0150/2006
| HOMICIDIO INTENCIONAL.- | se ordena agregar cuadernillo a autos originales |
0036/2011
| ROBO COMETIDO POR DOS O MAS PERSONAS.- | OF.- 522/18 se ejecuta orden;con estado procesal de autos se declara prescrita la acción; se decreta sobreseimiento; se ordena girar exhorto y se ordena libertad |
0199/2012
| CUADERNILLO FORMADO POR CUERDA SEPARADA EN RELACION AL OFICIO TELEGRAFICO NUMERO 627/10/18, REGISTRO 521/18 QUE REMITE EL DIRECTOR DEL CERESO DE AGUA PRIETA, SONORA | se recibe oficio |
0075/2013
| CUADERNILLO FORMADO POR CUERDA SEPARADA EN RELACION AL OFICIO TELEGRAFICO 649/10/18, REGISTRO 506/18, Y OFICIO 650/10/18 REGISTRO 507, QUE REMITE LA DIRECTORA DEL CERESO FEMENIL DE NOGALES, SONORA | se reciben oficios |
0076/2013
| ROBO DE NOCHE.- | se levanta comparecencia, se solicitan antecedentes y se gira oficio |
0035/2016
| SECUESTRO AGRAVADO Y ASOCIACION DELICTUOSA.- | se dicta sentencia |
0007/2017
| CUADERNILLO FORMADO POR CUERDA SEPRADA EN RELACION AL OFICIO TELEGRAFICO 630/10/18, REGISTRO 522/18, QUE REMITE EL DIRECTOR DEL CERESO DE AGUA PRIETA, SONORA | se recibe oficio |
0046/2018
| CUADERNILLO FORMADO POR CUERDA SEPARADA EN RELACION AL DESPACHO NUMERO 69/2018, REGISTRO 46/18, QUE REMITE LA JUEZ NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO CON RESIDENCIA EN AGUA PRIETA, SONORA | En razón a las constancias que integran el presente, se ordena notificar por lista de acuerdos el siguiente auto a los terceros interesados Jose Santiago Espinoza Solís, Claudia Aidé Espinoza Solís, María Carolina Espinoza Solís, Jesús Felipe Espinoza Solís y María del Carmen Gámez Solís, el siguiente auto:AUTO. EN CANANEA, SONORA, A DIECISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEICOCHO. –Vista las constancias de fechas quince de octubre de dos mil dieciocho, suscrita por la C. Licenciada María Isabel Monroy Saldaña, Actuaria adscrita a este Juzgado de Primera Instancia Mixto de este Distrito Judicial de Cananea, Sonora, donde se desprende que los terceros interesados CC. JOSE SANTIAGO ESPINOZA SOLIS, CLAUDIA AIDE ESPINOZA SOLIS, MARIA CAROLINA ESPINOZA SOLIS, JESUS FELIPE ESPINOZA SOLIS Y MARIA DEL CARMEN GAMEZ SOLIS, no comparecieron en la fecha en que fueron citados, esto es el día quince de octubre de dos mil dieciocho, en consecuencia y con fundamento en el artículo 27 fracción II, de la Ley de Amparo, se ordena notificar por lista a los terceros perjudicados bajo los siguientes términos: En este acto, le hago saber a los terceros interesados CC. JOSE SANTIAGO ESPINOZA SOLIS, CLAUDIA AIDE ESPINOZA SOLIS, MARIA CAROLINA ESPINOZA SOLIS, JESUS FELIPE ESPINOZA SOLIS Y MARIA DEL CARMEN GAMEZ SOLIS, que Jaime Rene Espinoza Solis, interpuso el recurso de queja en contra del auto de treinta y uno de agosto del año en curso, en el que se admitió la demanda de la quejosa Ruth Patricia Espinoza Solis, misma demanda de Amparo que fuera registrada bajo número 146/2018, dentro del Despacho número 69/2018; por lo que se tiene por notificados, y los requiero para que en el plazo de TRES DÍAS, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la presente notificación de este proveído, señalen las constancias que en copia certificada deberán remitirse al Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, en turno, que deba resolver .-En el entendido que las copias de traslado se encuentran a su disposición de los tercero perjudicados los CC. JOSE SANTIAGO ESPINOZA SOLIS, CLAUDIA AIDE ESPINOZA SOLIS, MARIA CAROLINA ESPINOZA SOLIS, JESUS FELIPE ESPINOZA SOLIS Y MARIA DEL CARMEN GAMEZ SOLIS, en la segunda secretaria civil de este Juzgado de Primera Instancia Mixto de este Distrito Judicial.-NOTIFÍQUESE.- Así lo acordó y firma el Maestro Marco Antonio García Robles, Juez de Primera Instancia Mixto del Distrito Judicial de Cananea, Sonora, por ministerio de ley, ante la Licenciada Guadalupe Elizabeth Morales Terán, Secretaria de Acuerdos con quien legalmente actúa y da fe- DOY FE.- |
0047/2018
| CUADERNILLO FORMADO POR CUERDA SEPARADA EN RELACION AL DESPACHO 70/2018, REGISTRO 47/18, QUE REMITE LA LIC. MARIA GUADALUPE CONTRERAS JURADO, JUEZ NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO CON RESIDENCIA EN AGUA PRIETA, SONORA | En razón a las constancias que integran el presente, se ordena notificar por lista de acuerdos el siguiente auto a los terceros interesados Jose Santiago Espinoza Solís, Claudia Aidé Espinoza Solís, María Carolina Espinoza Solís, Jesús Felipe Espinoza Solís y María del Carmen Gámez Solís, el siguiente auto:AUTO. EN CANANEA, SONORA, A DIECISEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIEICOCHO. -Vista las constancias de fechas quince de octubre de dos mil dieciocho, suscrita por la C. Licenciada Dania Gabriela Cañedo Montiel, Actuaria adscrita a este Juzgado de Primera Instancia Mixto de este Distrito Judicial de Cananea, Sonora, donde se desprende que los terceros interesados CC. JOSE SANTIAGO ESPINOZA SOLIS, CLAUDIA AIDE ESPINOZA SOLIS, MARIA CAROLINA ESPINOZA SOLIS, JESUS FELIPE ESPINOZA SOLIS Y MARIA DEL CARMEN GAMEZ SOLIS, no comparecieron en la fecha en que fueron citados, esto es el día doce de octubre de dos mil dieciocho, en consecuencia y con fundamento en el artículo 27 fracción II, de la Ley de Amparo, se ordena notificar por lista a los terceros perjudicados bajo los siguientes términos: En este acto, le hago saber a los terceros interesados CC. JOSE SANTIAGO ESPINOZA SOLIS, CLAUDIA AIDE ESPINOZA SOLIS, MARIA CAROLINA ESPINOZA SOLIS, JESUS FELIPE ESPINOZA SOLIS Y MARIA DEL CARMEN GAMEZ SOLIS, que Jaime Rene Espinoza Solís, interpuso el recurso de queja en contra del auto de treinta y uno de agosto del año en curso, en el que se admitió la demanda de la quejosa Ruth Patricia Espinoza Solís, misma demanda de Amparo que fuera registrada bajo número 146/2018, dentro del Despacho número 70/2018; por lo que se tiene por notificados, y los requiero para que en el plazo de TRES DÍAS, contados a partir del siguiente al en que surta efectos la presente notificación de este proveído, señalen las constancias que en copia certificada deberán remitirse al Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, en turno, que deba resolver .-En el entendido que las copias de traslado se encuentran a su disposición de los tercero perjudicados los CC. JOSE SANTIAGO ESPINOZA SOLIS, CLAUDIA AIDE ESPINOZA SOLIS, MARIA CAROLINA ESPINOZA SOLIS, JESUS FELIPE ESPINOZA SOLIS Y MARIA DEL CARMEN GAMEZ SOLIS, en la segunda secretaria civil de este Juzgado de Primera Instancia Mixto de este Distrito Judicial.-NOTIFÍQUESE.- Así lo acordó y firma el Maestro Marco Antonio García Robles, Juez de Primera Instancia Mixto del Distrito Judicial de Cananea, Sonora, por ministerio de ley, ante la Licenciada Guadalupe Elizabeth Morales Terán, Secretaria de Acuerdos con quien legalmente actúa y da fe- DOY FE.- |