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JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

03-02-2017

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0364/2015
ORDINARIO PENAL.- MARIO CUEN ESCALANTE.se ordena notificar por conducto de sus Padres, Tutor o Representante Legal a la menor Luz Lucía Camargo Felix, por lista diaria que se publica en los Estrados de este Juzgado, el contenido íntegro de la sentencia definitiva de fecha diez de enero de dos mil diecisiete, dictada en contra de Mario Cuen Escalante, la cual se resolvió bajo los siguientes puntos:PRIMERO: Este Tribunal ha sido competente para conocer y fallar el presente proceso. SEGUNDO: En autos del expediente penal 364/2015 quedaron plenamente acreditados los elementos del tipo penal de los delitos de VIOLACIÓN EN NÚMERO DE TRES (EN CONCURSO REAL DE DELITOS), previsto y sancionado por el artículo 218, en relación con los dispositivos 15 y 70, del Código Penal para el Estado de Sonora, cometido en perjuicio de la menor LUZ LUCÍA CAMARGO FÉLIX, así como la plena responsabilidad penal de MARIO CUEN ESCALANTE, en su comisión; en consecuencia:TERCERO: Se impone impone a MARIO CUEN ESCALANTE, las penas totales de QUINCE AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA Y TREINTA DÍAS MULTA, equivalente esta última a la cantidad de $2,103 M.N. (DOS MIL CIENTO TRES PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), en razón de $70.10 pesos diarios (al día dieciocho de octubre de dos mil quince). Privativa de libertad que deberán compurgar en el establecimiento penitenciario que al efecto designe el Órgano Ejecutor de sanciones, con descuento de un año, ochenta y cuatro días, tiempo que estuvo privado de su libertad en prisión preventiva con motivo de este proceso, en la inteligencia de que el dieciocho de octubre de dos mil quince fue detenido por unos agentes adscritos a la Policía Estatal Investigadora – véase fojas 05 a 06 del sumario- y desde entonces ha estado detenido ininterrumpidamente con motivo del presente proceso, y la pecuniaria deberá ingresar al Fondo de Administración de Justicia del Estado de Sonora, por conducto de la institución bancaria correspondiente, como bien propio. CUARTO: Se CONDENA al sentenciado MARIO CUEN ESCALANTE, a pagar por concepto de REPARACIÓN DEL DAÑO MORAL la cantidad $10,515.00 (DIEZ MIL QUINIENTOS QUINCE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), equivalente a CIENTO CINCUENTA DÍAS MULTA, a favor de la menor ofendida LUZ LUCÍA CAMARGO FÉLIX, por conducto de quien ejerza sobre ella la patria potestad; lo anterior, por las razones expuestas en el considerando VI.Así mismo, se le condena al sentenciado al pago de la REPARACIÓN DEL DAÑO MATERIAL EN FORMA GENERAL, dejándose a salvo los derechos de la ofendida para que lo haga valer en la vía incidental en términos de los artículos 444 bis, 444 A y 444 B del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, por las razones expuestas en el considerando VI.QUINTO: Se NIEGA al sentenciado MARIO CUEN ESCALANTE el beneficio de la suspensión condicional de la pena de prisión impuesta, así como cualquier otro beneficio liberatorio; ello de conformidad con lo establecido en el considerativo VII del presente fallo.SEXTO: Se suspende al sentenciado MARIO CUEN ESCALANTE, el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, en los términos del considerando IX de esta sentencia, lo que deberá informarse a las autoridades correspondientes en su oportunidad.SÉPTIMO: Hágase del conocimiento a las partes del juicio que, atendiendo a la entrada en vigor el uno de agosto del año dos mil seis de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, con fundamento en los artículos 3 (fracción I), 5 (fracción III), 15 y 33 de dicha ley, en relación con el diverso artículo 16 de los lineamientos para el Acceso a la Información Pública del Estado, la sentencia firme pronunciada con motivo del presente juicio será pública, por lo que sí es su deseo que en ella sean incluidos sus datos personales, deberán así manifestarlo expresamente por escrito, en la inteligencia de que mientras no lo hagan así, se entenderá y tendrá como su negativa para ello.OCTAVO: Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese al sentenciado MARIO CUEN ESCALANTE, en términos del artículo 45 del Código Penal Sonorense.- Gírense y distribúyanse los oficios y copias a las autoridades que estatuye la ley.- Hágaseles saber a las partes sobre el derecho y término de (cinco días hábiles) de apelación que la ley les concede en caso de inconformarse con el presente fallo y en su oportunidad archívese el expediente como asunto totalmente concluido.Asimismo, el contenido del auto de fecha uno de febrero de dos mil diecisiete, mediante el cual se admitió en ambos efectos el recurso de apelación interpuesto en contra de dicha sentencia, por la C. Agente del Ministerio Público adscrita a este Juzgado, del Lic. Pedro Moreno Ramos, en su carácter de Defensor Particular y por el sentenciado Mario Cuen Escalante, ordenandose remitir los autos originales para su competencia al C. Secretario General de Acuerdos del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, se le haga saber el derecho y término que tiene de cinco días hábiles contados a partir de la notificación para interponer recurso de apelación, en caso de inconformidad con la misma; así como también, se le haga saber para el caso de que interponga recurso de apelación, deberá hacerle saber que en el acto de la notificación o dentro del término de tres días hábiles, podrá designar representante legal que la patrocine en segunda instancia y en caso de no hacerlo así o el designado no comparece o no acepta cargo se seguirá su trámite, igualmente, se le requiera para que señale domicilio cierto y correcto en esta Ciudad, donde oír y recibir notificaciones. Lo anterior con fundamento en los artículos 46, 109 primer párrafo, 110, 111, y demás relativos y aplicables al Código de Procedimientos Penales del Estado de Sonora.
0161/2016
ORDINARIO PENAL.- JESÚS ANTONIO DÍAZ TAMAYO.Se celebra audiencia de derecho y se cita a las partes a oír sentencia.
0164/2016
ORDINARIO PENAL.- OMAR GUADALUPE TOLEDO GONZÁLEZ.Se celebra diligencia.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0348/2010
CUADERNILLO FORMADO EN VIRTUD DE QUE LA CAUSA PENAL 348/2010, SE ENCUENTRA EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA.Se acuerda promoción 34 y se solicita expediente al archivo general.(31-01-2017)
0048/2013
JUICIO ORDINARIO PENAL.- ANDRÉS CRISTÓBAL FÉLIX.Se agrega oficio.
0278/2013
JUICIO ORDINARIO PENAL.- OSIEL CORNEJO VALENZUELA.Se celebra diligencia de careos.
0452/2013
JUICIO SUMARIO PENAL.- CARLOS ABRAHAM MENDIVIL ENCISO.Se agrega oficio.(01-02-2017)
0615/2013
JUICIO ORDINARIO PENAL.- RAMÓN ALEJANDRO GÁLVEZ VALENCIA.Se acuerdan promociones número 23, 24 y anexo; se señalan fechas para diligencias; no ha lugar a acordar de conformidad; se autorizan coadyuvantes y se señalan domicilio para oír y recibir notificaciones; se solicita informe; se gira oficios y cédulas(25-01-2017); se celebra diligencia de ratificación de dictamen(31-01-2017); se levanta constancia de incomparecencia.
0302/2014
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JOSÉ JESÚS ROSAS UZARRAGA.Se celebran diligencias de ratificación de dictámenes.
0355/2015
JUICIO ORDINARIO PENAL.- ARIEL DARÍO GALAVIZ VALENCIA.Se decreta sobreseimiento.(01-02-2017)
0162/2016
JUICIO ORDINARIO PENAL.- FRANCISCO ADRIÁN GALLEGOS GONZÁLEZ.Se agregan oficios.(01-02-2017)
0175/2016
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JESÚS ENRIQUETA ARAIZA MARTÍNEZ.Se acuerda promoción 37 y se admiten pruebas.(01-02-2017)
0012/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 25/2017, BAJO REGISTRO 12/2017, QUE REMITE EL C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE URES, SONORA.Se radica exhorto.(31-01-2017)

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0596/2012
ORDINARIO PENAL.- PALMA LEYVA FRANCISCO ANTONIOSe agrega oficio y se remiten constancias.
0389/2015
ORDINARIO PENAL.- JESÚS OCTAVIO COTA SALAZAR.se da vista con el estado procesal de autos, se señala nueva fecha y se giran cédulas de notificación personal.
0006/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO AL EXHORTO NÚMERO 06/2017, QUE REMITE EL C. JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUAYMAS, SONORA, DENTRO DEL PROCESO PENAL NÚMERO 279/2015, QUE SE INSTRUYE A VÍCTOR IVÁN HERNÁNDEZ FLORES, POR EL DELITO DE ROBO AGRAVADO.- CONSTE.-se remite exhorto debidamente diligenciado.
0013/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 18/2017, BAJO REGISTRO EN ESTE H. JUZGADO 13/2017, QUE REMITE EL C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE URES, SONORA, DENTRO DEL PROCESO PENAL NÚMERO 58/2015, QUE SE INSTRUYE A SILVIA PATRICIA CÓRDOVA RENDÓN, POR EL DELITO DE AMENAZAS.se radica, se ordena diligenciar, se señala fecha, se gira cédula de citación, se gira cédula de notificación personal y se informa al C. Juez exhortante.
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