ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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0359/2015 | ORDINARIO PENAL.- DAVID HUMBERTO ALEGRÍA CARRILLO.- | Se requiere. |
0387/2015 QUINQUIES | ORDINARIO PENAL.- NEIEL ESPINOZA VILLALBA Y OTRO.--- | Se agrega escrito número 85, se señala fecha, se gira cédula de notificación. |
0079/2016 QUINQUIES | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL INCIDENTE DE LIQUIDACIÓN DE CONDENA DE REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS PROMOVIDA POR EDUARDO CARRILLO HERNÁNDEZ.--- | Se dicta resolución incidental. |
0137/2016 QUINQUIES | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL INCIDENTE NO ESPECIFICADO DE REVISIÓN DE MEDIDA APELATIVA DE LIBERTAD O PRISION PREVENTIVA PROMOVIDA POR JORGE BARRIOS SALAZAR.--- | Se agrega escrito, designa defensa, se señala domicilio. |
0170/2016 | ORDINARIO PENAL.- SALOMÓN ÁLVAREZ RESENDEZ.- | Se agrega copia certificada de lista de acuerdo, se tiene por perdido el derecho. |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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0302/2009 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE ESCRITO PRESENTADO POR MIGUEL ANGEL MEDINA ARCHULETA TODA VEZ QUE LOS AUTOS ORIGINALES SE ENCUENTRAN CITADOS PARA SENTENCIA | Se agrega escrito solicita atención medica, se autorizan copias simples, deberá estarse, se gira oficio |
0120/2011 | ORDINARIO PENAL.- JOSE FERMIN GRANILLO PERALTA | Se levanta comparecencia, se gira oficio |
0434/2014 | ORDINARIO PENAL.- JOEL ARMENTA MONTOYA Y OTROS | Se agrega documentos se da vista |
0304/2015 | ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO EDUARDO LEON BURRUEL | Se remiten autos originales en apelación |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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0523/1991 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO QUE EL EXPEDIENTE SE ENCUENTRA EN EL ARCHIVO GENERAL.- | Se solicita expediente.-257.- |
0348/2013 381/2013 | ORDINARIO PENAL.- CARLOS CUBILLAS GÁLVEZ Y OTROS.- | Se admiten recursos de apelación.- Se notifica a la parte ofendida Rosa Patricia Álvarez Cantú y a las menores hijas del occiso Jairo Afid Lozoya Medina, por conducto de su representante legal que fecha treinta de mayo de dos mil diecinueve se dictó sentencia condenatoria, en contra de JOSÉ LUIS CAMPOY SANTELIZ, ALICK EDGAR BANDRICH PINO, CARLOS CUBILLAS GÁLVEZ y FRANCISCO JAVIER DE LOS ÁNGELES MONTIJO por los delitos de Homicidio calificado (premeditación y alevosía) en perjuicio de Jairo Afid Lozoya Medina y Francisco Javier Amparano Gómez y el de homicidio calificado en grado de tentativa (con premeditación y alevosía) en agravio de Rosa Patricia Álvarez Cantú, todos en concurso de delitos y se les impuso una pena global de cincuenta años de prisión ordinaria y treinta días de multa por la cantidad de $1,942.80 (mil novecientos cuarenta y dos pesos 80/100 moneda nacional) se les condenó a cada uno de los sentenciados pagar cincuenta días de multa, de manera mancomunada y solidaria equivalente a la cantidad de $5,134. 00 (cinco mil ciento treinta y cuatro pesos 00/100 moneda nacional), por cada uno de los homicidios a favor de quién o quienes acrediten tener derecho, respecto al ofendido Jairo Afid Lozoya Medina y del pasivo Francisco Javier Amparano Gómez, asimismo, se condena a pagar a favor de la ofendida Rosa Patricia Álvarez Cantú, cincuenta días de multa, equivalente a $ 5,134.00 (cinco mil ciento treinta y cuatro pesos 00/100 moneda nacional); se condenó a los sentenciados de manera solidaria al pago de la cantidad de $15,000.00 (quince mil pesos 00/100 moneda nacional), por concepto del pago material los cuales deberán ser pagados a Olimpia Lozoya Medina, hermana del occiso Jairo Afid Lozoya Medina, cantidad que resulta del total de los gastos originarios por pagos funerarios; se condena de forma genérica por concepto de reparación del daño material, una vez que acredite que con que motivo del deceso del pasivo Francisco Javier Amparano Gómez, haya erogado gastos por servicios funerarios y la circunstancia de que no se hubiere probado durante la instrucción el monto del daño material a resarcir, sólo puede dar lugar a que de dejan salvo los derechos a favor de quién o quienes acrediten haber erogado gastos al respecto; se dejan a salvo los derechos de Rosa Patricia Álvarez Cantú, para que una vez que cause ejecutoria la sentencia proceda a la cuantificación del daño material, mediante incidente de liquidación de condena a la reparación de daño y perjuicios; se les negó el beneficio de la suspensión condicional de la pena de prisión, así como la concesión de algún sustitutivo de prisión; asimismo, se le hace saber a la parte ofendida que tiene derecho de apelar a la sentencia y cuenta con el término de cinco días para hacer valer dicho recurso; igualmente, el derecho de nombrar abogado que los represente en segunda instancia, así como para que oiga y reciba todo tipo de notificaciones en su nombre y el de señalar domicilio para oír y recibir notificaciones; en el entendido que de no hacer manifestación alguna se continuará con el trámite ordinario de los recursos de apelación y las notificaciones personales se le harán por lista de acuerdos. Por otra parte, se notifica a la parte ofendida que en fecha siete de junio de dos mil diecinueve, se admitieron los recursos de apelación en contra de la sentencia aludida, interpuestos por los sentenciados y sus defensores, recursos que se serán sustanciados ante el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora.- |
8383/2013 | ORDINARIO PENAL.- MARTÍN RODRÍGUEZ NEVAREZ Y OTROS.- | Se reciben autos originales del tribunal de alzada, se agrega resolución de segunda instancia y se giran oficios,.253.- |
0018/2016 | ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO JAVIER SONOQUI TOLEDO.- | Se dicta sentencia definitiva.- |
0005/2019 | ORDINARIO PENAL.- DAVID CUEVAS RENTERÍA.- | Se dicta resolución constitucional.- |
0091/2019 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO 91/19, QUE REMITE EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE CANANEA, SONORA.- | Se remite exhorto a su lugar de origen y se gira oficio.- |