Inicio de Lista de Acuerdos - Contactanos
[

JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE HERMOSILLO

30-10-2017

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0137/2015
ORDINARIO PENAL.- JESÚS EDUARDO QUINTERO BENÍTEZ.Se agrega oficio y se gira oficio.
0301/2015
ORDINARIO PENAL.- VÍCTOR CORONADO DOJAQUEZ Y/O OTRO.Se celebra diligencia de ratificación de dictamen.
0311/2015
SUMARIO PENAL.- PABLO ALGARATE DESSENS.Se levanta constancia (24-10-17).
0104/2016
SUMARIO PENAL.- CÉSAR FRANCO PASOS.Se levanta comparecencia.
0134/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 83/2017, BAJO REGISTRO EN ESTE H. JUZGADO CON NÚMERO 134/2017, QUE REMITE LA C. JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE GUAYMAS, SONORA, RELATIVO A LA CAUSA PENAL NÚMERO 47/2014, INSTRUIDA EN CONTRA DE FRANCISCO JAVIER ACUÑA MAYORAL, POR EL DELITO DE HOMICIDIO POR CULPA.Se señala nueva fecha para diligencia.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0035/2007
JUICIO ORDINARIO PENAL.- FERNANDO GÓMEZ MANZANO.Se ordena glosar cuadernillo, se remiten constancias, se gira oficio y anexo. (25-10-17).
0272/2015
274/2015
JUICIO ORDINARIO PENAL.- ALFREDO HERNÁNDEZ PÉREZ.Se ordena notificar a la C. ANGELA ROSEACHI CASTILLO, en su carácter de madre del occiso JUAN EDUARDO BARRERAS ROSEACHI, por lista diaria que se publica en los Estrados de este Juzgado, para los efectos legales conducentes, el contenido íntegro de la sentencia definitiva de fecha veintiséis de septiembre de dos mil diecisiete, misma que se resolvió bajo los siguientes puntos resolutivos: PRIMERO: Este Tribunal ha sido competente para conocer y fallar el presente proceso. SEGUNDO: En autos del expediente penal 272/2015 y su acumulado 274/2015 quedaron plenamente acreditados los elementos del tipo penal del delito de Homicidio Calificado con Alevosía, previsto por los artículos 252, 253, fracción II, 259 y 261 y sancionado por el diverso 258, segundo párrafo, todos ellos del Código Penal para el Estado de Sonora, cometido en agravio de quien en vida llevará el nombre Juan Eduardo Barreras Roseachi; y el delito de Lesiones que tardan en sanar menos de quince días, que no ponen en peligro la vida y que dejan cicatrices notales y permanentes, previsto por el artículo 242 y sancionado por el diverso 243, fracción I, penúltimo párrafo, ambos del Código Penal para el Estado de Sonora, en perjuicio del menor Carlos Aldai Félix Arredondo; ilícitos cometidos en concurso real de delitos, de acuerdo a las disposiciones de los artículos 15, primer párrafo, segunda hipótesis, y 70, primer párrafo, de la misma ley en consulta, así como la plena responsabilidad penal de Alfredo Hernández Pérez, en su comisión; en consecuencia: TERCERO: Se impone impone a ALFREDO HERNÁNDEZ PÉREZ, las penas globales de VEINTICINCO AÑOS UN MES DE PRISIÓN ORDINARIA y VEINTE DÍAS MULTA equivalente a $ 1,402.00 (mil cuatrocientos dos pesos 00/100 moneda nacional), a razón de $70.10 diarios, salario mínimo general vigente en Hermosillo, Sonora, al momento en que acontecieron los hechos que instauraron la presente causa criminal (al día diecinueve de julio de dos mil quince). Privativa de libertad que deberán compurgar en el establecimiento penitenciario que al efecto designe el Órgano Ejecutor de sanciones, con descuento de dos años cuatro meses y siete días, tiempo que estuvo privado de su libertad en prisión preventiva con motivo de este proceso, en la inteligencia de que el diecinueve de julio de dos mil quince, fue detenido por agentes de la Policía Preventiva y Tránsito Municipal, con base operativa en el Poblado Miguel Alemán, en flagrancia delictiva –visible a fojas 11 a 12 de autos- y desde entonces ha estado detenido ininterrumpidamente con motivo del presente proceso, y la pecuniaria deberá ingresar al Fondo de Administración de Justicia del Estado de Sonora, por conducto de la institución bancaria correspondiente, como bien propio. CUARTO: Se CONDENA al sentenciado ALFREDO HERNÁNDEZ PÉREZ, a pagar por concepto de REPARACIÓN DEL DAÑO MORAL por lo que hace al delito de Homicidio Calificado con Alevosía la cantidad de $3,505.00 (tres mil quinientos cinco pesos 00/100 moneda nacional), equivalente a CINCUENTA DÍAS DE SALARIO MÍNIMO vigente a la fecha de los hechos que nos ocupan, a favor de la C Ángela Roseachi Castillo, madre del occiso Juan Eduardo Barreras Roseachi; lo anterior, por las razones expuestas en el considerando VI. Así mismo, se le condena al sentenciado al pago de la REPARACIÓN DEL DAÑO MATERIAL por la cantidad de $ 13,566.61 (trece mil quinientos sesenta y seis pesos 61/100 moneda nacional), a favor del Representante Legal y /o Legítimo Heredero de quien en vida llevara el nombre de Juan Eduardo Barreras Roseachi, ello por lo que hace al delito de Homicidio Calificado con Alevosía; de la misma manera, se CONDENA AL PAGO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO MATERIAL EN FORMA GENÉRICA, al enjuiciado Alfredo Hernández Pérez, a favor del menor ofendido Carlos Aldai Félix Arredondo a través de sus padres o tutores o representantes legales, para que lo haga valer en la vía incidental en términos de los artículos 444 bis, 444 A y 444 B del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, por las razones expuestas en el considerando VI, ello por lo que hace al delito de Lesiones que tardan en sanar menos de quince días, que no ponen en peligro la vida y que dejan cicatrices notales y permanentes.QUINTO: Se NIEGA al sentenciado Alfredo Hernández Pérez el beneficio de la suspensión condicional de la pena de prisión impuesta, así como cualquier otro beneficio liberatorio, ello de conformidad con lo establecido en el considerativo VII del presente fallo. SEXTO: En el mismo sentido, en autos de la causa penal 272/2015 y su acumulado 274/2015 No quedaron plenamente acreditados los elementos del tipo penal del delito de Homicidio en Grado de Tentativa, previsto por el artículo 252 y sancionado por el diverso 256, en relación con los dispositivos 10 y 69, todos ellos del Código Penal para el Estado de Sonora; Ni la plena responsabilidad de Alfredo Hernández Pérez, en la comisión del delito referido; en consecuencia, se dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del acusado Alfredo Hernández Pérez únicamente por el delito de Homicidio en Grado de Tentativa, que se dijo cometido en perjuicio de la C. Marisela Orduño Burgos.SÉPTIMO: Se suspende al sentenciado Alfredo Hernández Pérez, el ejercicio de sus derechos civiles y políticos, en los términos del considerando IX de esta sentencia, lo que deberá informarse a las autoridades correspondientes en su oportunidad.OCTAVO: Hágase del conocimiento a las partes del juicio que, atendiendo a la entrada en vigor el uno de agosto del año dos mil seis de la Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Sonora, con fundamento en los artículos 3 (fracción I), 5 (fracción III), 15 y 33 de dicha ley, en relación con el diverso artículo 16 de los lineamientos para el Acceso a la Información Pública del Estado, la sentencia firme pronunciada con motivo del presente juicio será pública, por lo que sí es su deseo que en ella sean incluidos sus datos personales, deberán así manifestarlo expresamente por escrito, en la inteligencia de que mientras no lo hagan así, se entenderá y tendrá como su negativa para ello. NOVENO: Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese al sentenciado ALFREDO HERNÁNDEZ PÉREZ, en términos del artículo 45 del Código Penal Sonorense.- Gírense y distribúyanse los oficios y copias a las autoridades que estatuye la ley.- Hágaseles saber a las partes sobre el derecho y término de (cinco días hábiles) de apelación que la ley les concede en caso de inconformarse con el presente fallo y en su oportunidad archívese el expediente como asunto totalmente concluido., asimismo, se le hace de su conocimiento, que tiene cinco días hábiles para interponer el recurso de apelación en caso de inconformidad con dicha sentencia, de igual manera, se le hace saber que en el término de cinco días a partir de la notificación podrá designar Representante Legal que lo patrocine en Segunda Instancia y en caso de no hacerlo así o el designado no comparece o no acepta cargo se seguirá su trámite, igualmente, se le requiere para que señale domicilio cierto y correcto en esta Ciudad, donde oír y recibir notificaciones, apercibiéndole que en caso de no hacerlo así, las notificaciones, aun las carácter personal, se les harán por lista. (10-10-17).
0112/2016
JUICIO ORDINARIO PENAL.- JESÚS ALBERTO MIRANDA MARTÍNEZ.Se agrega oficio. (26-10-17).
0032/2017
JUICIO ORDINARIO PENAL.- HÉCTOR BADILLA SAMBRANO Y OTRO.Se levanta comparecencia de reparación del daño a ofendido y se celebra audiencia conciliatoria.
0142/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO NÚMERO 142/2017,Se levanta constancia.

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0033/2008
ORDINARIO PENAL.- PERALTA MARTINEZ HUMBERTOSe agrega oficio, se remiten constancias y se gira oficio. (23/10/17)
0366/2013
ORDINARIO PENALHÉCTOR IGNACIO MOLINA BURRUELSe agrega oficio, se remiten constancias y se gira oficio. (24/10/17)
0479/2013
ORDINARIO PENALHUMBERTO TADDEI ZAVALAAgrega resolución de segunda instancia y se gira oficio. (25/10/17) se agrega oficio y se remiten autos originales al Tribunal de Alzada.
0113/2016
ORDINARIO PENALREY ADRIAN DURAZO MARTÍNEZSe declara ejecutoriado sobreseimiento.
0139/2017
CUADERNILLO FORMADO A EXHORTO NÚMERO 139/17, QUE REMITE EL C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE URES, SONORASe devuelve exhorto. (24/10/17)
]Home - Políticas de uso - - Términos y Condiciones
Gobierno de México