ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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341/2015 | ORDINARIO PENAL.- MARIA LUISA GARCIA SAMANIEGO | Se agrega escrito con anexos |
401/2015 QUINQUIE-SEPTIES | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE ESCRITO, TODA VEZ QUE LOS AUTOS ORIGINALES SE ENCUENTRAN CON EL AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO | Se agrega escrito |
11/2016 QUINQUIE | ORDINARIO PENAL.- VICTOR RAUL MELENDREZ MORENO | Se requiere y se gira cédula |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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302/2009 | ORDINARIO PENAL.- MANUEL ANTONIO GONZALEZ MENDOZA Y OTRO | Se levanta constancia, se señala nueva fecha para ratificación de dictamen, se hace efectivo el apercibimiento, se gira oficio |
496/2012 QUATER | ORDINARIO PENAL.- GABRIEL GRANADOS BEJARANO Y OTRO | Se hace requerimiento |
40/2013 QUINQUIES | ORDINARIO PENAL.- GERARDO IBARRA HUERTA | Se señala fecha para ratificación, se gira oficio, se levanta comparecencia, se lleva a cabo ratificación de dictamen |
Exh. 26/2020 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO QUE REMITE EL JUEZ MIXTO DE URES, SONORA | Se remite exhorto diligenciado |
Exh. 32/2020 | CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO QUE REMITE EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DE CANANEA, SONORA | Se radica, se ordena diligenciar |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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465/2011 | QUINQUIES.- ORDINARIO PENAL.- CÉSAR ROMO CANIZALEZ Y OTRO.- | Se giran oficios y exhorto.- |
233/2014 | ORDINARIO PENAL.- CARLOS ARMANDO MEZA LÓPEZ Y OTRO.- | Se gira oficio.- |
123/2016 | QUATER.- ORDINARIO PENAL.- FERNANDO PADRÓN TRASVIÑA- | Se agrega oficio y se da vista.-35.- |
03/2018 | SEXIES.- ORDINARIO PENAL.- GIBRÁN ALÁN DUARTE UGARTE.- | Se notifica a los ofendidos IRENE MONGE LÓPEZ y BRAYAN FRANCISCO RUIZ MONGE, que en fecha veintiocho de enero de dos mil veinte se dictó sentencia condenatoria en contra de GIBRÁN ALÁN DUARTE UGARTE, imponiéndosele una pena de tres días de prisión y seis días de multa, equivalente a $420.60; se condenó al sentenciado a pagar a BRAYAN FRANCISCO RUIZ MONGE, la cantidad de $9,684.00 (nueve mil seiscientos ochenta y cuatro pesos 00/100 moneda nacional) y a MARIAN PAULETH GRANADOS MALDONADO, la cantidad de $8,230.00 (ocho mil doscientos treinta pesos 00/100 moneda nacional) por concepto de reparación del daño material que les ocasionó en la comisión del delito de lesiones que tardan más de quince días en sanar y no ponen en peligro la vida por culpa; asimismo, se le condenó a pagar al sentenciado a favor de IRENE MONGE LÓPEZ, la cantidad de $49,100.00 (cuarenta y nueve mil cien pesos 00/100 moneda nacional) por concepto de reparación de daño material que le ocasionó en la comisión del delito de daños por culpa; así también, se le condenó al pago de los perjuicios ocasionados, en favor de los ofendidos BRAYAN FRANCISCO RUIZ MONGE y MARIAN PAULETH GRANADOS MALDONADO, dejando a salvo sus derechos para que, una vez que cause ejecutoria la sentencia, proceda la cuantificación de dichos perjuicios, mediante incidente de liquidación de condena a la reparación de los daños y perjuicios; se le concede al sentenciado el beneficio de la pena impuesta por la cantidad de $2,000.00 (dos mil pesos 100/00 moneda nacional); se le concede la sustitución de la pena corporal impuesta por multa que asciende a la cantidad de $210.30 (doscientos diez pesos 30/100 moneda nacional); se establece como pena alternativa de dicho sustitutivo de prisión el trabajo a favor de la comunidad, que consisten en tres días de jornadas de trabajo a favor de la comunidad no remuneradas de tres horas cada una; en la inteligencia que queda a elección del sentenciado la forma en que desee cumplir la pena que se le impuso, esto es, la corporal, sustitutivo por multa o bien las jornadas de trabajo a favor de la comunidad; en el entendido de que, en caso de que decida acogerse al beneficio de la suspensión condicional de la pena, deberá pagar ó garantizar la cantidad liquida a que fue condenado por concepto de reparación del daño material; asimismo, se le hace saber a la parte ofendida, que en caso de no estar de acuerdo con la sentencia, tiene derecho de apelar a la misma y que cuenta con cinco días para hacer valer dicho recurso; también tiene el derecho de nombrar abogado que lo represente en segunda instancia, así como para que oiga y reciba todo tipo de notificaciones en su nombre y señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad; en el entendido que de no hacer manifestación alguna se continuará con el trámite ordinario de la apelación y las notificaciones personales se le harán por lista de acuerdos. |
25/2018 | ORDINARIO PENAL.- SYLVIA ROSALIA ROBLES ROBLES | Se agrega oficio y se ordena dar cumplimiento en fecha siete de febrero de dos mil veinte.- |