0270/2005
| RAUL IMPERIAL QUINTERO | POR ESTE MEDIO CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 109 Y 110 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA, SE NOTIFICA A LA OFENDIDA SELA ANAMIN VALENZUELA RUIZ EL CONTENIDO INTEGRO DE LA RESOLUCIÓN CUMPLIMENTADORA DE FECHA OCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, EN LA QUE SE RESOLVIÓ; PRIMERO: SE CUMPLIMENTA LA EJECUTORIA DE AMPARO EMITIDA EL VEINTISEIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DIECINUEVE, POR EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL QUINTO CIRCUITO EN EL AMPARO DIRECTO PENAL NUMERO 107/2018, PROMOVIDO POR RAÚL IMPERIAL QUINTERO CONTRA LA SENTENCIA DE DOCE DE JULIO DE DOS MIL DIEZ, EMITIDA POR ESA PRIMERA SALA MIXTA DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, EN EL TOCA PENAL 1094/2009, QUE RESOLVIÓ RECURSO DE APELACION INTERPUESTO POR EL SENTENCIADO RAÚL IMPERIAL QUINTERO; EL DEFENSOR PUBLICO Y MINISTERIO PÚBLICO, CONTRA LA SENTENCIA DEFINITIVA EMITIDA EL VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE, POR LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NOGALES, SONORA, EN EL EXPEDIENTE 270/2005 QUE CONDENO A RAÚL IMPERIAL QUINTERO POR LOS DELITOS DE VIOLACION AGRAVADA EN NÚMERO DE DOS, CORRUPCIÓN DE MENORES Y PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD, COMETIDO EN AGRAVIO DE SELA ANAMIN VALENZUELA RUIZ; SEGUNDO: SE MODIFICA LA SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA POR LA C. JUEZA SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE NOGALES, SONORA, EL VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DE DO MIL NUEVE, EN EL EXPEDIENTE 270/2005 QUE CONDENO A RAÚL IMPERIAL POR LOS DELITOS DE VIOLACION AGRAVADA EN NÚMERO DE DOS, CORRUPCIÓN DE MENORES AGRAVADA Y PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD COMETIDOS EN AGRAVIO DE LA MENOR SELA ANAMIN VALENZUELA RUIZ.TERCERO: POR LO RAZONADO EN EL CONSIDERANDO CUARTO DE ESA SENTENCIA, SE DETERMINA QUE LOS DELITOS DEMOSTRADOS EN LA CAUSA PENAL SON: VIOLACION EN NÚMERO DE DOS, CORRUPCIÓN DE MENORES AGRAVADA Y PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD AGRAVADA, COMETIDOS EN AGRAVIO DE LA MENOR SELA ANAMIN VALENZUELA RUIZ, ASÍ COMO LA PLENA RESPONSABILIDAD DE RAÚL IMPERIAL QUINTERO EN SU EJECUCIÓN.CUARTO: SE DEJAN INSUBSISTENTES LAS PENAS QUE LA JUEZ LE IMPUSO A RAÚL IMPERIAL QUINTERO POR LOS DELITOS DE VIOLACIÓN EN NÚMERO DE DOS Y PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD Y EN SU LUGAR SE LE IMPONEN LAS SIGUIENTES: POR EL DELITO DE PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD AGRAVADA CINCO AÑOS, DOS MESES DE PRISIÓN Y CINCUENTA DÍAS MULTA, EQUIVALENTE $2,267.50 (DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS 50/100 MONEDA NACIONAL); Y POR EL DELITO DE VIOLACIÓN EN NÚMERO DE DOS, POR CADA DELITO LA PENA DE CINCO AÑOS DOS MESES DE PRISIÓN Y VEINTIÚN DÍAS MULTA, EQUIVALENTE A $952.35 (NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS 35/100 MONEDA NACIONAL), DE TAL FORMA QUE LAS PENAS TOTALES QUE EL SENTENCIADO DEBERÁ CUMPLIR EN LA FORMA INDICADA POR LA JUEZ EN LA SENTENCIA APELADA (INCLUYENDO LAS IMPUESTAS POR LA JUEZ POR EL DELITO DE CORRUPCIÓN DE MENORES) SON LAS DE VEINTE AÑOS, SEIS MESES DE PRISIÓN Y CIENTO DOS DÍAS MULTA, QUE EQUIVALEN A $4,625.70 (CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO PESOS 70/100 MONEDA NACIONAL), LO ANTERIOR SE HACE DE SU CONOCIMIENTO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR |
0038/2019
| CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO NÚMERO 38/2019, REMITIDO POR EL C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DEL DISTRITO JUDICIAL DE MAGDALENA, SONORA; DEDUCIDO DE SU EXPEDIENTE NÚMERO 115/2011 INSTRUÍDO EN CONTRA DE GILBERTO MENDOZA DÍAZ. | POR RECIBIDO OFICIO (PROMOCIÓN 982), REMITIDO POR LA SUBDIRECTORA DEL CENTRO DE ATENCIAON A VÍCTIMAS DEL DELITO, SE REALIZA RATIFICACIÓN DE DICTÁMENES PERICIALES POR VIDEOCONFERENCIA, SE LEVANTA RAZÓN DE DEVOLUCIÓN Y SE DEVUELVE PARCIALMENTE DILLIGENCIADO AL LUGAR DE ORIGEN EL PRESENTE EXHORTO. |