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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DE CUMPAS

13-12-2019

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Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0108/2015
ORDINARIO CIVIL.- (PLENARIO DE POSESIÓN).- FRANCISCO JAVIER CADENA SANCHEZ VS ERASMO DAVILA MORENO.-Se ofrecen documentales supervinientes, se admiten y se ordena traer a la vista copias certificadas, se da vista, 3306.-
0454/2017
PLENARIO DE POSESIÓN.- ROSA JULIA CORDOVA HERRERA VS MARÍA AUXILIADORA AMVIZCA HERRERA Y OTROS.-CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LAS PRUEBAS OFRECIDAS POR LA DIVERSA PARTE ACTORA.- Se interpone recurso de revocación, 3308, Se cita y se resuelve recurso de revocación.-
0363/2018
SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE RAQUEL AMAVIZCA MOLINA Y TEDIATO NORIEGA GONZALEZ.- PETRA NORIEGA AMAVIZCA.-CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA SECCIÓN CUARTA DENOMINADA DE PARTICIÓN, PROMOVIDA POR PETRA NORIEGA AMAVIZCA.- No ha lugar, 3304.-
0195/2019
REIVINDICATORIO.- YOLANDA ABRIL PRECIADO Y OTRO VS CESAR MARTÍN ARVIZU PRECIADO.-Se dicta sentencia.-
0473/2019
ORAL SOBRE CUESTIONES FAMILIARES.-Se declara desierta probanza, 3309.-
0684/2019
SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE ROSA MARÍA DURAZO MORENO.- JOSEFINA GUADALUPE MARTINEZ DURAZO.-Se celebra junta de herederos.-
0835/2019
ORDINARIO CIVIL.- (DIVORCIO INCAUSADO).-Se tiene por hecha aclaración, 3307.-
0840/2019
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA.- ISELDA ESCALANTE.-Se dicta resolución.-
0847/2019
ORDINARIO CIVIL.- (DECLARATIVO DE PROPIEDAD).-Se dicta auto previo.-
3311/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA PROMOCIÓN NUMERO 3311, SUSCRITA POR EL LICENCIADO FRANCISCO RODRIGO BRINGAS MORENO.-Se ordena girar oficio.-
3312/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA PROMOCIÓN NUMERO 3312, SUSCRITA POR EL LICENCIADO FRANCISCO RODRIGO BRINGAS MORENO.-Se ordena girar oficio.-

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0008/2016
ORDINARIO PENAL.- MANUEL ÁNGEL CORONADO GALAZ.-SE NOTIFICA POR LISTA DE ACUERDOS DE ESTE TRIBUNAL C. JOSÉ WALBERTO VALENZUELA GALAZ, LOS PUNTOS RESOLUTIVOS DE SENTENCIA, EN FECHA VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, MISMO QUE A LA LETRA DICE: “…Primero: Este Juez Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Moctezuma, con cabecera en Cumpas, Sonora, es competente para conocer y decidir sobre la presente causa penal, en términos del considerativo I. Segundo: En autos del presente proceso 08/2016, se acreditaron plenamente elementos constitutivos del delito de Corrupción de menores, previsto y sancionado en el artículo 168 (párrafo segundo) y el delito de Abusos Deshonestos, previsto y sancionado en el artículo 213 (primer párrafo) ambos del Código Penal Sonorense, cometido en perjuicio del menor J.W.V.G; así como la plena responsabilidad penal de Manuel Coronado Galaz, en su comisión; en consecuencia: Tercero: Se impone al sentenciado Manuel Cornado Galaz, por el delito de Corrupción de menores, las penas de CUATRO AÑOS, UN MES DE PRISIÓN ORDINARIA Y VEINTIDÓS DÍAS DE MULTA EQUIVALENTE A $1606.88 (MIL SEISCIENTOS SEIS PESOS 88/100 M.N) y en cuanto al delito de ABUSOS DESHONESTOS, la pena de UN AÑO, CUATRO MESES, VEINTICINCO DÍAS DE PRISIÓN ORDINARIA Y QUINCE DÍAS DE MULTA equivalentes a $ (1,826.00 (MIL OCHOCIENTOS VEINTISÉIS PESOS 00/100 M.N.), ambos a razón de $73.04 (SETENTA Y TRES PESOS 04/100 M.N.) diarios; ello por su acreditada responsabilidad en la comisión del delito referido en el resolutivo segundo y en el cuerpo de este fallo. Pena de prisión que deberá compurgar el sentenciado en el establecimiento penitenciario que designe la Autoridad Administrativa Ejecutora de Sanciones; y la pecuniaria deberá ingresar en calidad de bien propio, a favor del Fondo para la Administración de Justicia del Estado (F.A.J.E.S.), por conducto de la institución bancaria respectiva. Cuarto: Por las razones expuestas en el considerativo VII del presente fallo definitivo, se condena al sentenciado Manuel Coronado Galaz a pagar por concepto de Reparación del Daño Moral la cantidad de $14,000 (CATORCE MIL PESOS 00/100 M. N.), equivalente a 163 unidades de medida de actualización vigentes en la entidad al momento de los hechos (artículo 31 Bis, último párrafo, en relación con el 28, ambos de la Ley Sustantiva Penal de Sonora), a del Fondo para la Administración de Justicia del Estado (F.A.J.E.S.). Quinto: Por los motivos expuestos en el Considerando Octavo, se niega al sentenciado Manuel Ángel Coronado Galaz, los sustitutivos de prisión, así como la concesión del beneficio de la suspensión condicional de la pena impuesta. Sexto: Se suspende al sentenciado Manuel Ángel Coronado Galaz en el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, lo que en su oportunidad deberá informarse a las autoridades correspondientes. Séptimo: Notifíquese personalmente a las partes el contenido de la presente sentencia y hágaseles saber el derecho y término para recurrirla en caso de inconformidad. Octavo: Una vez que cause ejecutoria la presente sentencia, amonéstese al sentenciado en diligencia formal a fin de prevenir su reincidencia; gírense y distribúyanse los oficios y copias a las autoridades que estatuye la ley y, en su oportunidad, archívese el expediente como asunto totalmente concluido.”; ASÍ MISMO, SE LE HACE SABER QUE TIENE EL DERECHO Y TERMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTE NOTIFICACIÓN, DE INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN EN CONTRA DE LA MISMA EN CASO DE INCONFORMIDAD; ASIMISMO, EN CASO DE INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN EN CONTRA DE DICHA SENTENCIA,, UNA VEZ RESULTA SU ADMISIÓN, SE LE OTORGA EL PLAZO DE TRES DÍAS PARA QUE DESIGNE ABOGADO QUE LO REPRESENTE ANTE EL TRIBUNAL DE ALZADA; Y DE NO HACERLO O EL DESIGNADO NO COMPARECE O NO ACEPTA EL CARGO SE CONTINUARÁ CON EL TRÁMITE DEL RECURSO; APERCIBIDO TAMBIÉN PARA QUE SEÑALE DOMICILIO CIERTO Y CORRECTO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; APERCIBIDO DE NO HACERLO DENTRO DEL PLAZO ANTES MENCIONADO, SE LE TENDRÁ POR DESIGNADO LOS ESTRADOS DE AQUELLA CIUDAD, EN EL CUAL SE LE HARÁN TODO TIPO DE NOTIFICACIONES, AUN LAS DE CARÁCTER PERSONAL; POR ÚLTIMO, SE LE NOTIFICA EL CONTENIDO ÍNTEGRO DE AUTO DE FECHA DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO, QUE A LA LETRA DICE: ”… AUTO.- EN CUMPAS, SONORA, A DIECISÉIS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE. Visto la notificación y escrito de cuenta, téngase por presentado a Manuel Coronado Galaz, en su carácter de sentenciado dentro de la presente causa penal, mediante el cual vienen interponiendo recurso de apelación, en contra de la sentencia definitiva de fecha veintiuno de junio del año dos mil diecinueve, recurso que por haber sido interpuesto dentro de tiempo y forma legal, con fundamento en los artículos 308, 309, 310, 311, 313, 314, 315, 316 y 317 del Código Procesal Penal Sonorense, se admiten en Ambos Efectos; por lo que en consecuencia, se ordena remitir los autos originales de la presente causa penal al H. Primer Tribunal Colegiado Regional del Primer Circuito del Estado, para la substanciación del recurso interpuesto. En la inteligencia de que el sentenciado Manuel Coronado Galaz, designa como su Abogado Defensor en Segunda Instancia al C. Lic. Fausto Alberto Burgos Villaescusa, con cedula profesional número 4235052, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Calle Pedro Moreno número 24, Segundo Piso del Edificio Sonora de la Ciudad de Hermosillo, Sonora. NOTIFÍQUESE.- ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ EL LICENCIADO OTONIEL GÓMEZ ESPERÓN, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE MOCTEZUMA, CON CABECERA Y RESIDENCIA EN CUMPAS, SONORA, POR ANTE LA LICENCIADA VICTORIA GONZÁLEZ VEGA, SECRETARIA DE ACUERDOS, CON QUIEN ACTÚA Y DA FE.- DOY FÉ.- …”
0035/2016
ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO JAVIER ZAVALA CASTILLO.-Causa ejecutoria sentencia, 50.-
0001/2019
ORDINARIO PENAL.- JESUS IVÁN HERNANDEZ MONTES.-Se recibe y agrega oficio, 202; Se requiere a encargado de archivo.-
0025/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL JUICIO DE AMPARO NUMERO 25/2019, QUE REMITE EL JUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA, REGISTRADO EN ESTE JUZGADO BAJO EL NUMERO 25.-Se recibe oficio, se rinde informe justificado.-
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