ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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37/2000 SEPTIES | ORDINARIO PENAL.- | SE AGREGA OFICIO, SE AGREGA CUADERNILLO, SE GIRA OFICIO, SE CANCELA ANTECEDENTE PENAL. |
0305/2007 | ORDINARIO PENAL.- | SE AGREGA EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO. ORDINARIO PENAL.- 305/2007.- PROCESADOS: RENE GÓMEZ MÁRQUEZ, CARLOS EDUARDO LOPEZ CABRERA, FRANCISCO BUELNA ROMO, JOSÉ DAVID JACINTO LÓPEZ, BENJAMÍN GARCÍA HERNÁNDEZ, JUAN ÁNGEL CALLES COHEN, SERGIO DAVID MUÑOZ MAZARIEGOS, ÁNGEL CÉSAR MARTÍNEZ MARTÍNEZ, ANTONIO LÓPEZ CANTÚ, MARCO A. DANIEL MURILLO PEÑALOZA y JUAN MANUEL CASTRO MEDINA. SE LES NOTIFICA A LOS OFENDIDOS MÓNICA CASTRO SÁNCHEZ, PRINCESA JAZMÍN PEÑA ESTRADA, MARIO MEDRANO CARRILLO, ALEJANDRO MEDRANO CARRILLO, CRISTÓBAL GONZÁLEZ MATA, JOSÉ VILLELA LÓPEZ, JOSÉ MARÍA AMPARANO TORRES, FRANCISCO VIZCARRA BURGOS, CARMEN GARCÍA MEDINA, ARTURO FLORES MEJÍA, ALÁN FLORES MEJÍA, FRANCISCO RAMÓN TORRES RÍOS, así como FAUSTO AMADO LEÓN LECHUGA, UVALDINA MERCADO DE LEÓN y CRISTINA DENISSE ALATORRE HERNÁNDEZ, a quienes a estos últimos les resulta el carácter de víctimas indirectas (progenitores los dos primeros y concubina la última, del finado víctima del delito LUIS FERNANDO LEÓN MERCADO), y GUADALUPE VILLARREAL ROMÁN, a quien le resulta el carácter de víctima indirecta (progenitora de los occisos MARTÍN RAYMUNDO y SERGIO ALBERTO, AMBOS DE APELLIDOS BERNAL VILLARREAL), el auto de fecha uno de septiembre de dos mil veinte, que a la letra dice: “AUTO.- EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, A UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTE. V I S T O el estado procesal que guardan los autos, y toda vez que de los mismos se advierte que no se han desahogado las diligencias de ratificaciones a que se harán mención en líneas posteriores, se procede a proveer sobre el desahogo de las mismas, en los siguientes términos: Se señalan las DIEZ HORAS y SIGUIENTES DEL DÍA NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE, para efectos de que se lleven a cabo las DILIGENCIAS DE RATIFICACIÓN de las siguientes periciales: 1).- Dictámenes en lesiones, contenidos a (ff.238, 338, 339, 427 y 428 del tomo I), así como a (ff.373, 652 y 653 del tomo II) y a (ff.123, 124, 270, 271, 272, 273, 274, 500 y 501 del tomo III), a cargo del perito médico legista DR. HÉCTOR GORTÁREZ MARTÍNEZ; 2).- Dictámenes toxicológicos, contenidos a (ff.80-81, 159-160, 162-163, 165-166, 168-169, 171-172, 174-175, 177-178, 180-181, 183-184, 186-187, 189-190, 192-193, 195-196, 198-199, 201-202, 204-205, 207-208, 210-211, 213-214, 216-217 y 221-222 del tomo II), así como los Dictámenes en Rodizonato de Sodio, contenidos a (ff.116, 118, 123, 154 y 156 del tomo II y 2429 del tomo IV), ambos a cargo de la perito Q.B. ALEJANDRA B. ANTELO FIGUEROA; En preparación del desahogo de dichas ratificaciones, se ordena girar atento oficio al Director General de Servicios Periciales de la Fiscalía General de Justicia del Estado, a fin de que por los medios a su alcance cite a la perito química Alejandra B. Antelo Figueroa la fecha y hora de la diligencia a su cargo y le permita acudir a su cita en las instalaciones que ocupa este Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Penal de este Distrito Judicial, ubicado en BOULEVARD DE LOS GANADEROS Y/O PERIFÉRICO ORIENTE, A UN COSTADO DEL CENTRO DE READAPTACIÓN SOCIAL HERMOSILLO UNO (CERESO I), DE LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, en la inteligencia de que el referido superior deberá informar a este Juzgado en tiempo y forma si la perito quedo debidamente notificada. En tanto que a la perito se le apercibe que en caso de no comparecer a su cita a pesar de haber quedado debidamente notificada, se le impondrá una multa de VEINTE unidades de medida y actualización (UMA), vigente al momento de su imposición. Así mismo, cítese al Héctor Gortárez Martínez, en el domicilio ubicado en Argel número veintinueve, de la colonia Casa Blanca, de esta ciudad y se le apercibe que en caso de no comparecer a su cita a pesar de haber quedado debidamente notificado, se le impondrá una multa de VEINTE unidades de medida y actualización (UMA), vigente al momento de su imposición. Por otra parte, y en virtud de que los procesados Francisco Buena Romo y Carlos Eduardo López Cabrera se encuentran internos en el CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NÚMERO 11 “CPS-SONORA”, se ordena girar oficio al C. Director de dicho Centro Penitenciario, a fin de solicitar la excarcelación de los referidos procesados, para efecto de llevar a cabo las diligencias señaladas en los párrafos que anteceden y se realice el traslado de los procesados de méritos el día antes señalado, al CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO I, para que se lleve a cabo dichas diligencias, para lo cual se requerirá apoyo de la corporación policíaca correspondiente, bajo de quien recaerá la responsabilidad de dichos traslados y quien además deberá de tomar las medidas de seguridad que estime pertinentes, para la realización de las excarcelaciones mencionadas y una vez hecho lo anterior y acabada las referidas diligencias, deberán realizar el traslado de los procesados de referencia, al Centro en el que se encuentran recluidos. En el mismo sentido, gírese oficio al C. DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO I, con la finalidad de hacer de su conocimiento de las excarcelaciones que se llevarán a cabo y para que permita el acceso de dichos procesados el día antes señalado, a las instalaciones de dicho centro específicamente en la ventanilla de prácticas de diligencias de este Juzgado, para poder llevar a cabo las diligencias ordenadas señaladas en los párrafos que anteceden. Asimismo, gírese atento oficio al C. DIRECTOR GENERAL DE LA POLICÍA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, con la finalidad de que se sirva comisionar elementos a su cargo y a su vez los mismos realicen los traslados de los referidos procesados, mismos que se encuentran internos en el CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NÚMERO 11 “CPS-SONORA”, al diverso CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO I, para efectos de llevar a cabo dichas ratificaciones, a las horas del día señalado en líneas anteriores; traslados que se deberá realizar bajo su responsabilidad y con las medidas que estime pertinentes, y una vez realizado lo anterior, trasladen e internen de nueva cuenta a dichos internos en su lugar de origen; en la inteligencia que el grado de peligrosidad de los procesados Francisco Buena Romo y Carlos Eduardo López Cabrera es ALTA y su estado de salud es sano. Notifíquese el contenido del presente auto a los procesados para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar. Notifíquese también el contenido del presente acuerdo a la Agente del Ministerio Público y a la Defensora Pública, adscritas a este Juzgado, a fin de que comparezcan en las horas y fechas señaladas para el desahogo de dichas ratificaciones. Hágasele saber a las víctimas u ofendidos, el derecho que les asiste de estar presente en el desahogo de las diligencias ordenadas si así lo desean. Y toda vez que los procesados ÁNGEL CÉSAR MARTÍNEZ MARTÍNEZ, JUAN MANUEL CASTRO MEDINA y/o SALVADOR ROMERO CASTRO, MARCOS DANIEL MURILLO PEÑALOSA y/o MARCOS DANIEL MURILLO PEÑALOZA, BENJAMÍN GARCÍA HERNÁNDEZ y/o JUAN DÍAZ HURTADO, ANTONIO LÓPEZ CANTÚ y/o VÍCTOR RODRÍGUEZ GODOY y SERGIO DAVID MUÑOZ MAZARIEGOS, se encuentran internos en el Centro Federal de Readaptación Social número 17 “CPS Michoacán”, se ordena girar atento exhorto con los insertos necesarios, por conducto del Secretario General de Acuerdos del Honorable Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, para que una vez que sea debidamente legalizado, lo remita por el conducto legal correspondiente, y lo haga llegar al JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL EN TURNO CON COMPETENCIA EN MICHOACÁN, para que una vez que sean debidamente legalizadas las firmas, lo remita por el conducto legal correspondiente, y lo haga llegar al Juez referido, para que en auxilio y delegación de las labores de este Juzgado, y de encontrarlo ajustado a derecho, realice lo siguiente: • Notifique a los referidos procesados, quienes se encuentran internos en dicho Centro Federal, el contenido del presente auto a pesar de que llegue en forma extemporánea. Asimismo, los procesados RENÉ GÓMEZ MÁRQUEZ, JOSÉ DAVID JACINTO LÓPEZ y JUAN ÁNGEL CALLES COHEN, se encuentran internos en el Centro Federal de Rehabilitación Social número 2 de “Occidente”, con residencia en “El Salto de Jalisco”, se ordena girar atento exhorto con los insertos necesarios, por conducto del Secretario General de Acuerdos del Honorable Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, para que una vez que sea debidamente legalizado, lo remita por el conducto legal correspondiente, y lo haga llegar al JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL EN TURNO CON COMPETENCIA EN PUENTE GRANDE, MUNICIPIO DE TONALA, JALISCO, para que una vez que sean debidamente legalizadas las firmas, lo remita por el conducto legal correspondiente, y lo haga llegar al Juez referido, para que en auxilio y delegación de las labores de este Juzgado, y de encontrarlo ajustado a derecho, realice lo siguiente: • Notifique a los referidos procesados, quienes se encuentran internos en dicho Centro Federal, el contenido del presente auto a pesar de que llegue en forma extemporánea. Se hace especial petición a los Jueces exhortados, para que en caso de advertir alguna falta de formalidad que no afecte la validez del exhorto ni impida el trámite de la encomienda, tenga a bien diligenciarlo o bien, solicitar la subsanación del mismo por alguna vía de las aprobadas por ley que permitan su normalización de manera rápida, a fin de evitar violación al derecho humano de las partes a una justicia pronta y expedita; poniéndose a su disposición para lo anterior la línea telefónica número 01 662 254 00 09, así como el correo electrónico institucional j1pher@stjsonora.gob.mx. Lo anterior, de conformidad todo lo anterior con fundamento en con fundamento en los artículos 26, 46, primer párrafo, 50, 51, 52, 226, 260 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, y 1, 17 y 133 de la Carta Magna y artículo 131 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad del Estado de Sonora. NOTIFÍQUESE. ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ EL CIUDADANO LICENCIADO HELEODORO REYES MEDINA, JUEZ DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, ANTE LA CIUDADANA LICENCIADA BELEM ALICIA FÉLIX GRIJALVA, SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS, CON QUIEN ACTÚA Y DA FE.- DOY FE.” |
Cua. 599/2013 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL INCIDENTE NO ESPECIFICADO DE MEDIDA CAUTELAR DISTINTA A LA PRISIÓN PREVENTIVA. | (29-09-2020) SE AGREGA ESCRITO (P.140) Y ANEXOS. |
245/2015 | ORDINARIO PENAL.- | SE AGREGA ESCRITO (P.145), SE REVOCA DESIGNACIÓN AUTORIZADA CON ANTERIORIDAD, ASÍ COMO EL DOMICILIO SEÑALADO, SE AUTORIZA COADYUVANCIA, SE REQUIERE, SE AUTORIZA DOMICILIO, SE AUTORIZA EXPEDICIÓN DE COPIA SIMPLE A SU COSTA Y QUIEN RECIBA. |
59/2015 BIS | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL ESCRITO PRESENTADO POR FRANCISCO IVÁN URQUIJO VALENZUELA, | SE AGREGA ESCRITO (P.144), SE GIRA OFICIO, SE SOLICITA EXPEDIENTE AL ARCHIVO GENERAL. |
25/2018 | ORDINARIO PENAL.- | SE AGREGA OFICIO DE SEGUNDA INSTANCIA, SE HACEN MANIFESTACIONES, SE INFORMA INTERPONE AMPARO, SE ORDENA LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO. |
Exh. 120/2020 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 31/2020, QUE REMITE EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NAVOJOA, SONORA. | SE GIRA OFICIO, SE DEVUELVE EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO. |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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478/2007 SEPTIES | ORDINARIO PENAL.- CHEWTAT PELAYO GUSTAVO | se agrega cuadernillo, se informa y se remite constancias.- |
318/2010 SEPTIES | ORDINARIO PENAL.- JORGE HUMBERTO GARCÍA BARRIOS.- | se agrega cuadernillo y se remite constancias.- |
176/2015 | ORDINARIO PENAL.- ISABEL BOHORQUEZ MENDOZA | se levanta constancia.- |
302/2015 SEPTIES | ORDINARIO PENAL.- JENRIQUE FÉLIX FÉLIX.- | se agrega cuadernillo, se tiene por autorizado defensor, se le tiene por señalado domicilio y correo electrónico; se ordena cancelar antecedente penal y se ordena devolución de fianza.- |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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369/2008 QUINQUIES | ORDINARIO PENAL.- JAIME MARTÍNEZ HERNÁNDEZ Y OTROS.- | Se agrega oficio, registrado bajo promoción 426, informan.- |
253/2009 QUATER | ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO RAMÓN MEZA MENDOZA.- | Se da cuenta con el estado procesal del cuadernillo, se declara prescrito antecedente penal.- |
Exh. 0286/2011 SEPTIES | ORDINARIO PENAL.- GUSTAVO OCEJO ROMERO.- | Se da cuenta con el estado procesal del cuadernillo, se declara prescrito antecedente penal.- |
347/2012 QUATER | ORDINARIO PENAL.- MARIO IRAM BENCOMO RAMÍREZ.- | Se da cuenta con el estado procesal de los autos, causa ejecutoria auto de prescripción de antecedente penal y se ordena gira oficio.- |
298/2015 QUINQUIES | ORDINARIO PENAL.- VLADIMIR ALFREDO ARZATE CARBAJAL.- | Se agrega escrito de conclusiones acusatorias, registrado bajo promoción 425 y se giran cédulas de notificación personal.- |
Exh. 122/2020 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO FORÁNEO NÚMERO EXHORTO FORÁNEO NÚMERO 26/2020, BAJO REGISTRO EN ESTE H. JUZGADO CON NÚMERO 122/2020, REGISTRADO BAJO PROMOCIÓN NÚMERO 429, QUE REMITE EL LIC. CARLOS ALBERTO GONZÁLEZ PALAFOX, C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUAYMAS, SONORA, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL NÚMERO 224/2014, INSTRUIDA EN CONTRA DE MARIANO MORENO CONTRERAS, POR EL DELITO DE VIOLACIÓN.- | Se recibe exhorto, se radica y se ordena diligenciar.- |