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JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DE HERMOSILLO

26-11-2020

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
Unit.Oral. 1791/2019
---Se toma comparecencia, se acoge a beneficio, se hacen advertencias de ley, se ordena libertad, se giran oficios.
Unit.Oral. 0750/2020
.- SE NOTIFICA POR LISTA DE ACUERDOS A LA PARTE OFENDIDA EL C. ROBERTO SANTIAGO CHINO, Y A LA C. MARIA LUISA VICTORIANO AYODORO, EN SU CARÁCTER DE PÁDRES DE LA VICTIMA DENTRO DE LA CAUSA PENAL 361/2015 SEPTIES, DEL AUTO DE FECHA DOCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL VEINTE. ----AUTO. - EN HERMOSILLO, SONORA, DOCE DE NOVIEMBRE DE AÑO DOS MIL VEINTE. VISTO EL ESCRITO DE CUENTA SUSCRITO POR EL DEFENSOR PARTICULAR, LIC. ALEJANDRO ANTONIO SOTO LIZARRAGA TÉNGASELE SOLICITANDO QUE SE RESUELVA EL RECURSO DE REVOCACIÓN INTERPUESTO EN FECHA OCHO DE OCTUBRE DE LA PRESENTE ANUALIDAD. EN VIRTUD QUE LA COORDINACIÓN GENERAL DEL SISTEMA ESTATAL PENITENCIARIO, EL DIRECCIÓN DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO UNO, LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO, Y LA DEFENSA PARTICULAR FUERON DEBIDAMENTE NOTIFICADOS DEL AUTO DE ADMISIÓN RESPECTIVAMENTE EL DÍA DIECINUEVE, VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL AÑO EN CURSO Y LA DEFENSA EL NUEVE DEL MES Y AÑO QUE TRANSCURRE, A LA FECHA DE HOY LES HA FENECIDO EL PLAZO DE DOS DÍAS QUE OTORGA EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 130 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, POR LO QUE EL DÍA SIGUIENTE HÁBIL AL QUE SE REFIERE EL APENAS CITADO DISPOSITIVO LEGAL ES EL DÍA DE HOY. EN VIRTUD DE LO ANTERIOR SE PROCEDE A RESOLVER EL RECURSO DE REVOCACIÓN EN BASE A LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES: I.- SE SIGUIÓ EL TRÁMITE DE ADMISIÓN Y NOTIFICACIÓN A LAS PARTES A LA QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 130 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, OTORGÁNDOSELE A CADA UNA DE ELLAS UN PLAZO DE DOS DÍAS PARA MANIFESTARAN LO QUE A SU INTERÉS Y DERECHO CONVINIERA, SIN QUE NINGUNA DE ELLAS HAYA PROMOVIDO AL RESPECTO. II.- EL RECURSO DE REVOCACIÓN SE INTERPUSO EN CONTRA DEL AUTO DE FECHA PRIMERO DE OCTUBRE DE AÑO DOS MIL VEINTE. III.- EL RECURRENTE ADUCE QUE DEBE REVOCARSE EL AUTO DE FECHA PRIMERO DE OCTUBRE DE AÑO EN CURSO EN VIRTUD DE QUE TAL PROVEÍDO ERRÓNEAMENTE ADMITE SU SOLICITUD COMO INCIDENTE DE SUSTITUCION DE LA PENA DE PRISIÓN IMPUESTA A MIGUEL Y/O MIGUEL TOMAS ALTAMIRANO CONTRERAS POR UNA MEDIDA DE SEGURIDAD NO PRIVATIVA DE LA LIBERTAD FUNDÁNDOLO EN LA FRACCIÓN IV DEL ARTÍCULO 116 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, TODA VEZ QUE LO QUE SOLICITADO ES LA ENTREGA EN CUSTODIA DEL SEÑOR MIGUEL Y/O MIGUEL TOMAS ALTAMIRANO CONTRETRAS, A SU HIJA LEONARDA ALTAMIRANO SANTANA, POR SER EL SENTENCIADO UN ENFERMO MENTAL, ADULTO MAYOR, UNA PERSONA VULNERABLE EN SU SALUD FÍSICA Y NO SER UN PELIGRO PARA LA SOCIEDAD, DEBIDO A QUE YA OBRA UNA RESOLUCIÓN AL PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA ENFERMOS MENTALES DICTADA POR EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL CON FECHA TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, DONDE DENTRO DE LA CAUSA 361/2015 SEPTIES SE DECRETÓ LA APERTURA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA ENFERMOS MENTALES, ORDENÁNDOSE EL TRASLADO DEL SENTENCIADO AL PABELLÓN PSIQUIÁTRICO O DE ENFERMOS MENTALES DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL UNO PARA SU TRATAMIENTO Y ATENCIÓN ESPECIAL POR TODO EL TIEMPO NECESARIO PARA SU RECUPERACIÓN TOTAL, SIN PERJUICIO DE QUE SE DICTEN LAS PROVIDENCIAS CAUTELARES SI EL CASO LO REQUIERA Y SEA ENTREGADO A SUS FAMILIARES POR EL JUZGADO DE EJECUCIÓN DE SANCIONES CORRESPONDIENTE, PREVIA EXHIBICIÓN DE FIANZA QUE FIJARA EL EJECUTIVO ESTATAL O AQUEL JUZGADO EN SU CASO PARA GARANTIZAR EL DAÑO QUE PUDIERA CAUSAR POR NO TOMAR LAS PRECAUCIONES NECESARIAS PARA SU VIGILANCIA; RAZÓN POR LA QUE DICHA SOLICITUD DEBE FUNDARSE EN LA FRACCIÓN V DEL ARTÍCULO 116 DE LA LEY EN CITA Y DENOMINARSE SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE SEGURIDAD IMPUESTA A MIGUEL TOMAS ALTAMIRANO CONTRERAS, POR LA ENTREGA EN CUSTODIA DE TERCERO Y CAUCIÓN PARA GARANTIZAR EL DAÑO QUE PUDIERA CAUSAR POR FALTA DE VIGILANCIA. QUE EN EL CITADO PROVEÍDO SE ORDENÓ NOTIFICAR EL PROCEDIMIENTO AL OFENDIDO Y GIRAR OFICIO AL JUEZ DE LA CAUSA A FIN DE QUE PROPORCIONARA EL NOMBRE Y DOMICILIO DE LOS OFENDIDOS A FIN DE NOTIFICARLES EL PROCEDIMIENTO, ASIMISMO CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 17, PÁRRAFO TERCERO DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES SE ORDENÓ GIRAR OFICIO AL DIRECTOR GENERAL DE ATENCIÓN A VÍCTIMAS DEL DELITO Y ASESORÍA JURÍDICA DE LA FISCALÍA GENERAL DE SONORA, PARA QUE ASIGNE UN ASESOR PUBLICO QUE LO REPRESENTE, LO CUAL VIOLENTA DIVERSAS DISPOSICIONES JURÍDICAS Y EQUIVOCA CONCEPTOS QUE AFECTAN LA CELERIDAD Y CLARIDAD DEL INCIDENTE PLANTEADO, EN EL CASO EL ARTICULO 118 ÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY EN CITA, APLICABLE POR ANALOGÍA DISPONE EXPRESAMENTE QUE “LA VÍCTIMA O SU ASESOR JURÍDICO, SOLO PODRÁN PARTICIPAR EN LOS PROCEDIMIENTOS ANTE EL JUEZ DE EJECUCIÓN, CUANDO EL DEBATE ESTÉ RELACIONADO CON LA REPARACIÓN DEL DAÑO Y CUANDO SE AFECTE DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA SU DERECHO AL ESCLARECIMIENTO Y A LA JUSTICIA” LO QUE NO OCURRE EN EL CASO, PUES NO TIENE RELACIÓN CON LA REPARACIÓN DEL DAÑO Y EL ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS YA SE PRODUJO DEBIDO A QUE YA SE DICTÓ UNA SENTENCIA Y DE CONDENA, POR LO QUE EL INCIDENTE PLANTEADO NO PERMITE INTERVENCIÓN DE LA VÍCTIMA Y OFENDIDO POR APLICACIÓN DEL ARTÍCULO APENAS TRANSCRITO, PERO TAMBIÉN LA PRETENSIÓN DE NOTIFICARLE PERSONALMENTE EL PROCEDIMIENTO, YA QUE EL OFENDIDO SR. ROBERTO SANTIAGO CHINO, FUE REQUERIDO EL ONCE DE NOVIEMBRE DE 2011 POR EXHORTO DILIGENCIADO EN EL DISTRITO JUDICIAL DE ALLENDE, AYUTLA DE LOS LIBRES GUERRERO, PARA QUE SEÑALARA DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD DE HERMOSILLO, Y AL NO HACER MANIFESTACIONES ALGUNA SE LE TUVO POR DESIGNADO COMO DOMICILIO PARA ESE EFECTO, LOS ESTRADOS DEL JUZGADO, POR LO QUE EN CASO DE QUE PROCEDIERA LLAMARLO A JUICIO, DEBERÍA SER CONVOCADO POR ESTRADOS. IV.- RESULTAN FUNDADOS LOS ARGUMENTOS DEL RECURRENTE, YA QUE EN PRIMER LUGAR TENEMOS QUE, EN EFECTO LA CONTROVERSIA JUDICIAL, HABRÁ DE VERSAR SOBRE LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE SEGURIDAD IMPUESTA A MIGUEL Y/O MIGUEL TOMAS ALTAMIRANO CONTRERAS, POR LA ENTREGA EN CUSTODIA DE TERCERO Y CAUCIÓN PARA GARANTIZAR EL DAÑO QUE PUDIERA CAUSAR POR FALTA DE VIGILANCIA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 116 FRACCIÓN V DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, EN VIRTUD DE QUE EN AUTOS A FOJA DOS OBRA LA COPIA CERTIFICADA DE LA RESOLUCIÓN DICTADA EL TREINTA DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE POR EL JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, DE PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA ENFERMOS MENTALES Y SE DECRETÓ LA MEDIDA DE SEGURIDAD, CONSISTENTE EN EL INTERNAMIENTO MIGUEL Y/O MIGUEL TOMAS ALTAMIRANO CONTRERAS EN EL PABELLÓN PSIQUIÁTRICO O DE ENFERMOS MENTALES DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL UNO PARA SU TRATAMIENTO Y ATENCIÓN ESPECIAL POR TODO EL TIEMPO NECESARIO PARA SU RECUPERACIÓN TOTAL, DEJÁNDOSE LA VÍA LIBRE PARA REALIZAR EL TRÁMITE ANTE ESTE TRIBUNAL DE LA ENTREGA EN CUSTODIA FAMILIAR MEDIANTE CAUCIÓN PARA GARANTIZAR EL DAÑO QUE PUDIERA CAUSAR. EN SEGUNDO LUGAR, TENEMOS QUE EFECTIVAMENTE EL ARTICULO EL ARTÍCULO 121 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, ESTABLECE QUE: “EN LOS PROCEDIMIENTOS ANTE EL JUEZ DE EJECUCIÓN PODRÁN INTERVENIR COMO PARTES PROCESALES, DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DE LA CONTROVERSIA: FRACCIÓN VI. LA VÍCTIMA Y SU ASESOR JURÍDICO, CUANDO EL DEBATE ESTÉ RELACIONADO CON LA REPARACIÓN DEL DAÑO Y CUANDO SE AFECTE DE MANERA DIRECTA O INDIRECTA UN DERECHO AL ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS Y A LA JUSTICIA” Y EN SU PENÚLTIMO PÁRRAFO ESTABLECE QUE: “CUANDO SE TRATA DE CONTROVERSIAS SOBRE DURACIÓN, MODIFICACIÓN O EXTINCIÓN DE LA PENA O MEDIDAS DE SEGURIDAD, SOLO PODRÁN INTERVENIR LAS PERSONAS SEÑALADAS EN LAS FRACCIONES… Y VI, DEL PRESENTE ARTÍCULO Y EN ÉSTE ÚLTIMO CASO RESPECTO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO; TAMBIÉN LO ES, QUE EL ARTÍCULO 110 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, ESTABLECE QUE “EN CUALQUIER ETAPA DEL PROCEDIMIENTO, LAS VÍCTIMAS U OFENDIDOS PODRÁN DESIGNAR A UN ASESOR JURÍDICO….. SI LA VICTIMA U OFENDIDO NO PUEDE DESIGNAR UNO PARTICULAR, TENDRÁ DERECHO A UNO DE OFICIO.” LO QUE SE TRADUCE QUE ES LA VICTIMA LA FACULTADA PARA DESIGNAR UN ASESOR JURÍDICO PARTICULAR YA SEA PARTICULAR O DE OFICIO. DE IGUAL FORMA LE ASISTE LA RAZÓN, PUES OBRA EN AUTOS A FOJA CUATRO EL PROVEÍDO DE FECHA TREINTA DE ENERO DE DOS MIL VEINTE, DICTADO POR EL JUEZ DE LA CAUSA, DONDE TUVO POR RECIBIDO EL EXHORTO REMITIDO POR EL PRIMER SECRETARIO DE ACUERDOS EN MATERIA CIVIL Y FAMILIAR DEL JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE ALLENDE, AYUTLA DE LOS LIBRES GUERRERO, DERIVADO DE LA CAUSA PENAL 361/2015 SEPTIES, DONDE APARECE QUE EN VIRTUD DE QUE EL OFENDIDO DE NOMBRE ROBERTO SANTIAGO CHINO PADRE DEL OCCISO, FUE NOTIFICADO CON FECHA ONCE DICIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, DONDE SE LE HIZO SABER EL DERECHO Y TERMINO PARA APELAR LA RESOLUCIÓN DE FECHA TREINTA DE OCTUBRE DE ESE AÑO, Y PARA QUE DESIGNARA DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DONDE OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES, SIN HACER MANIFESTACIÓN ALGUNA EN LA CITADA DILIGENCIA, Y A CAUSA DE ELLO SE LE DESIGNO LOS ESTRADOS DEL JUZGADO SEGUNDO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL COMO DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES. EN TALES CIRCUNSTANCIAS SE ORDENA REVOCAR EL AUTO DE FECHA PRIMERO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTE, Y EN SU LUGAR SE DICTA OTRO EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: CUENTA. - EN HERMOSILLO, SONORA, DOCE DE NOVIEMBRE DE AÑO DOS MIL VEINTE. DOY CUENTA AL C. JUEZ PRESIDENTE CON ESCRITO DE PROMOCIÓN NÚMERO 40/20 PRESENTADO POR LIC. ALEJANDRO ANTONIO SOTO LIZARRAGA. - CONSTE. AUTO. - EN HERMOSILLO, SONORA, DOCE DE NOVIEMBRE DE AÑO DOS MIL VEINTE. VISTA LA PROMOCIÓN DE CUENTA PRESENTADA POR LIC. ALEJANDRO ANTONIO SOTO LIZARRAGA, TÉNGASELE POR PRESENTE CON LA PERSONALIDAD RECONOCIDA EN AUTOS DE DEFENSOR PARTICULAR DEL SENTENCIADO MIGUEL Y/O MIGUEL TOMÁS ALTAMIRANO CONTRERAS PROMOVIENDO A FAVOR DE ÉSTE, EN RELACIÓN A LA CAUSA PENAL 361/2015 SEPTIES DEL ÍNDICE DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA, POR EL DELITO HOMICIDIO CALIFICADO EJECUTADO CON BRUTAL FEROCIDAD, HACIENDO UNA SERIE DE MANIFESTACIONES DE CARÁCTER FÁCTICO Y JURÍDICO, MISMAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS COMO SI A LA LETRA SE INSERTARAN, SIENDO SU SOLICITUD PRINCIPAL LA SUSTITUCIÓN DE LA MEDIDA DE SEGURIDAD IMPUESTA A MIGUEL TOMAS ALTAMIRANO CONTRERAS, POR LA ENTREGA EN CUSTODIA DE TERCERO Y CAUCIÓN PARA GARANTIZAR EL DAÑO QUE PUDIERA CAUSAR POR FALTA DE VIGILANCIA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 141 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL, AL SER UN SUPUESTO NORMATIVO QUE MODIFICA LA PENA RESULTA SER DE LOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 116, FRACCIÓN V, DE LA LEY EN COMENTO; POR LO QUE LA VÍA PARA SU SUSTANCIACIÓN ES LA CONTROVERSIA JUDICIAL EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 122 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL; EN CONSECUENCIA DE LO ANTERIOR, SE ACUERDA DE CONFORMIDAD A TRÁMITE LO SOLICITADO. POR TANTO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 124 DE LA LEY EN CITA, SE LE OTORGA A LAS PARTES CINCO DÍAS HÁBILES A EFECTO DE QUE OFREZCAN MEDIOS DE PRUEBA QUE ESTIMEN PERTINENTES; NOTIFÍQUESE AL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO ADSCRITO, AL COORDINADOR GENERAL DEL SISTEMA ESTATAL PENITENCIARIO Y AL DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO UNO, Y A LA VÍCTIMA DEBIÉNDOSELES HACER ENTREGA CON COPIA DE LA SOLICITUD Y SUS ANEXOS, PARA QUE EN EL PLAZO DE CINCO DÍAS HÁBILES, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE A LA NOTIFICACIÓN DEL PRESENTE AUTO, CONTESTEN LA ACCIÓN Y OFREZCAN LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE ESTIMEN PERTINENTES SOBRE LOS MOTIVOS DE LA SOLICITUD FORMULADA; EN EL ENTENDIDO DE QUE UNA VEZ QUE SEA CONTESTADA LA ACCIÓN, SE ENTREGARÁ COPIA DE LA MISMA A LAS PARTES Y SE SEÑALARÁ HORA Y FECHA PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA. SE REQUIERE AL DIRECTOR DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL HERMOSILLO UNO, A EFECTO DE QUE RINDA INFORME DE AUTORIDAD Y COMUNIQUE A ESTE JUEZ DE EJECUCIÓN RESPECTO EL INTERNO DE NOMBRE MIGUEL Y/O MIGUEL TOMÁS ALTAMIRANO CONTRERAS, LO SIGUIENTE: A) SITUACIÓN JURÍDICA DEL SENTENCIADO, EN LA CUAL DEBERÁ DE ESPECIFICAR CADA UNO DE LOS PROCESOS PENALES POR LOS QUE HA SIDO SENTENCIADO, INDICAR QUE PENA SE ENCUENTRA COMPURGANDO ACTUALMENTE Y SEÑALAR DE ACUERDO A SU CÓMPUTO EL ORDEN Y FECHAS DE EXTINCIÓN DE LA PENA; DE IGUAL MANERA DEBERÁ INDICAR SI SE ENCUENTRA BAJO LA IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRISIÓN PREVENTIVA POR ALGÚN PROCESO PENAL QUE SE ENCUENTRE EN TRÁMITE. SE APERCIBE AL DIRECTOR DEL CENTRO QUE, EN CASO DE NO REMITIR LA CONTESTACIÓN DENTRO DEL PLAZO OTORGADO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 104, FRACCIÓN II, INCISO B), DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, SE LE IMPONDRÁ UNA MULTA DE TREINTA UNIDADES DE MEDIDA Y ACTUALIZACIÓN. ASIMISMO, TODA VEZ QUE OBRA EN AUTOS COPIA CERTIFICADA DE LAS CONSTANCIAS RELATIVAS A LA CAUSA PENAL 361/2015 SEPTIES QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRA CUMPLIENDO EL SENTENCIADO MIGUEL Y/O MIGUEL TOMÁS ALTAMIRANO CONTRERAS, SE OMITE SU SOLICITUD. EN VIRTUD DE QUE EN AUTOS DE AUTOS SE ADVIERTE, ESPECÍFICAMENTE DEL OFICIO SIGNADO POR EL COORDINADOR DE ZONA DE LA POLICÍA MINISTERIAL DEL ESTADO VISIBLE A FOJA 77, SE ESTABLECIÓ QUE LOS SEÑORES ROBERTO SANTIAGO CHINO Y MARÍA LUISA VICTORIANO AYODORO PADRES DE LA VÍCTIMA TIENEN SU DOMICILIO EN CALLE IGNACIO ALLENDE SIN NUMERO DE LA LOCALIDAD DE HUAMUCHAPA, MUNICIPIO DE TEOANAPA, GUERRERO, CON CÓDIGO POSTAL 39270, Y MEDIANTE AUTO DE TREINTA DE ENERO DE DOS MIL DIECINUEVE VISIBLE A FOJA 4, SE ADVIERTE QUE EL SR. ROBERTO SANTIAGO CHINO MEDIANTE EXHORTO FUE REQUERIDO PARA QUE DESIGNARA DOMICILIO DONDE OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN ESTA CIUDAD DE HERMOSILLO, Y AL NO HACERLO SE LE TUVO POR DESIGNADO LOS ESTRADOS DEL JUZGADO DE LA CAUSA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL COMO DOMICILIO DONDE OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; EN TAL VIRTUD, SE ORDENA NOTIFICAR A LA PARTE OFENDIDA EL PRESENTE PROVEÍDO EN LOS ESTRADOS DE ESTE TRIBUNAL Y HÁGASELE SABER QUE EN TÉRMINO DEL ARTÍCULO 121 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL COMO PARTE PROCESAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 109 Y 110 DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES EL DERECHO QUE TIENE A UN ASESOR JURÍDICO PARTICULAR O DE OFICIO. POR ÚLTIMO, EN ATENCIÓN A LAS DOCUMENTALES QUE VIENE ANEXANDO A SU ESCRITO Y OFRECE COMO PRUEBA, CONSISTENTE EN COPIA CERTIFICADA DEL ACTA DE NACIMIENTO NÚMERO 52 Y 596 A NOMBRE DE LEONARDA ALTAMIRANO SANTANA Y MIGUEL ALTAMIRANO CONTRERAS, COPIA SIMPLE DE ESCRITO SIGNADO POR EL COORDINADOR MÉDICO DEL HOSPITAL BÁSICO DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL UNO DE HERMOSILLO, COPIA SIMPLE DE ESCRITO SIGNADO POR EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE DACTILOSCOPIA E IDENTIFICACIÓN CRIMINAL; CONSTANCIA DE OFRECIMIENTO DE TRABAJO SIGNADA POR JORGE FERNANDO QUIROZ GÛEREÑA; ASÍ COMO LA DIVERSA CONSISTENTE EN COPIA CERTIFICADA DE LAS CONSTANCIAS RELATIVAS A LA CAUSA PENAL 361/2015 SEPTIES QUE OBRAN EN LA PRESENTE CARPETA DE EJECUCIÓN, SE TIENEN POR RECIBIDAS Y SE AGREGAN A LOS AUTOS PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR, PRECISÁNDOSE QUE DICHOS MEDIOS DE PRUEBA SERÁN ADMITIDOS Y DESAHOGADOS, EN SU CASO, EN LA AUDIENCIA QUE SE FIJE PARA RESOLVER LA CONTROVERSIA PLANTEADA, POR LO QUE LAS PARTES OFERENTES TIENEN LA CARGA PROCESAL DEL OFRECIMIENTO MATERIAL, PREPARACIÓN Y EN SU CASO DESAHOGO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA OFERTADOS. NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE AL SENTENCIADO MIGUEL Y/O MIGUEL TOMÁS ALTAMIRANO CONTRERAS DEL CONTENIDO ÍNTEGRO DEL PRESENTE AUTO EN EL LUGAR DONDE SE ENCUENTRA INTERNO. SE ORDENA ENTREGAR COPIA DE LA SOLICITUD A LAS PARTES EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 124 DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL. ESCRITO QUE SE ORDENA GLOSAR A AUTOS; HÁGANSE LAS ANOTACIONES EN LOS LIBROS DE GOBIERNO RESPECTIVO PARA LOS EFECTOS LEGALES QUE HAYA LUGAR; TODO LO ANTERIOR CON ADEMÁS FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 21 CONSTITUCIONAL, 24 Y FRACCIONES II, III Y IX DEL ARTÍCULO 25, AMBOS DE LA LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL. NOTIFIQUESE. - ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ EL JUEZ PRESIDENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, LICENCIADO FRANCISCO RENÉ MALDONADO NAVARRO, ANTE LA SECRETARIA DE ACUERDOS LICENCIADA ROMANA OLMOS CASAS, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. - DOY FE.----
Unit.Oral. 1901/2020
---Se acuerda de conformidad designación de abogados (promoción 65/2020).
Unit.Oral. 3110/2020
---Se radica, se requiere sentenciado, se gira oficio.
Unit.Oral. 3111/2020
---Se radica, se requiere sentenciado, se gira oficio.
Unit.Oral. 3120/2020
---Se radica, se requiere sentenciado, se gira oficio.
Unit.Oral. 3121/2020
---Se radica, se requiere sentenciado, se gira oficio.
Unit.Oral. 80/2020
---Se acuerda de conformidad revocación de defensores particulares y designación de defensor público (promoción 66/20), se requiere al sentenciado.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
Unit.Oral. 1443/2019
1468/2019
---Se agrega plan individualizado.
Unit.Oral. 2312/2020
.- Se agrega oficio.
Unit.Oral. 2512/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2513/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2522/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2532/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2533/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2592/2020
.- Se agrega oficio.
Unit.Oral. 2602/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2603/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2612/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2613/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2622/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2623/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 2633/2020
.- Se agrega plan de actividades.
Unit.Oral. 3112/2020
.- se radica, se requiere sentenciado y se gira oficio.
Unit.Oral. 3113/2020
.- se radica, se requiere sentenciado, se solicitan constancias y se gira oficio.
Unit.Oral. 3122/2020
.- se radica, se requiere sentenciado y se gira oficio.
Unit.Oral. 3123/2020
.- se radica, se requiere sentenciado y se gira oficio.
Unit.Oral. 802/2020
.- Se agregan constancias.

Tercera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
No se encontraron acuerdos.

Cuarta Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
Unit.Oral. 1716/2020
---SE DA VISTA.
Unit.Oral. 1797/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 1926/2020
---SE AGREGA EXHORTO DILIGENCIADO.
Unit.Oral. 2076/2020
---SE AGREGA INFORME.
Unit.Oral. 2077/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2077/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2087/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2096/2020
---SE AGREGA INFORME DE NOTIFICACION DE SENTENCIADO.
Unit.Oral. 2107/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2116/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2126/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2127/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2137/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2146/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2147/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2156/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2157/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2166/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2167/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2177/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2186/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2196/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2197/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2207/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2216/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2217/2020
---SE AGREGA INFORME DE NOTIFICACION DE SENTENCIADO.
Unit.Oral. 2217/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2236/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2237/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2247/2020
---SE AGREGA INFORME DE NOTIFICACION DE SENTENCIADO.
Unit.Oral. 2247/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2256/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2257/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2276/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2286/2020
---SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2287/2020
.- SE AGREGA INFORME, SE AGREGA FICHA SIGNALETICA.
Unit.Oral. 2297/2020
---SE AGREGA INFORME.
Unit.Oral. 2337/2020
---SE AGREGA PLAN DE ACTIVIDADES.
Unit.Oral. 2546/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2547/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2547/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2566/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2567/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2577/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2676/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2677/2020
---SE AGREGA INFORME DE NOTIFICACION DE OFENDIDO.
Unit.Oral. 2836/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2837/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2887/2020
---SE AGREGA INFORME DE NOTIFICACION DE SENTENCIADO.
Unit.Oral. 2917/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2936/2020
---SE AGREGA INFORME DE NOTIFICACION DE SENTENCIADO.
Unit.Oral. 2957/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 3027/2020
---SE AGREGA PARTIDA JURIDICA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 3116/2020
---SE RADICA, SE REQUIERE SENTENCIADO, SE GIRA OFICIO Y CITATORIO.
Unit.Oral. 3117/2020
---SE RADICA, SE REQUIERE SENTENCIADO, SE GIRA OFICIO Y CITATORIO.
Unit.Oral. 3126/2020
---SE RADICA, SE REQUIERE SENTENCIADO, SE GIRA OFICIO Y CITATORIO.
Unit.Oral. 887/2020
---SE DESIGNA ASESOR JURIDICO.

Quinta Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
Col.Ord. 316/2016
---SE AGREGA EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.
Unit.Oral. 1749/2019
---SE AGREGA INFORMES TRIMESTRALES, SE INFORMA TRASLADO, SE AGREGA PARTIDA DE ANTECECDENTES PENALES,
Unit.Oral. 729/2019
---SE AGREGA PARTIDA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 938/2019
---SE ORDENA NOTIFICAR A LAS PARTES, SE GIRAN OFICIOS Y CÉDULA DE NOTIFICACIÓN.
Unit.Oral. 1739/2020
---SE AGREGA EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.
Unit.Oral. 1958/2020
---SE AGREGA EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.
Unit.Oral. 2208/2020
---SE AGREGA EXHORTO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.
Unit.Oral. 2359/2020
---SE AGREGA EXHORTO SIN DILIGENCIAR.
Unit.Oral. 2438/2020
---SE AGREGA PLAN DE ACTIVIDADES.
Unit.Oral. 2608/2020
2732/2020 ORAL
---CON EL ESTADO PROCESAL, SE ORDENA ACUMULAR CARPETA DE EJECUCIÓN 2608/2020 ORAL A LA CARPETA 2732/2020 ORAL
Unit.Oral. 2728/2020
---SE AGREGA ESCRITO, SE HACEN MANIFESTACIONES, NO HA LUGAR.
Unit.Oral. 2732/2020
2608/2020 ORAL
---CON EL ESTADO PROCESAL, SE ORDENA ACUMULAR CARPETA DE EJECUCIÓN 2608/2020 ORAL A LA CARPETA 2732/2020 ORAL
Unit.Oral. 2769/2020
---SE AGREGA PARTIDA DE ANTECEDENTES PENALES.
Unit.Oral. 2939/2020
---SE AGREGA NOTIFICACIÓN DE EJECUTORIA AL SENTENCIADO.
Unit.Oral. 3118/2020
---SE RADICA, SE REQUIERE SENTENCIADO, SE GIRA OFICIO Y CITATORIO.
Unit.Oral. 3119/2020
---SE RADICA, SE REQUIERE SENTENCIADO, SE GIRA OFICIO.
Unit.Oral. 3128/2020
---SE RADICA, SE REQUIERE SENTENCIADO, SE GIRA OFICIO.
Unit.Oral. 3129/2020
---SE RADICA, SE REQUIERE SENTENCIADO, SE GIRA OFICIO.

Sexta Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
Unit.Oral. 1316/2018
---Se requiere, se realiza apercibimiento, se comisiona Actuario. (18-11-20).
Unit.Oral. 1486/2020
AMPARO
---Se ordena notificar a sentenciado, se gira exhorto; se agrega oficio relativo al juicio de amparo 657/20202-I, bajo registro interno 30/2020, tramitado ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en Toluca con sede en el Estado de México, se informa, se da cumplimiento a requerimiento, se gira oficio con anexo, vía correo electrónico y paquetería ordinaria.
Unit.Oral. 2301/2020
---Se solicitan constancias, se gira oficio. (23-11-20).
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