ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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C.P. 1014/2019 | JUICIO ORAL.- | Inicia audiencia intermedia, no se desarrolla para los fines solicitados, se fija fecha y hora para celebrar audiencia. (6/01/2021) |
C.P. 132/2019 | JUICIO ORAL.- | Se notifica por lista de acuerdos a la ofendida F.F.A. el acuerdo de dieciocho de diciembre de dos mil veinte, en el que se recibió resolución de segunda instancia, se modificó la resolución apelada, y se dicta auto de apertura a juicio oral. |
C.P. 1419/2019 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega oficio de autoridad federal, se informa, se gira oficio. (24/12/2020) |
C.P. 2463/2019 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega oficio, se autoriza traslado, se gira oficio. (07/01/2021) |
C.P. 3003/2019 | JUICIO ORAL. | Se solicita informe a Coordinador de medidas cautelares. (08/01/2021) |
C.P. 1103/2020 | JUICIO ORAL | Se ordena notificar al sentenciado J.A.G.S., que visto el estado procesal, del que se advierte que a la fecha, de conformidad con el numeral 412 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la sentencia emitida en la presente causa penal resulta ejecutable por haber quedado firme; en consecuencia, con fundamento en el artículo 94 del Código en mención, se le requiere al sentenciado J.A.G.S., para que dentro del término de cinco días hábiles de cumplimiento a dicho fallo definitivo, apercibido que de no hacerlo así se procederá a su ejecución forzosa. |
C.P. 1273/2020 | JUICIO ORAL. | Se celebra audiencia general, no procede solicitud. (06/01/2021) |
Pre. 1564/2020 | CUADERNO PRELIMINAR.- | Se celebra audiencia para ratificación de medidas de protección, se ratifican las mismas, se decreta prórroga de medidas de protección. (18/12/2020) |
Pre. 1574/2020 | CUADERNO PRELIMINAR.- | Se celebra audiencia para ratificación de medidas de protección, se ratifican las mismas. (18/12/2020) |
Pre. 1604/2020 | CUADERNO PRELIMINAR.- | Se celebra audiencia de ratificación de medidas de protección, se ratifican las mismas. (06/01/2021) |
C.P. 1613/2020 | JUICIO ORAL. | Se notifica por lista de acuerdos al sentenciado J.M.M.G Y/O J.M.M.G., lo resuelto en auto de fecha nueve de diciembre de dos mil veinte, en el que se ordena requerir al sentenciado, para que dentro del término de cinco días hábiles de cumplimiento a la sentencia de fecha seis de julio del dos mil veinte. |
Pre. 1614/2020 | CUADERNO PRELIMINAR.- | Se celebra audiencia para ratificar medidas de protección, se ratifica la misma. (07/01/2021). |
Pre. 1624/2020 | CUADERNO PRELIMINAR.- | Se celebra audiencia para ratificar medidas de protección, se ratifica la misma. (07/01/2021). |
Pre. 1634/2020 | CUADERNO PRELIMINAR.- | Se celebra audiencia para ratificar medidas de protección, se ratifica la misma. (07/01/2021). |
C.P. 2013/2020 | JUICIO ORAL. | Se notifica por lista de acuerdos al sentenciado C.H.L.L., lo resuelto en auto de fecha uno de diciembre de dos mil veinte, en el que se ordena requerir al sentenciado, para que dentro del término de cinco días hábiles de cumplimiento a la sentencia de fecha seis de julio del dos mil veinte. |
C.P. 2107/2020 | JUICIO ORAL. | Se rinde informe justificado. (18/12/2020) |
C.P. 2403/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega oficio, se remiten constancias a Juez Primero de Ejecución de Sanciones. (08/01/2021) |
C.P. 2423/2020 | JUICIO ORAL | Se ordena notificar al sentenciado R.E.G.A., que visto el estado procesal, del que se advierte que a la fecha, de conformidad con el numeral 412 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la sentencia emitida en la presente causa penal resulta ejecutable por haber quedado firme; en consecuencia, con fundamento en el artículo 94 del Código en mención, se le requiere al sentenciado R.E.G.A., para que dentro del término de cinco días hábiles de cumplimiento a dicho fallo definitivo, apercibido que de no hacerlo así se procederá a su ejecución forzosa, notifíquese personalmente a las partes el contenido del presente acuerdo. |
C.P. 2473/2020 | JUICIO ORAL. | Se celebra de procedimiento abreviado por videoconferencia, se autoriza el mismo, se decreta fallo condenatorio, se fija fecha y hora para audiencia de lectura de sentencia. (07/01/2021) |
C.P. 2514/2020 | JUICIO ORAL. | “…Se notifica por lista de acuerdos al sentenciado J.C.G.V., lo siguiente: Hermosillo, Sonora, a siete de enero de dos mil veintiuno. Visto el estado procesal que guarda presente causa penal, del cual se advierte que a la fecha la sentencia emitida en la presente causa penal resulta ejecutable por haber quedado firme de conformidad con el numeral 412 del Código Nacional de Procedimientos Penales, en consecuencia, con fundamento en el artículo 94 del Código en mención, requiere al sentenciado J. C. G. V., para que dentro del término de cinco días hábiles de cumplimiento a dicho fallo definitivo, apercibido que de no hacerlo así se procederá a su ejecución forzosa, notifíquese personalmente a las partes el contenido del presente acuerdo. Así lo acordó y firma la Licenciada Danylda Margarita Romero Loya, Juez Oral de lo Penal del Distrito Judicial Uno del Poder Judicial del Estado de Sonora…” |
C.P. 3113/2020 | JUICIO ORAL. | Ejecutoria de sentencia, se ordena amonestar. (12/11/2020) |
C.P. 3324/2020 | JUICIO ORAL.- | Se celebra audiencia inicial de formulación de imputación, se formula imputación, se vincula a proceso, se impone medida /cautelar, se fija plazo para cierre de investigación, se autoriza copia de videograbación. (06/01/2021) |
C.P. 3333/2020 | JUICIO ORAL. | Se celebra audiencia inicial de formulación de imputación, se formula imputación, se vincula a proceso, se imponen medidas/ cautelares, se fija plazo de cierre de investigación, se autoriza copia de videograbación. (07/01/2021) |
C.P. 3753/2020 | JUICIO ORAL. | Se requiere al Agente del Ministerio Público por datos, se apercibe. (08/01/2021) |
C.P. 3894/2020 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega solicitud, se señala fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se requiere y se apercibe a las partes, se ordena notificar, se gira oficio. (16/12/2020). |
C.P. 3924/2020 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega solicitud, se señala fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se requiere y se apercibe a las partes, se ordena notificar, se gira oficio. (17/12/2020). |
Exh. 394/2020 | EXHORTO | Se remite exhorto debidamente diligenciado. (18/12/2020) |
C.P. 3944/2020 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega solicitud, se señala fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se requiere y se apercibe a las partes, se ordena notificar, se gira oficio. (18/12/2020). |
C.P. 3964/2020 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega solicitud, se señala fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se requiere y se apercibe a las partes, se ordena notificar, se gira oficio. (18/12/2020). |
C.P. 3984/2020 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega solicitud, se señala fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se requiere y se apercibe a las partes, se ordena notificar, se gira oficio. (18/12/2020). |
C.P. 804/2020 | JUICIO ORAL.- | "Se notifica por lista de acuerdos al imputado A.R.R., lo resuelto en proveído de fecha dieciocho de diciembre de dos mil veinte, en el que se fijó fecha y hora para la celebración de la Audiencia de revisión de las condiciones de la suspensión condicional del proceso, señalándose las 09:40 horas del trece de enero de dos mil veintiuno, sala oral tres, ubicado en el interior del JUZGADO ORAL DE LO PENAL, cuyo domicilio es en Boulevard de los Ganaderos sin número a un costado de CERESO I de Hermosillo uno de esta ciudad." |
C.P. 13/2021 | JUICIO ORAL. | Se celebra audiencia de lectura de sentencia. (07/01/2021) |
C.P. 23/2021 | JUICIO ORAL. | Se celebra audiencia de control de detención, se califica de legal la detención, se formula imputación, se amplía término constitucional a 144 horas, se fija fecha y hora para audiencia de vinculación a proceso, se impone medidas cautelares. (07/01/2021) |
C.P. 24/2021 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega solicitud para audiencia de control de detención por videoconferencia, se fija fecha y hora, se ordena notificar; se celebra audiencia de control de detención, se califica de legal la detención, se formula imputación, se vincula a proceso, se imponen medidas/ cautelares, se fija plazo para cierre de investigación, se autoriza videograbación. (07/01/2021). |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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C.P. 2050/2019 | JUICIO ORAL. | Se decreta la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de la causa penal, se ordena notificar. |
Pre. 1618/2020 | CUADERNO PRELIMINAR. | Se celebra audiencia para ratificar medidas de protección, se ratifica la misma. (07/01/2021). |
Pre. 1640/2020 | CUADERNO PRELIMINAR. | Se celebra audiencia para ratificar medidas de protección, se ratifica la misma. (07/01/2021). |
C.P. 2320/2020 | JUICIO ORAL. | Se decreta la extinción de la acción penal y el sobreseimiento de la causa penal, se ordena notificar. |
C.P. 2342/2020 | JUICIO ORAL.- | Se notifica por lista de acuerdos al imputado F.A.C.P. el siguiente acuerdo de seis de enero del presente año: "...Por otra parte, en atención al estado procesal de la presente causa, con fundamento en el artículo 57 Bis, fracciones III y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se programa la celebración de la audiencia de revisión del cumplimiento de las condiciones de la suspensión del proceso para las 10:45 horas del día veintidós de enero de dos mil veintiuno, en sala oral tres, misma que será presidida por la Licenciada Patricia Arvizu Rodríguez, en su carácter de Juez Oral de lo Penal, de este Distrito Judicial. Infórmese vía sistema la fecha y hora programada a la referida Juzgadora, gírense los oficios a las dependencias correspondientes, y comisiónese al Notificador de la adscripción para que notifique a las partes y haga entrega de los oficios correspondientes para garantizar la presencia de los intervinientes en la audiencia aludida y publíquese el presente en la lista de acuerdos del día. Requiérase al Agente del Ministerio Público, a la Defensa y al Asesor Jurídico para que se presenten al menos con quince minutos de anticipación a la hora y fecha programada para la audiencia a la que antes se hizo alusión, apercibidos de que, en caso de que no comparezcan o se ausenten de la audiencia y no tengan causa justificada para ello, se les impondrá como medio de apremio una multa de veinte unidades de medida y actualización, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 104, fracción II, inciso b), del Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación con el Acuerdo General 16/2016, emitido por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora; ello sin perjuicio de que el Juez pueda dar vista al superior jerárquico respectivo. Además, deberá hacer del conocimiento al imputado que, en caso de no comparecer a la citada audiencia, y no tener causa justificada para ello, con fundamento en el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, podrá ordenarse, a petición del Ministerio Público, su comparecencia por medio de la fuerza pública. Lo anterior de conformidad con los artículos 82 y 107 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Así lo proveyó y firmó la Licenciada Teresa Viridiana Torres Gonzales, Jefa de Causas y Atención Ciudadana del Juzgado Oral Penal del Distrito Judicial Uno, con residencia en Hermosillo, Sonora. |
C.P. 2600/2020 | JUICIO ORAL. | Se notifica por lista a la víctima A.R.G., lo resuelto en audiencia inicial de formulación de imputación de fecha veinte de octubre de dos mil veinte, en la cual se vinculó a proceso al imputado M.A.C.C. por el hecho que la ley señala como delito de Robo agravado (cometido con violencia en las personas, en establecimiento comercial o de servicios abierto al público), cometido en perjuicio de A.R.G. y/o T.E. y se le impuso al referido imputado la medida cautelar consistente en prisión preventiva. Asimismo, le notifico el término de tres días que la ley le concede para apelar en caso de inconformidad con las mismas. Por otra parte, le notifico el contenido del auto de fecha cinco de octubre de dos mil veinte, mediante el cual se decretó el cierre de la investigación complementaria y se exhorto al Agente del Ministerio Público para que dentro del término que establece el artículo 324 del Código Nacional de Procedimientos Penales, promueva lo ahí señalado; del mismo modo, las siguientes notificaciones que deban hacérsele en lo sucesivo también le surtirán efecto por listas de acuerdos, en términos del artículo 85 primer y último párrafo, en relación con el diverso numeral 82 fracción II, ambos del Código en mención. Por otra parte, le notifico a la víctima A.R.G., el contenido íntegro de acuerdo y proveído de fecha catorce de diciembre de dos mil veinte, que a la letra dice: “En Hermosillo, Sonora, a catorce de diciembre de dos mil veinte. En atención al escrito que antecede, mediante el cual se viene formulando acusación en contra de M.A.C.C., por el delito de robo con violencia en las personas, en establecimiento comercial abierto al público, cometido en perjuicio de A.R.G. y/o E.S.P y D.A.R.S. y, ocurso en el que además hace el descubrimiento probatorio, el cual contiene todos los actos previos a la celebración de la audiencia intermedia y que se pretenden sean admitidos previo debate, los cuales expone se encuentran a disposición de las partes en la Segunda Unidad Especializada en el Sistema Penal Acusatorio y Oral, en esta Ciudad; en consecuencia, agréguese el citado escrito a la causa que se actúa, para los efectos legales a los que haya lugar, de conformidad con los numerales 334, 335 y 337 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Ahora bien y con la finalidad de que la víctima u ofendido, pueda tener la intervención debida en los términos señalados en los artículos 336 y 338 del Código Nacional en mención, notifíquesele y córrasele traslado con el escrito de acusación al mismo, así como a su asesor para efecto de que dentro del término de tres días hábiles siguientes de la presente notificación, puedan señalar mediante escrito, el constituirse como coadyuvante en el proceso, señalar los vicios formales de la acusación y requerir su corrección u ofrecer los medios de prueba que estime necesarios para complementar la acusación del Ministerio Público y solicitar el pago de la reparación del daño y cuantificar su monto; en el entendido que solo la víctima u ofendido podrá constituirse como coadyuvante en el proceso. Igualmente, notifíquesele y córrasele traslado con el escrito de acusación al hoy acusado y a su defensa, para que una vez concluido el plazo estipulado en el párrafo anterior, den contestación en el término de diez días hábiles por escrito al multicitado ocurso de acusación en el que podrán exponer los vicios formales y pronunciarse sobre las observaciones del coadyuvante ––en caso de existir––, y si lo consideran pertinente, requerir su corrección, no obstante, la defensa tendrá la misma oportunidad en la audiencia intermedia; podrán manifestarse sobre los acuerdos probatorios, así como descubrir los medios de prueba que pretendan desahogar en juicio para tal efecto y a partir de que exhiba su contestación ante este Tribunal y hasta en un tiempo máximo de diez días hábiles deberán de entregar física y materialmente a las demás partes procesales dichos medios de prueba, con la salvedad del informe pericial el cual deberá de ser entregado a más tardar el día de la celebración de la audiencia intermedia, sin perjuicio de que se anuncie en el momento, lo anterior en términos del precepto legal 340 del Código Nacional de Procedimientos Penales. En el entendido, que para efecto de que el defensor y el acusado puedan dar cumplimiento a lo anterior, se deberá de notificar en primer lugar a las víctimas u ofendidos, así como a su asesor jurídico y se les haga del conocimiento de ello a los mencionados en primer término, con la finalidad de que realicen el computo respectivo de los plazos a que se refiere el numeral 340 del Código en cita. Notifíquese a las víctimas y/o ofendidos sobre la posibilidad que durante el desarrollo de la audiencia en comento, en caso de reunirse los requisitos legales para ello, la Fiscalía pueda solicitar una forma de terminación anticipada, como lo es el procedimiento abreviado, o bien, que aquél o el imputado, planteen una salida alterna como pudiera ser la suspensión condicional del proceso. En cuyo caso, la inasistencia de la víctima y/o ofendido, a la audiencia respectiva, no materializa un impedimento para que el Juez se pronuncie respecto de la procedencia —y términos— de alguna de las figuras aludidas, de conformidad con lo dispuesto respectivamente en los ordinales 196, primer párrafo, y 202, segundo párrafo, del Código Adjetivo en Materia Penal. Por último, en cuanto a la diversa petición de la Fiscalía, se requiere al acusado y a su Defensor a fin de que en un plazo de tres días, contados a partir de que se notifique del presente auto, manifiesten si es deseo del acusado acceder a un procedimiento abreviado, apercibido que de no hacer manifestación alguna en el término indicado, se entenderá que no es su deseo y se continuara el trámite correspondiente para llevar a cabo la audiencia intermedia, de conformidad con los artículos 107 y 202 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Con sustento en el artículo 341 del código en cita, solicítese a la Administración de este Tribunal para efecto de que programe fecha y hora para la celebración de la audiencia intermedia y notifique a las partes para garantizar la presencia de las mismas en la citada audiencia. Así lo acordó y firmó la Licenciada Elsa María Torres Valenzuela, Juez Oral de lo Penal del Distrito Judicial Uno, con sede en Hermosillo, Sonora. PROVEÍDO PARA FIJAR FECHA Y HORA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA INTERMEDIA. En Hermosillo, Sonora, a catorce de diciembre de dos mil veinte. Visto el acuerdo que precede, del que se desprende que la Juzgadora solicita se fije fecha y hora para la celebración de la audiencia intermedia, en consecuencia, con fundamento en el numeral 57 Bis, fracciones III y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, se señalan las 14:20 del veintiséis de enero de dos mil veintiuno, la cual será presidida por la Juez de Oralidad Penal, Licenciada Elsa María Torres Valenzuela. En razón de lo anterior, con fundamento en los puntos resolutivos cuarto, quinto y sexto del acuerdo general 5/2020, emitido por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora, y en atención a la emergencia sanitaria, la misma se celebrará mediante videoconferencia por medio de la plataforma Zoom, y para tal efecto se envía el siguiente enlace electrónico …, con ID de reunión: … y contraseña: …, razón por la cual se ordena notificar a las partes lo anterior, así como remitir la información antes indicada para el éxito de la diligencia antes aludida -se recomienda que de preferencia la conexión se realice mediante cable ethernet-. Infórmese vía sistema la fecha y hora programada a la referida Juzgadora; háganse las gestiones necesarias para el desarrollo de la audiencia; y comisiónese al Notificador de la adscripción para que notifique a las partes la fecha y hora programada, lo anterior con sustento en los artículos 334 y 341 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Requiérase al Agente del Ministerio Público, Asesor Jurídico y a la Defensa para que realicen el enlace a la referida plataforma al menos con quince minutos de anticipación a la hora y fecha programada para la audiencia a la que antes se hizo alusión, apercibidos de que, en caso de que no comparezcan o se ausenten de la audiencia y no tengan causa justificada para ello, se les impondrá como medio de apremio una multa de veinte unidades de medida y actualización, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 104, fracción II, inciso b), del Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación con el Acuerdo General 16/2016, emitido por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora; ello sin perjuicio de que el Juez pueda dar vista al superior jerárquico respectivo. En este sentido, se solicita a las partes abstenerse de compartir los datos relativos al enlace antes aludido, pues este Tribunal se encargará de notificar a las partes que deban intervenir en la misma. Así lo proveyó y firmó el Licenciado Sergio Gontrán Suastegui Sandoval, Administrador del Juzgado Oral de lo Penal, del Distrito Judicial Uno, con residencia en Hermosillo, Sonora…”. Asimismo, se le informa que se encuentran a su disposición en las instalaciones de este órgano jurisdiccional, copias de traslado del escrito de acusación presentado el día nueve de diciembre de dos mil veinte. En el entendido de que deberá comparecer a las instalaciones que ocupa este Juzgado, específicamente en sala oral uno, ubicada en el interior del Juzgado Oral Penal de Hermosillo, cuya dirección es Boulevard de los Ganaderos sin número a espaldas del Centro Intermedio “ITAMA”, de esta ciudad, para que intervengan en el desarrollo de la audiencia en cita. Por último, se les hacer saber que existe la probabilidad que durante el desarrollo de la audiencia en comento, en caso de reunirse los requisitos legales para ello, la Fiscalía pueda solicitar una forma de terminación anticipada, como lo es el procedimiento abreviado, o bien, que aquél o el acusado, planteen una salida alterna como pudiera ser la suspensión condicional del proceso. En cuyo caso, la inasistencia de la víctima y/o ofendido, a la audiencia respectiva, no materializa un impedimento para que el Juez se pronuncie respecto de la procedencia —y términos— de alguna de las figuras aludidas, de conformidad con lo dispuesto respectivamente en los ordinales 196, primer párrafo, y 202, segundo párrafo, del Código Adjetivo en Materia Penal; procediendo a informarle que, para autorizar el procedimiento abreviado, el Juez de control verificará en audiencia los siguientes requisitos: I. Que el Ministerio Público solicite el procedimiento, para lo cual se deberá formular la acusación y exponer los datos de prueba que la sustentan. La acusación deberá contener la enunciación de los hechos que se atribuyen al acusado, su clasificación jurídica y grado de intervención, así como las penas y el monto de reparación del daño; II. Que la víctima u ofendido no presente oposición. Sólo será vinculante para el juez la oposición que se encuentre fundada, y III. Que el imputado: a) Reconozca estar debidamente informado de su derecho a un juicio oral y de los alcances del procedimiento abreviado; b) Expresamente renuncie al juicio oral; c) Consienta la aplicación del procedimiento abreviado; d) Admita su responsabilidad por el delito que se le imputa; e) Acepte ser sentenciado con base en los medios de convicción que exponga el Ministerio Público al formular la acusación. De igual forma, le hago saber los efectos que tiene el procedimiento abreviado; el Ministerio Público podrá solicitar la apertura del procedimiento abreviado después de que se dicte auto de vinculación a proceso y hasta antes de la emisión del auto de apertura a juicio oral, a esta audiencia se debe citar a todas las partes, la incomparecencia de la víctima u ofendido debidamente citado no impedirá que el Juez de control se pronuncie al respecto, cuando el acusado no haya sido condenado previamente por delito doloso y el delito por el cual se lleva a cabo el procedimiento abreviado es sancionado con pena de prisión cuya media aritmética no exceda de cinco años, incluida sus calificativas atenuantes o agravantes, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta una mitad de la pena mínima en los casos de delitos dolosos y hasta dos terceras partes de la pena mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión que le correspondiere al delito por el cual se acusa; En cualquier caso, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta un tercio de la mínima en los casos de delitos dolosos y hasta en una mitad de la mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión; la oposición de la víctima u ofendido sólo será procedente cuando se acredite ante el Juez de control que no se encuentra debidamente garantizada la reparación del daño; lo anterior para los efectos legales conducentes con fundamento en los artículos 201, 202 y 204 del Código Nacional de Procedimientos Penales; por lo que respecta a la posible suspensión condicional del proceso, se le apercibe de que en caso de no comparecer se entenderá que no tiene oposición alguna en que el procedimiento se suspenda en caso de ser procedente. |
C.P. 2980/2020 | JUICIO ORAL. | Inicia audiencia de procedimiento abreviado, se hacen manifestaciones, no se desarrolla audiencia para los fines solicitados. (07/01/2021). |
C.P. 3030/2020 | JUICIO ORAL. | Se decreta el cierre de la investigación complementaria, se requiere al Agente del Ministerio Público, se apercibe. |
C.P. 3050/2020 | JUICIO ORAL. | Se decreta el cierre de la investigación complementaria, se requiere al Agente del Ministerio Público, se apercibe. |
C.P. 3248/2020 | JUICIO ORAL. | Se celebra audiencia inicial de formulación de imputación, se formula, se fija fecha y hora para audiencia de vinculación a proceso, se impone medida cautelar. (07/01/2021). |
C.P. 3540/2020 | JUICIO ORAL. | Se celebra de procedimiento abreviado por videoconferencia, se autoriza el mismo, se decreta fallo condenatorio, se fija fecha y hora para audiencia de lectura de sentencia. (07/01/2021). |
C.P. 3670/2020 | JUICIO ORAL. | Inicia audiencia de revisión, sustitución o modificación de medidas cautelares, se hacen manifestaciones, no se celebra la misma por la incomparecencia del Defensor Particular. (07/01/2021). |
C.P. 20/2021 | JUICIO ORAL. | Se celebra audiencia inicial de formulación de imputación, se formula imputación, se amplía término constitucional a 144 horas, se fija fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se impone medida cautelar. (07/01/2021). |
C.P. 30/2021 | JUICIO ORAL. | Se celebra audiencia de control de detención, se califica de legal la detención, se formula imputación, se vincula a proceso, se impone medida cautelar, se fija plazo de cierre. (07/01/2021). |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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C.P. 3027/2019 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega oficio de autoridad federal, se rinde informe justificado. (23/12/2020) |
C.P. 706/2019 | JUICIO ORAL. | Se reciben y agregan oficio de autoridad federal. (17/12/2020) |
C.P. 97/2019 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega oficio, se informa estatus. (07/01/2021) |
J.Amp. 150/2020 | CUADERNO DE AMPARO. | Se recibe y se agrega oficio de autoridad federal, se rinde informe justificado. (23/12/2020) |
J.Amp. 187/2020 | CUADERNO DE AMPARO. | Se reciben y se agregan oficios de autoridad federal, se rinde informe previo y justificado. (23/12/2020) |
J.Amp. 188/2020 | CUADERNO DE AMPARO. | Se reciben y se agregan oficios de autoridad federal, se rinde informe previo y justificado. (23/12/2020) |
C.P. 2857/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (25/11/2020) |
C.P. 3247/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se designa particular, se ordena notificar. (07/01/2021) |
C.P. 3417/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y se agrega exhorto debidamente diligenciado. (07/01/2021) |
C.P. 3557/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (19/11/2020) |
C.P. 3577/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (20/11/2020) |
C.P. 3677/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (27/11/2020) |
C.P. 3707/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (01/12/2020) |
C.P. 3757/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (09/12/2020) |
C.P. 3767/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (04/12/2020) |
C.P. 3817/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (09/12/2020) |
C.P. 3847/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (11/12/2020) |
C.P. 3887/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (15/11/2020) |
C.P. 3897/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (16/12/2020) |
C.P. 3937/2020 | JUICIO ORAL. | Se recibe y agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de formulación de imputación, se gira oficio y se apercibe. (18/12/2020) |
C.P. 806/2020 | JUICIO ORAL | Se ordena notificar al imputado R.A.S.C., que en audiencia celebrada en fecha dos de octubre de dos mil veinte, se decretó la extinción de la acción penal, así como el correspondiente sobreseimiento, toda vez que dio cumplimiento a las condiciones establecidas en la suspensión condicional de la pena, en consecuencia, la presente causa penal se encuentra totalmente concluida. |
ASUNTO | PARTES | SÍNTESIS |
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C.P. 1901/2019 | JUICIO ORAL.- | Se decreta el cierre de la investigación complementaria, se requiere al Agente del Ministerio Público, se apercibe. (06/01/2021) |
C.P. 2061/2019 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia de revisión del cumplimiento de las condiciones de la suspensión, se ordena notificar, se apercibe y se gira oficio. (07/01/2021) |
C.P. 2581/2019 | JUICIO ORAL.- | Se da inicio audiencia de debate de juicio oral, se difiere, se fija fecha y hora para su celebración. (08/01/2021) |
C.P. 1276/2020 | JUICIO ORAL. | “…Se notifica por lista de acuerdos a la ofendida M.A.R.R., en representación de la víctima menor de edad con iniciales M.G.A.N. que se fijó fecha y hora para la celebración de la audiencia intermedia, señalándose las trece horas del dieciocho de enero de dos mil veintiuno, en sala oral cinco, ubicado en el interior del Juzgado Oral de lo Penal, cuyo domicilio es en Boulevard de los Ganaderos sin número, a espaldas del Centro Intermedio ITAMA, de la colonia Las Lomas, de esta ciudad de Hermosillo, Sonora, en el entendido de que deberá de comparecer con veinte minutos de anticipación con identificación oficial vigente a las instalaciones que ocupa este Juzgado, para que intervenga en el desarrollo de la audiencia en cita. Haciéndole saber a la víctima y/o ofendido, que existe la probabilidad que durante el desarrollo de la audiencia en comento, en caso de reunirse los requisitos legales para ello, la Fiscalía pueda solicitar una forma de terminación anticipada, como lo es el procedimiento abreviado, o bien, que aquél o el imputado, planteen una salida alterna como pudiera ser la suspensión condicional del proceso. En cuyo caso, la inasistencia de la víctima y/o ofendido, a la audiencia respectiva, no materializa un impedimento para que el Juez se pronuncie respecto de la procedencia —y términos— de alguna de las figuras aludidas, de conformidad con lo dispuesto respectivamente en los ordinales 196, primer párrafo, y 202, segundo párrafo, del Código Adjetivo en Materia Penal; procediendo a informarle que, para autorizar el procedimiento abreviado, el Juez de control verificará en audiencia los siguientes requisitos: I. Que el Ministerio Público solicite el procedimiento, para lo cual se deberá formular la acusación y exponer los datos de prueba que la sustentan. La acusación deberá contener la enunciación de los hechos que se atribuyen al acusado, su clasificación jurídica y grado de intervención, así como las penas y el monto de reparación del daño; II. Que la víctima u ofendido no presente oposición. Sólo será vinculante para el juez la oposición que se encuentre fundada, y III. Que el imputado: a) Reconozca estar debidamente informado de su derecho a un juicio oral y de los alcances del procedimiento abreviado; b) Expresamente renuncie al juicio oral; c) Consienta la aplicación del procedimiento abreviado; d) Admita su responsabilidad por el delito que se le imputa; e) Acepte ser sentenciado con base en los medios de convicción que exponga el Ministerio Público al formular la acusación. De igual forma, le hago saber los efectos que tiene el procedimiento abreviado; el Ministerio Público podrá solicitar la apertura del procedimiento abreviado después de que se dicte auto de vinculación a proceso y hasta antes de la emisión del auto de apertura a juicio oral, a esta audiencia se debe citar a todas las partes, la incomparecencia de la víctima u ofendido debidamente citado no impedirá que el Juez de control se pronuncie al respecto, cuando el acusado no haya sido condenado previamente por delito doloso y el delito por el cual se lleva a cabo el procedimiento abreviado es sancionado con pena de prisión cuya media aritmética no exceda de cinco años, incluida sus calificativas atenuantes o agravantes, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta una mitad de la pena mínima en los casos de delitos dolosos y hasta dos terceras partes de la pena mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión que le correspondiere al delito por el cual se acusa; En cualquier caso, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta un tercio de la mínima en los casos de delitos dolosos y hasta en una mitad de la mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión; la oposición de la víctima u ofendido sólo será procedente cuando se acredite ante el Juez de control que no se encuentra debidamente garantizada la reparación del daño; lo anterior para los efectos legales conducentes con fundamento en los artículos 201, 202 y 204 del Código Nacional de Procedimientos Penales…” |
Pre. 1925/2020 | CUADERNILLO PRELIMINAR | Se recibe y se agrega escrito, se autorizan defensores particulares, se designa domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, medios electrónicos y se ordena notificar. (07/01/2021). |
C.P. 2357/2020 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega escrito, se fija fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se requiere y se apercibe a las partes, se ordena notificar, se gira oficio. (05/01/2021) |
C.P. 2441/2020 | JUICIO ORAL.- | Se decreta el cierre de la investigación complementaria, se requiere al Agente del Ministerio Público, se apercibe. (06/01/2021) |
C.P. 2495/2020 | JUICIO ORAL | Se recibe y se agrega escrito, se acuerda de conformidad. (06/01/2021) |
C.P. 2751/2020 | JUICIO ORAL.- | Se reprograma audiencia inicial de formulación de imputación, se ordena notificar, se apercibe y se gira oficio. (08/01/2021) |
C.P. 791/2020 | JUICIO ORAL.- | Se recibe y se agrega solicitud, se fija fecha y hora para audiencia de prórroga del plazo de investigación complementaria, se ordena notificar, se requiere y apercibe, se gira oficio. (07/01/2021) |
C.P. 33/2021 | JUICIO ORAL.- | Se celebra audiencia de control de detención, se califica de legal detención, se impone medida cautelar, se acoge 144 horas, se fija fecha y hora para audiencia de vinculación a proceso, se notifica, se giran oficios. (08/01/2021) |