0169/2005
| ORDINARIO PENAL.- SANDOVAL VELAZQUEZ SERGIO HUMBERTO | Se Notifica Por Lista De Acuerdos Al Ofendido Rodolfo Lopez Ibarra, La Sentencia Definitiva Dictada En Contra De La Sergio Humberto Saldoval Velasquez, Así Como El Derecho Y Termino De Cinco Días Hábiles Que Tiene Para Interponer Recurso De Apelación Así Mismo Debera Designar Persona Que Lo Represente En Segunda Instancia Y Señalar Domicilio Para Oír Y Recibir Todo Tipo De Notificaciones, Aún Las De Carácter Personal, Así También El Auto De Fecha Catorce Y Veintiuno De Agosto Del Año En Curso, En El Cual Se Admite El Recurso De Apelación,- - - - - - - - - - - P U N T O S R E S O L U T I V O S - - - - - - - - - - - - Primero.- Este Tribunal Ha Sido Competente Para Conocer Y Resolver Sobre La Presente Causa Criminal.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Segundo.- En Autos, Quedó Acreditado El Delito De Secuestro Calificado (Por Mas De Dos Personas Y Allanamiento), Previsto Y Sancionado Por Los Artículos 296 Fracción I, 297 Fracciones Iii, Y Vii, Del Código Penal Para El Estado De Sonora Cometido En Perjuicio De Rodolfo Lopez Ibarra, Así Como Acreditada La Responsabilidad Penal Plena De Sergio Humberto Sandoval Velasquez, En Su Comisión, Por Lo Que Se Le Dicta Sentencia Condenatoria En Su Contra Por Dicho Delito.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Tercero.- Se Le Impone A Sergio Humberto Sandoval Velasquez, Por El Delito Mencionado En El Resolutivo Anterior, La Pena De Dieciocho Años De Prisión Ordinaria Y Multa Por La Cantidad De $3,208.00 (Son: Tres Mil Doscientos Ocho Pesos 00/100 Moneda Nacional), Pena De Prisión Que Deberá Compurgar El Sentenciado En El Establecimiento Que Designe La Autoridad Administrativa, Con Descuento Del Tiempo Que Haya Estado Detenido Con Relación Al Presente Proceso, Y Pecuniaria Que Deberá Ingresar Al Fondo Para La Administración De Justicia Del Estado De Sonora Como Bien Propio, Por Conducto De La Institución Bancaria Respectiva.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Cuarto.- Beneficios.- Se Le Niega Al Sentenciado De Merito El Beneficio De La Suspensión Condicional De La Pena, Así Como Cualquier Sustitutivo De Prisión.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Quinto.- Se Absuelve Al Sentenciado Sergio Humberto Sandoval Velasquez Por Concepto De Reparación Del Daño Moral.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por Otro Lado, Se Condena Al Sentenciado De Mérito Al Pago De La Reparación Del Daño Material, Por La Cantidad De $10,000.00 (Diez Mil Dolares, Moneda Extranjera), O Su Equivalente En Moneda Mexicana, Al Tipo De Cambio A La Moneda Nacional Actual, Al Momento De Que Se Realice Su Pago A Favor Del Ofendido Rodolfo Lopez Ibarra. - - - - - - - - - - - - - - - - Sexto.- De Conformidad Con El Artículo 15, En Relación Con El 16, Ambos De La Ley De Acceso A La Información Publica Para El Estado De Sonora, Notifiquese A Las Partes Que La Presente Sentencia Será Publicada Una Vez Que Haya Causado Estado, Por Ende Requiéraseles A Efecto De Que Manifiesten De Manera Expresa Y Por Escrito Su Consentimiento De Que Se Publiquen O No Sus Datos Personales Contenidos En La Misma. En La Inteligencia Que De No Hacerlo En Los Términos Exigidos (De Manera Expresa Y Por Escrito), Se Entenderá Como Una Negativa Y Por Tanto, Deberán Ser Omitidos O Testados Los Datos Personales De Las Partes Que Aparecen En La Presente Sentencia, Cuando Sea Puesta A Disposición Del Publico Para Consulta Y Así Lo Soliciten Por El Conducto Debido. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Septimo.- Notifíquese Personalmente A Las Partes Haciéndoles Saber El Derecho Y Término De Apelación, Ejecutoriada Que Sea La Presente, Amonestese Al Sentenciado Para Prevenir Su Reincidencia, Debiéndose Girar Los Oficios Y Copias De Ley A Las Autoridades Que Estatuye La Misma, Hágase Las Anotaciones De Estilo En El Libro De Gobierno Y Hecho Que Sea Lo Anterior, Archívese El Expediente Como Asunto Totalmente Concluido.- - - - - |