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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE CABORCA

09-05-2019

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0041/2015
JUICIO ORDINARIO.Se agrega cuadernillo.
0117/2016
JUICIO ORDINARIO.Se agrega cuadernillo.
0139/2016
JUICIO ORDINARIO.Se agrega cuadernillo.
0163/2016
JUICIO ORDINARIO.Se agregan cuadernillos.
0001/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO, DERIVADO DEL NÚMERO ÚNICO DE CASO 23487, QUE REMITE EL C. AGENTE PRIMERO INVESTIGADOR DEL MINISTERIO DEL FUERO COMÚN DE ESTA CIUDAD.Se agrega oficio y se informa.
0002/2019
REQ.
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA REQUISITORIA 116, QUE REMITE LA C. LICENCIADA JOSEFINA ALEJANDRA NORIEGA LUNA, SECRETARIA AUXILIAR DE ACUERDOS DE LA SECRETARIA GENERAL DE ACUERDOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, DERIVADA DEL TOCA 01/2017, RELATIVO A LA CAUSA PENAL 205/2013 ACUMULADO AL 215/2013 Y 221/2013.Se radica requisitoria y se ordena diligenciar.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0156/2007
ORDINARIO PENAL.Se levanta constancia.
0147/2014
ORDINARIO PENAL.Se agrega cuadernillo.
0258/2014
ORDINARIO PENAL.Se agrega oficio telegráfico 101017, informa.
0320/2014
ORDINARIO PENAL.Se agrega oficio telegráfico 101020, se declaran prescritos antecedentes penales, se cancelan antecedentes, se envía oficio telegráfico y se autoriza devolución de caución.
0052/2017
ORDINARIO PENAL.Se levanta comparecencia, se fija monto de caución.
0060/2017
ORDINARIO PENAL.Se levanta constancia.
0001/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO DERIVADO DEL NUC 23488, QUE REMITE EL AGENTE PRIMERO INVESTIGADOR DEL MINISTERIO PÚBLICO, DE ESTA CIUDAD.Se agrega oficio sin número y se informa.

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0246/2007
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO 615, QUE REMITE EL SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, DERIVADO DEL TOCA PENAL 283/2012, RELATIVO A LA CAUSA PENAL 246/2007.-Se recibe oficio, se levanta certificación, se informa, se solicita informe, se gira oficio, se levanta certificación, de fecha (07-MAYO-2019), se agregan oficios, se levantan certificaciones, se informa, se gira oficio.
0324/2016
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 191/2019-T.C., QUE REMITE EL C. JUEZ PRESIDENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO FRANCISCO RENE MALDONADO NAVARRO, REGISTRADO EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE BAJO NÚMERO DE ORDEN 24/2019-III; DERIVADO DEL EXPEDIENTE DE EJECUCIÓN NÚMERO 324/2016-U.T., RELATIVO AL BENEFICIO DE LIBERTAD PREPARATORIA.Se remite exhorto sin diligenciar, se gira oficio.
0007/2019
• CUADERNILLO 12/2019-III, FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO 976/2019, QUE REMITE EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ALTAR, INHERENTE AL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 07/2019.Se agrega oficio, se rinde informe justificado, se gira oficio.
0102/2019
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 171/2019-T.U., QUE REMITE EL C. JUEZ PRESIDENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO FRANCISCO RENE MALDONADO NAVARRO, REGISTRADO EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE BAJO NÚMERO DE ORDEN 27/2019-III; DERIVADO DEL EXPEDIENTE NÚMERO 102/2019-T.U., RELATIVO AL BENEFICIO DE LIBERTAD ANTICIPADA DE REMISIÓN PARCIAL DE LA PENA.Se comisiona actuario, notifíquese.
0120/2019
• CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 311/2019, QUE REMITE EL C. JUEZ PRESIDENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO FRANCISCO RENE MALDONADO NAVARRO, REGISTRADO EN EL LIBRO CORRESPONDIENTE BAJO NÚMERO DE ORDEN 25/2019-III; DERIVADO DEL EXPEDIENTE NÚMERO 120/2019, RELATIVO AL BENEFICIO DE LIBERTAD ANTICIPADA CONSISTENTE EN REMISIÓN PARCIAL DE LA PENA.Se agrega oficio, se levanta constancia, se ordena notificar por medio de lista de acuerdos que se publique en los estrados de este Tribunal a los familiares directos de quien en vida llevara por nombre JOSÉ ANTONIO RAMÍREZ CARDENAS, de apodo EL CARRACAS, el auto que a la letra dice: “AUTO.- EN HERMOSILLO, SONORA, A OCHO DE ABRIL DEL DOS MIL DIECINUEVE. Téngase por recibido la promoción y anexos de cuenta se tiene por presentado por el sentenciado JOSE ÁNGEL ESCARCEGA MARTINEZ, en su carácter de sentenciado dentro de la causa o proceso penal que se menciona en el escrito que se atiende, señalando que actualmente se encuentra compurgando dicha sentencia en el Centro de Reinserción Social de Caborca, Sonora; solicitando el beneficio de la libertad DE REMISIÓN PARCIAL DE LA PENA, toda vez que a su dicho, según los cómputos que realiza ya alcanza dicho beneficio de la pena que fue sentenciado. En vistas de lo anterior, se radica el escrito de referencia y se ordena realizar el trámite respectivo, fórmese la causa de ejecución correspondiente, por lo que se le tiene por asignado el número 120/2019, infórmese de ello al C. Secretario General de Acuerdos del H. Supremo Tribunal de Justicia, regístrese en los libros de gobierno y estadística de REMISIÓN PARCIAL DE LA PENA solicitada por el sentenciado JOSE ÁNGEL ESCARCEGA MARTINEZ, asimismo agrega los documentos que menciona en dicho escrito, mismos documentales que se tiene por recibidas y agregadas a los autos para los efectos legales correspondientes; motivo por el cual requiérase al Coordinador General del Sistema Estatal Penitenciario del Estado de Sonora, para que remita el informe correspondiente a los hechos que plantea el sentenciado JOSE ÁNGEL ESCARCEGA MARTINEZ, debiendo anexar al mismo informe laboral y actividades realizadas por el sentenciado en todas y cada uno de los Centros de Reinserción Social en los cuales ha estado interno la situación jurídica actualizada de éste, en las que se detalle con claridad en cuales procesos se le ha tenido por compurgadas las penas de prisión y, por cuales procesos se encuentra actualmente recluido (partida de antecedentes penales); de igual forma anexar toda aquella información y documentación que sustente y justifique la situación jurídica de referencia; para el efecto de lo anterior, se deberá anexar a la solicitud de informe copia certificada del escrito que se acuerda; siendo estos referente a la conducta mostrada por el sentenciado durante la ejecución de la condena, dictamen emitido por el Consejo técnico Interdisciplinario del Centro de Reinserción Social en el que se establezca si el sentenciado JOSE ÁNGEL ESCARCEGA MARTINEZ se encuentra en condiciones de ser reinsertado a la sociedad, así como informe si el sentenciado durante su reclusión ha participado en las actividades deportivas, educativas, culturales, de trabajo, informe sobre la conducta que ha observado; así también se hace del conocimiento a la autoridad requerida que el informe y la documentación que nos ocupa deberá remitirlo a este Tribunal dentro del término de veinte días siguientes de recibida la presente notificación, apercibido de que de no hacerlo así se le aplicara multa equivalente de veinticinco unidades de medida y actualización y se dará aviso a su superior jerárquico. Notifíquese personalmente el presente acuerdo al sentenciado JOSE ÁNGEL ESCARCEGA MARTINEZ, a quien en el presente trámite se le tendrá como domicilio para oír y recibir notificaciones el Centro de Reinserción Social de Caborca, Sonora, que es el lugar en el cual se encuentra interno, esto es en consideración a que las notificaciones de la presente materia son de carácter personal. Se tiene por designado en favor del sentenciado al LICENCIADO GRISELDA LIZETH FLORES DELGADO, JUAN MANUEL ARCE MENDEZ Y ALETIA RUSBELIN GONZALEZ IBARRA, para que la represente y defienda en el presente proceso, asimismo lo autoriza para que en su nombre y representación oiga y reciba notificaciones. En el entendido de que para efectos de que se vele por el debido proceso en la presente causa penal y se garantice al sentenciado una defensa adecuada, como lo rige el artículo 20 de nuestra Carta Magna; es por ello, que se ordena requerir al LICENCIADO GRISELDA LIZETH FLORES DELGADO, JUAN MANUEL ARCE MENDEZ Y ALETIA RUSBELIN GONZALEZ IBARRA, para efecto de que al momento de su notificación o bien, en el término de TRES DÍAS hábiles posteriores a dicha notificación, exhiban ante este Tribunal la cédula profesional la cual acredite su carácter de profesionista, para efecto de acordar lo conducente. Asimismo y a fin de que no quede en estado de indefensión al sentenciado de referencia, seguirá representándolo dentro de la presente causa el Defensor Público Adscrito a este Juzgado, hasta en tanto el defensor particular designado, acepte y proteste y cumpla las condiciones que les han sido impuestas por este Tribunal, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar, con fundamento en el artículo 46 del Código Procesal Penal para el Estado de Sonora en aplicación supletoria en relación con el artículo 8 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad del Estado de Sonora. De igual manera y en cumplimiento del artículo 24 de Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad en el Estado de Sonora notifíquese mediante oficio del auto que nos ocupa al Fiscal General de Justicia del Estado de Sonora, Secretario de Seguridad Pública del Estado de Sonora y al Coordinador General del Sistema Estatal Penitenciario. Notifíquese el contenido del presente auto a la víctima y/o familiares de la víctima del auto que admite el beneficio de REMISION PARCIAL DE LA PENA que se solicita a favor del sentenciado JOSE ÁNGEL ESCARCEGA MARTINEZ, sin embargo al no contarse con el domicilio de la misma y en virtud que las actuaciones del expediente 48/2011 corresponde al C. JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ALTAR CON RESIDENCIA EN CABORCA, SONORA, sírvase girar atento exhorto para que en auxilio a este juzgado notifique el contenido íntegro del presente auto al ofendido para su conocimiento y efectos legales correspondientes, y una vez hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado; y en caso de no dar con su paradero se haga la notificación por listas como lo dispone el artículo 109 de la misma Ley adjetiva antes mencionada, y una vez hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado en sus términos, según lo previsto en el artículo 52 y 57 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora y una vez hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado; así como constancias para efectos de realizar el cómputo de prisión preventiva (arraigo, parte informativo y/o orden de aprehensión ejecutada, sentencia definitiva, ejecutoria, amonestación, resolución de segunda instancia y/o amparo), también deberá de informar si el sentenciado dio cumplimiento al pago de la reparación del daño a que fue condenado y si dentro del expediente no se ha promovido algún incidente respecto del algún beneficio de libertad anticipada. Aunado a todo lo anterior, Solicítese al Sub Director de Dactiloscopia e identificación Criminal de la Fiscalía General de Justicia en el Estado, para que dentro de tres días a partir de que reciba el oficio remita e informe a este Juzgado las constancias de antecedentes penales, a nombre del sentenciado JOSE ÁNGEL ESCARCEGA MARTINEZ, percibiéndosele de que en caso de no dar cumplimiento a lo anteriormente en el término de TRES días se harpa acreedor a una multa de treinta unidades de medida y actualización. Lo anterior de conformidad por lo dispuesto en el artículo 49 fracciones I del Código de Procedimientos Penales del Estado de Sonora en aplicación supletoria a la Ley de Ejecución de Sanciones y Medidas de Seguridad. Por otra parte, infórmese a las partes que en virtud de lo publicado en fecha diez de mayo de dos mil dieciocho en el BOLETÍN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA, el Acuerdo General Número 04/2018 emitido por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, mediante el cual se amplían las funciones y facultades del juez presidente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Ejecución de Sanciones del Distrito Judicial de Hermosillo, Sonora, en el cual dispone que además de las atribuciones que como Juez especializado le concede el artículo 60 Cuater de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sonora y las que le fueron conferidas mediante el Acuerdo General número 12/2016 establece que será su facultad tramitar todos los asuntos de la competencia del Juzgado hasta citar para resolución definitiva, siendo el caso de excepción a dicha regla únicamente cuando se estime dudoso o trascendental algún trámite, mismo que se habrá de consultarse en sesión colegiada con los demás Jueces; en consecuencia de lo anterior el trámite de la presente causa de ejecución será substanciado en adelante por el Juez Presidente en turno, dando fe y autorizando sus actuaciones el Secretario de Acuerdos adscrito a este Tribunal. Por último y toda vez que se advierte de los autos que el sentenciado de referencia también se encuentra interno en el Centro de Reinserción Social de Caborca, Sonora, es por consiguiente que, se ordena girar atento exhorto al JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE ALTAR CON RESIDENCIA EN CABORCA, SONORA, a efecto de que de encontrarlo ajustado a derecho, en auxilio de las labores de este Tribunal, comisione al personal competente a su digno cargo para que de acuerdo a lo establecido en los artículos 50, 51, 52 y demás relativo del Código Procesal Penal para el Estado de Sonora en aplicación supletoria, notifique al sentenciado de referencia el contenido íntegro del presente auto, y una vez hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado a su lugar de origen. Lo anterior con fundamento en lo establecido en el artículo 21 Constitucional, así como también en los artículos 1,2,4 fracción I y V, 7, 9, 12, 13 fracción I,IV, V, VII y VIII, 14-A fracción XII, 22, 47, 61, y 62 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad en el Estado de Sonora, y en relación con los artículos 26, 46, 47 fracción II, 50, 51 y demás relativos al Código de Procedimientos Penales para el estado de Sonora, en aplicación supletoria. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASÍ LO ACORDÓ EL JUEZ PRESIDENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES LICENCIADO FRANCISCO RENÉ MALDONADO NAVARRO, POR ANTE SECRETARIO DE ACUERDO LICENCIADO DAVIR ARTURO PESQUEIRA ARMAGNAC CON QUIEN LEGALMENTE ACTÚA Y DA FE. DOY FE.”/DOS FIRMAS ILEGIBLES/
0389/2019
• CUADERNILLO 13/2019-III, FORMADO CON MOTIVO DE LOS OFICIOS 25722/2019 Y 25652/2019, QUE REMITE LA SECRETARIA DEL JUZGADO NOVENO DEL DISTRITO DE AMPARO EN MATERIA PENAL EN EL ESTADO DE JALISCO, INHERENTE AL JUICIO DE AMPARO 389/2019-II, PROMOVIDO POR HÉCTOR RAMÓN COTA GUERRERO.Se agregan oficios.
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