0030/2017
| CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE EXHORTO NÚMERO 317/2017 QUE REMITE LOS JUECES Y EL SECRETARIO DE ACUERDO DEL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIONES Y SANCIONES, DEL DISTRITO JUDICIAL DE HERMOSILLO, SONORA REGISTRADO EN ESTE JUZGADO BAJO EXHORTO NÚMERO 30/2017. | SE RADICA EXHORTO, SE ORDENA DAR CUMPLIMIENTO CON EL MISMO, Y SE ORDENA NOTIFICAR POR LISTA A ALMA MIREYA CORONADO URÍAS, EL CONTENIDO INTEGRO DEL AUTO DE FECHA QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS Y EL AUTO DICTADO CON ESTA FECHA, MISMO QUE TEXTUALMENTE DICE:AUTO.- EN CIUDAD OBREGÓN, SONORA, A VEINTIUNO DE FEBRERO DE DOS MIL DIECISIETE.VISTO EL EXHORTO NÚMERO 317/2017, MISMO QUE REMITEN EL MTRO. DAGOBERTO GÓMEZ PACHECO, EL LIC. JAIME ARTURO SOTO HOPKINS, EL LIC. FRANCISCO RENÉ MALDONADO NAVARRO Y EL LIC. JESÚS FRANCISCO MORENO CRUZ, LOS PRIMEROS TRES, EN SU CARÁCTER DE JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA Y EL ÚLTIMO DE ELLOS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE ACUERDOS DEL JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DE SANCIONES, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO, SONORA, MEDIANTE EL CUAL HACE UNA SERIE DE MANIFESTACIONES, MISMAS QUE SE TIENEN POR REPRODUCIDAS, Y COMO LO SOLICITAN LAS AUTORIDADES EXHORTANTES, SE ORDENA NOTIFICAR EL CONTENIDO ÍNTEGRO DEL AUTO DE FECHA TREINTA DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE, DICTADO DENTRO DE LA CARPETA FORMADA CON MOTIVO DE UN BENEFICIO DE LIBERTAD ANTICIPADA DE NÚMERO 27/2017-C, SEGUIDO EN EL JUZGADO EXHORTANTE, A MARIO ALFONSO O ALBERTO CHÁVEZ GARCÍA, QUIEN SE ENCUENTRA INTERNADO EN EL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE ESTA CIUDAD, DEL MISMO MODO, SE ORDENA NOTIFICAR EL CONTENIDO ÍNTEGRO DEL REFERIDO AUTO A ALMA MIREYA CORONADO URÍAS Y LAS MENORES ALONDRA BRISSEIDA Y ALEJANDRA GUADALUPE, AMBAS DE APELLIDOS CORONADO GARCÍA, POR CONDUCTO DE BLANCA ESTHELA GARCÍA TERÁN.EN CONSECUENCIA, SE ORDENA COMISIONAR AL ACTUARIO NOTIFICADOR ADSCRITO A ESTE JUZGADO PARA EFECTO DE NOTIFICAR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 111 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA, EL CONTENIDO DEL AUTO DE FECHA TREINTA DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE, A LAS MENORES ALONDRA BRISSEIDA Y ALEJANDRA GUADALUPE, AMBAS DE APELLIDOS CORONADO GARCÍA, POR CONDUCTO DE BLANCA ESTHELA GARCÍA TERÁN, QUIEN TIENE SU DOMICILIO EN CALLE ISLA DE PASCUA, NÚMERO 927, FRACCIONAMIENTO ALAMEDA, DE ESTA CIUDAD, Y EN CASO DE NO DAR CON SU PARADERO, SE LES HAGAN LAS NOTIFICACIONES POR MEDIO DE LISTA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 109 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA.POR OTRA PARTE, Y TODA VEZ QUE DEL AUTO DE FECHA QUINCE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, DICTADO DENTRO DEL PROCESO PENAL 103/2012, SE ADVIERTE QUE NO FUE LOCALIZADA ALMA MIREYA CORONADO URÍAS, Y COMO CONSECUENCIA DE ELLO SE ORDENÓ NOTIFICAR A LA MISMA MEDIANTE LISTA DE ACUERDOS, POR CONSIGUIENTE Y EN CUMPLIMIENTO AL ARTÍCULO 109 PRIMER PÁRRAFO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA, ES POR LO ANTERIOR QUE SE ORDENA HACER LA NOTIFICACIÓN MEDIANTE LISTA DE ACUERDOS, A ALMA MIREYA CORONADO URÍAS, DEBIENDO DE HACERLE SABER DEL CONTENIDO ÍNTEGRO DE AUTO DE FECHA TREINTA DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE, MISMO QUE TEXTUALMENTE DICE:“..VISTO EL ESCRITO DE CUENTA SUSCRITO POR MARIO ALFONSO O ALBERTO CHÁVEZ GARCÍA TÉNGASELE SOLICITANDO EN SU CARÁCTER DE SENTENCIADO DENTRO DE LA CAUSA PENAL 13/2012, INSTRUIDAS EN SU CONTRA POR EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, EL BENEFICIO DE REMISION PARCIAL DE LA PENA SEÑALANDO QUE ACTUALMENTE SE ENCUENTRA COMPURGANDO DICHA SENTENCIA EN EL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE OBREGÓN, SONORA.AHORA BIEN, ES EVIDENTE QUE EL PROCESO PENAL POR EL CUAL SE SOLICITA BENEFICIO DEVIENE DEL SISTEMA PROCESAL PENAL TRADICIONAL POR LO QUE LO CONDUCENTE ES SUBSTANCIAR EL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN BAJO LAS REGLAS DE LA LEY DE EJECUCIONES DE SANCIONES PENALES Y MEDIADAS DE SEGURIDAD PARA EL ESTADO DE SONORA PREVIA LA REFORMA DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, POR LO QUE EN LO FUTURO AL REFERIRSE A LA LEY DE EJECUCIÓN DENTRO DEL PRESENTE EXPEDIENTE, ESTAREMOS HACIENDO ALUSIÓN AL CUERPO NORMATIVO PREVIO LA REFORMA ANTES MENCIONADA.EN VISTA DE LO ANTERIOR, SE RADICA EL OFICIO DE REFERENCIA Y SE ORDENA REALIZAR EL TRÁMITE RESPECTIVO, FÓRMESE EXPEDIENTE, INFÓRMESE DE ELLO AL C. SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DEL H. SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, C. PROCURADO GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE SONORA, SECRETARIO DE SEGURIDAD PÚBLICA, REGÍSTRESE EN LOS LIBROS DE GOBIERNO Y ESTADÍSTICA, DEL BENEFICIO DE REMISIÓN PARCIAL DE LA PENA, SOLICITADA A FAVOR DEL SENTENCIADO MARIO ALFONSO O ALBERTO CHÁVEZ GARCÍA.NOTIFÍQUESE EL ACUERDO QUE NOS OCUPA AL C. COORDINADOR GENERAL DEL SISTEMA ESTATAL PENITENCIARIO, REQUIRIÉNDOLO A EFECTO DE QUE EN EL PLAZO DE LOS VEINTE DÍAS SIGUIENTES A LA RECEPCIÓN DEL PRESENTE OFICIO REMITA A ESTA AUTORIDAD EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 21 Y 62 DE LA LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE NUESTRO ESTADO EL DICTAMEN QUE EMITA EL CONSEJO TÉCNICO INTERDISCIPLINARIO DEL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DONDE ACTUALMENTE SE ENCUENTRE RECLUIDO EL SENTENCIADO PROMOVENTE, ACOMPAÑANDO DICHO DICTAMEN CON LOS ESTUDIOS A LOS QUE EL ARTÍCULO 6, FRACCIÓN IV Y 40 DEL MISMO ORDENAMIENTO LEGAL HACEN REFERENCIA, ADEMÁS DE ANEXAR CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE SEA CONSIDERADO COMO RELEVANTE PARA LA SUSTANCIACIÓN DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO.NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE EL PRESENTE ACUERDO AL SENTENCIADO MARIO ALFONSO O ALBERTO CHÁVEZ GARCÍA, QUIEN SE ENCUENTRA INTERNADO EN EL CENTRO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE CIUDAD OBREGÓN, DEL CONTENIDO DEL PRESENTE AUTO, QUIEN DESIGNA PARA QUE INTERVENGAN EN EL PRESENTE ASUNTO A LOS CC. LICS. MERARDO LEYVA CAMPOY, ROBERTO CORRAL VALENCIA, JULIAN CAMACHO GRACIANO, ANA SILVIA TORRES MUÑOZ, CON DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN LA PARTE BAJA DEL EDIFICIO QUE OCUPAN LOS PROCEDIMIENTOS PENALES PARA NUESTRO ESTADO EN APLICACIÓN SUPLETORIA A LA LEY DE EJECUCIÓN SE ORDENA GIRAR ATENTO EXHORTO AL C. JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DEL DISTRITO DE CAJEME A EFECTO DE QUE TENGA A BIEN NOTIFICAR AL SENTENCIADO DE MÉRITO EN EL LUGAR DONDE SE INDICA SE ENCUENTRA RECLUIDO, EN EL ENTENDIDO DE QUE UNA VEZ HECHO LO ANTERIOR SIRVA DEVOLVERLO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.ASIMISMO, DESPUÉS DE UNA BÚSQUEDA EN NUESTRA BASE DE DATOS NOS PERCATAMOS DE QUE ESTE SENTENCIADO YA HABÍA PROMOVIDO BENEFICIO EN EL CUAL LE TOCO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE 19/2016-C; EN VIRTUD DE LO ANTERIOR PARA NO RETRASAR MÁS EL PROCESO SE ORDENA DESPLEGAR COPIAS CERTIFICADAS DEL EXPEDIENTE ANTERIOR PARA RECABAR, ANTECEDENTES, SENTENCIA DE PRIMERA, SEGUNDA INSTANCIA Y DILIGENCIA DE AMONESTACIÓN, CONSTANCIAS EN LAS QUE OBRE EL DOMICILIO DE LA VÍCTIMA.DE IGUAL MANERA SE ORDENA GIRAR ATENTO EXHORTO AL C. JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CAJEME, A FIN DE QUE NOTIFIQUE A LA PARTE OFENDIDA DE LA CAUSA PENAL 103/2012 EN SU DOMICILIO EL PRESENTE PROVEÍDO, LO ANTERIOR EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 11 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA, Y EN CASO DE NO DAR CON SU PARADERO SE HAGAN LAS NOTIFICACIONES POR MEDIO DE LISTA, DE CONFORMIDAD A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 109 DE LA MISMA LEY ADJETIVA PENAL ANTES MENCIONADA, EN EL ENTENDIDO DE QUE UNA VEZ HECHO LO ANTERIOR SE SIRVA DEVOLVERLO DEBIDAMENTE DILIGENCIADO.FINALMENTE RESULTA NECESARIO ESTABLECER CON EXACTITUD SI EL SENTENCIADO CUENTA CON ANTECEDENTES PENALES, ALGÚN OTRO PROCESO PENAL, PARA LO CUAL SE ORDENA GIRAR ATENTO OFICIO AL SUBDIRECTOR DEL DEPARTAMENTO DE DACTILOSCOPIA E IDENTIFICACIÓN CRIMINAL DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA EN EL ESTADO DE SONORA, PARA QUE EN UN TÉRMINO DE TRES DÍAS, CONTADOS A PARTIR DE QUE RECIBA LA PRESENTE NOTIFICACIÓN, REMITA A ESTE JUZGADO UN INFORME EN EL QUE ESPECIFIQUE SI EL SENTENCIADO MARIO ALFONSO O ALBERTO CHÁVEZ GARCÍA, CUENTA CON ANTECEDENTES PENALES, ALGÚN OTRO PROCESO PENAL; HACIENDO DEL CONOCIMIENTO A LA AUTORIDAD REQUERIDA QUE, EN CASO DE NO DAR CUMPLIMIENTO A LO SOLICITADO DENTRO DEL TÉRMINO LEGAL ESTABLECIDO PARA TAL EFECTO, SE LE APLICARÁ UNA MULTA EQUIVALENTE A VEINTE UNIDADES DE MEDIDAS DE ACTUALIZACIÓN VIGENTE EN ESTA CIUDAD.LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LOS ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 21 CONSTITUCIONAL, ASÍ COMO TAMBIÉN EN LOS ARTÍCULOS 1,2,4 FRACCIÓN I Y V, 7, 8, 9, 12, 13, FRACCIÓN I, IV, VII Y VIII, 14-A FRACCIÓN XII, 22, 25, 53, Y DEMÁS RELATIVOS APLICABLES DE LA LEY DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL ESTADO Y EL ARTICULO 46 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA…” (SIC)EN CONSECUENCIA, SE ORDENA ANEXAR A LOS AUTOS COPIA DEBIDAMENTE CERTIFICADA DE LA PUBLICACIÓN EN LISTA PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES, LO ANTERIOR DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS NUMERALES 30, 46, 109, 310, 313, 315 Y 318, TODOS DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA.POR OTRA PARTE, UNA VEZ HECHO LO ANTERIOR DEBERÁ REMITIRSE EL EXHORTO A SU LUGAR DE ORIGEN, DEBIÉNDOSE FORMAR CUADERNILLO DEL PRESENTE PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES. LO ANTERIOR CON FUNDAMENTO EN LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 50, 51, 52 Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS PENALES PARA EL ESTADO DE SONORA. |