0138/2014
| SAUL GONZALEZ ORTIZ. | POR ESTE MEDIO Y CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 109 Y 110 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA, SE NOTIFICA A LOS MENORES HIJOS DE LAS VICTIMAS ADRIÁN ALEJANDRO Y ANTONIO MIGUEL DE APELLIDOS CORONADO CORRAL, POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES LEGALES O DE QUIEN EJERZA SU PATRIA POTESTAD, SENTENCIA DE FECHA TRECE DE JUNIO DE DOS MIL DIECINUEVE, EN LA CUAL SE ACREDITÓ EL DELITO DE HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSÍA, EN NUMERO DE DOS EN CONCURSO REAL, COMETIDO EN AGRAVIO DE QUIENES EN VIDA LLEVARAN POR NOMBRES ADRIÁN ALEJANDRO Y ANTONIO MIGUEL DE APELLIDOS CORONADO CORRAL, AL IGUAL QUE LA PLENA RESPONSABILIDAD DE SAUL GONZÁLEZ ORTIZ, EN LA COMISIÓN DE DICHO DELITO, EN CONSECUENCIA, SE DICTA SENTENCIA CONDENATORIA EN SU CONTRA, IMPONIÉNDOSELE LA PENA DE CINCUENTA AÑOS DE PRISIÓN ORDINARIA Y MULTA POR LA CANTIDAD DE $1,345.80 (MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOS 80/100 MONEDA NACIONAL), SE CONDENA AL SENTENCIADO AL PAGO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO MORAL A FAVOR DE LAS VICTIMAS DEL DELITO QUE LLEVARAN POR NOMBRES ADRIÁN ALEJANDRO Y ANTONIO MIGUEL DE APELLIDOS CORONADO CORRAL, CONSISTENTE EN CIEN DÍAS MULTA, QUE EQUIVALEN A $6,729.00 (SEIS MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), DE IGUAL FORMA SE CONDENA AL SENTENCIADO AL PAGO DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO MATERIAL EN FORMA GENÉRICA A FAVOR DE LUIS MIGUEL CORONADO XIBILLE EN SU CARÁCTER DE PADRE DE LAS VICTIMAS O BIEN LOS DEPENDIENTES ECONÓMICOS O HEREDEROS DE LOS PASIVOS, Y/O ALGUIEN QUE DEMUESTRE HABER REALIZADO LOS GASTOS APLICADOS DIRECTAMENTE POR EL SEGUNDO CONCEPTO, DEJANDO SALVO LOS DERECHOS PARA EU CUANTIFIQUE EL MONTO A CUBRIR POR TAL CONCEPTO, EN LA VÍA Y FORMA LEGAL QUE CORRESPONDA, SE LE NIEGA AL SENTENCIADO EL BENEFICIO DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA IMPUESTA Y LA CONCESIÓN DE ALGÚN SUSTITUTIVO DE PRISIÓN; SE LES HACE DEL CONOCIMIENTO QUE CUENTAN CON EL TERMINO DE CINCO DÍAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTE PUBLICACIÓN, PARA INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN EN CONTRA DEL PRESENTE FALLO EN CASO DE INCONFORMIDAD CON EL MISMO Y EN CASO DE HACERLO ASI DESIGNEN REPRESENTANTE ANTE SEGUNDA INSTANCIA Y SEÑALEN DOMICILIO DONDE OIR Y RECIBIR NOTIICACIONES EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA. LO ANTERIOR SE LES NOTIFICA PARA SU CONOCIMIENTO Y PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. |
0009/2019
| CUADERNILLO. | FORMADO CON MOTIVO DE DESPACHO NÚMERO 09/2019, QUE REMITE C. LICENCIADA MYRNA MINA MIYAGUI NAMIKAWA, SECRETARIA DE ACUERDOS DEL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO REGIONAL DEL TERCER CIRCUITO CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE CABORCA, SONORA, DEDUCIDO DE LA CAUSA PENAL NUMERO 136/2015, INSTRUIDA EN CONTRA DE HUMBERTO CEREZO LEYVA, POR EL DELITO DE DESPOJO, COMETIDO EN PERJUICIO DE SOFIA YOLANDA CELAYA SALCIDO Y/O SOFIA YOLANDA CELAYA DE MILNER. – SE REMITE DESPACHO DILIGENCIADO Y AUTOS ORIGINALES. |