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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

09-09-2019

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
---SECRETOSECRETO
0345/1999
ORDINARIO PENAL:SE AGREGA OFICIO, SE AGREGA CUADERNILLO, SE ORDENA CANCELAR ANTECEDENTES, SE GIRA OFICIO.
0305/2007
ORDINARIO PENAL:SE AGREGA INFORME DE AUTORIDAD.
0063/2008
TER
ORDINARIO PENAL:SE AGREGA OFICIO, SE AGREGA CUADERNILLO, SE DECRETA FORMALMENTE PRESCRITO ANTECEDENTE PENAL.
0009/2009
TER
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA PROMOCIÓN NÚMERO 299, SUSCRITA POR MIGUEL ÁNGEL MIRANDA ZAYAS.SE AGREGA ESCRITO (P.299), SE SOLICITA EXPEDIENTE AL ARCHIVO GENERAL, SE GIRA OFICIO.
0157/2012
TER
ORDINARIO PENAL:QUEDA FIRME AUTO, SE GIRA OFICIO.
0517/2012
TER
ORDINARIO PENAL:QUEDA FIRME AUTO, SE GIRA OFICIO.
0157/2013
TER
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO NÚMERO 2137/2019, REMITIDO POR EL C. JUEZ PRESIDENTE DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA.SE AGREGA OFICIO (P.300), SE SOLICITA EXPEDIENTE AL ARCHIVO GENERAL, SE GIRA OFICIO.
0421/2014
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO NÚMERO 167-2019-P, QUE REMITE LA LICENCIADA GLORIA FELICITAS TÉLLEZ MEDINA, SECRETARIA DE ACUERDOS DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO REGIONAL DEL PRIMER CIRCUITO DEL ESTADO.SE AGREGA OFICIO, HACEN MANIFESTACIONES, SE INTERPONE DEMANDA DE AMPARO.
0123/2015
ORDINARIO PENAL:Se le notifica a la C. Yesenia Mabel Mayorquín Castro, en su carácter de madre de la menor occisa de identidad reservada, los puntos resolutivos de la sentencia de fecha nueve de agosto de dos mil diecinueve, del auto de admisión del recurso de apelación de fecha doce de agosto del año en curso y del auto de fecha cinco de septiembre del año en curso, que a la letra dicen:“PRIMERO: Este Tribunal ha sido competente para conocer y fallar el presente proceso. SEGUNDO: En autos se acreditó el delito de Homicidio Calificado con Alevosía, en agravio de …, así como la responsabilidad penal de Luis Antonio Mayorquín Calix en la comisión del citado delito; en consecuencia:TERCERO. Por la comisión del citado delito, se le impone al sentenciado Luis Antonio Mayorquin Calix, una pena de VEINTIOCHO AÑOS UN MES Y QUINCE DÍAS DE PRISION y SETENTA Y UN DÍAS MULTA equivalente esta última a $4,977.10 (cuatro mil novecientos setenta y siete pesos 10/100 moneda nacional).Sanción pecuniaria que deberá ingresar el sentenciado en calidad de bien propio del Estado, a favor del Fondo para la Administración de Justicia de esta Entidad, por conducto de la institución bancaria respectiva. Mientras que la pena privativa de libertad que deberá compurgar en el establecimiento penitenciario que al efecto designe el Órgano Ejecutor de sanciones, con descuento de cuatro años cuatro meses y dos días, tiempo que ha permanecido detenido en prisión preventiva con motivo de este proceso, en la inteligencia de que el siete de abril de dos mil quince, fue detenido por un agente de la Policía Estatal Investigadora – visible a foja 40 de autos- y desde entonces al día nueve de agosto del año en curso que se emite la presente sentencia condenatoria, ha estado detenido ininterrumpidamente con motivo del presente proceso, y la pecuniaria deberá ingresar al Fondo de Administración de Justicia del Estado de Sonora, por conducto de la institución bancaria correspondiente, como bien propio. CUARTO: Se CONDENA al sentenciado LUIS ANTONIO MAYORQUÍN CALIX, a pagar por concepto de REPARACIÓN DEL DAÑO MORAL por lo que hace al delito de Homicidio Calificado con Alevosía por la cantidad de $11,776.80 (once mil setecientos setenta y seis pesos 80/100 m.n.). equivalente a ciento sesenta y ocho días de salario mínimo vigente a la fecha de los hechos que nos ocupan, a favor de la C. Yessenia Mabel Mayorquin Castro, madre de la occisa.Asimismo, se le condena al sentenciado al pago de la REPARACIÓN DEL DAÑO MATERIAL EN FORMA GENÉRICA, dejándose a salvo los derechos de quien acredite haber realizado los gastos hospitalarios y funerarios, lo haga valer en la vía incidental en términos de los artículos 444 bis, 444 A y 444 B del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, por las razones expuestas en el considerando VI.QUINTO: Se NIEGA al sentenciado Luis Antonio Mayorquín Calix el beneficio de la suspensión condicional de la pena de prisión impuesta, así como cualquier otro beneficio liberatorio, ello de conformidad con lo establecido en el considerativo VII del presente fallo. SEXTO: Se suspende al sentenciado Luis Antonio Mayorquín Calix, el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, en los términos del considerando IX de esta sentencia, lo que deberá informarse a las autoridades correspondientes en su oportunidad.SÉPTIMO: Hágase del conocimiento a las partes del juicio que, atendiendo a la entrada en vigor el uno de agosto del año dos mil seis de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, con fundamento en los artículos 3 (fracción I), 5 (fracción III), 15 y 33 de dicha ley, en relación con el diverso artículo 16 de los lineamientos para el Acceso a la Información Pública del Estado, la sentencia firme pronunciada con motivo del presente juicio será pública, por lo que sí es su deseo que en ella sean incluidos sus datos personales, deberán así manifestarlo expresamente por escrito, en la inteligencia de que mientras no lo hagan así, se entenderá y tendrá como su negativa para ello. OCTAVO: Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese al sentenciado LUIS ANTONIO MAYORQUÍN CALIX, en términos del artículo 45 del Código Penal Sonorense. Gírense y distribúyanse los oficios y copias a las autoridades que estatuye la ley. Hágaseles saber a las partes sobre el derecho y término de (cinco días hábiles) de apelación que la ley les concede en caso de inconformarse con el presente fallo y en su oportunidad archívese el expediente como asunto totalmente concluido.NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. ASÍ LO SENTENCIÓ Y FIRMA EL C. LICENCIADO HELEODORO REYES MEDINA, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, POR ANTE LA C. LICENCIADA BELEM ALICIA FÉLIX GRIJALVA, SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS, CON QUIEN ACTÚA Y DA FE. DOY FE.”“AUTO.- EN HERMOSILLO, SONORA, A DOCE DE AGOSTO DE DOS MIL DIECINUEVE. V I S T O con sellos de notificación personal de fechas nueve de agosto de dos mil diecinueve, suscrito por el sentenciado Luis Antonio Mayorquín Calix y la Defensora Particular, Licenciada Doralina Navarro Villarreal y sello de notificación personal de fecha doce de agosto del año en curso, suscrito por la Agente del Ministerio Publico Adscrita a este Juzgado, la Licenciada Xóchitl María González Ortega, personalidad que tienen debidamente acreditada en autos, téngaseles interponiendo Recurso de Apelación en contra de la Sentencia Condenatoria de fecha nueve de agosto de dos mil diecinueve, mismos recursos que por estar interpuestos dentro de tiempo y forma, ser procedente y estar legitimados los apelantes, se admiten en AMBOS EFECTOS, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 308, 309, 310, 311 y demás relativos al Código de Procedimientos Penales Para el Estado de Sonora, debiéndose remitir LOS AUTOS ORIGINALES de la presente causa penal al SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, para la substanciación del recurso hecho valer.En el entendido de que el sentenciado de mérito, nombra a la Licenciada Doralina Navarro Villarreal, para que lo represente y defienda en segunda instancia y lo autoriza para que reciba en su nombre las notificaciones personales que deban de hacérseles en el trámite de apelación, aún las de carácter personal, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en ANDRES DEL RÍO NÚMERO 33, ENTRE ROSALES Y MINA, COLONIA CENTRO, DE ESTA CIUDAD.NOTIFÍQUESE.-ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMA EL CIUDADANO LICENCIADO HELEODORO REYES MEDINA, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, ANTE LA LICENCIADA BELEM ALICIA FELIX GRIJALVA, SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS, CON QUIEN LEGALMENTE ACTÚA Y DA FE. DOY FE”.“AUTO.- EN HERMOSILLO, SONORA, A CINCO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL DIECINUEVE.(…)…, se ordena notificar a la C. Yesenia Mabel Mayorquín Castro, en su carácter de madre de la menor occisa …, por lista que se publique en los estrados de este Juzgado, de los subsecuentes autos que se dicten en la presente causa penal, así como de los puntos resolutivos de la sentencia de fecha nueve de agosto de dos mil diecinueve y del auto de admisión del recurso de apelación de fecha doce de agosto del año en curso, así como del término que la ley le confiere para interponer recurso de apelación en caso de inconformidad con tal resolución, y de las obligaciones procesales a su cargo en caso de que decidieren apelar, por lo que se instruye a la Secretaria Primera de Acuerdos, para que en la publicación que se realice, se indique el número de expediente respectivo, los nombres y apellidos del procesado, el nombre de la persona a quien se dirige el requerimiento, precisándose también que la referida víctima, cuenta con un término de CINCO DÍAS hábiles que tiene para interponer recurso de apelación en caso de inconformidad con dicha sentencia; y que para el caso de que interponga recurso de apelación, dentro de ese mismo plazo deberá designar representante legal que la patrocine a ella en segunda instancia, bajo el apercibimiento, que en caso de no hacerlo así, o si el designado no compareciere o no acepte el cargo, el recurso seguirá su trámite; y requiérasele para que en el mismo plazo deberá también señalar domicilio cierto y correcto donde oír y recibir notificaciones en esta ciudad, bajo apercibimiento que en caso de no designar domicilio, las posteriores notificaciones aún las de carácter personal, se le hará por lista que se publique en los estrados del Tribunal de Alzada, debiendo de levantarse la razón respectiva para los efectos legales a que haya lugar.Todo lo anterior, con fundamento en términos de los artículos 20, apartado B, de nuestra Carta Magna, 7 de la Ley General de Víctimas, 46, primer párrafo, 109, primer párrafo, 110 y 142 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.NO T I F Í Q U E S E.- ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO HELEODORO REYES MEDINA, ANTE LA SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS, LICENCIADA BELEM ALICIA FÉLIX GRIJALVA, CON QUIEN ACTÚA Y DA FE.- DOY FE”.
0255/2015 BIS
BIS
ORDINARIO PENAL:SE GIRA OFICIO, SE REMITEN AUTOS ORIGINALES EN APELACIÓN.
0007/2019
ORDINARIO PENAL:SE AGREGA OFICIO, HACEN MANIFESTACIONES.
0160/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 105-2019, REMITIDO POR EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUAYMAS, SONORA.SE RADICA, SE ORDENA NOTIFICAR.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
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0064/2014
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JUVAL DÍAZ GARCÍA Y/O DÍAZ GARCÍA.-se agrega oficio registrado bajo promoción número 581 y se remite constancias al Juzgado de Ejecución de Sanciones. (04-09-2019).
0176/2015
JUICIO ORDINARIO PENAL.- ISABEL BOHORQUEZ MEDNOZA.-se agregan oficios, se señala fecha para diligencias de careos, se giran oficios y cédulas de notificación. (05-09-2019).
0040/2017
ORDINARIO PENAL.- RUIZ ROMERO OMAR DAVIDse agrega escrito de conclusiones registrado bajo promoción número 600 y se da vista al acusado y defensor para que las contesten.
0006/2018
ORDINARIO PENAL.- ACOSTA SANCHEZ CRESCENCIOse declara cerrada la instrucción y se da vista al C. Agente del Ministerio Público para formulación de conclusiones y se ordena notificar a las partes.- (06-09-2019).

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
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0422/2005
QUINQUIES
JUICIO ORDINARIO PENAL.- MANUEL ZEFERINO GARCÍA CANTUA.-Se agrega oficio 2774-U, registrado bajo promoción (1050), se ordena girar oficio, se remiten constancias certificadas (04/09/19).-
0277/2007
QUINQUIES
JUICIO ORDINARIO PENAL.- SERGIO ALEJANDRO QUIROS JAIME O SERGIO ALEJANDRO QUIROZ JAIME.-Se levanta comparecencia.-
0184/2008
QUATER
JUICIO ORDINARIO PENAL.- SIMON ALBERTO MONTAÑO SILVA.-Se agrega oficio DG-JC-3002/08/19, informan, se da cuenta con el estado procesal de los autos, no ha lugar acordar de conformidad (19/08/19).-
0249/2008
QUINQUIES
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO 2065/2019-T.U., REGISTRADO BAJO PROMOCIÓN 1072, QUE REMITE EL LIC. FRANCISCO RENE MALDONADO NAVARRO, C. JUEZ PRESIDENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, TODA VEZ QUE LA CAUSA PENAL 249/2008, SE ENCUENTRA EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA.-Se solicita expediente al archivo (03/09/19).-
0147/2019
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 22/2019, BAJO REGISTRO EN ESTE H. JUZGADO CON NÚMERO 147/2019, Y BAJO PROMOCIÓN 996, QUE REMITE EL LIC. JORGE ALEJANDRO VILLA MARTÍNEZ, C. JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DE MAGDALENA, SONORA, DEDUCIDO DE SU CAUSA PENAL NÚMERO 49/2011, INSTRUIDA EN CONTRA DE FRANCISCO PALAFOX SINOHUI, POR EL DELITO DE FRAUDE ESPECIFICO.-Se agregan oficios HU-0954/2019 y DGR/AFCG/2019/10585, registrados bajo promociones (1075 y 1076), informan.-
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