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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

01-08-2018

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0305/2007
ORDINARIO PENAL.-SE AGREGA OFICIO (413), SE GIRA OFICIO.
0221/2012
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO QUE REMITE EL C. DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL UNO DE ESTA CIUDAD.SE AGREGA OFICIO, SE GIRA OFICIO.
0525/2013
SECRETOSecreto
0565/2013
TER
ORDINARIO PENAL.- GUILLERMO AVILA RODRIGUEZSE AGREGAN OFICIOS (415 y 416), SE GIRA OFICIO.
0019/2018
SECRETOSecreto
0084/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 26/2018, QUE REMITE EL C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAGDALENA, SONORA.SE GIRA OFICIO, SE DEVUELVE EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0464/2009
ORDINARIO PENAL.-EDGAR ALAN LOPEZ BOJORQUEZ.se ordena notificar al ofendido el C. Francisco Javier López Padilla, por lista diaria que se publica en los Estrados de este Juzgado, el proveído de fecha tres de julio del dos mil dieciocho el cual se dicto en los siguientes términos: AUTO.- EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, A TRES DE JULIO DE DOS MIL DIECIOCHO.VISTA la constancia que antecede, desprendiéndose de la misma que no se celebró la diligencia de RATIFICACIÓN DE DICTAMEN EN CRIMINALISTICA, a cargo del perito C. JAVIER IGNACIO DÍAZ BALLESTEROS, toda vez que dicho perito no compareció ante este Juzgado el día y hora señalado para su desahogo, lo anterior no obstante de habérsele notificado por conducto de su superior jerárquico.En consecuencia a lo anterior, y en virtud que no se ha desahogado la diligencia de RATIFICACIÓN DE DICTAMEN EN CRIMINALÍSTICA DE CAMPO, a cargo del perito C. JAVIER IGNACIO DÍAZ BALLESTEROS, se señalan las DIEZ HORAS DEL DIA VIERNES DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO, para efecto de que se desahogue la citada diligencia de ratificación de dictamen; debiéndose de citar al perito por conducto de su superior jerárquico.Por otro lado, se apercibe al perito oficial que en caso de no presentarse ante este Juzgado el día y hora señalado en párrafo que precede, se le aplicará el medio de apremio que establece la Ley, consistente en una multa de DIEZ UNIDADES DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN, y atendiendo a que el valor diario de la unidad de medida y actualización corresponde a $80.60 (son: ochenta pesos 60/100 moneda nacional), al multiplicarla por 10 veces arroja un gran total de $ 806.90 (SON: OCHOCIENTOS SEIS PESOS 90/100 M.N.), lo anterior de conformidad con el 26, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo al Decreto que reforma y adiciona disposiciones de la citada Carta Magna, en materia desindexación del salario mínimo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de Enero de 2016, así como artículo 23 fracción XX Bis del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en 28 de Enero de 2016 en el mismo Diario Oficial. La anterior cantidad fijada como multa, se duplicará en caso de reincidencia y su monto será destinado a incrementar el Fondo de Administración de Justicia, con apoyo además en el artículo 49 Fracción I del Código de Procedimientos Penales Para el Estado de Sonora.Asimismo y toda vez que de autos se advierte que se desconoce el domicilio cierto y correcto del ofendido, motivo por el cual, se ordena notificar al C. Francisco Javier López Padilla, por lista diaria que se publica en los Estrados de este Juzgado, el contenido íntegro del presente proveído, lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar. Lo anterior, además con fundamento en los dispuesto por los numerales 46, 198, 212, 260 y demás relativos aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Sonora. (03-07-18).
0208/2011
ORDINARIO PENAL.- CARRILLO RUIZ JAIME,FLORES PAZ TANIA LIZBETH,PORTILLO ROMAN ELADIO,ROBLES FERRALES RAMON ANGEL,TANORI DIAZ CARLOS ALBERTO,VALENZUELA ARVIZU ALAN EDUARDO,ZAVALA PORTILLO ELADIOse ordena notificar al Abogado Defensor C. LIC. Jesús Sanchez Valencia y a la ofendida C. Maribel Cardiel, por lista diaria que se publica en los Estrados de este Juzgado, el proveído de fecha tres de julio del dos mil dieciocho, el cual se dicto en los siguientes terminos: AUTO. EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, A TRES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.V I S T O S los dictámenes periciales de cuenta, registrado bajo promoción número 396, 397 y 398, suscritos por las peritos en psicología forense C.C Lics. Anahid Alejandra Enríquez Trejo y Jessica Araceli López Hernández, en los cuales se realizó la evaluación respecto de la salud emocional que presentan en la actualidad conforme al Protocolo de Estambul, a los procesados Eladio Zavala Portillo, Eladio Portillo Román y Jaime Carrillo Ruiz; consecuentemente, ténganse por legalmente recibidos, agréguense a los autos para que obren como corresponda, y en este acto se señalan las DIEZ HORAS DEL DÍA CATORCE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, para efectos de que se lleve a cabo la diligencia de RATIFICACIÓN DE DICTAMEN, a cargo de las peritos de referencia.Por otra parte, se ordena citar a las peritos en psicología forense C.C Lics. Anahid Alejandra Enríquez Trejo y Jessica Araceli López Hernández, en el domicilio señalado en autos, con el apercibimiento que en caso de no comparecer sin causa justificada ante este H. Juzgado en la hora y fecha señalada para el desahogo de la diligencia de ratificación de dictamen a su cargo, se harán acreedores cada una de ellas a una multa consistente en diez unidades de medida y actualización, y atendiendo a que el valor diario de la unidad de medida y actualización corresponde a $80.60 m.n. (son ochenta pesos 60/100 moneda nacional) al multiplicarla por 10 veces arroja un gran total de $806.00 m.n. (son ochocientos seis pesos 00/100 moneda nacional). Lo anterior de conformidad con el artículo 26, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo al decreto que reforma y adiciona disposiciones de la citada carta magna, en materia de desindexación del salario mínimo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 27 de enero de 2016, así como en el artículo 23 fracción XX Bis del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado en 28 de enero de 2016 en el mismo Diario Oficial, y de igual manera con fundamento en el artículo 49, fracciones I y II, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.Por otro lado, y como se advierte de autos que el Abogado Defensor C. LIC. JESÚS SÁNCHEZ VALENCIA señaló los Estrados de este Juzgado para oír y recibir notificaciones aun las de carácter personal; en consecuencia a lo anterior, se procede conforme al artículo 109 del Código Penal para el Estado de Sonora, a notificar el contenido íntegro del presente proveído, al Abogado Defensor, por el funcionario correspondiente, fijándose en la puerta del Tribunal en las listas de acuerdos, expresando únicamente el número de expediente, nombre y apellidos del inculpado, asentándose constancia de ellos en el expediente. Por último, y desprendiéndose de los autos, que no se cuenta con el domicilio cierto y correcto de la ofendida MARIBEL CARDIEL, toda vez que ésta no compareció personalmente ante este Juzgado durante la instrucción del presente asunto, ni tampoco se infiere de las declaraciones de los testigos, se procede conforme al artículo 109 del Código Penal para el Estado de Sonora, a notificar el contenido íntegro del presente proveído, a la ofendida aludidas, por el funcionario correspondiente, fijándose en la puerta del tribunal en las listas de acuerdos, expresando únicamente el número de expediente, nombre y apellidos del inculpado, asentándose constancia de ellos en el expediente. Lo anterior además con fundamento en los artículos 46, 212, 215, 226 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora. (03-07-18)
0372/2012
SUMARIO PENAL.- ADRIAN HUMBERTO CORDOVA CAÑEZ.se agrega oficio y se remiten constancias. (30-07-18)
0616/2012
ORDINARIO PENAL.- MARCO ANTONIO CASTILLO CORONADO.se agrega oficio, se ejecuta orden de reaprehension, se celebra diligencia de amonestación, se informa y se gira oficio. (25-07-18); se agrega oficio, se informa y se gira oficio. (26-07-18).
0520/2013
SUMARIO PENAL.- HERMINIA TERESITA BALDENEGRO SANTIAGO.se agrega oficio, se ejecuta orden de reaprehensión, se informa, se celebra diligencia de amonestación, se gira oficio. (18-07-18); se levanta comparecencia, se acoge al beneficio de la suspensión condicional, se realizan prevenciones, se ordena libertad y se gira oficio. (25-07-18).
0150/2015
SUMARIO PENAL.- GUILLERMO QUINARDO SANDOVAL JIMENEZ.se ejecuta orden de reaprehension y se ordena levantar la suspensión de procedimiento. (20-07-18)
0330/2015
SUMARIO PENAL.- JUDAS EDUARDO AGUIÑADA PRECIADO Y OTRO.se agrega oficio, se acuerda y se remiten constancias. (17-07-18).
0020/2016
SUMARIO PENAL.- ISAAC RICARDO MEJIA FONTES Y HECTOR DANIEL ARREOLA LOPEZ.se agrega oficio, se ejecuta orden de aprehensión, se celebra diligencia de amonestación se informa y se gira oficio. (26-07-18)
0074/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 94/2018 QUE REMITE LA C. JUEZA TERCERO DE LO PENAL Y DE NARCOMENUDEO DEL ESTADO, CON RESIDENCIA EN SAN NICOLAS DE LOS GARZA, NUEVO LEÓN, DERIVADO DE LA CAUSA PENAL NUMERO 287/2015, INSTRUIDA EN CONTRA DE GERARDO TELLEZ VAZQUEZ, POR EL DELITO DE SECUESTRO AGRAVADO.se celebra diligencia por medio de vídeo conferencia y se levanta constancia. (20-07-18)

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0415/2013
QUINQUIES
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JULIO ALFONSO MEZA MARQUEZ.-Se agrega oficio registrado bajo promoción (435), informan (29/06/18).-
0137/2015
QUATER
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JESUS EDUARDO QUINTERO BENITEZ.-Se agrega resolución de segunda instancia, se hace requerimiento, se gira oficio y cédulas de notificación personal.-
0104/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 60/2018, BAJO REGISTRO EN ESTE H. JUZGADO CON NÚMERO 104/2018, QUE REMITE EL LIC. JORGE DAVID CASTRO GALINDO, C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NOGALES, SONORA, DENTRO DE LA CAUSA PENAL 195/2011, INSTRUIDA EN CONTRA DE JAVIER IVAN BRAMBILA BERMUDEZ Y OTROS, POR EL DELITO DE SECUESTRO CALIFICADO EN NÚMERO DE DOS.-se radica exhorto y se ordena diligenciar (13/07/18).-
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