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JUZGADO ORAL DE LO PENAL DE CD. OBREGÓN

08-05-2018

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0049/2016
JUICIO ORAL.-Se reprograma audiencia de vinculación a proceso, se señalan las 11:45 horas del 09 de mayo de 2018 para la celebración de la misma, se ordena notificar y se giran oficios correspondientes.
0008/2017
JUICIO ORAL ADOLESCENTE.-Se recibe y agrega oficio, se autorizan copias solicitadas.
0040/2017
JUICIO ORAL.-Se recibe y se agrega oficio, se da vista a las partes, se gira oficio.
0068/2017
JUICIO ORAL.-Se levanta comparecencia, se realiza devolución de garantía económica de libertad provisional, se registra en el libro de valores.
0169/2017
JUICIO ORAL.-Se recibe y se agrega oficio 1402/05/2018.
0192/2017
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia de revisión de cumplimiento de las condiciones de suspensión, se decreta el sobreseimiento de la acción penal y se autorizan la expedición de las copias solicitadas.
0214/2017
JUICIO ORAL.-Se ordena notificar por lista a el ofendido Rubén Agramon Higuera los puntos resolutivos de la sentencia dictada en fecha cuatro de mayo del año dos mil dieciocho en contra de Luis Enrique Campos Carrizoza, por el hecho que la ley señala como delito de tentativa de homicidio calificado con premeditación y alevosía, así como por el delito de privación ilegal de la libertad, en la presente causa penal 214/2017.R E S O L U T I V O S:PRIMERO. Este juzgador es competente para conocer y decidir la presente causa.SEGUNDO. En la causa se encuentra plena y legalmente comprobado el delito de TENTATIVA DE HOMICIDIO CALIFICADO CON PREMEDITACION Y ALEVOSIA, previsto y sancionado por los artículos 252, 256, 258 párrafos I y II, 259, 260 y 261, en relación con los artículos 10 y 69, todos del Código Penal del Estado de Sonora, el cual fue cometido en agravio de RUBEN AGRAMON HIGUERA, así como el diverso delito de PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD, previsto y sancionado por los artículos 294 y 295 fracciones II y IV del Código Penal para el Estado de Sonora, cometido en perjuicio de JOSEPH EMMANUEL MENDOZA ROBLES, EN CONCURSO REAL DE DELITOS, en términos de lo establecido en los artículos 15 y 70 del Código Penal para el Estado de Sonora; así como las responsabilidades penales plenas de LUIS ENRIQUE CAMPOS CARRIZOZA, CARLOS ALFREDO ALVAREZ ALVAREZ y SANTOS EDGARDO VALENZUELA GOMEZ en su comisión, por lo que se emitió fallo de condena en contra.TERCERO. Por la comisión de los delitos que se les encontró responsables, se impone a cada uno de los ahora sentenciados LUIS ENRIQUE CAMPOS CARRIZOZA, CARLOS ALFREDO ALVAREZ ALVAREZ y SANTOS EDGARDO VALENZUELA GOMEZ, la pena de CUATRO AÑOS DE PRISIÓN; pena corporal que deberán compurgar en el Centro que al efecto se asignó para ejecución de sanciones de esa naturaleza, con descuento del tiempo que han estado privados de su libertad desde el día veintidós de mayo del dos mil diecisiete (trescientos cuarenta y ocho días). CUARTO. Se CONDENA a los hoy sentenciados LUIS ENRIQUE CAMPOS CARRIZOZA, CARLOS ALFREDO ALVAREZ ALVAREZ y SANTOS EDGARDO VALENZUELA GOMEZ, al pago de la reparación del daño material de manera genérica, para lo cual se dejan a salvo los derechos a las víctimas para que los hagan valer en la vía y forma que corresponda.Por otra parte, resulta procedente lo solicitado por la fiscal, en el sentido de que SE CONDENE a los hoy sentenciados LUIS ENRIQUE CAMPOS CARRIZOZA, CARLOS ALFREDO ALVAREZ ALVAREZ y SANTOS EDGARDO VALENZUELA GOMEZ, al pago de la reparación del daño moral a favor de las víctimas RUBEN AGRAMON HIGUERA Y JOSEPH EMMANUEL MENDOZA ROBLES, con fundamento en lo que disponen los artículos 29 en su fracción III, 29 Bis, 3 en su fracción I, 31 Bis y 34 del Código Penal de Sonora, 20 Constitucional del apartado B), en su fracción IV, en relación con los diversos numerales 259, 265 y 359 del Código Nacional de Procedimientos Penales de Sonora, pues para acreditar lo anterior se aportaron a la causa todas y cada una de las probanzas que fueron valorados en forma individual así como en su conjunto y las cuales fueron valederas para tener por acreditados los hechos que la ley señala como delitos que no ocupan y la responsabilidad de los imputados en la perpetración de los mismos, y que por ende le ocasionaron daño moral a las víctimas, y es por ello que se condena a los acusados al pago de la reparación del daño moral ocasionado, y tomando en cuenta la capacidad económica de los acusados y los daños psicológicos que ocasionaron, deberán de cubrir el importe de cincuenta días de salario mínimo fijado en la fecha de la comisión de los presentes hechos, y tomando en cuenta que el valor diario de la unidad de medida y actualización, es de $ 75.49; por lo que con fundamento en lo que disponen los artículos 29 Bis y 31 Bis del Código Penal del Estado de Sonora, se CONDENA a los hoy sentenciados LUIS ENRIQUE CAMPOS CARRIZOZA, CARLOS ALFREDO ALVAREZ ALVAREZ y SANTOS EDGARDO VALENZUELA GOMEZ de manera mancomunada y solidaria, a pagar a favor de la víctima RUBEN AGRAMON HIGUERA, la cantidad de $ 3, 774.50 (SON TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 50/100 MONEDA NACIONAL), por este concepto. De igual manera, con fundamento en lo que disponen los artículos 29 Bis y 31 Bis del Código Penal del Estado de Sonora, se CONDENA a los hoy sentenciados LUIS ENRIQUE CAMPOS CARRIZOZA, CARLOS ALFREDO ALVAREZ ALVAREZ y SANTOS EDGARDO VALENZUELA GOMEZ de manera mancomunada y solidaria, a pagar a favor de la diversa víctima JOSEPH EMMANUEL MENDOZA ROBLES, la cantidad de $ 3, 774.50 (SON TRES MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO PESOS 50/100 MONEDA NACIONAL), por este concepto. Lo anterior es reclamable una vez que esta sentencia cause ejecutoria, a través de la vía o procedimiento que mejor convenga a los intereses de las víctimas.QUINTO. Por los razonamientos expuestos en el considerando respectivo, se NIEGA a los sentenciados LUIS ENRIQUE CAMPOS CARRIZOZA, CARLOS ALFREDO ALVAREZ ALVAREZ y SANTOS EDGARDO VALENZUELA GOMEZ, la concesión de los beneficios de sustitutivos de prisión y de suspensión condicional de la pena, toda vez que los mismos no reúnen los requisitos previstos en los artículos 85 y 87 fracción I, inciso a) del Código Penal de Sonora, ya que la pena privativa de libertad impuesta a los referidos sentenciados por los delitos en cuestión, excede de tres años de prisión, y además de que los sentenciados utilizaron armas de fuego para la comisión de los hechos que la ley señala como delitos que se les atribuye. SEXTO. Hágase saber a las partes sobre el derecho y término que la ley les concede en caso de inconformarse con el presente fallo, que es de cinco días para interponer recurso de apelación al estar en presencia de un procedimiento abreviado. Ejecutoriada la presente sentencia, amonéstese a los sentenciados, y gírense y distribúyanse los oficios y copias a las autoridades que estatuye la Ley. Y en su oportunidad regístrese esta causa como asunto concluido.Así lo resolvió en definitiva y firmó el LICENCIADO HUGO DAVID SILVA TOLEDO, Juez Oral de lo Penal del Distrito Dos del Poder Judicial del Estado de Sonora.
0394/2017
JUICIO ORAL.-Se levanta comparecencia.
0454/2017
JUICIO ORAL.-Causa ejecutoria sentencia, se ordena amonestar, se gira exhorto.
0489/2017
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia intermedia, se solicita y se aprueba acuerdo probatorio, y se emite auto de apertura a juicio oral, se giran los oficios correspondientes y se autorizan las copias.
0516/2017
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia intermedia, se solicita procedimiento abreviado, se dicta fallo condenatorio, se señalan las 09:55 horas del 09 de mayo de 2018 para la audiencia de lectura y explicación de sentencia, se autorizan las copias solicitadas y se giran oficios correspondientes.
0521/2017
JUICIO ORAL.-Causa ejecutoria sentencia, se señala fecha y hora para la celebración de diligencia de amonestación, se amonesta a sentenciado.
0540/2017
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia intermedia, se solicita procedimiento abreviado, se dicta fallo condenatorio, se señalan las 10:30 horas del 09 de mayo de 2018 para la audiencia de lectura y explicación de sentencia, se autorizan las copias solicitadas y se giran oficios correspondientes.
0578/2017
JUICIO ORAL.-Causa ejecutoria sentencia, se señala fecha y hora para la celebración de diligencia de amonestación, se amonesta a sentenciado.
0589/2017
JUICIO ORAL.-Se recibe en la administración de este Tribunal auto de apertura a Juicio Oral, se fijan las 10:00 horas del día 13 de junio de 2018 para la celebración de la audiencia de juicio oral, se ordena citar testigos, se comisiona notificador y se giran los oficios correspondientes y se dejan acusados a disposición de Tribunal de Enjuiciamiento.
0599/2017
JUICIO ORAL.-Se declara cerrada investigación de oficio, se requiere a la fiscalía.
0639/2017
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia intermedia, se solicita procedimiento abreviado, se dicta fallo condenatorio, se señalan las 11:20 horas del 09 de mayo de 2018 para la audiencia de lectura y explicación de sentencia, se autorizan las copias solicitadas y se giran oficios correspondientes.
0643/2017
JUICIO ORAL.-Causa ejecutoria sentencia, se señala fecha y hora para la celebración de diligencia de amonestación.
0666/2017
JUICIO ORAL.-Se levanta comparecencia, se realiza devolución de garantía económica de libertad provisional, se registra en el libro de valores.
0001/2018
SECRETOSecreto
0001/2018
JUICIO ORAL ADOLESCENTE.-Se recibe y agrega oficio, se autorizan copias solicitadas.
0004/2018
JUICIO ORAL ADOLESCENTE.-Se celebra audiencia de procedimiento abreviado, se dicta fallo de responsabilidad, se señalan las 13:50 horas del 09 de mayo de 2018 para la audiencia de lectura y explicación de sentencia, se giran oficios correspondientes, se autorizan las copias solicitadas.
0017/2018
JUICIO ORAL ADOLESCENTES.-Se recibe solicitud de audiencia de control de detención, se señala fecha y hora para que tenga verificativo la misma, se ordena notificar y se giran oficios.Se celebra audiencia, se formula imputación, se vincula a proceso, se impone medida cautelar distinta a internamiento preventivo, se fija plazo para cierre de investigación, se autoriza la expedición de las copias solicitadas y se giran los oficios correspondientes.
0019/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL JUICIO DE AMPARO QUE REMITE EL JUZGADO OCTAVO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE SONORA.-Se reciben y agregan oficios 17339/2018 y 17310/2018, se rinde informe previo y justificado.
0042/2018
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia para solicitar prorroga de plazo de investigación complementaria, se concede la misma, se autorizan las copias solicitadas.
0043/2018
SECRETOSecreto
0054/2018
JUICIO ORAL.-Se declara cerrada investigación de oficio, se requiere a la fiscalía.
0093/2018
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia de suspensión condicional a proceso, se concede la misma, se suspenden medidas cautelares, se autorizan copias solicitadas, se giran oficios correspondientes.
0130/2018
JUICIO ORAL.-Se recibe y agrega oficio.
0150/2018
JUICIO ORAL.-Se recibe solicitud de audiencia para solicitar la suspensión condicional del proceso, se señalan las 10:00 horas del 14 de mayo de 2018 para que tenga verificativo la misma, se ordena notificar y se giran oficios.
0157/2018
JUICIO ORAL.-Se recibe y agrega oficio.
0175/2018
JUICIO ORAL.-Se reprograma audiencia de vinculación a proceso, se señalan las 11:45 horas del 09 de mayo de 2018 para la celebración de la misma, se ordena notificar y se giran oficios correspondientes.
0177/2018
JUICIO ORAL.-Se celebra audiencia, se califica de legal la detención, se formula imputación, se vincula a proceso, se impone medida cautelar consistente en prisión preventiva, se fija plazo de investigación complementaria, se autorizan las copias solicitadas (04/mayo/2018).
0227/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO QUE REMITE EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO, SONORA.Se remite exhorto debidamente diligenciado.
0254/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO QUE REMITE EL JUZGADO DE CONTROL Y ENJUICIAMIENTO PENAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE SINALOA.Se remite exhorto debidamente diligenciado.
0260/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO QUE REMITE EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO, SONORA.Se remite exhorto debidamente diligenciado.
0262/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO QUE REMITE EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO, SONORA.Se remite exhorto debidamente diligenciado.
0266/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO QUE REMITE EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO, SONORA.Se remite exhorto debidamente diligenciado.
0279/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO QUE REMITE EL JUZGADO ORAL DE LO PENAL DEL DISTRITO UNO, CON RESIDENCIA EN HERMOSILLO, SONORA.Se recibe exhorto, se ordena diligenciarlo.
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