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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

24-05-2019

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0305/2007
ORDINARIO PENAL:SE FIJA FECHA PARA RATIFICACIÓN DE DICTAMEN.
0383/2012
TER
ORDINARIO PENAL:SE AGREGA OFICIO, SE GIRA OFICIO, SE INFORMA.
0551/2012
ORDINARIO PENAL:QUEDA FIRME AUTO, SE GIRA OFICIO.
0221/2013
SEXIES
ORDINARIO PENAL:QUEDA FIRME AUTO, SE GIRA OFICIO.
0137/2015
TER
ORDINARIO PENAL:SE AMONESTA, SE GIRA OFICIO, SE REMITEN COPIAS CERTIFICADAS.
0023/2018
ORDINARIO PENAL:SE CELEBRA DILIGENCIA DE AUDIENCIA DE DERECHO.
0088/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 117/2019, REMITIDO POR EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE OBREGÓN, SONORA.SE RADICA, SE ORDENA NOTIFICAR.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
---SECRETOSECRETO
0040/1999
ORDINARIO PENAL.- MUNGUIA OCHOA DANIELse agrega cuadernillo, y se declara prescrito antecedente penal
0018/2012
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JOSÉ RAMÓN MOLINA ANGULO.se agrega oficio registrado bajo promoción número 348, se declara prescrito antecedente penal y no ha lugar devolver fianza. (22-05-2019).
0440/2012
JUICIO ORDINARIO PENAL.- MARÍA JESÚS DURAZO CARDIEL.se agrega cuadernillo y se remite constancias.
0458/2014
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JSÚS ALONSO MELENDRES SOTO.-se acuerda promoción número 343 y se le tiene por autorizado defensores.-(22-05-2019).
0018/2015
JUICIO ORDINARIO PENAL.- MARCOS PÉREZ LÓPEZ.-se ordena notificar por lista diaria que se pública en los Estrados de este Juzgado a la C. MARIANETH DEL CARMEN CORTEZ GÓMEZ, en su carácter de denunciante y madre de la menor ofendida dentro de la presente causa penal, el contenido íntegro de la sentencia condenatoria de fecha veintiuno de mayo de dos mil diecinueve, misma que se resolvió en los siguientes puntos resolutivos: "...AUTO.- EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTIDÓS DE MAYO DE DOS MIL DIECINUEVE. V I S T O el estado procesal que guardan los autos de la presente causa penal, advirtiéndose de los mismos que a la fecha no se ha notificado a la parte ofendida el contenido íntegro de la sentencia dictada en la presente causa penal.En consecuencia a lo anterior, y en cumplimiento al proveído de fecha doce de septiembre de dos mil dieciocho (292 a 293) y con fundamento en los artículos 109 y 110 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, se ordena notificar por lista diaria que se pública en los Estrados de este Juzgado a la C. MARIANETH DEL CARMEN CORTEZ GÓMEZ, en su carácter de denunciante y madre de la menor ofendida dentro de la presente causa penal, el contenido íntegro de la sentencia condenatoria de fecha veintiuno de mayo de dos mil diecinueve, misma que se resolvió en los siguientes puntos resolutivos:“…PRIMERO: Este Tribunal ha sido competente para conocer y fallar el presente proceso. SEGUNDO: En autos del expediente penal 18/2015 quedaron plenamente acreditados los elementos del tipo penal del delito de ABUSOS DESHONESTOS AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 213, primero y cuarto párrafo, en relación con el 214, fracción IV, ambos del Código Penal para el Estado de Sonora, cometido en perjuicio de AMELIA ROSAS CORTEZ, así como la plena responsabilidad penal de MARCOS PEREZ LOPEZ, en su comisión; en consecuencia: TERCERO: Se impone a MARCOS PEREZ LOPEZ, las penas totales de UN AÑO TRES MESES Y CATORCE DIAS DE PRISIÓN ORDINARIA Y VEINTIOCHO DÍAS MULTA, equivalente esta última a la cantidad de $1,962.80 (MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS 80/100 MONEDA NACIONAL), la sanción pecuniaria se calcula con base en el salario mínimo general vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora, en la época en que se inició la ejecución de los actos ilícitos que nos ocupan, el mes de enero de dos mil quince, a razón de $70.10. Sanción de prisión que se da por compurgada pues se advierte que es el tiempo que el aquí sentenciado ha estado privado de su libertad a consecuencia del presente proceso, ya que en fecha siete de febrero de 2018, se le ejecutó la orden de aprehensión por el delito de Abusos Deshonestos Agravado, dejando al entonces indiciado y hoy acusado a disposición de este órgano jurisdiccional en el Centro de Reinserción Social I, de esta ciudad, por lo que a la fecha del presente fallo ha permanecido un año tres meses y catorce días con motivo del presente proceso; de ahí que la sanción privativa de libertad impuesta al sentenciado ha sido compurgada, lo anterior atento a lo dispuesto en el artículo 482 del Código Procesal Penal Sonorense, aunado a que el tiempo que permaneció privado de su libertad por lo que a esta causa refiere, se estima suficiente para lograr su reinserción a la sociedad; en consecuencia, se ordena girar atento oficio al C. Director del Centro de Reinserción Social Hermosillo I, de la ciudad de Hermosillo, Sonora para efecto de que se sirva poner en inmediata libertad al aquí sentenciado, única y exclusivamente por lo que a este proceso penal se refiere, sin perjuicio de que deba permanecer privado de su libertad por autoridad judicial y proceso diversos.CUARTO: Se CONDENA al sentenciado MARCOS PEREZ LOPEZ, a pagar por concepto de REPARACIÓN DEL DAÑO MORAL la cantidad $3,855.50 (TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 50/100 MONEDA NACIONAL), equivalente a CINCUENTA Y CINCO DÍAS MULTA, a favor de la menor ofendida AMELIA ROSAS CORTEZ, por conducto de quien ejerza sobre ella la patria potestad.Así mismo, se le condena al sentenciado al pago de la REPARACIÓN DEL DAÑO MATERIAL EN FORMA GENERAL, dejándose a salvo los derechos de la ofendida para que lo haga valer en la vía incidental en términos de los artículos 444 bis, 444 A y 444 B del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.QUINTO: Se suspende al sentenciado MARCOS PEREZ LOPEZ, el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, en los términos del considerando IX de esta sentencia, lo que deberá informarse a las autoridades correspondientes en su oportunidad.SEXTO: Hágase del conocimiento a las partes del juicio que, atendiendo a la entrada en vigor el uno de agosto del año dos mil seis de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, con fundamento en los artículos 3 (fracción I), 5 (fracción III), 15 y 33 de dicha ley, en relación con el diverso artículo 16 de los lineamientos para el Acceso a la Información Pública del Estado, la sentencia firme pronunciada con motivo del presente juicio será pública, por lo que sí es su deseo que en ella sean incluidos sus datos personales, deberán así manifestarlo expresamente por escrito, en la inteligencia de que mientras no lo hagan así, se entenderá y tendrá como su negativa para ello. SEPTIMO: Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese al sentenciado MARCOS PEREZ LOPEZ, en términos del artículo 45 del Código Penal Sonorense.- Gírense y distribúyanse los oficios y copias a las autoridades que estatuye la ley.- Hágaseles saber a las partes sobre el derecho y término de (cinco días hábiles) de apelación que la ley les concede en caso de inconformarse con el presente fallo y en su oportunidad archívese el expediente como asunto totalmente concluido…”Por último, hágasele de su conocimiento, que tiene cinco días hábiles contados a partir de que se le notifique dicha sentencia para interponer el recurso de apelación en caso de inconformidad con la misma; así como también, hágasele saber para el caso de que interponga recurso de apelación, se le requiera para que manifieste si comparecerá a juicio por o por conducto de Representante Jurídico; asimismo, para que señale domicilio donde recibir notificaciones en la alzada de esta ciudad, apercibida que de no hacerlo así, las notificaciones, aun las de carácter personal, le surtirán efectos por lista y cédula de notificación que se fije en los Estrados de ese Tribunal.Lo anterior para los efectos legales conducentes, de conformidad con los artículos 46, 109 primer párrafo y 110 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora..." (22-05-2019).
0305/2015
JUICIO ORDINARIO PENAL.- OMAR MARTÍNEZ MEDINA.se agrega oficio, y se informa.
0366/2015
JUICIO ORDINARIO PENAL.- CLAUDIA LORENA OLEA ARVIZU.se agrega cuadernillo, se declara prescrito antecedente penal y se ordena devolución de fianza.
0020/2016
JUICIO ORDINARIO PENAL.- LUIS ANTONIO ARCHULETA LAGARDA.-se acuerda promoción número 352, se admite desistimiento de la acción penal y se decreta sobreseimiento y se giran cédulas.-

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
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0170/2011
TER QUATER
JUICIO ORDINARIO PENAL.- WILFRIDO MENDOZA VERGARA Y SALVADOR SANDOVAL CORTEZ.-Se da cuenta con comparecencia, se admite recurso de apelación y se giran cédulas de notificación personal.-
0101/2012
QUATER
JUICIO ORDINARIO PENAL.- ARTURO TAPIA LEYVA.-Se da cuenta con notificación, se señala domicilio, se da cuenta con el estado procesal que guardan los autos, se señala fecha para la diligencia de Reparación del Daño, se giran cédula de citación y de notificación personal.-
0052/2016
QUATER
JUICIO ORDINARIO PENAL.- CHRISTIAN ALAN DE LA TORRE RIVAS Y/O CRISTIAN ALAN DE LA TORRE RIVAS.-Se agrega oficio registrado bajo promoción (637), se ordena girar oficio y remitir constancias certificas.-
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