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JUZGADO ORAL DE LO PENAL DE NOGALES

08-03-2021

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
---SECRETOSECRETO
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---SECRETOSECRETO
C.P. 0293/2019
---Inicia audiencia de revisión del cumplimiento de las condiciones de la suspensión condicional del proceso, se declara extinguida la acción penal y el sobreseimiento y se gira oficio (04/03/2021).
C.P. 123/2019
---Se remite exhorto diligenciado.
C.P. 373/2019
---Se agrega in forme y se da vista.
C.P. 389/2019
---Se requiere y se apercibe.
C.P. 0148/2020
---Se remiten copias al Juzgado de Ejecución de Sanciones.
C.P. 0257/2020
---Inicia audiencia para solicitar prorroga para el cierre de la investigación complementaría, se concede la misma y se declara cerrada la investigación (04/03/2021); se informa cambio de Ministerio Público.
C.P. 15/2020
---Se declara firme el sobreseimineto.
C.P. 160/2020
---Se recibe escrito de acusación se ordena correr traslado, se fija fecha y hora para audiencia, se ordena notificar y se gira oficio.
C.P. 161/2020
---Se deja sin efecto orden de aprehensión, se fija fecha y hora para audiencia y se ordena notificar.
C.P. 171/2020
---Se remiten copias al Juzgado de Ejecución de Sanciones.
C.P. 223/2020
---Se declara firme el sobreseimiento.
C.P. 247/2020
---Por este medio se notifica el contenido del proveído de fecha cinco de marzo de dos mil veintiuno al imputado de iniciales E.A.C.D. el cual versa de la siguiente manera: "...Visto el estado procesal que guarda la presenta causa, y en atención a lo advertido en exhorto 23/2021, que remite el Juez de Primera Instancia Mixto del Distrito Judicial de Magdalena, Sonora, se ordena cancelar la audiencia programada para el día nueve de marzo del presente año, y se señalan las doce horas con treinta minutos del día diecisiete de marzo del dos mil veintiuno para la celebración de la audiencia de revisión del cumplimiento de la suspensión condicional del proceso, la cual se llevará a cabo de manera virtual en la plataforma zoom, en el entendido que la misma será presidida por el C. Juez de Oralidad Penal. Infórmese al Juzgador, asimismo gírense los oficios a las dependencias correspondientes, y se comisiona al notificador de la adscripción para que envíe a las partes el código de acceso a la plataforma zoom, a los correos electrónicos autorizados, de igual forma infórmese a las partes que deberán ingresar con quince minutos de anticipación al inicio de la audiencia, apercibidos de que, en caso de que no comparezcan o se ausenten de la audiencia y no tengan causa justificada para ello, o no ingresen con quince minutos de anticipación, se les impondrá como medio de apremio una multa de veinte unidades de medida y actualización, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 104, fracción II, inciso b), del Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación con el Acuerdo General 16/2016, emitido por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora; ello sin perjuicio de que el Juez pueda dar vista al superior jerárquico respectivo. Asimismo, dicho funcionario, deberá hacerle saber al imputado que, en caso de no comparecer a la audiencia en las instalaciones de este recinto judicial, y no tener causa justificada para ello, con fundamento en el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, podrá ordenarse, a petición del Ministerio Público, su comparecencia por medio de la fuerza pública. De igual forma, infórmese a la víctima u ofendido que podrá comparecer para el desahogo de dicha audiencia a las oficinas de su Asesor(a) Jurídico(a) que le corresponda, en el entendido de que en caso de no comparecer no impedirá la celebración de la audiencia. Por último, hágasele saber al ministerio público, victima u ofendido, acompañado de su asesor(a) jurídico(a), que en caso de no contar con medio electrónico podrán comparecer con la debida anticipación a las instalaciones de este Juzgado ubicado en carretera internacional kilómetro 18.5, a un costado del CERESO II, de esta ciudad, donde se les proporcionarán los medios necesarios para su participación en la multicitada audiencia. Lo anterior con sustento en los artículos 52, 56, 82, 83, 90 y 91 del Código Nacional de Procedimientos Penales y 57 Bis, fracción III y VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sonora..."
C.P. 426/2020
---Se declara cerrada la investigación (03/03/2021).
C.P. 451/2020
---Inicia audiencia para solicitar prorroga para el cierre de la investigación complementaría, se autoriza la misa y se apercibe a el Agente del Ministerio Público (04/03/2021).
C.P. 52/2020
---Se hace requerimiento y se apercibe.
C.P. 532/2020
---Se remite exhorto diligenciado.
C.P. 565/2020
---Por este medio se notifica al imputado de iniciales L.H.C.G. el proveído de fecha veintidós de febrero de dos mil veintiuno, el cual versa de la siguiente manera: "...H. Nogales, Sonora, a veintidós de febrero de dos mil veintiuno. En atención al escrito que se atiende y con fundamento en el artículo 57 BIS de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Sonora, se programa la celebración de la audiencia de revisión del cumplimiento de las condiciones de la suspensión condicional del proceso, para las catorce horas con treinta minutos del día dieciséis de marzo de dos mil veintiuno, mediante la plataforma zoom, en la sala virtual dos, y se asigna para que la presida el Juez Oral de lo Penal de este Distrito Judicial. Gírense los oficios a las dependencias correspondientes; de igual forma, se comisiona al notificador de la adscripción, a efecto de que se sirva enviar a las partes en sus correos autorizados el código de acceso a la plataforma zoom, de igual manera, para que haga del conocimiento a las partes que deberán ingresar con quince minutos de anticipación al inicio de la audiencia, debiendo apercibirlos, que en caso de que no comparecer a la misma o bien se ausenten de la audiencia, no teniendo causa justificada para ello, o no ingresen dentro del término antes mencionado, se les impondrá como medio de apremio una multa de veinte unidades de medida y actualización, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 104, fracción II, inciso b), del Código Nacional de Procedimientos Penales, en relación con el Acuerdo General 16/2016, emitido por el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Sonora; ello sin perjuicio de que el Juez pueda dar vista al superior jerárquico respectivo. Asimismo, dicho funcionario, deberá hacerle saber al imputado que en caso de no comparecer a la citada audiencia, en las instalaciones de este Juzgado y no tener causa justificada para ello, con fundamento en el artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales, podrá ordenarse, a petición del Ministerio Público, su comparecencia por medio de la fuerza pública. De igual forma, se sirva informar a la víctima u ofendido que podrá comparecer para el desahogo de dicha audiencia a las instalaciones de la Asesoría Jurídica, en la inteligencia, que en caso de no comparecer al deshago de la misma, no impedirá la celebración de la audiencia antes mencionado. Por otra parte, hágasele saber al Ministerio Público, a la víctima u ofendido acompañados de su asesor jurídico que, en caso de no contar con medio electrónico, podrá comparecer con la debida anticipación a las instalaciones de este Juzgado ubicado en carretera internacional kilómetro 18.5, donde se les proporcionarán los medios necesarios para su participación en la multicitada audiencia. Lo anterior en los artículos 195 del Código Nacional de Procedimientos Penales..."
C.P. 577/2020
---Se desahoga audiencia inicial de formulación de imputación, se formula imputación, se vincula a proceso, se imponen medidas cautelares en libertad, se fija fecha y hora para audiencia y se giran oficios (04/03/2021).
C.P. 583/2020
---Inicia audiencia, no se desarrolla para los fines solicitados, se canaliza a las partes a justicia alternativa, se apercibe a el Agente del Ministerio Público y se autorizan copias (04/03/2021).
C.P. 606/2020
---Se remite exhorto diligenciado.
C.P. 93/2020
---Se agrega informe y se da vista.
C.P. 0088/2021
---Se desahoga audiencia inicial de formulación de imputación, se formula imputación, se vincula a proceso, se solicita y se concede la suspensión condicional del proceso y se gira oficio (04/03/2021).
Cadol. 03/2021
---Inicia audiencia de control de detención, se califica de legal la detención, se formula imputación, se vincula a proceso, se imponen medidas cautelares, se ordena la inmediata libertad y se fija plazo para el cierre de la investigación complementaría (04/03/2021).
Req. 07/2021
---Se radica requisitoria y se ordena diligenciar.
C.P. 111/2021
---Se fija fecha y hora para audiencia inicial de formulación de imputación, se ordena notificar y se giran oficios.
C.P. 112/2021
---Se deja sin efecto audiencia y se requiere a el Agente del Ministerio Público.
C.P. 128/2021
---Se informa cambio de Ministerio Público.
C.P. 135/2021
---Se informa cambio de Ministerio Público.
C.P. 153/2021
---Se informa cambio de Ministerio Público.
C.P. 157/2021
---Se recibe exhorto y se requiere y se apercibe a el Agente del Ministerio Público.
C.P. 164/2021
---Se desahoga audiencia inicial de formulación de imputación por orden de aprehensión ejecutada, se formula imputación, se vincula a proceso, se impone medida cautelar, se fija plazo para el cierre de la investigación complementaría, se giran oficios y se autorizan copias (04/03/2021).
C.P. 179/2021
---Se requiere y se apercibe a el Agente del Ministerio Público.
C.P. 180/2021
---Se recibe solicitud para audiencia inicial de formulación de imputación, se fija fecha y hora, se ordena notificar y se gira oficio.
C.P. 181/2021
---Se recibe solicitud para audiencia inicial de formulación de imputación, se fija fecha y hora, se ordena notificar y se gira oficio.
C.P. 182/2021
---Se recibe solicitud para audiencia inicial de formulación de imputación, se fija fecha y hora, se ordena notificar y se gira oficio.
C.P. 183/2021
---Se recibe solicitud para audiencia inicial de formulación de imputación, se fija fecha y hora, se ordena notificar y se gira oficio.
C.P. 184/2021
---Se recibe solicitud para audiencia inicial de formulación de imputación, se fija fecha y hora, se ordena notificar y se gira oficio.
C.P. 186/2021
---Se recibe solicitud para audiencia de control de detención, se fija fecha y hora, se ordena notificar y se giran oficios.
C.P. 19/2021
---Se hace efectivo el apercibimiento y se da por concluida la causa.
C.P. 49/2021
---Se remite exhorto diligenciado.
Exh. 55/2021
---Se remite exhorto diligenciado.
C.P. 60/2021
.- Se interponer recurso de apelación, se ordena notificar y correr traslado y se requiere.
C.P. 62/2021
---Se levanta comparecencia.
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