0326/2013
| SUMARIO PENAL.- ANTONIO GAMEZ URQUIJO. | *SUMARIO PENAL. ANTONIO GAMEZ URQUIJO.- Se ordena notificar por lista de acuerdos al sentenciado ANTONIO GAMEZ URQUIJO, el contenido íntegro del auto de fecha treinta de agosto del dos mil diecisiete, cuyo contenido a la letra dice: AUTO.- HERMOSILLO, SONORA, A TREINTA DE AGOSTO DE DOS MIL DIECISIETE. VISTO el estado procesal que guardan los autos y como se desprende de los mismos, que por un error involuntario en fecha de treinta de marzo de dos mil diecisiete se ordenó requerir al sentenciado ANTONIO GAMEZ URQUIJO por el pago de la sanción económica de multa impuesta en sentencia de fecha seis de febrero de dos mil catorce, por la cantidad de $1,065.20 (mil sesenta y cinco pesos 20/100 moneda nacional); así mismo en fecha veintisiete de octubre de dos mil quince, se dictó sentencia en Tribunal de Alzada siendo esta modificada respecto al pago de la sanción económica de multa, correspondiente a la cantidad de $3,195.60 (tres mil ciento noventa y cinco pesos 60/100 Moneda Nacional), monto anterior por el cual es correcto requerir al sentenciado. Por otro lado, y en cumplimiento al auto de fecha treinta de marzo se ordenó notificar al sentenciado ANTONIO GAMEZ URQUIJO, así mismo de la constancia actuarial de fecha cinco de abril de dos mil diecisiete, se desprende que fue imposible localizar al sentenciado en el domicilio señalado en autos, toda vez que al llegar al domicilio fue atendido por diversa persona quien manifestó no conocer al sentenciado ANTONIO GAMEZ URQUIJO; en consecuencia de lo anterior, para efectos de dar cumplimiento a lo ordenado en el presente auto, con fundamento en el artículo 109 y 110 de la Ley Sustantiva Penal Local se ordena notificar por lista de este Tribunal, al sentenciado ANTONIO GAMEZ URQUIJO, el contenido íntegro de fecha treinta de agosto de dos mil diecisiete, mediante el cual se le requiere por el pago de la multa impuesta en sentencia de Segunda Instancia por la cantidad correcta de $3,195.60 (tres mil ciento noventa y cinco pesos 60/100 Moneda Nacional), en los lineamientos del contenido del auto en mención.N O T I F Í Q U E S EASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ LA JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADA DANYLDA MARGARITA ROMERO LOYA, POR ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS, LICENCIADO CHRISTIAN CORONADO ARMENTA, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. DOY FE.- |