Inicio de Lista de Acuerdos - Descarga Masiva - Contáctanos CFDI - NOM 035 - Código de Comercio
[

JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

09-10-2018

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0411/1997
ORDINARIO PENAL.-AGREGA OFICIO, HACE MANIFESTACIONES, SE REMITEN COPIAS CERTIFICADAS, SE GIRA OFICIO.
0097/1999
CUADERNILLO QUE SE LE FORMA AL EXPEDIENTE AL RUBRO INDICADO, YA QUE LOS AUTOS ORIGINALES SE ENCUENTRAN ARCHIVADOS.-AGREGA OFICIO, NO HA LUGAR, SE ORDENA GIRAR OFICIO, SE GIRA OFICIO.
0157/2004
ORDINARIO PENAL.-AGREGA OFICIOS, HACE MANIFESTACIONES.
0425/2004
ORDINARIO PENAL.-AGREGA CUADERNILLO AL EXPEDIENTE ORIGINAL, HACE MANIFESTACIONES.
0233/2014
QUINQUIES
CUADERNILLO QUE SE LE FORMA AL EXPEDIENTE AL RUBRO INDICADO, YA QUE LOS AUTOS ORIGINALES SE ENCUENTRAN EN CONCLUSIONES.-AGREGA OFICIO, HACE MANIFESTACIONES, SE ORDENA INFORMAR, GIRA OFICIO.
0003/2016
QUINQUIES
ORDINARIO PENAL.-03/2016 QUINQUIES.- ORDINARIO PENAL.- SE LE NOTIFICA A QUIEN o QUIENES RESULTEN OFENDIDOS DE LA CAUSA PENAL NUMERO 03/2016 QUINQUIES DE LA CAUSA PENAL NUMERO 03/2016 QUINQUIES, DE LAS SENTENCIAS DEFINITIVAS LA PRIMERA DE FECHA CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE Y LA SEGUNDA DE FECHA DIECISEIS DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO QUE A LA LETRA DICEN:”… - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - R E S O L U T I V O S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Primero: Este Tribunal ha sido competente para conocer y resolver la presente causa penal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo: En autos no quedaron debidamente acreditados los elementos del delito de ABIGEATO POR APODERAMIENTO DE GANADO BOVINO, que se dijo comento en perjuicio de QUIEN RESULTE OFENDIDO, resultando innecesario entrar al estudio de la responsabilidad penal de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en su comisión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Tercero: En consecuencia de ello se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX , por lo que respecta al delito de ABIGEATO POR APODERAMIENTO DE GANADO BOVINO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Cuarto: En autos quedaron acreditados los delitos de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACION DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO, previsto por el artículo 313 fracción II del Código Penal del Estado de Sonora y sancionado por el artículo 312 segundo párrafo del Código Penal del Estado de Sonora, cometido en perjuicio de quien resulte responsable, así como el delito de NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESION DE CANABIS SATIVA, previsto en los artículos 477 y 479 de la LEY General de Salud, sin la agravante de CON FINES DE VENTA, prevista en el artículo 476 de la Ley en comento, cometido en perjuicio de LA SOCIEDAD. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - En autos también quedó acreditada la responsabilidad penal de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, en la comisión del delito de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACION DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO, en perjuicio de quien resulte responsable, así como del delito de NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESION DE CANABIS SATIVA, cometido en perjuicio de LA SOCIEDAD.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Es en consecuencia que se dicta SENTENCIA CONDENATORIA en su contra. - - - - - - - - - - - - Quinto: Siendo plenamente responsable XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX de los delitos de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACION DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO Y NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESION DE CANNABIS SATIVA, se le impone la pena global de CUATRO AÑOS DIEZ MESES DE PRISION ORDINARIA Y MULTA POR LA CANDAD DE $2,874.10(DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL), equivalente esta última a CUARENTA Y UN días de salario mínimo vigente en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, al momento de cometerse el ilícito, a razón de $70.10(SETENTA PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL); sanción privativa de libertad que deberá compurgar en el establecimiento penitenciario que para tal efecto designe el Órgano ejecutor de sanciones, dependiente del ejecutivo del estado, con descuento del tiempo que ha estado privado de su libertad a partir del día catorce de febrero de dos mil quince, con motivo de su detención flagrante, y la pecuniaria deberá ingresar al Fondo para la Administración de Justicia en el Estado, como bien propio por conducto de la Institución Bancaria correspondiente.- - - - - - - - - - - - - En consecuencia se ordena girar oficio al Director del Centro de Readaptación Social I, de esta Ciudad, para informarle de la sentencia absolutoria en favor del sentenciado por el delito de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACION DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO, a fin de que se sirva a dejar en absoluta libertad del sentenciado xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, por los que se refiere solo y absolutamente por ese delito, debiéndose quedar detenido por los diversos delitos ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACION DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO Y NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESION DE CANNABIS SATIVA, por lo que se le condenó. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por otro lado, se DECOMISA el objeto materia del delito fedatado en autos, consistente en la bolsa de plástico, que contiene la droga conocida como Canabis Sativa, que fue remitida a este Juzgado y se encuentra resguardada en el archivo de este JUZGADO, y; - - - - - - - - - - - - - - - - - Una vez que firme la presente sentencia, se procederá a lo establecido por el artículo del 480 del Código Penal Federal, en lo relativo a la destrucción de la citada materia decomisada. - - - - Así también, se DECOMISA el objeto instrumento del delito fedatado en autos, consistente en un vehículo pico Pick Up, de la marca Ford, F 250, de color rojo con franja de color café, con ochenta y ocho, con placas de circulación de Arizona, número ochenta y ocho, con placas de circulación de Arizona con número ATA-8949, dos puertas, con dos vidrios polarizados, sus interiores con color café, de trasmisión automática, que fue remitido a este Juzgado.- - - - - - - - - - - - Sexto.- REPARACION DEL DAÑO.- respecto al delito de ABIGEATO EQUIPARADO TRANSPORTACION DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO, por así solicitarlo la representación social adscrita, se condena al sentenciado al pago de la reparación del daño y se dejan a salvo los derecho de quien resulte ofendido, de cuantificar su momento mediante la vía incidental. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Respecto al delito de NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESION DE CANNABIS SATIVA y al no tener solicitud del Representante Social Adscrito, se absuelve al sentenciado del pago de reparación del daño.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Séptimo.- BENEFICIOS, se le NIEGA a XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX el beneficio de la suspensión condicional de la pena, o cualquier otros sustituto de prisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Octavo.- De causar ejecutoria la presente resolución y en diligencia formal AMONESTESE, al hoy sentenciado a fin de prevenir su reincidencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - NOVENO.- Hágase las anotaciones de estilo en el libro de gobierno y estadísticas e instrúyase a las partes sobre su derecho y término para apelar en caso de inconformidad con la presente resolución y de quedar firme ésta, gírese y distribúyanse las copias y oficios de ley a las dependencias correspondientes y en su oportunidad deberá archivarse la presente causa como asunto totalmente concluido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE ASÍ, DEFINITIVAMENTE JUZGANDO LO SENTENCIO Y FIRMA EL C. JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO JESUS MANUEL IBARRA CARREON, POR ANTE EL SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS, LIC. ALDO SAMUEL ORTEGA CASTRO, CON QUIEN LEGALEMENTE ACTUA Y DA FE.- - - - - - - - - DOY FE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - RESOLUTIVOS- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERO. - Este tribunal ha sido competente para conocer y resolver la presente causa penal. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- En autos no quedaron debidamente acreditados los elementos del delito de ABIGEATO POR APODERAMIENTO DE GANADO BOVINO, que se dijo cometido en perjuicio de QUIEN RESULTE OFENDIDO, resultando innecesario entrar al estudio de la responsabilidad penal de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX en su comisión. - - - - - - - - - - - - - TERCERO.- En consecuencia, de ello se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor de ---XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por lo que respecta al delito de ABIGEATO POR APODERAMIENTO DE GANADO BOVINO. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - CUARTO.- En autos quedaron acreditados los delitos de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACIÓN DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO, previsto por el articulo 313 fracción II del Código Penal del Estado de Sonora y sancionado por el articulo 312 segundo párrafo del Código Penal del Estado de Sonora, cometido en perjuicio de quien resulte responsable así como el delito de NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN DE CANABIS SATIVA, previsto en los artículos 477 y 479 de la Ley General de Salud sin la agravante de CON FINES DE VENTA, presita en el artículo 476 de la ley en comento, cometido en perjuicio de LA SOCIEDAD. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - En autos también quedo acreditada responsabilidad penal de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, en la comisión del delito de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACIÓN DE PARTES DE CUERPO DE GANADO DE BOVINO, en perjuicio de quien resulte responsable, así como del delito de NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN DE CANNABIS SATIVA, cometido en perjuicio de LA SOCIEDAD.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - Es en consecuencia que se dicta SENTENCIA CONDENATORIA en su contra.- - - - - - - - - - - - QUINTO.- Siendo penalmente responsable XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXde los delitos de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACIÓN DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO y NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN DE CANNABIS SATIVA, se le impone la pena global de CUATRO AÑOS DIEZ MESES DE PRISIÓN ORDINARIA y MULTA POR LA CANTIDAD DE $28474.10 (DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL), equivalente esta última a CUARENTA Y UN días de salario mínimo vigente en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, al momento de cometerse el ilícito, a razón de $70.10 (SETENTA PESOS 10/100 MONEDA NACIONAL); sanción privativa de la libertad que deberá compurgar en el establecimiento penitenciario que para tal efecto designe el Órgano ejecutor de sanciones, dependiente del ejecutivo del Estado, con descuento del tiempo que ha estado privado de su libertad a partir de l dia veintitrés de diciembre de dos mil quince, con motivo de su detención flagrante, y la pecuniaria deberá ingresar al Fondo para la Administración de Justicia en el estado, como bien propio por conducto de la Institución bancaria correspondiente. - - - - - - - - - - - En consecuencia se orden girar oficio al Director del centro de readaptación Social I de esta ciudad para informarle de la sentencia absolutoria en favor del sentenciado por el delito de ABIGEATO POR APODERAMIENTO DE GANADO BOVINO, a din de que se sirva a dejar en absoluta libertad del sentenciado XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por lo que se refiere solo y absolutamente por ese delito, debiendo quedar detenido por los diversos delitos de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACIÓN DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO y NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN DE CANABIS SATIVA, por los que se le condenó. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por otro lado, se DECOMISA el objeto materia del delito fe datado en autos, consistente en la bolsa de plástico, que contiene la droga conocida como Cannabis Sativa; que fue remitida a este juzgado y se encuentra resguardada en el archivo de este juzgado y se encuentra resguardada en el archivo de este juzgado, y; - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Una vez que quede firme a la presente sentencia, se procederá a lo establecido por el artículo 480 del Código Penal Federal, en lo relativo a la destrucción de la citada materia decomisada.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Así también, se DECOMISA, el objeto instrumento del delito fe datado en autos, consistente en un vehículo tipo Pick Up, de la marca Ford, F 250, de color rojo con franja de color café con un número de serie 1FTHF26L9GPA24300, modelo mil novecientos ochenta y ocho , con placas de circulación de Arizona número ATA – 8949, dos puertas, con dos vidrios polarizados, sus interiores con color café, de transmisión automática, que fue remitido a este juzgado. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SEXTO.- REPARACIÓN DEL DAÑO.- respecto al delito de ABIGEATO EQUIPARADO POR TRANSPORTACIÓN DE PARTES DE CUERPO DE GANADO BOVINO, por así solicitarlo la representación social adscrita, se condena al sentenciado al pago de la reparación del daño y se dejan a salvo los derechos de quien resulte ofendido, de cuantificar su momento mediante la vía incidental. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Respecto al delito de NARCOMENUDEO EN SU MODALIDAD DE POSESIÓN DE CANNABIS SATIVA y al no tener solicitud del Representante Social, se absuelve al sentenciado del pago de la reparación del daño. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - SÉPTIMO.- BENEFICIOS, se le niega a XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX el beneficio de la suspensión condicional de la pena, o cualquier otro sustitutivo de prisión. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - OCTAVO.- de causar ejecutoria la presente resolución y en diligencia formal AMONÉSTESE, al hoy sentenciado a fin de prevenir su reincidencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - NOVENO.- Háganse las anotaciones de estilo en el libro de gobierno y estadística e instrúyase a las partes sobre su derecho y termino para apelar en caso de inconformidad con la presente resolución y de quedar firme esta, gírense y distribúyanse las copias y oficios de ley a las dependencias correspondientes y en su oportunidad deberá archivarse la presente causa como asunto totalmente concluido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ASÍ, DEFINITIVAMENTE JUZGANDO LO SENTENCIO Y FIRMA EL C. JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO SONORA, LICENCIADO JESÚS MANUEL IBARRA CARREÓN, POR ANTE EL SECRETARIO PRIMERO DE ACUERDOS LICENCIADO ALDO SAMUEL ORTEGA CASTRO, CON QUIEN LEGALMENTE ACTÚA Y DA FE. - - - - - - - - DOY FE.- …”
0169/2016
QUATER
ORDINARIO PENAL.-GIRA CEDULA DE NOTIFICACION.
0013/2017
CUADERNILLO QUE SE LE FORMA AL EXHORTO NUMERO 33-2018, REMITIDO POR EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAGDALENA, SONORA, HABIENDOSELE OTORGADO EN ESTE JUZGADO EL NUMERO 129-2018.-CON EL ESTADO DE AUTOS AGREGA OFICIO, HACE MANIFESTACIONES, SE ORDENA DEVOLUCION DEL EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO, GIRA OFICIO.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0136/2000
CUADERNILLO FORMADO A LA PROMOCIÓN NÚMERO 187, SUSCRITA POR JULIO CÉSAR SOQUI JAIME, EN VIRTUD DE QUE LOS AUTOS ORIGINALES SE ENCUENTRAN EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.CON ESCRITO, SE SOLICITA EXPEDIENTE, SE GIRA OFICIO.
0046/2012
CUADERNILLO FORMADO AL EXPEDIENTE NÚMERO 46/2012, CON MOTIVO DEL OFICIO NÚMERO 4252/08/2018, REMITIDO POR EL DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL I, DE ESTA CIUDAD, EN VIRTUD DE QUE LOS AUTOS ORIGINALES SE ENCUENTRAN EN EL SEGUNDA INSTANCIA.SE AGREGA OFICIO, NO HA LUGAR, SE GIRA OFICIO.
0606/2012
ORDINARIO PENAL.SE GIRA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN.
0490/2013
CUADERNILLO FORMADO AL EXPEDIENTE 490/2013, CON MOTIVO DE LA REALIZADA POR EL SENTENCIADO MIGUEL COLOR MEDINA, EN VIRTUD DE QUE LOS AUTOS ORIGINALES SE ENCUENTRAN EN SEGUNDA INSTANCIA POR APELACIÓN.CON ESCRITO, SE CONCEDE PERMISO.
0572/2013
ORDINARIO PENAL.SE GIRA OFICIO, SE AUTORIZAN COPIAS CERTIFICADAS, SE GIRA OFICIO.
0170/2015
ORDINARIO PENAL.CON ESCRITO PRESCRIBE ANTECEDENTE PENAL, SE ORDENA GIRAR OFICIOS, SE ORDENA DEVOLUCIÓN DE CAUCIÓN, SE GIRAN OFICIOS.
0054/2016
CUADERNILLO QUE SE FORMA CON MOTIVO DEL INCIDENTE DE LIBERTAD POR DESVANECIMIENTO DE DATOS, PROMOVIDO POR LOS C.C. NORMAN ADRIÁN ÁLVAREZ GARCÍA, JORGE ADELSO QUIJADA GONZÁLEZ Y MARTÍN ANTONIO PACHECO SÁNCHEZ, EN SU CARÁCTER DE PROCESADOS DENTRO DE LA CAUSA PENAL NÚMERO 54/2016.QUEDA FIRME RESOLUCIÓN INCIDENTAL.
0078/2016
ORDINARIO PENAL.SE AGREGA OFICIO, SE HACEN MANIFESTACIONES, SE GIRA OFICIO.
0134/2016
ORDINARIO PENAL.SE CELEBRAN DILIGENCIAS DE RATIFICACIÓN DE DICTÁMENES, SE AGREGA OFICIO, NO HA LUGAR, SE GIRA OFICIO.
0146/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 114/2018, REMITIDO POR EL C. JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANICA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUAYMAS, SONORA, DERIVADO DEL PREOCESO PENAL NÚMERO 07/2014-BIS, REGISTRADO EN ÉSTE JUZGADO BAJO EL NÚMERO 146/2018.SE RADICA EXHORTO.
]Home - Políticas de uso - - Términos y Condiciones
Gobierno de México