0533/2015
| CONSIGNACIÓN DE PAGO SEGUIDO DE CONSIGNACIÓN DE ALIMENTOS.- JESUS MANUEL VEGA LIZARRAGA.- | P.- 115.- SE EXHIBE BOLETA Y FICHA DE DEPOSITO.- |
0491/2017
| ACCION DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DERIVADA DE UN HECHO ILICITO.- | P.- 105.- ACLARACION PERTINENTE.- |
0665/2017
| MEDIOS PREPARATORIOS A JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL.- | P.- 104.- ACLARACION PERTINENTE.- |
0041/2018
| CUADERNILLO FORMADO POR CUERDA SEPARADA EN RELACION AL DESPACHO 41/2018-II, CON NUMERO 259/2018-II, PROCEDENTE DEL JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO CON RESIDENCIA EN AGUA PRITA, SONORA, RELATIVO AL JUICIO DE AMPARO 112/2018, PROMOVIDO POR RAMON ALEJANDRO AHUMADA GARCIA, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA BUENA VISTA DEL COBRE S. A. DE C. V. CONTRA ACTOS DE LOS MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO REGIONAL CON RESIDENCIA EN CABORCA, SONORA, REGISTRADO EN ESTE JUZGADO BAJO NUMERO 24/18. | AUTO. - EN CANANEA, SONORA, A TREINTA Y UNO DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO.Vistas las constancias levantadas por la Actuaria Ejecutor, adscrito a este Juzgado, y toda vez que los Terceros Interesados Antonia Peralta Acuña y María Irene Padilla Grijalva, no se presentaron al local de este juzgado, pese al citatorio dejado el día once de julio de dos mil dieciocho, por la Actuaria Ejecutor adscrito a este Juzgado; en consecuencia, con fundamento en el artículo 27, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo, se procede a notificar por lista de acuerdos de este Juzgado, a los Terceros Interesados Antonia Peralta Acuña y María Irene Padilla Grijalva, en términos de lo ordenado en autos de veintiséis de junio de dos mil dieciocho, dictado por el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado con residencia en Agua Prieta, Sonora; y auto de cinco de julio de dos mil dieciocho, dictado por este Juzgado de Primera Instancia Mixto de Cananea, Sonora, relativo al juicio de amparo número 112/2018, promovido ante el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Sonora con residencia en Agua Prieta, Sonora. En consecuencia, se notifica a los Terceros Interesados Ernestina Tapia Ochoa y María Irene Padilla Grijalva, que se concede la suspensión provisional del acto reclamado dentro del juicio de amparo 112/2018, promovido por Ramón Alejandro Ahumada García en representación de Buenavista del Cobre Sociedad Anónima de Capital Variable, para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que actualmente se encuentran y no se ejecute lo recaído en la resolución dentro del toca civil 62/2016, interpuesto contra la interlocutoria dictada dentro del incidente de regulación y/o liquidación de costas judiciales invocado por los terceros interesados dentro del expediente 628/2010, y como consecuencia se ordenó pagar a los terceros interesados la cantidad de $45,4411844.12 ( cuarenta y cinco millones cuatrocientos cuarenta y un mil ochocientos cuarenta y cuatro pesos 12/100, moneda nacional) por concepto de costas judiciales derivadas del interdicto de retener la posesión que se había tramitado antes la responsable ejecutora. Asimismo, en este acto lo requiero para que en el plazo de TRES DÍAS, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la presente notificación de este proveído, y de conformidad en los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicable de manera supletoria a la Ley de Amparo, señale domicilio en donde recibir y oír notificaciones en la ciudad de Agua Prieta, Sonora, apercibido de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista, en términos de los que establece el artículo 27 fracción II de la Ley de Amparo.- |
0042/2018
| CUADERNILLO FORMADO POR CUERDA SEPARADA EN RELACION AL DESPACHO 42/2018, CON NUMERO DE ORDEN 261/2018, PROCEDENTE DEL JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO CON RESIDENCIA EN AGUA PRIETA, SONORA, DERIVADO DEL JUICIO DE AMPARO 112/2018, PROMOVIDO POR RAMON ALEJANDRO AHUMADA GARCIA, EN SU CARACTER DE APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA BUENA VISTA DEL COBRE S. A. DE C. V. CONTRA ACTOS DE LOS MAGISTRADOS INTEGRANTES DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO REGIONAL CON RESIDENCIA EN CABORCA, SONORA, REGISTRADO EN ESTE JUZGADO BAJO NUMERO 25/18 | AUTO. - EN CANANEA, SONORA, A TREINTA Y UNO DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO.Vistas las constancias levantadas por la Actuaria Ejecutor, adscrito a este Juzgado, y toda vez que los Terceros Interesados Ernestina Tapia Ochoa y María Irene Padilla Grijalva, no se presentaron al local de este juzgado, pese al citatorio dejado el día once de julio de dos mil dieciocho, por la Actuaria Ejecutor adscrito a este Juzgado; en consecuencia, con fundamento en el artículo 27, fracción I, inciso b), de la Ley de Amparo, se procede a notificar por lista de acuerdos de este Juzgado, a los Terceros Interesados Ernestina Tapia Ochoa y María Irene Padilla Grijalva, en términos de lo ordenado en autos de veintiséis de junio de dos mil dieciocho, dictado por el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado con residencia en Agua Prieta, Sonora; y auto de cinco de julio de dos mil dieciocho, dictado por este Juzgado de Primera Instancia Mixto de Cananea, Sonora, relativo al juicio de amparo número 112/2018, promovido ante el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Sonora con residencia en Agua Prieta, Sonora. En consecuencia, se notifica a los Terceros Interesados Ernestina Tapia Ochoa y María Irene Padilla Grijalva, que Ramón Alejandro Ahumada García, en su carácter de apoderado legal de Buenavista del Cobre Sociedad Anónima de Capital variable, promovió juicio de amparo, el cual se registró bajo número 112/2018, en el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Sonora con residencia en Agua Prieta, Sonora, por lo que por este medio se emplaza a juicio de amparo a las terceras interesadas Ernestina Tapia Ochoa y María Irene Padilla Grijalva, y se les requiere para que en el plazo de tres días, contados a partir del siguiente al que surta efectos la presente notificación del presente proveído, y de conformidad con los artículos 305 y 306 del Código Federal de Procedimientos Civiles, aplicable de manera supletoria a la Ley de amparo, señale domicilio en donde oír y recibir notificaciones en la ciudad de Agua Prieta, Sonora, apercibiéndolas que de no hacerlo así las subsecuentes notificaciones aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista, en términos del artículo 27 fracción II de la Ley de Amparo. |
0125/2018
| ORDINARIO CIVIL.- DECLARATIVO DE PROPIEDAD.- MARIA ISABEL SANTANA CASTRO VS ROBERTO CASTRO DIAZ Y RAMONA HAYDEE LOPEZ ZAVALA.- | P.- 114.- SE EXHIBEN EJEMPLARES DE PUBLICACIONES DE BOLETIN Y DE PERIÓDICO EL IMPARCIAL.- |
0129/2018
| CUADERNILLO FORMADO CON RELACION AL OFICIO NUMERO 1524/2018, DERIVADO DEL EXHORTO 49/2018, QUE REMITE EL JUEZ PRIMERO CIVIL POR AUDIENCIAS DEL DISTRITO DE MORELOS CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, REGISTRADO EN ESTE JUZGADO BAJO NUMERO DE ORDEN 129/2018. | SE RADICA, SE COMISIONA ACTUARIO.- |
0325/2018
| JURISDICCION VOLUNTARIA. ACREDITAR HECHOS DE PROPIEDAD.- PEDRO SAUL VELAZQUEZ CHAVEZ.- | 435/18.-SE RECIBE OFICIO.- |