0284/1998
| ORDINARIO PENAL.- GUSTAVO GOMEZ CARREON,GUSTAVO GOMEZ CARREON,OMAR GOMEZ MORAGA,OMAR GOMEZ MORAGA,OSVALDO OCHOA RAMIREZ,OSVALDO OCHOA RAMIREZ.- | SE INFORMA AL JUZGADO DE DISTRITO, SE GIRA OFICIO. |
0504/2012
| CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO QUE REMITE EL C. DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCION SOCIAL DE HERMOSILLO UNO, DERIVADO DE LA CAUSA PENAL 504/2012, INSTRUIDO EN CONTRA DE MARIA LOURDES NESTA VASQUEZ Y OTRO.- | SE RECIBE OFICIO, SE FORMA CUADERNILLO, SE GIRA OFICIO. |
0276/2015
| ORDINAIO PENAL.- VICTOR VILLANUEVA TANORI.- | se notifica por lista de acuerdos a los familiares del hoy occiso, identificado como desconocido mariachi y/o el guero, quien falleció en hechos ocurridos el día veinte de julio del año dos mil quince, en calle Peru y Onavas de la colonia Mariachi, el auto de fecha onde de diciembre del año en curso que admitió la apelación interpuesta por el procesado y su Defensora Pública, que a la letra dicta:AUTO: EN HERMOSILLO, SONORA, A ONCE DE DICIEMBRRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE. VISTO el oficio de cuenta que antecede, suscrito por el C. DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL UNO DE HERMOSILLO, téngase por recibido y agréguese a los autos para los efectos legales correspondientes a que haya lugar, de conformidad con el artículo 260 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, ahora bien y en cuanto a su solicitud, remítasele atento oficio mediante el cual se le informe que no es posible remitirle copia certificada de las constancias solicitadas, toda vez que en contra de la sentencia definitiva dictada dentro de la presente causa, se interpuso recurso de apelación, por tanto aún no ha causado ejecutoria la misma, ni ha sido amonestado el sentenciado VÍCTOR VILLANUEVA TANORI. Lo anterior de conformidad con el artículo 46 del Código de Procedimientos Penales Sonorense.Por otra parte y vistas las notificaciones de cuenta que antecede, realizadas al sentenciado VÍCTOR VILLANUEVA TANORI y a la Defensora Pública, LIC. GABRIELA ESQUER OLIVARRIA, mediante sellos visible a foja 766 y 766 v., se les tiene por presentes interponiendo Recurso de Apelación en contra de la SENTENCIA DEFINITIVA, mismo recurso que por estar interpuesto dentro de tiempo y forma, ser procedente y estar legitimadas las partes apelantes, se admite en AMBOS EFECTOS, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 308, 311, 313 del Código Procesal Penal para el estado de Sonora, debiéndose remitir AUTOS ORIGINALES al SECRETARIO DE ACUERDOS DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO DE SONORA, en términos del artículo 317 del código en cita, para efectos de su substanciación.- En el entendido que el sentenciado VÍCTOR VILLANUEVA TANORI designa para que lo represente y defienda en Segunda Instancia al Defensor Público Adscrito a dicho Tribunal, autorizándolo para oír y recibir notificaciones, aún las de carácter personal en los estrados del Tribunal de Alzada, de conformidad con el artículo 316 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.Notifíquese el presente acuerdo por lista a la parte ofendida.-Con trascripción del presente se ordena remitir atento oficio al C. DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL UNO EN ESTA CIUDAD, a fin de informarle de la apelación interpuesta, lo anterior para los efectos legales correspondientes a que haya lugar.NOTIFÍQUESE.- ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMA EL C. JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO LEOBARDO BURGOS CALLEJA, POR ANTE LA SECRETARIA SEGUNDA DE ACUERDOS, LICENCIADA MARÍA MARGARITA ACUÑA MÉNDEZ, CON QUIEN ACTUA Y DA.- DOY FE.- |