1069/1988
| ORDINARIO PENAL.- GUADALUPE ELIZALDE CHAVEZ | SE AGREGAN OFICIOS, SE GIRA OFICIO. |
0085/2009
| ORDINARIO PENAL.- CARLOS FERNANDO EGURROLA GIL | PRESCRIBE ANTECEDENTE PENAL, SE GIRA OFICIO. |
0457/2013 TER | ORDINARIO PENAL.- JAVIER SOTO MIRANDA | PRESCRIBE ANTECEDENTE, GIRA OFICIO, SOLICITA INFORME. |
0017/2014
| SUMARIO PENAL.- MARIA JESUS FIMBRES OZUNA | SE AGREGA CUADERNILLO, SE GIRA OFICIO. |
0019/2014
| ORDINARIO PENAL.- ALVARO MORALES ENCINAS | SE REMITEN AUTOS ORIGINALES EN APELACION |
0039/2014
| SUMARIO PENAL.- SANTIAGO VAZQUEZ ALVAREZ | SUMARIO PENAL. SANTIAGO VAZQUEZ ALVAREZ.- Se ordena notificar por lista de acuerdos al sentenciado SANTIAGO VAZQUEZ ALVAREZ el contenido íntegro del auto de fecha dos de marzo de dos mil diecisiete, cuyo contenido a la letra dice: A U T O.- EN HERMOSILLO, SONORA, VEINTITRES DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE.V i s t o el oficio de cuenta, suscrito por el C. Director del Centro de Reinserción Social Hermosillo Uno, con el cual da cumplimiento a la solicitud plasmada en auto que antecede, informando que el día treinta y uno de enero del dos mil dieciséis, el sentenciado SANTIAGO VAZQUEZ ALVAREZ, obtuvo su libertad por haber cumplido la pena de prisión impuesta en sentencia de segunda instancia dictada en fecha catorce de agosto del dos mil quince, oficio que se ordena agregar a los autos para los efectos legales correspondientes.Ahora bien, y toda vez que de las constancias de autos se desprende que a la fecha se encuentra pendiente el cumplimiento, por parte del sentenciado SANTIAGO VAZQUEZ ALVAREZ, respecto al pago de la sanción económica de multa que les fue impuesta en sentencia dictada en autos, por la cantidad de $672.90 ( seiscientos setenta y dos pesos 90/100 moneda nacional), consecuentemente, se ordena requerirlo para que en el plazo de diez días hábiles siguientes, contados a partir de que le sea notificado el presente auto, exhiba antes este Tribunal el pago de la multa referida, bajo apercibimiento de que en caso de no cumplir en el plazo establecido, o bien, justificar su imposibilidad para hacerlo dentro de ese tiempo, se iniciara en su contra el procedimiento económico coactivo; lo anterior, con fundamento en los artículos 46,47 fracción I, 486 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, y 3 de la Ley Orgánica del Fondo para la Administración de Justicia del Estado de Sonora.N O T I F Í Q U E S EASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ LA JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADA DANYLDA MARGARITA ROMERO LOYA, POR ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO CHRISTIAN CORONADO ARMENTA, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. DOY FE.- |
0406/2014
| SUMARIO PENAL.- REY DAVID CORRALES ORTIZ | *SUMARIO PENAL. REY DAVID CORRALES ORTIZ.- Se ordena notificar por lista de acuerdos al sentenciado REY DAVID CORRALES ORTIZ, el contenido íntegro del auto de fecha uno de febrero de dos mil diecisiete, cuyo contenido a la letra dice: A U T O.- EN HERMOSILLO, SONORA, A UNO DE FEBRERO DEL DOS MIL DIECISIETE.V i s t o el oficio de cuenta, suscrito por el C. Director del Centro de Reinserción Social Hermosillo Uno, con el cual da cumplimiento a la solicitud plasmada en auto que antecede, informando que el día veintidós de diciembre del dos mil dieciséis, el sentenciado REY DAVID CORRALES ORTIZ, obtuvo su libertad por haber cumplido la pena de prisión impuesta en sentencia de condena dictada en fecha dieciséis de febrero de dos mil quince y confirmada por el Tribunal de alzada con fecha de siete de agosto de dos mil quince, oficio que se ordena agregar a los autos para los efectos legales correspondientes. Ahora bien, y toda vez que de las constancias de autos se desprende que a la fecha se encuentra pendiente el cumplimiento, por parte del sentenciado REY DAVID CORRALES ORTIZ, respecto al pago de la sanción económica de multa que le fue impuesta en sentencia dictada en autos, por la cantidad de $2,018.70, (dos mil dieciocho pesos 70/100 moneda nacional), consecuentemente, se ordena requerirlo para que en el plazo de diez días hábiles siguientes, contados a partir de que le sea notificado el presente auto, exhiba ante este Tribunal el pago de la multa referida, bajo apercibimiento de que en caso de no cumplir en el plazo establecido, o bien, justificar su imposibilidad para hacerlo dentro de ese tiempo, se iniciará en su contra el procedimiento económico coactivo; lo anterior, con fundamento en los artículos 46, 47, fracción I, 486 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, y 3 de la Ley Orgánica del Fondo para la Administración de Justicia del Estado de Sonora.N O T I F Í Q U E S EASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ LA JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADA DANYLDA MARGARITA ROMERO LOYA, POR ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO CHRISTIAN CORONADO ARMENTA, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. DOY FE.- |
0411/2014
| SUMARIO PENAL.- ARMANDO ALFONSO ESPINOZA GRANILLO | SE INICIA PROC. ECONOMICO COACTIVO, SE GIRA OFICIO. |
0441/2014
| SUMARIO PENAL.- EUGENIO GUADALUPE LEYVA VALENZUELA | SE INICIA EL PROCEDIMIENTO ECONOMICO COACTIVO, SE GIRA OFICIO. |
0305/2015
| ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO JAVIER LEOS PERLA | SE LEVANTA COMPARECENCIA |
0386/2015
| SUMARIO PENAL.- JESUS FRANCISCO GARCIA ALEGRIA | SE AGREGA OFICIO. |