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JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

26-01-2021

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
176/2000
ORDINARIO PENAL.- ROBERTO OLIVAS VILLACancela orden de reaprehensión y se gira oficio
371/2014
ORDINARIO PENAL.- JUAN AARON LEON JACOBODeclara firme auto, se gira cedula
301/2015
ORDINARIO PENAL.- ALFONSO JULIO OJEDA MADERODeclara prescripción acción penal y se gira cedula
396/2015
ORDINARIO PENAL.- JOSE GABRIEL MORENO y/o JOSE GABRIEL GUILLEN Declara prescripción acción penal y se gira cedula
76/2016
ORDINARIO PENAL.- ADRIAN AMAYA CASTRO Y ALBERTO ORDUÑO LOPEZDeclara prescrita la acción penal y se gira oficio

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0302/2009
ORDINARIO PENAL.- MANUEL ALONSO GONZALEZ MENDOZA Se señala fecha de audiencia, se gira exhorto y cedula de notificación
0486/2014
SEPTIES
ORDINARIO PENAL.- MARGARITA VELAZQUEZ MARTINEZ Se agrega oficio
56/2016
ORDINARIO PENAL.- JUAN CARLOS RODRIGUEZ QUIJADASe agrega oficio con anexo
Exh. 05/2021
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO QUE REMITE EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE NOGALES, SONORA Se radica exhorto, se ordena diligenciar

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
23/2010
ORDINARIO PENAL.- MARTIN ANGEL VILLEGAS ALEGRIA Y OTROS.-Se agrega exhorto, se declara cerrada la instrucción, se gira exhorto y cédulas de notificación.-05.-
0465/2011 QUINQUIES
ORDINARIO PENAL.- CÉSAR ROMO CANIZALEZ Y OTROS.-Se agregan conclusiones y se da vista.-04.-
408/2014
ORDINARIO PENAL.- ROBERTO CARLOS DUARTE BARCELO Y OTRO.-Se agrega oficio, se prescriben antecedentes penales y se giran oficios.-
0228/2015 QUATER
SEPTIES.- SALVADOR QUIJADA JIMÉNEZ.-Se fija nueva fecha para careo supletorio y se giran cédulas de notificación.-
0123/2016 QUATER
SEPTIES.- ORDINARIO PENAL.- FERNANDO PADRÓN TRASVIÑA-Se notifica al C. Licenciado David Jara Mexía, abogado coadyuvante y a la ofendida C. Raquel Angélica Córdova Rivas, el auto de fecha once de diciembre de dos mil veinte, por medio del cual se declaró cerrada la instrucción y se pusieron los autos a la vista del C. Agente del Ministerio Público adscrito a este juzgado, por el término de treinta días hábiles a fin que formule por escrito sus conclusiones.-
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