0258/2012 TER | ORDINARIO PENAL.- JOSE LUIS ALVAREZ LOPEZ. | Se notifica por medio de lista a la C. GUADALUPE CANEDO ALVAREZ, en su carácter de denunciante y madre de la menor victima, el contenido del auto de seis de febrero de dos mil dieciocho, que a la letra dice:AUTO.- HERMOSILLO, SONORA, A SEIS DE FEBRERO DE DOS MIL DIECIOCHO.Visto el oficio de cuenta que remite el Jefe del Departamento de Dactiloscopia e Identificación Criminal, mediante el cual hace una serie de manifestaciones las cuales se tienen por reproducidas en obvio repeticiones innecesarias; oficio el cual se ordena agregar a los autos para los efectos legales correspondientes a que haya a lugar.Por otro lado, visto el estado procesal de los autos y con fundamento en el artículo 278 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, se declara cerrada la instrucción, en consecuencia de lo anterior, póngase los autos por el término de diez días a la vista al Agente del Ministerio Público Adscrito, a fin de que formule conclusiones por escrito, lo anterior en virtud que el artículo 278 del Código de Procedimientos Penales para el Estado, dice que cuando el expediente exceda de doscientas fojas por cada cincuenta de exceso, se aumentara un día al término señalado, sin que nunca sea mayor de treinta días hábiles, en ese sentido atendiendo a dicho ordenamiento legal y como se desprende que el expediente en el que se actúa se compone de mil novecientos cuarenta y ocho fojas útiles es por lo que se otorgan veinte días más, a dicha institución adscrita para presentar conclusiones Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, 46 y demás relativos del Código Procesal Penal Sonorense. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASÍ, LO ACORDÓ Y FIRMÓ LA LICENCIADA DANYLDA MARGARITA ROMERO LOYA, JUEZA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA POR ANTE EL LICENCIADO NICOLAS FIERROS CARREON, SECRETARIO DE ACUERDOS CON QUIEN LEGALMENTE ACTUA Y DA FE.- DOY FE.- |