1075/2002
| SUMARIO CIVIL - - MARIA ELENA LOPEZ PARRA VS GEORGINA SALOMON DE MERAZ | PROM.- 318.- EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA, SE OTORGA ESCRITURA EN REBELDÍA, DESIGNA NOTARIO PÚBLICO, SE ORDENA REMITIR AUTOS.- |
721/2013
| ESPECIAL HIPOTECARIO.- SOCIEDAD DE FOMENTO LOCAL TEPEYAC S.A DE C.V.SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MÚLTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA VS YOLANDA NAVARRO PEREZ, GRANOS DE OROS DE COMONDU S.A. DE C.V. | PROM.- 299.- SE CORRIGE AUTO, SE FACULTA JUEZ, EXHIBE EXHORTO, SE ORDENA AGREGAR.- |
769/2014
| ORDINARIO CIVIL.- MIGUEL BELTRAN LIZARRAGA VS JUAN CARLOS TISCARE¥O ARREOLA | PROM.- 260.- SE SEÑALA FECHA PARA DILIGENCIA, POR OTRO LADO Y TODA VEZ QUE SE ADMITIÓ PRUEBA QUE REQUIERE DESAHOGO POSTERIOR, Y TODA VEZ QUE LA PREPARACIÓN DE LAS PRUEBAS QUEDA A CARGO DE LAS PARTES, QUIENES DEBEN VIGILAR SU OPORTUNO DESAHOGO Y CUMPLIR CON LAS CARGAS PROCESALES QUE LA LEY O UN MANDATO JUDICIAL LES IMPONGA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 76, FRACCIÓN IV, 77, 260 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA Y ARTÍCULO DÉCIMO DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2005 DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, QUE CREA LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, Y PARA EFECTOS DE QUE SE LLEVE A CABO EL DESAHOGO DE LA PRUEBA MENCIONADA CON ANTERIORIDAD, SE PREVIENE AL OFERENTE PARA QUE LLEVE A CABO TODOS Y CADA UNO DE LOS ACTOS TENDIENTES A IMPULSAR Y VIGILAR EL DESAHOGO DE LAS MISMAS, EN LOS TÉRMINOS FIJADOS PARA ELLO, POR LO QUE SE ORDENA REQUERIR A LA PARTE ACTORA, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LAS BOLETAS FOLIADAS Y AUTORIZADAS POR LA SECRETARIA DE ACUERDOS ACTUANTE EN LA QUE SE INDICARÁN LOS DATOS DEL EXPEDIENTE Y LA NATURALEZA DE LA DILIGENCIA ORDENADA, ASENTÁNDOSE RAZÓN Y FIRMA DE SU RECIBO EN AUTOS PARA CONSTANCIA, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO REALIZAR DICHO ACTO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA CORRESPONDIENTE, SI AGOTADO EL PLAZO NO REALIZA EL ACTO QUE LE CORRESPONDE. UNA VEZ QUE RECIBA LA BOLETA FOLIADA Y AUTORIZADA, DENTRO DEL TÉRMINO MÁXIMO DE TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE ENTREGUE ÉSTA, DEBERÁ ACUDIR A LA VENTANILLA QUE CORRESPONDA DE LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, EN DONDE LA ENTREGARÁ, SE CAPTURARÁN LOS DATOS ASENTADOS EN ELLA Y SE LE EXPEDIRÁ UNA ORIGINAL Y SUSCRITA POR EL COORDINADOR GENERAL O POR EL COORDINADOR DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, CON INDICACIÓN DE LA FECHA Y HORA EN QUE EL SOLICITANTE DEBERÁ PRESENTARSE PARA ACOMPAÑAR AL ACTUARIO A REALIZAR LAS CITACIONES CORRESPONDIENTES. LA CUAL DEBERÁ SER EXHIBIDO A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL POR PARTE DEL OFERENTE DE LA PRUEBA PARA EFECTO DE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO, PUES DE LO CONTRARIO SE LE TENDRÁ POR NO REALIZADO EL ACTO QUE LE CORRESPONDE, Y REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBAPOR OTRO LADO Y TODA VEZ QUE SE ADMITIÓ PRUEBA QUE REQUIERE DESAHOGO POSTERIOR, Y TODA VEZ QUE LA PREPARACIÓN DE LAS PRUEBAS QUEDA A CARGO DE LAS PARTES, QUIENES DEBEN VIGILAR SU OPORTUNO DESAHOGO Y CUMPLIR CON LAS CARGAS PROCESALES QUE LA LEY O UN MANDATO JUDICIAL LES IMPONGA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 76, FRACCIÓN IV, 77, 260 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA Y ARTÍCULO DÉCIMO DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2005 DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, QUE CREA LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, Y PARA EFECTOS DE QUE SE LLEVE A CABO EL DESAHOGO DE LA PRUEBA MENCIONADA CON ANTERIORIDAD, SE PREVIENE AL OFERENTE PARA QUE LLEVE A CABO TODOS Y CADA UNO DE LOS ACTOS TENDIENTES A IMPULSAR Y VIGILAR EL DESAHOGO DE LAS MISMAS, EN LOS TÉRMINOS FIJADOS PARA ELLO, POR LO QUE SE ORDENA REQUERIR A LA PARTE ACTORA, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LAS BOLETAS FOLIADAS Y AUTORIZADAS POR LA SECRETARIA DE ACUERDOS ACTUANTE EN LA QUE SE INDICARÁN LOS DATOS DEL EXPEDIENTE Y LA NATURALEZA DE LA DILIGENCIA ORDENADA, ASENTÁNDOSE RAZÓN Y FIRMA DE SU RECIBO EN AUTOS PARA CONSTANCIA, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO REALIZAR DICHO ACTO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA CORRESPONDIENTE, SI AGOTADO EL PLAZO NO REALIZA EL ACTO QUE LE CORRESPONDE. UNA VEZ QUE RECIBA LA BOLETA FOLIADA Y AUTORIZADA, DENTRO DEL TÉRMINO MÁXIMO DE TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE ENTREGUE ÉSTA, DEBERÁ ACUDIR A LA VENTANILLA QUE CORRESPONDA DE LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, EN DONDE LA ENTREGARÁ, SE CAPTURARÁN LOS DATOS ASENTADOS EN ELLA Y SE LE EXPEDIRÁ UNA ORIGINAL Y SUSCRITA POR EL COORDINADOR GENERAL O POR EL COORDINADOR DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, CON INDICACIÓN DE LA FECHA Y HORA EN QUE EL SOLICITANTE DEBERÁ PRESENTARSE PARA ACOMPAÑAR AL ACTUARIO A REALIZAR LAS CITACIONES CORRESPONDIENTES. LA CUAL DEBERÁ SER EXHIBIDO A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL POR PARTE DEL OFERENTE DE LA PRUEBA PARA EFECTO DE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO, PUES DE LO CONTRARIO SE LE TENDRÁ POR NO REALIZADO EL ACTO QUE LE CORRESPONDE, Y REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA, SE ORDENA NOTIFICAR PERSONALMENTE, SE COMISIONA ACTUARIO.- |
909/2016
| EJECUTIVO MERCANTIL.- - FIN UTIL, S.A. DE C.V., SOFOM ENR - VS GUILLERMO OCHOA OROS | SE LEVANTA CONSTANCIA DE DEVOLUCIÓN DE CHEQUE.- |
1223/2017
| ORDINARIO CIVIL - INEXISTENCIA DE COMPRAVENTA.- OMAR IVAN CANDALES DOMINGUEZ, KARLA MARIELA CANDALES DOMINGUEZ, JORGE LUIZ CANDALES DOMINGUEZ, MONICA MARITZA CANDALES DOMINGUEZ VS KARLA YOLANDA LOZANO MADUEÑO, EDGAR ALEJANDRO CANDALES BELTRAN, IRMA GUADALUPE BADILLA MENDIVIL, - REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DE COMERCNI DE ESTA CD. - | PROM.- 525.- OFRECE PRUEBAS, SE DA VISTA, SE FORMA CUADERNO.POR OTRO LADO Y TODA VEZ QUE SE ADMITIERON PRUEBAS QUE REQUIEREN DESAHOGO POSTERIOR, Y TODA VEZ QUE LA PREPARACIÓN DE LAS PRUEBAS QUEDA A CARGO DE LAS PARTES, QUIENES DEBEN VIGILAR SU OPORTUNO DESAHOGO Y CUMPLIR CON LAS CARGAS PROCESALES QUE LA LEY O UN MANDATO JUDICIAL LES IMPONGA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 76, FRACCIÓN IV, 77, 260 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA Y ARTÍCULO DÉCIMO DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2005 DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, QUE CREA LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, Y PARA EFECTOS DE QUE SE LLEVE A CABO EL DESAHOGO DE LA PRUEBA MENCIONADA CON ANTERIORIDAD, SE PREVIENE A LA OFERENTE PARA QUE LLEVE A CABO TODOS Y CADA UNO DE LOS ACTOS TENDIENTES A IMPULSAR Y VIGILAR EL DESAHOGO DE LAS MISMAS, EN LOS TÉRMINOS FIJADOS PARA ELLO, POR LO QUE SE ORDENA REQUERIR A LA PARTE DEMANDADA, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LAS BOLETAS FOLIADAS Y AUTORIZADAS POR LA SECRETARIA DE ACUERDOS ACTUANTE EN LA QUE SE INDICARÁN LOS DATOS DEL EXPEDIENTE Y LA NATURALEZA DE LAS DILIGENCIAS ORDENADAS (CONFESIONALES), ASENTÁNDOSE RAZÓN Y FIRMA DE SU RECIBO EN AUTOS PARA CONSTANCIA, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO REALIZAR DICHO ACTO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA CORRESPONDIENTE, SI AGOTADO EL PLAZO NO REALIZA EL ACTO QUE LE CORRESPONDE. UNA VEZ QUE RECIBA LA BOLETA FOLIADA Y AUTORIZADA, DENTRO DEL TÉRMINO MÁXIMO DE TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE ENTREGUE ÉSTA, DEBERÁ ACUDIR A LA VENTANILLA QUE CORRESPONDA DE LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, EN DONDE LA ENTREGARÁ, SE CAPTURARÁN LOS DATOS ASENTADOS EN ELLA Y SE LE EXPEDIRÁ UNA ORIGINAL Y SUSCRITA POR EL COORDINADOR GENERAL O POR EL COORDINADOR DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, CON INDICACIÓN DE LA FECHA Y HORA EN QUE EL SOLICITANTE DEBERÁ PRESENTARSE PARA ACOMPAÑAR AL ACTUARIO A REALIZAR LAS CITACIONES CORRESPONDIENTES. LA CUAL DEBERÁ SER EXHIBIDO A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL POR PARTE DEL OFERENTE DE LA PRUEBA PARA EFECTO DE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO, PUES DE LO CONTRARIO SE LE TENDRÁ POR NO REALIZADO EL ACTO QUE LE CORRESPONDE, Y REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA. ASIMISMO, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LOS OFICIOS QUE SE ORDENARON GIRAR CON MOTIVO DE LA PRUEBA DE INFORME DE AUTORIDAD Y CUENTA CON OTROS TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE LOS RECIBA EN ESTE JUZGADO PARA PRESENTARLOS ANTE LA CITADA DEPENDENCIA, APERCIBIENDO A LA PARTE DEMANDADA OFERENTE DE LA PRUEBA QUE DE OMITIR DAR CUMPLIMIENTO A CUALQUIERA DE LAS CARGAS PROCESALES IMPUESTAS, SE LE DECLARARAN DESIERTAS LAS PRUEBAS DE INFORME DE AUTORIDAD.
PROM.- 29.- PROPORCIONA CORREO ELECTRONICO, DEBERA ESTARSE.-
PROM.- 27.- OFRECE PRUEBAS, SE DA VISTA, SE FORMA CUADERNO.- POR OTRO LADO Y TODA VEZ QUE SE ADMITIERON PRUEBAS QUE REQUIEREN DESAHOGO POSTERIOR, Y TODA VEZ QUE LA PREPARACIÓN DE LAS PRUEBAS QUEDA A CARGO DE LAS PARTES, QUIENES DEBEN VIGILAR SU OPORTUNO DESAHOGO Y CUMPLIR CON LAS CARGAS PROCESALES QUE LA LEY O UN MANDATO JUDICIAL LES IMPONGA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 76, FRACCIÓN IV, 77, 260 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA Y ARTÍCULO DÉCIMO DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2005 DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, QUE CREA LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, Y PARA EFECTOS DE QUE SE LLEVE A CABO EL DESAHOGO DE LA PRUEBA MENCIONADA CON ANTERIORIDAD, SE PREVIENE A LA OFERENTE PARA QUE LLEVE A CABO TODOS Y CADA UNO DE LOS ACTOS TENDIENTES A IMPULSAR Y VIGILAR EL DESAHOGO DE LAS MISMAS, EN LOS TÉRMINOS FIJADOS PARA ELLO, POR LO QUE SE ORDENA REQUERIR A LA PARTE DEMANDADA, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LAS BOLETAS FOLIADAS Y AUTORIZADAS POR LA SECRETARIA DE ACUERDOS ACTUANTE EN LA QUE SE INDICARÁN LOS DATOS DEL EXPEDIENTE Y LA NATURALEZA DE LAS DILIGENCIAS ORDENADAS (TESTIMONIAL Y CONFESIONALES), ASENTÁNDOSE RAZÓN Y FIRMA DE SU RECIBO EN AUTOS PARA CONSTANCIA, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO REALIZAR DICHO ACTO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA CORRESPONDIENTE, SI AGOTADO EL PLAZO NO REALIZA EL ACTO QUE LE CORRESPONDE. UNA VEZ QUE RECIBA LA BOLETA FOLIADA Y AUTORIZADA, DENTRO DEL TÉRMINO MÁXIMO DE TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE ENTREGUE ÉSTA, DEBERÁ ACUDIR A LA VENTANILLA QUE CORRESPONDA DE LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, EN DONDE LA ENTREGARÁ, SE CAPTURARÁN LOS DATOS ASENTADOS EN ELLA Y SE LE EXPEDIRÁ UNA ORIGINAL Y SUSCRITA POR EL COORDINADOR GENERAL O POR EL COORDINADOR DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, CON INDICACIÓN DE LA FECHA Y HORA EN QUE EL SOLICITANTE DEBERÁ PRESENTARSE PARA ACOMPAÑAR AL ACTUARIO A REALIZAR LAS CITACIONES CORRESPONDIENTES. LA CUAL DEBERÁ SER EXHIBIDO A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL POR PARTE DEL OFERENTE DE LA PRUEBA PARA EFECTO DE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO, PUES DE LO CONTRARIO SE LE TENDRÁ POR NO REALIZADO EL ACTO QUE LE CORRESPONDE, Y REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA.
PROM.- 28.- OFRECE PRUEBAS, SE DA VISTA, SE FORMA CUADERNO. POR OTRO LADO Y TODA VEZ QUE SE ADMITIERON PRUEBAS QUE REQUIEREN DESAHOGO POSTERIOR, Y TODA VEZ QUE LA PREPARACIÓN DE LAS PRUEBAS QUEDA A CARGO DE LAS PARTES, QUIENES DEBEN VIGILAR SU OPORTUNO DESAHOGO Y CUMPLIR CON LAS CARGAS PROCESALES QUE LA LEY O UN MANDATO JUDICIAL LES IMPONGA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 76, FRACCIÓN IV, 77, 260 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA Y ARTÍCULO DÉCIMO DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2005 DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, QUE CREA LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, Y PARA EFECTOS DE QUE SE LLEVE A CABO EL DESAHOGO DE LA PRUEBA MENCIONADA CON ANTERIORIDAD, SE PREVIENE A LA OFERENTE PARA QUE LLEVE A CABO TODOS Y CADA UNO DE LOS ACTOS TENDIENTES A IMPULSAR Y VIGILAR EL DESAHOGO DE LAS MISMAS, EN LOS TÉRMINOS FIJADOS PARA ELLO, POR LO QUE SE ORDENA REQUERIR A LA PARTE DEMANDADA, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LAS BOLETAS FOLIADAS Y AUTORIZADAS POR LA SECRETARIA DE ACUERDOS ACTUANTE EN LA QUE SE INDICARÁN LOS DATOS DEL EXPEDIENTE Y LA NATURALEZA DE LAS DILIGENCIAS ORDENADAS (TESTIMONIAL Y CONFESIONALES), ASENTÁNDOSE RAZÓN Y FIRMA DE SU RECIBO EN AUTOS PARA CONSTANCIA, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO REALIZAR DICHO ACTO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA CORRESPONDIENTE, SI AGOTADO EL PLAZO NO REALIZA EL ACTO QUE LE CORRESPONDE. UNA VEZ QUE RECIBA LA BOLETA FOLIADA Y AUTORIZADA, DENTRO DEL TÉRMINO MÁXIMO DE TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE ENTREGUE ÉSTA, DEBERÁ ACUDIR A LA VENTANILLA QUE CORRESPONDA DE LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, EN DONDE LA ENTREGARÁ, SE CAPTURARÁN LOS DATOS ASENTADOS EN ELLA Y SE LE EXPEDIRÁ UNA ORIGINAL Y SUSCRITA POR EL COORDINADOR GENERAL O POR EL COORDINADOR DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, CON INDICACIÓN DE LA FECHA Y HORA EN QUE EL SOLICITANTE DEBERÁ PRESENTARSE PARA ACOMPAÑAR AL ACTUARIO A REALIZAR LAS CITACIONES CORRESPONDIENTES. LA CUAL DEBERÁ SER EXHIBIDO A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL POR PARTE DEL OFERENTE DE LA PRUEBA PARA EFECTO DE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO, PUES DE LO CONTRARIO SE LE TENDRÁ POR NO REALIZADO EL ACTO QUE LE CORRESPONDE, Y REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA.
PROM.- 167.- OFRECE PRUEBAS, SE ADMITEN, SE DA VISTA, POR OTRO LADO Y TODA VEZ QUE SE ADMITIERON PRUEBAS QUE REQUIEREN DESAHOGO POSTERIOR, Y TODA VEZ QUE LA PREPARACIÓN DE LAS PRUEBAS QUEDA A CARGO DE LAS PARTES, QUIENES DEBEN VIGILAR SU OPORTUNO DESAHOGO Y CUMPLIR CON LAS CARGAS PROCESALES QUE LA LEY O UN MANDATO JUDICIAL LES IMPONGA, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 76, FRACCIÓN IV, 77, 260 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE SONORA Y ARTÍCULO DÉCIMO DEL ACUERDO GENERAL NÚMERO 1/2005 DEL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, QUE CREA LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, Y PARA EFECTOS DE QUE SE LLEVE A CABO EL DESAHOGO DE LA PRUEBA MENCIONADA CON ANTERIORIDAD, SE PREVIENE AL OFERENTE PARA QUE LLEVE A CABO TODOS Y CADA UNO DE LOS ACTOS TENDIENTES A IMPULSAR Y VIGILAR EL DESAHOGO DE LAS MISMAS, EN LOS TÉRMINOS FIJADOS PARA ELLO, POR LO QUE SE ORDENA REQUERIR A LA PARTE DEMANDADA, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LAS BOLETAS FOLIADAS Y AUTORIZADAS POR LA SECRETARIA DE ACUERDOS ACTUANTE EN LA QUE SE INDICARÁN LOS DATOS DEL EXPEDIENTE Y LA NATURALEZA DE LAS DILIGENCIAS ORDENADAS (CONFESIONAL), ASENTÁNDOSE RAZÓN Y FIRMA DE SU RECIBO EN AUTOS PARA CONSTANCIA, CON EL APERCIBIMIENTO QUE DE NO REALIZAR DICHO ACTO EN TIEMPO Y FORMA LEGAL REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA CORRESPONDIENTE, SI AGOTADO EL PLAZO NO REALIZA EL ACTO QUE LE CORRESPONDE. UNA VEZ QUE RECIBA LA BOLETA FOLIADA Y AUTORIZADA, DENTRO DEL TÉRMINO MÁXIMO DE TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DE QUE SE LE ENTREGUE ÉSTA, DEBERÁ ACUDIR A LA VENTANILLA QUE CORRESPONDA DE LA CENTRAL DE ACTUARIOS EJECUTORES Y NOTIFICADORES DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, CON RESIDENCIA EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, EN DONDE LA ENTREGARÁ, SE CAPTURARÁN LOS DATOS ASENTADOS EN ELLA Y SE LE EXPEDIRÁ UNA ORIGINAL Y SUSCRITA POR EL COORDINADOR GENERAL O POR EL COORDINADOR DEL ÁREA QUE CORRESPONDA, CON INDICACIÓN DE LA FECHA Y HORA EN QUE EL SOLICITANTE DEBERÁ PRESENTARSE PARA ACOMPAÑAR AL ACTUARIO A REALIZAR LAS CITACIONES CORRESPONDIENTES. LA CUAL DEBERÁ SER EXHIBIDO A ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL POR PARTE DEL OFERENTE DE LA PRUEBA PARA EFECTO DE ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO A ESTE REQUERIMIENTO, PUES DE LO CONTRARIO SE LE TENDRÁ POR NO REALIZADO EL ACTO QUE LE CORRESPONDE, Y REPORTARÁ EL PERJUICIO PROCESAL QUE SOBREVENGA, ESTO ES, LA DESERCIÓN DEL MEDIO DE PRUEBA. ASIMISMO, PARA QUE DENTRO DEL TÉRMINO DE TRES DÍAS A PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA NOTIFICACIÓN DE ESTE AUTO ACUDA ANTE ESTE JUZGADO A RECIBIR LOS OFICIOS QUE SE ORDENARON GIRAR CON MOTIVO DE LA PRUEBA DE INFORME DE AUTORIDAD Y CUENTA CON OTROS TRES DÍAS CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE LOS RECIBA EN ESTE JUZGADO PARA PRESENTARLOS ANTE LA CITADA DEPENDENCIA, APERCIBIENDO A LA PARTE DEMANDADA OFERENTE DE LA PRUEBA QUE DE OMITIR DAR CUMPLIMIENTO A CUALQUIERA DE LAS CARGAS PROCESALES IMPUESTAS, SE LE DECLARARAN DESIERTAS LAS PRUEBAS DE INFORME DE AUTORIDAD, SE FORMA CUADERNO.- |
249/2017
| ORDINARIO CIVIL - RUBEN VELAZQUEZ CASTRO VS PRICILA PATRICIA ORTEGA GARCIA | PROM.. 335.- SE ORDENA EXPEDIR COPIAS CERTIFICADAS.- |
1527/2018
| SUMARIO CIVIL - ISELA ABIGAIL MORALES CANTU, POR SU PROPIO DERECHO Y EN REPRESENTACION DEL MENOR CRUZ EDUARDO SAUCEDA MORALES, YESSICA NALLELY OCHOA GASTELUM, POR SU PROPIO DERECHO Y EN REPRESENTACION DE LA MENOR AZUL ARIEL SAUCEDA OCHO VS. ABA SEGUROS, S.A. DE C.V. -,MAYO FELIX ORTIZ, AGRÍCOLA ALTAGRACIA, S.P.R. DE R.L. | EN CUADERNO FORMADO CON MOTIVO DE LOS TERCEROS AUXILIARES Y ADHERENTES.- PROM.- 248.- NO HA LUGAR, SE ORDENA INTEGRAR TESTIMONIO.- |
783/2018
| EJECUTIVO MERCANTIL.- JESUS ANTONIO GASTELUM SALAZAR VS IRMA ALICIA DELGADO SOTO | PROM.- 338.- NO HA LUGAR, SE DESISTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA, SE ORDENA DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTOS BASE DE LA ACCIÓN A LA PARTE DEMANDADA, SE DEJA SIN EFECTO EMBARGO, SE ORDENA GIRAR OFICIO.- |
1003/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- KARLA LIZETH CUEVAS HERNANDEZ VS LEONARDO ZAMORANO COTA | PROM.- 319.- SE ACUSA REBELDÍA, SE TIENE POR PERDIDO DERECHO, SE HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO.- |
1093/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- NAZARIO RODRIGUEZ MORALES VS - CONDOMIO MERCADO CAJEME MERCAJEME - | PROM.- 330.- SE RECIBE OFICIO, TESTIMONIO, SE ORDENA AGREGAR, DOCUMENTOS BASE DE LA ACCIÓN.- |
1101/2019
| ORDINARIO CIVIL - ENRIQUE URIEL OCHOA VARGAS | PROM.- 350.- HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
1237/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- OSCAR ALONSO SILVA ALCARAZ VS FRANCISCO HUMBERTO LUGO LUGO | PROM.- 316.- SE CITA PARA OÍR SENTENCIA DEFINITIVA, SE LEVANTA COMPUTO.- |
1331/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL REFORMADO.- CESAR ARMANDO PANDURA GARCIA VS LUZ ESTHER MENDEZ HERNANDEZ | PROM.- 345.- SE SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE ALEGATOS.- |
1423/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- OMAR ROBERTO CASTRO BURBOA VS MARIA ISABEL CALDERON CAZAREZ | PROM.- 305.- SE ADMITE INCIDENTE, SE DA VISTA, SE FORMA CUADERNO.-
PROM.- 367.- INICIA EJECUCIÓN FORZOSA DE SENTENCIA, DEBERÁ ESTARSE.- |
1431/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- AIRPAC, S.A. DE C.V. - | PROM.- 334.- SE RECIBE OFICIO, ANEXOS, EXHORTO, SE ORDENA AGREGAR.- |
1449/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- CLAUDIA MARCELA RODRIGUEZ VALLADARES VS CARMEN YANET HERNANDEZ LEYVA, MARIA JESUS GARCIA RUIZ | PROM.- 333.- SE NOTIFICA DE SENTENCIA DEFINITIVA.- |
1509/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- FINANCIERA INDEPENDENCIA S.A.B. DE C.V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE E.N.R. - | PROM.- 336.-AUTORIZA ABOGADO.- |
1567/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- ASESORIA Y COMERCIALIZACION DE GRANOS INDUSTRIALES DE SONORA MIRASAGA - VS -SABINO MEZA SANACHEZ. | PROM.- 341.- SE AUTORIZAN HORAS INHÁBILES, SE COMISIONA ACTUARIO.- |
1679/2019
| JURISDICCIÓN VOLUNTARIA CIVIL - AMADO MARTINEZ GARCIA | PROM.- 310.- SE DESISTE DE DEMANDA, SE ORDENA DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTOS BASE DE LA ACCIÓN A LA PARTE ACTORA, AUTORIZA PARA RECIBIRLOS.- |
1865/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL .-PEDRO FELIX GOCOBCHI VS BALVANEDA BUITIMEA RABAGO | PROM.- 357.- SE TIENE POR PERDIDO DERECHO, SE HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO, SE FIJA LITIS, SE ABRE JUICIO A PRUEBA, SE PROVEE SOBRE PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE ACTORA, SE FORMA CUADERNO, SE DESISTE DE PRUEBA, SE LEVANTA COMPUTO.- |
1873/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- FINANCIERA INDEPENDENCIA SAB DE C.V. SOFOM ENR - VS EMMANUEL BUITIMEA ALDAMA | EN CUADERNO DE PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE ACTORA.- PROM.- 314.- SE DESISTE DE PRUEBA CONFESIONAL.- |
1997/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- SARA ESTHER VASQUEZ CAMACHO | PROM.- 348.- SE AUTORIZAN HORAS INHÁBILES, SE COMISIONA ACTUARIO.- |
2009/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- YOREME CORTE Y PROCESOS S.A.D E C.V. - VS ALFREDO ALCANTAR ALMARAL. GABRIELA MARGARITA ALMARAL CORDOVA. | PROM.- 306.- DEBERA ESTARSE.- |
2093/2019
| ORDINARIO CIVIL - SUCESIÓN A BIENES DE JORGE ANTONIO PIÑA ARVIZU, JORGE ANTONIO PIÑA TORRES, CARLOS ALBERTO PIÑA TORRES, LUIS ADRIAN PÍÑA TORRES. | PROM.- 175.- NO HA LUGAR.- |
2143/2019
| ORDINARIO CIVIL.- INFONAVIT.- | PROM.- 332.- HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
2159/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- ELVIRA MARINILLO GONZALEZ | PROM.- 349.-SEÑALA DOMICILIO, SE COMISIONA ACTUARIO. |
2197/2019
| ORDINARIO CIVIL - OTROS.- - INFONAVIT - VS EVELYN MIRANDA VARELA | PROM.- 308.- HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
2247/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- JESUS ALONSO OJEDA IÑIGUEZ | PROM.- 344.- RETIRA DEMANDA, SE ORDENA DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTOS BASE DE LA ACCIÓN A LA PARTE ACTORA.- |
433/2019
| ORDINARIO CIVIL - INFONAVIT - VS JUAN FRANCISCO LOPEZ RAMOS | SE DICTA SENTENCIA DEFINITIVA.- |
553/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- JOSE RAMON BOJORQUEZ APODACA | CON EL ESTADO PROCESAL DE AUTOS.- SE DECRETA LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, SE ORDENA DEVOLUCIÓN DE DOCUMENTOS BASE DE LA ACCIÓN A LA PARTE ACTORA.- PROM- 320.- DEBERA ESTARSE, AUTORIZA PARA RECIBIR DOCUMENTOS.- |
687/2019
| ORDINARIO CIVIL -INFONAVIT VS EDNA CECILIA FELIX VALLIN | SE DICTA SENTENCIA DEFINITIVA.- |
713/2019
| ORDINARIO CIVIL - FERNANDO BARRERA PALAFOX | PROM.- 309.-EXHIBE EXHORTO, SE ORDENA AGREGAR, NO HA LUGAR.- |
937/2019
| EJECUTIVO MERCANTIL.- JOSE LUIS MALDONADO ROMERO VS CAROLINA VAZQUEZ GUTIERREZ | EN CUADERNO FORMADO CON MOTIVO DEL INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE INTERESES.- SE DICTA RESOLUCIÓN INTERLOCUTORIA.- |
21/2020
| ORDINARIO CIVIL - INFONAVIT | PROM.- 321.- HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
25/2020
| ORDINARIO CIVIL - INFONAVIT | PROM.- 323.- EXHIBE DOCUMENTAL, SE ORDENA AGREGAR, SE SUBSANA Y SE RADICA.-
PROM.- 322.- NO HA LUGAR.- |
35/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - MARCIA LUZ PAZ ZARATE | PROM.- 301.- EXHIBE DOCUMENTALES, SE ORDENA REQUERIR A LA PARTE ACTORA.- |
63/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - PEDRO FELIX GOCOBACHI | PROM.-353.-HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
65/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - PEDRO FELIX GOCOBACHI | PROM.-354.-HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
67/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - PEDRO FELIX GOCOBACHI | PROM.- 355.- HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
69/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - PEDRO FELIX GOCOBACHI | PROM.- 356.- HACE MANIFESTACIONES, SE SUBSANA Y SE RADICA.- |
81/2020
| JURISDICCIÓN VOLUNTARIA CIVIL -DIEGO VLADIMIR MELGOZA DOMINGUEZ | SE RADICA.- |
83/2020
| MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL - .- BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE. | ACLARACION VERBAL.- |
85/2020
| MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL - .- BANCO AZTECAS, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE. | ACLARACION VERBAL.- |
87/2020
| MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL - .- BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE. | ACLARACION VERBAL.- |
91/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - JORGE ARMANDO ACOSTA AYALA | ACLARACION VERBAL.- |
93/2020
| MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL - .- BANCO AZTECA, S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE. | ACLARACIÓN VERBAL.- |
95/2020
| MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL - .- BANCO AZTECA S.A. INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE | ACLARACIÓN VERBAL.- |
97/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - MARIA AURELIA OSUNA CONTRERAS | ACLARACION VERBAL.- |
99/2020
| EJECUTIVO MERCANTIL - LUIS ALBERTO FELIX MONTES DE OCA | ACLARACIÓN VERBAL.- |