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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

04-03-2021

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
Cua. 351/2009
TER
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL INCIDENTE DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS . SE LEVANTA CONSTANCIA, SE SEÑALA NUEVA FECHA, SE GIRAN OFICIOS, SE ORDENA TRASLADO, SE GIRAN CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN.
0267/2011
ORDINARIO PENAL.- JAVIER CARDÓN PEDRAZA.SE LES NOTIFICA A LOS HEREDEROS O FAMILIARES DE QUIEN EN VIDA LLEVARA POR NOMBRE JUAN VALDEZ ARMIJO EL AUTO DE FECHA DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, QUE A LA LETRA DICE: "AUTO.- EN HERMOSILLO, SONORA, A DOS DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO. V I S T O el estado procesal que guardan los autos y como se desprende de los mismos que no se han desahogado las diligencias de ratificaciones a que se harán mención en líneas posteriores, en tal virtud, se señalan las ONCE HORAS y SIGUIENTES DEL DÍA DOCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, para el efecto de que se lleven a cabo las diligencias de ratificación de los siguientes dictámenes periciales: 1.- Dictamen de autopsia, a cargo del perito oficial IGNACIO VICTORIA TAPIA, de fecha veinte de junio de dos mil once, contenido a (fojas 98 a 98 vuelta). 2.- Dictamenes de Hematologías, a cargo del perito oficial EDUARDO BARRERA MORALES de fechas cuatro de julio de dos mil once, contenidos a (fojas 217 a 225) y (fojas 227 a 230). 3.- Dictamen en Criminalística de Campo, a cargo del perito oficial RAMÓN ALBERTO TANORI SAAVEDRA, de fecha veinte de junio de dos mil once, contenido a (fojas 174 a 177). 4.- Dictamen de Dactiloscopia del occiso, a cargo del perito oficial ROSARIO DANIEL DORAME, de fecha veintiuno de junio de dos mil once, contenido a (fojas 108 a 110). En preparación del desahogo de tales diligencias de ratificaciones, se ordena girar atento oficio al Director General de Servicios Periciales de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora, a fin de que por los medios a su alcance cite a los peritos EDUARDO BARRERA MORALES y RAMÓN ALBERTO TANORI SAAVEDRA, en la fecha antes mencionada y les permita acudir a su cita en las instalaciones que ocupa este Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Penal de este Distrito Judicial, ubicado en BOULEVARD DE LOS GANADEROS Y/O PERIFÉRICO ORIENTE, A UN COSTADO DEL CENTRO DE READAPTACIÓN SOCIAL HERMOSILLO UNO (CERESO I), DE LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, en la inteligencia de que el referido superior deberá informar a este Juzgado en tiempo y forma si los peritos quedaron debidamente notificados. Apercibidos los peritos antes mencionados, que en caso de no comparecer a su cita a pesar de haber quedado debidamente notificados, se les impondrá una multa individual de VEINTE unidades de medida y actualización (UMA), vigente al momento de su imposición. Asimismo, se ordena citar al IGNACIO VICTORIA TAPIA, en el domicilio ubicado en calle Palo Seco número 12, entre Palo Alto y Palo Verde, colonia Eusebio Kino, de esta ciudad; al perito ROSARIO DANIEL DÓRAME, en el domicilio ubicado en General Félix Gómez número 7, y callejón en la Cruz, colonia Palo Verde Final, de esta ciudad; Apercibidos los peritos antes referidos, que de no presentarse, sin causa justificada, a juicio del Juzgado, en la hora y fecha señalada, se les hará efectiva una multa individual por el equivalente a TREINTA unidades de medida y actualización (UMA) vigente al momento de su imposición. Por otra parte, y en virtud de que el procesado Javier Cardón Pedraza tiene el derecho de estar presente en el desahogo de las mismas, y toda vez que éste se encuentra interno en el CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NÚMERO 11 “CPS-SONORA”, se ordena girar oficio al C. Director de dicho Centro Penitenciario, a fin de solicitar la excarcelación del referido procesado, para efecto de llevar a cabo las ratificaciónes de dictamenes señalados en los párrafos que anteceden y se realice el traslado del procesado de mérito el día antes señalado, al CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO I, para que se lleven a cabo dichas diligencias, para lo cual se requerirá apoyo de la corporación policíaca correspondiente, bajo de quien recaerá la responsabilidad de dicho traslado y quien además deberá de tomar las medidas de seguridad que estime pertinentes, para la realización de la excarcelación mencionada en la fecha señalada y una vez hecho lo anterior y acabada las diligencias, deberá realizar el traslado del procesado de referencia, al Centro en el que se encuentra recluido, en la inteligencia de que dicho procesado tiene un diagnóstico estable, sin enfermedades en fase terminal. En el mismo sentido, gírese oficio al C. DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO I, con la finalidad de hacer de su conocimiento de la excarcelación que se llevará a cabo y para que permita el acceso de procesado de mérito el día antes señalado, a las instalaciones de dicho centro específicamente en la ventanilla de prácticas de diligencias de este Juzgado, para poder llevar a cabo las ratificaciones de dictamenes señalados en los párrafos que anteceden. Asimismo, gírese atento oficio al C. COMISARIO GENERAL DE LA POLICÍA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, con la finalidad de que se sirva comisionar elementos a su cargo y a su vez los mismos realicen el traslado del referido procesado, mismo que se encuentra interno en el CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NÚMERO 11 “CPS-SONORA”, al diverso CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO I, para efectos de llevar a cabo las referidas ratificaciones, a las once horas del día señalado en líneas anteriores; traslado que se deberá realizar bajo su responsabilidad y con las medidas que estime pertinentes, y una vez realizado lo anterior, traslade e interne de nueva cuenta a dicho interno en su lugar de origen. Notifíquese del contenido del presente acuerdo al procesado Javier Cardón Pedraza para su conocimiento y efectos legales a que haya lugar, asimismo, a la Defensora Pública y al Agente del Ministerio Público ambos adscritos a este Juzgado, a fin de que comparezcan en la hora y fecha señalada para el desahogo de dichas diligencias. Hágasele saber a la parte ofendida el derecho que les asiste de estar presente en el desahogo de dichas diligencias ordenadas si así lo desean, en la inteligencia de que habiendo sido debidamente notificadas de la fecha y hora antes mencionada y no comparecen a este Juzgado sin causa justificada, se les tendrá como no interesada en acudir a las mismas. Lo anterior, con fundamento en los artículos 46, primer párrafo, 49 fracción I, 226, y demás relativos y aplicables del Código Procesal Penal Sonorense; en relación con el diverso 41 (Segundo y Tercero Transitorios) Constitucional Federal, de acuerdo al Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo, publicado el veintisiete de enero del año dos mil dieciséis, en el Diario Oficial de la Federación. NOTIFÍQUESE. ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMA EL CIUDADANO LICENCIADO HELEODORO REYES MEDINA, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, ANTE LA LICENCIADA BELEM ALICIA FÉLIX GRIJALVA, SECRETARIA PRIMERA DE ACUERDOS, CON QUIEN LEGALMENTE ACTÚA Y DA FE. DOY FE." SE LEVANTAN CERTIFICACIONES.
133/2015
ORDINARIO PENAL.- SE AGREGA CUADERNILLO, SE DECLARA FORMALMENTE PRESCRITO ANTECEDENTE PENAL.
35/2017
ORDINARIO PENAL.- SE SEÑALA FECHA PARA RATIFICACIÓN, SE GIRA OFICIO Y CÉDULAS DE NOTIFICACIÓN.
01/2020
ORDINARIO PENAL.- SE LEVANTAN CERTIFICACIONES.
Exh. 17/2021
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 6/2021, QUE REMITE EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NOGALES, SONORA.SE LEVANTA CERTIFICACIÓN.
Amp. 17/2021
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL JUICIO DE AMPARO NÚMERO 17/2021. SE AGREGA OFICIO (P.49), HACEN MANIFESTACIONES.
Exh. 20/2021
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 73/2020, QUE REMITE EL JUEZ SEGUNDO PENAL AUXILIAR "B" DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CANCÚN, QUINTANA ROO. SE GIRA OFICIO, SE DEVUELVE EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.
Exh. 23/2021
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 4/2020, QUE REMITE EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL Y DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN LUIS RÍO COLORADO, SONORA. SE LEVANTAN CONSTANCIAS.
Exh. 26/2021
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 15/2021, QUE REMTE EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NOGALES, SONORA.SE LEVANTA CERTIFICACIÓN.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
412/1997
ORDINARIO PENAL.- JUAN CARLOS GRANICH PERALTAse agrega cuadernillo, se ordena eliminar antecedente nominal y se gira oficio.-
552/2006
SEPTIES
ORDINARIO PENAL.- ROBERTO GRIJALVA PERALTA.-se agrega oficio registrado bajo promoción número 123.-
428/2012
SEXIES
ORDINARIO PENAL.- JAIME LÓPEZ PAYAN Y OTRO.-se agrega lista de acuerdos.-
20/2015
ORDINARIO PENAL.- MARTIN MORENO GARCIAse agrega cuadernillo y se remiten constancias.-
14/2019
JUICIO ORDINARIO PENAL.- MANUEL SANTIAGO GUIRADO MANZO Y OTRO.-se agrega oficio registrado bajo promoción número 124, se agrega exhorto, se señala fecha para diligencia de careos, se hace efectivo apercibimiento, se gira exhorto y se ordena notificar por lista diaria que se publica en los Estrados de este Juzgado al ofendido Juan Eduardo González Pérez, el contenido integro del proveído de tres de marzo de dos mil veintiuno el cual se dictó al tenor de los siguientes términos: AUTO.- EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, A TRES DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO. VISTO el oficio de cuenta número 34/2021-D, mismo que en esta secretaria segunda de acuerdos, se registró bajo promoción número 124, que remite el Licenciado Fernando Krimpe Félix, C. Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal del Distrito Judicial de Cajeme, Sonora y mediante el cual anexa exhorto número 05/2021, debidamente diligenciado, derivado de la causa penal 14/2019, que en este H. Juzgado se instruye en contra de Manuel Santiago Guirado Manzo y otro. Por otra parte, visto el estado procesal de cuenta y advirtiéndose del mismo que la testigo Cinthia Josefina Carrillo López, no estableció conexión mediante el sistema de videollamada y reuniones virtuales denominadas zoom con este Juzgado, a las diez horas del veintiséis de febrero de dos mil veintiuno, esto para llevar a cabo el desahogo de la diligencia de careos procesales, con los procesados Carlos Alberto Calvo Morales o Francisco Guadalupe Morales Ochoa y Manuel Santiago Guirado Manzo, no obstante de habérsele notificado en su domicilio señalado en autos; en consecuencia a lo anterior, se hace efectivo el apercibimiento realizado mediante la cédula de notificación de dieciséis de febrero del presente año, a la C. Cinthia Josefina Carrillo López, y se le requiere para efecto de que comparezca ante este Juzgado Primero de Primera Instancia de lo Penal del Distrito Judicial de Hermosillo, Sonora, y exhiba en efectivo, la cantidad de $2,688.60 M.N. (Son dos mil seiscientos ochenta y ocho pesos 60/100 moneda nacional), por concepto de multa consistente en treinta unidades de medida y actualización, cantidad que deberá exhibir en el término de cinco días hábiles, contados a partir de que haya sido notificada del presente acuerdo, apercibiéndola, que en caso de no dar cumplimiento a lo antes ordenado por este Tribunal, se ejecutará en su contra el Procedimiento Administrativo de Ejecución ante la Agencia Fiscal del Estado. Ahora bien, y con el fin de llevar a cabo el desahogo de las diligencia de careos procesales, entre los procesados Carlos Alberto Calvo Morales o Francisco Guadalupe Morales Ochoa, y Manuel Santiago Guirado Manzo con la ex Agente de la Policía Cinthia Josefina Carrillo López se señalan las once horas del diecinueve de marzo de dos mil veintiuno, esto mediante el sistema de videollamadas y reuniones virtuales denominado ZOOM, esto debido a que dicha testigo tiene su domicilio en la Ciudad de Obregón, Sonora, se ordena girar atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal del Distrito Judicial de Obregón, Sonora, para que en auxilio de las labores de este H. Juzgado comisione al C. Actuario de su adscripción, para que notifique a la C. Cinthia Josefina Carrillo López, en el domicilio ubicado en calle Mártires de Cananea entre Paseo Miravalle y Toluca de la colonia Primero de Mayo de la Ciudad de Obregón, Sonora, que se deberá conectar el día y hora señalado en el párrafo que antecede a través del sistema de videollamadas y reuniones virtuales denominado ZOOM, con la ID de la reunión 838 3132 2930 y con código de acceso n7tS38, y de ser posible recabe el número telefónico de dicha testigo. Asimismo, en este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal del Distrito Judicial de Hermosillo, Sonora, los suscritos estarán acompañados por el C. Agente del Ministerio Público Adscrito, la defensora pública y los procesados, en la celebración de las diligencias, debiéndose levantar acta circunstanciada de dicha diligencia en las instalaciones de este Juzgado. En el entendido de que se le anexa copia debidamente certificada del parte informativo rendido por la ateste y de la constancia actuarial. En ese contexto, hágasele saber al Juez Exhortado, que en caso de ser necesario, informe a esta Autoridad vía telefónica al número 66 22 54 00 09 o a los correos electrónicos j1pher@stjsonora.gob.mx y/o cesar.dejesus@stjsonora.gob.mx, o vía telegrama, si hace falta algún dato que impida dar cumplimiento a lo señalado en el presente proveído, ello para estar en condiciones de normalizarlo o subsanarlo de inmediato y así evitar alguna violación del derecho humano de las partes a una justicia pronta y expedita, lo anterior de conformidad con los numerales 1, 17 y 133 de la Carta Magna, así como remitir acuse de recibo del presente exhorto, y una vez cumplido lo anterior deberá devolverlo a la mayor brevedad posible a este H. Juzgado. Autorizando a la Autoridad Exhortada para que se aperciba a la testigo que, en caso de hacer caso omiso a este mandato Judicial, sin causa justificada y probada, se le aplicará el medio de apremio que establece la Ley, consistente en una multa de sesenta unidades de medida y actualización, y atendiendo a que el valor diario de la unidad de medida y actualización corresponde a $89.62 M.N. (Son ochenta y nueve pesos 62/100 moneda nacional), al multiplicarla por 60 veces arroja un total de $ 5,377.20 M.N. (Son cinco mil trescientos setenta y siete pesos 20/100 moneda nacional), lo anterior de conformidad con el artículo 26, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo al Decreto que Reforma y adiciona disposiciones de la citada Carta Magna, en materia de desindexación del salario mínimo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016, así como el artículo 23 fracción XX-Bis del Reglamento Interior del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicado el 28 de enero de 2016 en el mismo Diario Oficial. La anterior cantidad fijada como multa, se duplicará en caso de reincidencia y su monto será destinado al Fondo de Administración de Justicia, con apoyo además en el artículo 49 fracción I, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora. De igual manera, aperciba a la ateste Cinthia Josefina Carrillo López, que en caso de hacer caso omiso a este mandato Judicial y no establecer conexión con este Juzgado, sin causa justificada y probada, se hará uso de la fuerza pública para hacerla comparecer. En este contexto se ordena notificar al Agente del Ministerio Adscrito y a la defensora pública, el presente acuerdo por los medios legales adoptados, apercibidos que en caso de no comparecer sin causa justificada y comprobada ante este Juzgado se harán acreedores al mismo medio de apremio indicado con antelación. Del mismo modo, se ordena notificar a Juan Eduardo González Pérez, en su carácter de ofendido, por lista diaria que se publica en los Estrados de este H. Juzgado, ello en términos del artículo 109 y 110 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora y una vez hecho lo anterior agréguese a los autos copia debidamente certificada de la misma para que surtan los efectos legales a que haya lugar. Lo anterior con fundamento en los artículos 46, primer párrafo, 50, 51, 109, 110, 256, 257 y 258 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. - ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMA EL LICENCIADO HELEODORO REYES MEDINA, C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, POR ANTE, EL LICENCIADO CÉSAR DE JESÚS MARTÍNEZ, C. SECRETARIO SEGUNDO DE ACUERDOS, CON QUIEN LEGALMENTE ACTÚA Y DA FE.- DOY FE.-
Cua. 21/2021
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 21/2021, QUE REMITE PARA SU DILIGENCIACION EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, SOORA, DERIVADO DE LA CAUSA PENAL NÚMERO 322/2013.-se amonesta a sentenciado y se devuelve exhorto debidamente diligenciado a su lugar de origen.-

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
199/2011
QUATER
ORDINARIO PENAL.- RICARDO ARTURO CORRALES MARTÍNEZ.- Se da cuenta con el estado procesal de los autos, se gira oficio, se solicita informe.-
479/2011
QUATER
ORDINARIO PENAL.- JULIO HERRERA CABRERA Y OTROS.- Se da cuenta con promoción 104, se admite probanza, señala fecha para su desahogo y se gira oficio.-
629/2013
SEPTIES
ORDINARIO PENAL.- LUIS OCTAVIO VALENZUELA ROJO.-Se da cuenta con el estado procesal de los autos, se gira oficio, se solicita informe.-
139/2016
TER--SEXIES-SEPTIES
ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO EDUARDO LEÓN BURRUEL.-Se da cuenta con el estado procesal de los autos, se señala fecha y se giran cédulas de citación y notificación personal.-
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