0289/2014
| ORDINARIO PENAL. - FRANCISCO JAVIER FIGUEROA OCHOA | se ordena notificar auto de admisión de apelación de fecha seis de marzo de dos mil dieciocho:“…AUTO. - EN HERMOSILLO, SONORA, A SEIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. Se hace constar que fueron notificados las ofendidas María Concepción Rosa Medina, mediante listas de acuerdo, publicada en diecinueve de febrero de dos mil dieciocho, y a la C. Adriana Rodríguez Enríquez apoderada de Juan Pedro Rodríguez Teros, mediante cédula de notificación de fecha veintiuno de febrero de dos mil dieciocho, de sentencia definitiva, a quien le transcurrió el termino de cinco de días hábiles para apelar.Vista las notificaciones a cargo de la Ministerio Publico Adscrita ( foja 908), ofendido Rene Noe Salas Salcido, abogados defensores (foja 908 v), sentenciado Francisco Javier Figueroa Ochoa (foja 909 v), y con promoción de cuenta, se tiene a la Ministerio Publico Adscrita, ofendidos Rene Noe Salas Salcido, María de los Ángeles Huerigo, Alfredo Chomina Ortiz, abogados defensores y sentenciado Francisco Javier Figueroa Ochoa, inconformándose con la sentencia definitiva dictada en fecha DOS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, a efecto interpone RECURSO DE APELACIÓN en contra de la misma, que por estar dentro de tiempo y forma legal, se admite EN AMBOS EFECTOS, por ser sentencia condenatoria con fundamento en los artículos 308, 309, 310, 311, 313, 314, 317 primer párrafo y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, por consiguiente, se ordena remitir los AUTOS ORIGINALES que lo integran al SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO REGIONAL DEL PRIMER CIRCUITO DEL ESTADO DE SONORA, quien será el competente a resolver el recurso aludido. Así mismo, se tiene al ofendido C. Rene Noe Salas Salcido, designando como para lo defienda en segunda instancia al C. Agente del Ministerio Público Adscrito al tribunal de alzada, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones en el domicilio ubicado en JUAN JOSE AGUIRRE NUMERO 310, ENTRE 12 DE OCTUBRE Y ARIZONA DE LA COLONIA BALDERRAMA, DE ESTA CIUDAD. De igual forma, se tiene a los ofendidos María de los Ángeles Huerigo y Alfredo Chomina Ortiz, designando para que los defiendan en segunda instancia a los Licenciados Luis Alberto Escalante Flores y Jesús Medardo Lopez Nieblas, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones en el domicilio ubicado en Manuel Z. Cubillas número 65, entre Londres y Galeana colonia Centenario, de esta Ciudad. Lo que se acuerda de conformidad con fundamento en el artículo 20 apartado B Constitucional, y 142 del Código de Procedimientos Penales de Sonora. Por último, se le tiene al sentenciado Francisco Javier Figueroa Ochoa designando para que lo defienda en segunda instancia a los licenciados Lucas Alonso Ríos Soto y Emmanuel Zepulveda Meza, autorizándole a recibir toda clase de notificaciones aun las de carácter personal que deban hacérseles durante el trámite de la apelación, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en Boulevard Navarrete número 512, y Boulevard San Bernardino de la Colonia Capistrano, plaza Catalugnia local D, de esta ciudad. Lo que se acuerda con conformidad con fundamento en el artículo 20 fracción IX constitucional. - Texto anterior a la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación de dieciocho de junio de dos mil ocho. -NOTIFIQUESE. - ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMA EL C. JUEZ CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO LEOBARDO BURGOS CALLEJA, POR ANTE EL C. SECRETARIA TERCERA DE ACUERDOS, LICENCIADA GUADALUPE MARCELA HURTADO FELIX, CON QUIEN LEGALMENTE ACTUA Y DA FE. - DOY FE….” |
0039/2017
| QUINQUIES.- JOEL HERIBERTO MORENO RIVAS | con fecha ocho de marzo de dos mil dieciocho, agrega escrito, admite prueba, se acuerda continuar con diligencia de ampliación de declaración, no ha lugar, agrega oficio, giran oficios, gira cédula de notificación. |