGALES, SONORA, REGISTRADA EN ESTE JUZGADO CON NÚMERO DE ORDEN 23/2019-I, DERIVADO DEL EXHORTO 41/2019, CON NÚMERO DE ORDEN 49/2018, FORMADO CON MOTIVO DEL DIVERSO EN LÍNEA 203, PROCEDENTE DEL JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS, CON SEDE EN CIUDAD VICTORIA, TAMAULIPAS, DEDUCIDO DEL JUICIO DE AMPARO 587/2018, PROMOVIDO POR MISAEL GUADALUPE TORRES ORDUÑA, CONTRA ACTOS DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS Y OTRAS AUTORIDADES. -Se levanta constancia, se radica despacho, se ordena búsqueda y localización, se comisiona actuario, se levanta diligencia, de fecha (19-FEB-2019), se remite despacho parcialmente diligenciado, se gira oficio.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0077/2013
ORDINARIO PENAL.Se agrega promoción 24/2019, se concede permiso.
0018/2015
ORDINARIO PENAL.Se hace devolución de garantía y se levanta razón de recibido.
0001/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO DERIVADO DEL NUC 08588, QUE REMITE EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, TITULAR DE LA PRIMERA UNIDAD ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL.Se agrega oficio sin número y se informa.
0002/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO DERIVADO DEL NUC 08548, QUE REMITE EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, TITULAR DE LA PRIMERA UNIDAD ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL. SE AGREGA OFICIO SIN NÚMERO Y SE INFORMA.Se agrega oficio sin número y se informa.
0003/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO DERIVADO DEL NUC 08552, QUE REMITE EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, TITULAR DE LA PRIMERA UNIDAD ESPECIALIZADA EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO Y ORAL.Se agrega oficio sin número y se informa.
0004/2019
CUADERNILLO RELATIVO AL JUICIO DE AMPARO 123/2019-IV.Se agregan oficio 5363/2019, se informa y se envía oficio telegráfico.

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0083/2004
JUICIO ORDINARIO.Causa ejecutoria sobreseimiento, se deja sin efecto publicación de lista oficial de fecha 20 de febrero de dos mil diecinueve.
0325/2008
ORDINARIO PENAL.Se agrega exhorto sin diligenciar, se admite recurso de apelación y se ordena notificar por lista al ofendido OCTAVIO DE JESÚS GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, los puntos resolutivos de la sentencia de fecha veintiocho de enero de dos mil diecinueve, haciéndosele saber término de cinco días hábiles que tiene para apelar el fallo, y para que el caso de que interponga recurso de apelación se resuelva sobre su admisión y se le haga saber que en el término de tres días podrá designar representante legal que lo patrocine en segunda instancia, y en caso de no hacerlo así, o el designado no comparece, o no acepte el cargo, se continuará con el trámite del recurso. PUNTOS RESOLUTIVOS. PRIMERO. Este Juzgado es competente para conocer y fallar el presente proceso. SEGUNDO. En autos se acreditó el delito de VIOLACIÓN EQUIPARADA (víctima menor de doce años) AGRAVADA (impubertad del pasivo, aprovechamiento del activo de la confianza en él depositada) CALIFICADA en concurso real de delito (en número de dos), previsto y sancionado por los artículos 219, fracción II, y último párrafo, 220, fracciones I y V, en relación con los numerales 15 y 70, todos del Código Penal para el Estado de Sonora, cometido en agravio de los menores Octavio de Jesús Gutiérrez Rodríguez y Carlos Francisco Espinoza Rodríguez, así como por el diverso de VIOLACIÓN TENTADA EQUIPARADA (víctima menor de doce años) AGRAVADA (impubertad del pasivo, aprovechamiento del activo de la confianza en él depositada) CALIFICADA, cometido en agravio del menor CARLOS FRANCISCO ESPINOZA RODRÍGUEZ, previsto y sancionado por los artículos 219, fracción II, y último párrafo, 220, fracciones I y VI, en relación con los numerales 10 y 69, todos del Código en mención, así como la plena responsabilidad penal de CARMELO ALFONSO GARCÍA LÓPEZ Y/O CARMELO ALFONSO GARCÍA GARCÍA (A) “EL PITUFO”, en su comisión; consecuentemente: TERCERO. Se dicta SENTENCIA DE CONDENA en contra de CARMELO ALFONSO GARCÍA LÓPEZ Y/O CARMELO ALFONSO GARCÍA GARCÍA (A) “EL PITUFO”, y se le impone por el delito de por el delito de VIOLACIÓN EQUIPARADA (víctima menor de doce años) AGRAVADA (impubertad del pasivo, aprovechamiento del activo de la confianza en él depositada) CALIFICADA en concurso real de delito (en número de dos), cometido en agravio del menor Octavio de Jesús Gutiérrez Rodríguez, las penas de NUEVE AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA y CUARENTA y CINCO DÍAS MULTA, equivalente ésta a la cantidad de $2,293.20 (DOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA TRES PESOS 20/100 M.N.). La pena privativa se incrementa, en razón de concurso real de delitos, en OCHO AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA y DIEZ DÍAS MULTA, equivalente ésta a la cantidad de $509.60 (QUINIENTOS NUEVE PESOS 60/100 M.N.), en razón de de $50.93 por día, que corresponde al salario mínimo general vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora, en la época en que sucedieron los hechos (dos mil ocho) por el ilícito de VIOLACIÓN EQUIPARADA (víctima menor de doce años) AGRAVADA (impubertad del pasivo, aprovechamiento del activo de la confianza en él depositada) CALIFICADA en concurso real de delito (en número de dos), cometido en perjuicio del diverso ofendido Carlos Francisco Espinoza Rodríguez. Penas impuestas que se aumentan en TRES AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA y TRES DÍAS MULTA, el equivalente a la cantidad de $152.96 (CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 96/100 MONEDA NACIONAL), en razón de de $50.93 por día, que corresponde al salario mínimo general vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora, en la época en que sucedieron los hechos (dos mil ocho) por el ilícito de VIOLACIÓN TENTADA EQUIPARADA (víctima menor de doce años) AGRAVADA (impubertad del pasivo, aprovechamiento del activo de la confianza en él depositada) CALIFICADA, cometido en perjuicio del diverso ofendido Carlos Francisco Espinoza Rodríguez. Por lo que, sumadas las penalidades arriba indicadas, hacen una sanción total para el sentenciado CARMELO ALFONSO GARCÍA LÓPEZ Y/O CARMELO ALFONSO GARCÍA GARCÍA (A) “EL PITUFO” por el concurso real de delitos en comento, de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA Y CINCUENTA Y OCHO DÍAS MULTA, equivalente ésta a $2,955.96 (SON: DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 96/100 MONEDA NACIONAL). Multa que deberá ingresar en calidad de bien propio del Estado, a favor del Fondo para la Administración de Justicia de esta Entidad, por conducto de la institución bancaria respectiva.La pena corporal indicada la deberá compurgar en el establecimiento penal que para tal efecto designe el Órgano Ejecutor de Sanciones, con descuento del tiempo que estuvo detenido en prisión preventiva. CUARTO. Por lo expresado en el considerando octavo, SE CONDENA a CARMELO ALFONSO GARCÍA LÓPEZ Y/O CARMELO ALFONSO GARCÍA GARCÍA (A) “EL PITUFO”, al pago de la reparación del daño moral en forma líquida, y en forma genérica a la reparación del daño material, a favor de los menores ofendidos. QUINTO. Por las razones expuestas en el considerando noveno, SE LE NIEGA al sentenciado CARMELO ALFONSO GARCÍA LÓPEZ Y/O CARMELO ALFONSO GARCÍA GARCÍA (A) “EL PITUFO”, el beneficio de la suspensión condicional de la pena de prisión impuesta, así como los sustitutivos de prisión. SEXTO. Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese al enjuiciado, en términos de lo dispuesto por el artículo 45, del Código Penal para el Estado de Sonora. SÉPTIMO. Se suspende al encausado en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, por el término de duración de la pena de prisión impuesta, de conformidad con lo dispuesto en el considerando respectivo. OCTAVO. Requiérase personalmente a las partes para que manifiesten su consentimiento o negativa respecto a que la presente sentencia, una vez ejecutoriada, se publique con sus datos personales. NOVENO. Infórmese a las partes sobre el derecho y término de apelación en caso de inconformidad con el presente fallo. DÉCIMO. Remítase testimonio autorizado de la presente sentencia al C. Director del Centro de Reinserción Social de esta ciudad para su conocimiento y efectos legales correspondientes; distribúyanse las copias de Ley a las dependencias correspondientes, así como al Juez de Ejecución que corresponda, en los términos que se precisan en el considerando décimo tercero. ASÍ LO SENTENCIÓ EN DEFINITIVA Y FIRMA EL C. LICENCIADO JORGE SEBASTIÁN PRECIADO RUÍZ, JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL, POR ANTE EL C. LICENCIADO MARIO ERNESTO CORDOBA SOSA, SECRETARIO TERCERO DE ACUERDOS CON QUIEN LEGALMENTE ACTÚA, AUTORIZA Y DA FE. DOY FE. Lo anterior con fundamento en los artículos 109. primer párrafo y 110, ambos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.
0111/2012
JUICIO ORDINARIO.Se agrega exhorto.
0017/2014
JUICIO ORDINARIO.Se agrega cuadernillo.
0407/2015
JUICIO ORDINARIO.Se agrega documental, se señala fecha para ratificación y se gira oficio.
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