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JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

17-01-2017

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0297/2014
ORDINARIO PENAL.-Se Celebra Audiencia De Derecho.
0033/2016
ORDINARIO PENAL.-Se Levanta Comparecencia, Se Acoje A Jornadas, Se Envía Oficio, Y Se Ordena Libertad.-
0077/2016
ORDINARIO PENAL.-Se Declara Agotada La Averiguación, Se Solicitan Entradas Administrativas, Se Envía Oficio Y Cédula De Notificación.-
0129/2016
ORDINARIO PENAL.-Se Declara Desierta Prueba, Se Declara Cerrada La Instrucción.-
0145/2016
ORDINARIO PENAL.-Se Ordena Requerir A Ministerio Publico Adscrito.-
0173/2016
SECRETOSecreto
0099/2017
ORDINARIO PENAL.-Se Acuerda (P.-07), Exhibe Documental.-

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0002/1999
ORDINARIO PENAL.-PRESCRIBE ACCIÓN PENAL, SE SOBRESEE, SE CANCELA ORDEN DE APREHENSIÓN Y SE GIRAN OFICIOS.-
0104/2006
ORDINARIO PENAL.-SE AGREGA CUADERNILLO A EXPEDIENTE, SE SOLICITA Y EXPIDE COPIA CERTIFICADA.-
0086/2013
ORDINARIO PENAL.-SE AGREGA OFICIO, SE HACE EFECTIVO APERCIBIMIENTO, SE COMISIONA ACTUARIO, SE SEÑALAN NUEVAS FECHAS PARA DILIGENCIAS Y SE GIRA OFICIO.-
0298/2015
ORDINARIO PENAL.-SE DESAHOGA AMPLIACIÓN DE DECLARACIÓN.-
0336/2015
ORDINARIO PENAL.-SE TIENEN POR FORMULADOS ALEGATOS DE INCULPABILIDAD, SE SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE DERECHO.-
0011/2016
ORDINARIO PENAL.-SE EXHIBEN ALEGATOS (P-08), SE TIENEN POR FORMULADOS ALEGATOS DE INCULPABILIDAD, SE SEÑALA FECHA PARA AUDIENCIA DE DERECHO.-
0134/2016
ORDINARIO PENAL.-SE DICTA SENTENCIA Y SE GIRA OFICIO.-

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0246/2001
ORDINARIO PENAL.-SE AGREGA OFICIO, SE RECIBEN AUTOS ORIGINALES, SE ORDENA CANCELAR ANTECEDENTE PENAL Y SE ENVÍA OFICIO.
0096/2015
ORDINARIO PENAL.-SE DECLARA EJECUTORIADA LA SENTENCIA DEFINITIVA, SE ORDENA REQUERIR A SENTENCIADO Y SE ENVÍA CÉDULA DE NOTIFICACIÓN PERSONAL.
0121/2015
ORDINARIO PENAL.-SE LEVANTA COMPARECENCIA, SENTENCIADO SE ACOGE AL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, SE LEVANTA DILIGENCIA DE AMONESTACIÓN, SE HACEN ADVERTENCIAS Y SE ENVÍA OFICIO.
0329/2015
ORDINARIO PENAL.-SE DA CUMPLIMIENTO A REQUISITORIA Y SE REMITEN AUTOS ORIGINALES AL TRIBUNAL DE ALZADA.
0372/2015
ORDINARIO PENAL.-SE AGREGA CONSTANCIA ACTUARIAL, SE ORDENA NOTIFICAR POR MEDIO DE LISTA DE ACUERDOS A LA C. MARISELA SÁNCHEZ NÁJERA, EN SU CARÁCTER DE PARTE OFENDIDA, DEL AUTO DE FECHA TRECE DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE Y DE LA RESOLUCIÓN CONSTITUCIONAL DE FECHA QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, MISMOS QUE A LETRA DICEN: - - - - - - - - - - - - - AUTO.- EN HERMOSILLO, SONORA, A TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.- - - - - - - - - - - - - Vista la constancia actuarial, sustenta por la Actuaria Notificadora Adscrito a los Juzgados Penales, se advierte que se constituyó en el domicilio de la C. Marisela Sánchez Nájera ofendida en la presente causa, ubicado en calle Bilbao número 08 de la colonia las Granjas, de esta ciudad, y da fe de la existencia de muebles en el exterior del domicilio pero no de las oficinas buscadas, por lo que se traslada al domicilio contiguo donde le atienden y le manifiestan que desde hace tiempo dicho domicilio se encuentra deshabitado actualmente y desconocen donde se pueda localizar actualmente a la persona buscada; luego, esto revela que no puede hacérsele la notificación en el domicilio señalado y como no aparece que la C. Marisela Sánchez Nájera en su carácter de ofendida haya hecho nueva designación de domicilio para tales efectos, por tanto de acuerdo a lo previsto por el artículo 110 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, se ordena que las subsecuentes notificaciones se le hagan, aun cuando deban ser personales, en la forma que establece el artículo 109 del citado Código, esto es por medio de lista de los asuntos acordados, expresando únicamente el número de expediente y el nombre y apellidos de la ofendida, y asentándose constancia de este hecho en el expediente respectivo; Sin perjuicio de que si ella desea que se le haga la notificación personal, podrá acudir a más tardar del día siguiente al en que se fije la lista, y solicitarla del Secretario encargado de hacerla, de manera que si dentro de ese término no se presentare, la notificación se tendrá por hecha por la simple publicación de la lista y se procederá en consecuencia. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Visto lo anterior, así como del estado procesal de los autos y como de los mismos se advierte que la C. MARISELA SÁNCHEZ NÁJERA en su carácter de ofendida, aún no ha sido notificado de la Resolución Constitucional de fecha quince de diciembre de dos mil dieciséis; en consecuencia, se ordena hacer la notificación por medio de lista de los asuntos acordados, en la cual se le notificara la resolución aludida, así como del término de tres días hábiles que tiene para apelar el fallo. Asimismo para el caso de que interponga recurso de apelación se resuelva sobre su admisión y se le haga saber que en el término de tres días podrá designar Representante Legal que lo patrocine en Segunda Instancia, y en caso de no hacerlo así, o el designado no comparece, o no acepta el cargo, el recurso seguirá su trámite; igualmente, se les requiera para que señalen domicilio cierto y correcto donde oír y recibir notificaciones, apercibidos que en caso de no hacerlo así, las notificaciones, aun las de carácter personal, se les harán por lista.- - - - - - - - - - - - - - - - - - NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE.- ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ EL JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LICENCIADO JESÚS MANUEL IBARRA CARREÓN, ANTE LA SECRETARIA DE ACUERDOS, LICENCIADA ROMANA OLMOS CASAS, CON QUIEN LEGALMENTE ACTUA Y DA FE. DOY FE.- - - - - - - - - - P U N T O S R E S O L U T I V O S - - - - - - - - PRIMERO.- En autos quedo plenamente acreditado el cuerpo del delito de FRAUDE GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 318 del Código Penal para el Estado de Sonora, cometido en perjuicio de MARISELA SÁNCHEZ NÁJERA, así como la probable responsabilidad de TADEO GUILLERMO MONGE SÁNCHEZ, en su comisión, en consecuencia.- - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- Con esta fecha se dicta AUTO DE FORMAL PRISIÓN en contra de TADEO GUILLERMO MONGE SÁNCHEZ, por la comisión del delito de FRAUDE GENÉRICO, perpetrado en agravio de MARISELA SÁNCHEZ NÁJERA.- - - - TERCERO.- De conformidad con el artículo 159 Bis del Código de Procedimientos Penales, se DECLARA LA APERTURA DEL PERIODO DE INSTRUCCIÓN.- Asimismo, en términos del artículo 145 del Ordenamiento Jurídico en consulta, se le hace saber a las partes que cuentan con un término de VEINTE DIAS para ofrecer pruebas. De Igual forma se le hace saber a las partes sobre el proceso de mediación como medio alterno para dirimir controversias.- - - - - - - - - CUARTO.- Asimismo, se ordena solicitar los antecedentes penales del inculpado, por el delito de referencia, por lo que gírese atento oficio al SUBDIRECTOR DE DACTILOSCOPIA E IDENTIFICACIÓN CRIMINAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO Y ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO DE IDENTIFICACIÓN CRIMINAL DE LA JEFATURA DE POLICÍA PREVENTIVA MUNICIPAL, a fin de que se sirva proporcionar a este juzgado los antecedentes que existan registrados en el archivo de esas dependencias, relativo a la persona mencionada, apercibidas las autoridades de que en caso de hacer caso omiso a lo solicitado, se les aplicara una multa individual de hasta treinta veces el salario mínimo vigente en la entidad el día en que se aplique la sanción.- - - - - - - - - - - - - - - - - QUINTO.- NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE la presente resolución a las partes haciéndoles saber el derecho y termino que la ley les concede para apelar en caso de inconformidad con la presente resolución.- Identifíquese al ahora procesado y recábense los antecedentes penales, y todos los anteriores ingresos que haya tenido a prisión, mediante oficios que se giren al C. Director de la Policía Estatal Investigadora de esta ciudad, para los efectos legales correspondientes; identifíquese al procesado con los medios administrativos adoptados y háganse las anotaciones de estilo en el Libro de Gobierno. - - - - NOTIFIQUESE.- ASI LO RESOLVIO Y FIRMO EL JUEZ SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, LIC. JESUS MANUEL IBARRA CARREON, ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS LIC. ADIN MUÑOZ CASTILLO, CON QUIEN LEGALMENTE ACTUA Y DA FE.- - - - - - - - - - - DOY FE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - LISTA.- se publicó el día siguiente hábil.- - CONSTE.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - DOS FIRMAS ILEGIBLES- - - - - - - - - - - - - EL LICENCIADO ADIN MUÑOZ CASTILLO, SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL, ENCARGADO DEL DESPACHO POR MINISTERIO DE LEY Y TESTIGOS DE ASISTENCIA, CERTIFICAN QUE LA PRESENTES ES COPIA FIEL Y EXACTA DE SU ORIGINAL QUE OBRAN DENTRO DE LA CAUSA NÚMERO 372/2015, INSTRUIDA EN CONTRA DE TADEO GUILLERMO MONGE SÁNCHEZ, POR LA COMISIÓN DEL DELITO DE FRAUDE GENÉRICO, PERPETRADO EN AGRAVIO DE MARISELA SÁNCHEZ NÁJERA, CONSTANTE DE NUEVE FOJAS UTILES BIDAMENTE SELLADAS Y RUBRICADAS, AL DÍA QUINCE DE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECISEIS.- - - DOY FE.-
0430/2015
ORDINARIO PENAL.-SE CELEBRA AUDIENCIA DE DERECHO.
0013/2016
ORDINARIO PENAL.-SE LEVANTA CONSTANCIA.
0136/2016
ORDINARIO PENAL.-SE LEVANTA CONSTANCIA.
0003/2017
EXHORTO.-SE RADICA EXHORTO NÚMERO 01/2017, QUE REMITE EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, SONORA (13/01/2017).
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