0334/2014
| ORAL MERCANTIL.- GRUPO REGIONAL DE NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA. V.S. CARLOS RAÚL FONSECA RODRÍGUEZ Y ALVA ROSA RODRÍGUEZ LÓPEZ. | Se ordena notificar personalmente, se tiene por notificado la parte actora, se hacen autorizaciones.-219 |
0340/2014
| ORAL MERCANTIL.- GRUPO REGIONAL DE NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA. V.S. MARÍA DOLORES HURTADO VALENCIA, SERGIO FÉLIX REYES Y LUZ MERCEDES HURTADO VALENCIA. | Se ordena notificar personalmente, se tiene por notificado la parte actora, se hacen autorizaciones.-218 |
0352/2014
| ORAL MERCANTIL.- GRUPO REGIONAL DE NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA. V.S. CRISTINA PICO PEREA Y FRANCISCO JAVIER VALENZUELA CONTRERAS | No ha lugar.-217 |
0460/2014
| CUADERNILLO FORMADO A LA PROMOCIÓN 211, SUSCRITA POR CARLOS ENRIQUE NIEBLAS BELTRÁN, POR ENCONTRARSE EL EXPEDIENTE 460/2014 EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA. | Se ordena girar oficio.-211 |
0462/2014
| ORAL MERCANTIL.- | Con el estado procesal, se declara firme resolución de caducidad de la instancia.- Deberá estarse.-212 |
0464/2014
| CUADERNILLO FORMADO A LA PROMOCIÓN 207, SUSCRITA POR CARLOS ENRIQUE NIEBLAS BELTRÁN, POR ENCONTRARSE EL EXPEDIENTE 464/2014 EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA. | Se ordena girar oficio.-207 |
0466/2014 | | CUADERNILLO FORMADO A LA PROMOCIÓN 215, SUSCRITA POR CARLOS ENRIQUE NIEBLAS BELTRÁN, POR ENCONTRARSE EL EXPEDIENTE 466/2014 EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA. | Se ordena girar oficio.-215 |
0470/2014
| CUADERNILLO FORMADO A LA PROMOCIÓN 214, SUSCRITA POR CARLOS ENRIQUE NIEBLAS BELTRÁN, POR ENCONTRARSE EL EXPEDIENTE 470/2014 EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA. | Se ordena girar oficio.-214 |
0472/2014
| CUADERNILLO FORMADO A LA PROMOCIÓN 213, SUSCRITA POR CARLOS ENRIQUE NIEBLAS BELTRÁN, POR ENCONTRARSE EL EXPEDIENTE 472/2014 EN EL ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SONORA. | Se ordena girar oficio.-213 |
0596/2014
| ORAL MERCANTIL.- GRUPO REGIONAL DE NEGOCIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, ENTIDAD NO REGULADA. V.S. ENRIQUE ENCINAS OCHOA, LUISIANA MIA ENCINAS OCHOA Y ENRIQUE GRACIANO ENCINAS INZUNZA. | Se reconoce personalidad, se hacen autorizaciones.-221 |
0902/2014
| ORAL MERCANTIL.- HM DE HERMOSILLO, S.A DE C.V., V.S. BBVA BANCOMER, S.A., INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER. | Se contesta vista, se da vista a la parte actora, se otorga plazo.-182 |
0266/2015
| ORAL MERCANTIL.- INSTITUTO DE CREDITO EDUCATIVO DEL ESTADO DE SONORA-VS-BRENDA LIZETH SILVESTRE BERNAL Y ALFONSO CARRASCO MATUS. | Se reciben autos originales y documentos, se ordena notificar personalmente.-200 |
0964/2015
| ORAL MERCANTIL.- | Deberá estarse.-208 |
0966/2015
| ORAL MERCANTIL.- | Deberá estarse.-210 |
0058/2016
| ORAL MERCANTIL.- PATRIMONIO CRECIENTE ASOCIACION CIVIL-VS-FILIBERTO MEJIA VASQUEZ | Se ordena notificar personalmente, se tiene por notificado la parte actora, no ha lugar.-216 |
0518/2016
| ORAL MERCANTIL.- | Deberá estarse.-205 |
0520/2016
| ORAL MERCANTIL.- | Deberá estarse.-206 |
0218/2017
| ORAL MERCANTIL.- JMEL S.A DE C.V-VS-SISTEMAS NOMINALES EMPRESARIALES DEL NOROESTE S.A DE C.V | Se recibe y agrega oficio.-225 |
0294/2017
| ORAL MERCANTIL.- | Deberá estarse.-220 |
0328/2017
| ORAL MERCANTIL.- | Con el estado procesal, se da vista a la parte actora con constancia actuarial.- |
0330/2017
| ORAL MERCANTIL.- | Con el estado procesal, se da vista a la parte actora con constancia actuarial.- |
0370/2017
| ORAL MERCANTIL.- | Se desecha demanda por no cumplir prevención, se ordena la devolución de documentos base de la acción.-224 |
0372/2017
| ORAL MERCANTIL.- | Se desecha demanda por no cumplir con prevención, se ordena la devolución de documentos.-223 |
0374/2017
| ORAL MERCANTIL.- | Se desecha demanda por no cumplir preveción, se ordena la devolución de documentos base de la acción.-222 |