0308/1999
| ORDINARIO PENAL.- DAVALOS MOLINA JOSE LUIS | Agrega oficio, se forma cuadernillo, solicita expediente. |
0041/2008
| ORDINARIO PENAL.- RIOS VALENZUELA RAMON ENRIQUE | Se declara prescrita accion penal, se gira oficio. |
0028/2009
| ORDINARIO PENAL.- ESCUDERO MARTINEZ DOLORES | Se informa. |
0201/2013
| SUMARIO PENAL.- ISAAC VALENCIA VILLA | Se agrega oficio. |
0279/2013
| SUMARIO PENAL.- JESUS EDILBERTO OTERO MAYORGA | Se agrega cuadernillo, se señala domiclio, autoriza abogado. |
0205/2014
| ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO JAVIER GUTIERREZ RAMIREZ | Se levanta comparecencia, se acuerda canje, se acoge beneficio, da cumplimiento a sentencia, se hacen advertencias, se celebra diligencia de amonestacion. |
0212/2014
| ORDINARIO PENAL.- OMAR FRANCISCO CORDOVA VEGA | Se agrega oficio. |
0449/2014
| SUMARIO PENAL.- JESUS PINTO PRAXEDIS | SUMARIO PENAL. JESUS PINTO PRAXEDIS.- Se ordena notificar por lista de acuerdos al sentenciado JESUS PINTO PRAXEDIS, el contenido íntegro del auto de fecha quince de marzo del dos mil diecisiete, cuyo contenido a la letra dice A U T O.- EN HERMOSILLO, SONORA, A QUINCE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE. V i s t o el oficio de cuenta, suscrito por el C. Director del Centro de Reinserción Social Hermosillo Uno, con el cual da cumplimiento a la solicitud plasmada en auto que antecede, informando que el día veintidós de febrero del dos mil quince, el sentenciado JESUS PINTO PRAXEDIS, obtuvo su libertad por haber cumplido la pena de prisión impuesta en sentencia de condena dictada en fecha treinta de enero del dos mil quince, oficio que se ordena agregar a los autos para los efectos legales correspondientes. Ahora bien, y toda vez que de las constancias de autos se desprende que a la fecha se encuentra pendiente el cumplimiento, por parte del sentenciado JESUS PINTO PRAXEDIS, respecto al pago de la sanción económica de multa que les fue impuesta en sentencia dictada en autos, por la cantidad de $1,345.80 (mil trescientos cuarenta y cinco pesos 80/100 moneda nacional), consecuentemente, se ordena requerirlo para que en el plazo de diez días hábiles siguientes, contados a partir de que le sea notificado el presente auto, exhiba ante este Tribunal el pago de la multa referida, bajo apercibimiento de que en caso de no cumplir en el plazo establecido, o bien, justificar su imposibilidad para hacerlo dentro de ese tiempo, se iniciará en su contra el procedimiento económico coactivo; Lo anterior, con fundamento en los artículos 46, 47, fracción I, 486 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, y 3 de la Ley Orgánica del Fondo para la Administración de Justicia del Estado de Sonora.NOTIFÍQUESEASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ LA JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADA DANYLDA MARGARITA ROMERO LOYA, POR ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO CHRISTIAN CORONADO ARMENTA, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. DOY FE.- |
0186/2015
| SUMARIO PENAL.- JESUS IGNACIO BRACAMONTES GARCIA | Se requiere, se gira cedula. |
0241/2015
| ORDINARI PENAL.- JUAN CARLOS CAYEROS CEVALLOS | Se dicta sentencia. |
0295/2015
| ORDINARIO PENAL.- GILBERTO NIEBLAS LEAL | agrega promocion, concede permiso. |
0299/2015
| ORDINARIO PENAL.- REY SOTO PAREDES | ORDINARIO PENAL. REY SOTO PAREDES.- Se ordena notificar por lista de acuerdos al sentenciado REY SOTO PAREDES, el contenido íntegro del auto de fecha veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, cuyo contenido a la letra dice A U T O.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTINUEVE DE MARZO DEL DOS MIL DIECISIETE. V i s t o el oficio de cuenta, suscrito por el C. Director del Centro de Reinserción Social Hermosillo Uno, con el cual da cumplimiento a la solicitud plasmada en auto que antecede, informando que el día diecisiete de junio del dos mil dieciséis, el sentenciado REY SOTO PAREDES, obtuvo su libertad por haber cumplido la pena de prisión impuesta en sentencia de condena dictada en fecha siete de octubre del dos mil quince, oficio que se ordena agregar a los autos para los efectos legales correspondientes. Ahora bien, y toda vez que de las constancias de autos se desprende que a la fecha se encuentra pendiente el cumplimiento, por parte del sentenciado REY SOTO PAREDES, respecto al pago de la sanción económica de multa que les fue impuesta en sentencia dictada en autos, por la cantidad de $1,402.00 (mil cuatrocientos dos pesos 00/100 moneda nacional), consecuentemente, se ordena requerirlo para que en el plazo de diez días hábiles siguientes, contados a partir de que le sea notificado el presente auto, exhiba ante este Tribunal el pago de la multa referida, bajo apercibimiento de que en caso de no cumplir en el plazo establecido, o bien, justificar su imposibilidad para hacerlo dentro de ese tiempo, se iniciará en su contra el procedimiento económico coactivo; Lo anterior, con fundamento en los artículos 46, 47, fracción I, 486 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, y 3 de la Ley Orgánica del Fondo para la Administración de Justicia del Estado de Sonora.NOTIFÍQUESEASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ LA JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADA DANYLDA MARGARITA ROMERO LOYA, POR ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO CHRISTIAN CORONADO ARMENTA, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. DOY FE.- |
0025/2016
| SUMARIO PENAL.- CESAR JOEL MARQUEZ ARCE | Se agrega oficio. |
0165/2016
| ORDINARIO PENAL.- HECTOR IVAN SALDAMANDO TELLEZ | Se dicta sentencia. |