Inicio de Lista de Acuerdos - Descarga Masiva - Contáctanos CFDI - NOM 035 - Código de Comercio
[

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

15-05-2017

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0369/2001
ORDINARIO PENAL.-Promoción 185.- No ha lugar.-
8437/2013
ORDINARIO PENAL.-(11-05-17) Se radica, declaración preparatoria, se gira oficio, se señala fecha, se gira cedula de citación.-
0057/2014
ORDINARIO PENAL.- ROMAN ABAROA MOLINARES.-(11-05-17) Se levanta constancia.-
0169/2016
ORDINARIO PENAL.- AARON FABIAN LEON MENDOZA.-Se declara cerrada la instrucción.-
0519/2016
ORDINARIO PENAL.-Se recibe oficio.-
0007/2017
ORDINARIO PENAL.- JESUS GONZALO LOPEZ ARVAYO.-(11-05-17) Se desahoga probanza.-
0059/2017
ORDINARIO PENAL.- IVAN DARIO MENDEZ LOPEZ.-Se radica exhorto.-

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0374/2003
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE OFICIO QUE REMITE EL DIRECTOR DEL CENTRO FEDERAL DE READAPTACION SOCIAL NUMERO 8 NOR-PONIENTESe solicitan autos originales al archivo general
0302/2009
ORDINARIO PENAL.- JESUS ALEJANDRO FELIX BURGUEÑOSe gira oficio
0156/2011
ORDINARIO PENAL.-REY AARON ENCINAS Y OTROSe gira oficio
0384/2012
ORDINARIO PENAL.- VICTOR MANUEL ROBLES VILLAREALSe señala fecha, se gira cedula de citación, se gira oficio
0382/2014
ORDINARIO PENAL.- DIANA DETZABELL ANGULO RUIZSe levanta constancia, se lleva a cabo ratificación de documentos
0434/2014
ORDINARIO PENAL.- JOEL ARMENTA MONTOYASe resuelve incidente, se ordena notificar por lista al C.BALTAZAR CORRAL LOPEZ, el contenido de los puntos Resolutivos de la Resolución Constitucional de fecha cinco de abril del dos mil diecisiete PRIMERO. Este Tribunal ha sido competente para conocer y resolver la presente causa criminal.SEGUNDO. En autos quedaron acreditados los elementos de los delitos de robo cometido con violencia en las personas, con pluralidad de activos, y robo respecto de vehículo de propulsión mecánica en grado de tentativa, el primero de ellos en perjuicio de Construcasa Milenium y Baltazar Corral López, y el segundo en agravio de Baltazar Corral López; asimismo quedó comprobada la plena responsabilidad del acusado HORACIO MIRANDA SOTO en la comisión de los precitados injustos, en consecuencia, TERCERO. Por el expresado delito, circunstancias personales y de ejecución es procedente imponerle del acusado HORACIO MIRANDA SOTO, la pena global de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA Y MULTA POR LA CANTIDAD DE $ 672.90 (SON: SEISCIENTOS SETENTA Y DOS PESOS 90/100 MONEDA NACIONAL), equivalente a diez días de multa. La pena privativa de libertad impuesta la deberá de compurgar el acusado en el Establecimiento Penitenciario que al efecto designe el Órgano Ejecutor de Sanciones, con descuento del tiempo que haya estado privado de su libertad en prisión preventiva con motivo de este proceso, es decir, a partir del quince de enero del dos mil dieciséis, fecha en que fue presentado por Agentes de la Policía Estatal Investigadora, siendo privado de su libertad deambulatoria desde aquel entonces, hasta la fecha en que la presente sentencia cause ejecutoria; y la pecuniaria deberá ingresar en calidad de bien propio del Estado, a favor del Fondo para la Administración de Justicia de esta Entidad, por conducto de la institución bancaria respectiva. CUARTO. Por lo que hace a la reparación del daño se condena a al acusado en los términos expuesto en el considerativo V del cuerpo de este fallo. QUINTO. Por los motivos y fundamentos señalados en el considerando VI del cuerpo de este fallo, se le niega al acusado Horacio Miranda Soto, el beneficio de la suspensión condicional debido al quantum de la pena. SEXTO. Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese al acusado, en términos de lo dispuesto por el artículo 45 del Código Penal para el Estado de Sonora.SÉPTIMO. Requiérase personalmente a las partes para que manifiesten su consentimiento o negativa respecto a que la presente sentencia, una vez ejecutoriada, se publique con sus datos personales, en el entendido de que dicha aceptación deberá ser expresa y por escrito o por un medio de autenticidad similar y que de no otorgar el consentimiento para que la publicación de las resoluciones o sentencias se realice con sus datos personales en los términos antes expuestos, o de no hacer manifestación alguna al respecto, entonces se deberán omitir o testar esos datos. OCTAVO. Háganse las anotaciones de estilo en los Libros de Gobierno, Sentencias y Estadísticas; instrúyase al acusado, su defensa y agente del ministerio público sobre su derecho y término con el que cuentan para interponer el recurso de apelación en caso de inconformidad con el presente fallo, y de quedar firme este, gírense y distribúyanse las copias de Ley a las dependencias correspondientes, y oportunamente archívese el presente expediente como asunto total y definitivamente concluido. Asimismo, notifíquese personalmente la presente sentencia a las víctimas u ofendidos, y en el supuesto de que los afectados sean menores de edad o incapaces por conducto de quienes tengan derecho a ello, haciéndoles saber el término de cinco días que tienen para interponer el recurso de apelación, en caso de no estar conformes con la misma; asimismo para el caso de que interpongan recurso de apelación, deberá requerírseles para que en el acto de la notificación o dentro del término de tres días hábiles siguientes, designen representante legal que los patrocine en segunda instancia y señalen domicilio cierto y correcto en ésta ciudad en donde oír y recibir notificaciones, apercibiéndolo de que en caso de no hacerlo así o el designado no comparece, o no acepta el cargo, el recurso de apelación seguirá su trámite y las notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por lista; en caso de no ser posible notificarle en forma personal, hágase de la siguiente forma en que lo marca la ley.
0304/2015
ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO EDUARDO LEON BURRUELSe señala nueva fecha, se gira cedula de notificación, se gira oficio
0066/2016
ORDINARIO PENAL.- MARTIN JAVIER GARCIA VILLALBASe admite apelación, se gira cedula
0057/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO QUE REMITE EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE AGUA PRIETA , SONORASe radica exhorto, se ordena diligenciar

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0108/2012
ORDINARIO PENAL.- DAVID RUBIO MARTÍNEZ.-Se acoge al beneficio de la suspensión condicional de la pena de prisión, se hacen advertencias, se exhiben pagos de multa y el beneficio de la suspensión condicional de la pena de prisión.-
0348/2013
ORDINARIO PENAL.- CARLOS CUBILLAS GÁLVEZ Y OTROS.-Se señala nueva fecha y se gira oficio.-
0178/2014
ORDINARIO PENAL.- EDUARDO ANTONIO CHÁVEZ GÓMEZ.-Se agrega oficio de segunda instancia.-
0463/2014
ORDINARIO PENAL.- ALFONSO HIGUERA LEYVA.-Se señala nueva fecha y se gira oficio.-
0093/2016
ORDINARIO PENAL.- JESÚS VINDIOLA DURÁN.-Se remiten copias y se gira oficio.-
0115/2016
ORDINARIO PENAL.- ANTONIO OTERO FRANCO.-Se señalan fecha para ratificación.-
0043/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO 43/17, QUE REMITE EL JUEZ DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE NOGALES, SONORA.-Se señala nueva fecha y se gira oficio.-
]Home - Políticas de uso - - Términos y Condiciones
Gobierno de México