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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE SAN LUIS RÍO COLORADO

09-02-2017

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0404/2012
EFREN LERMA ALARCON Y OTRO.se señala fecha para careo supletorio.
0166/2014
LUIS ARMANDO CUEVAS OJEDA Y OTROS.promoción 35/2017, se autoriza expedir copias.
0196/2014
ISAIAS ZARAGOZA AVENDAÑO.se celebra audiencia de derecho el 07/02/2017.
0293/2014 BIS
BIS
DANIELRAMON TALAMANTES DIAZ Y OTRO.se levanta comparecencia, se amplia termino de sentencia el 07/02/2017.
0030/2016
RAUL ALIRE VAZQUEZ.se levanta constancia, se agrega cuadernillo, se reciben autos originales y resolución de segunda instancia, se confirma sentencia, se remiten copias a cereso y al ministerio publico adscrito, se acusa de recibo, se requiere a sentenciado.
0066/2016
SERGIO VICENTE LEYVA GARCIA.se celebra audiencia de derecho.
0096/2016
JOSE LUIS RIVERA VILLANUEVA.se levanta constancia, se cita de nueva cuenta a ofendida.
0164/2016
MARCO ANTONIO MENDEZ BUSTAMANTE.se señala fecha para audiencia de derecho.
0198/2016
MAGALY GUADALUPE FLORES JIMENEZ.se dicta sentencia.
0218/2016
CARLOS FELIX SEPULVEDA.se agregan oficios 492/2017, 528/2017 y 565/2017,informan que se declara sin materia el recurso de queja, se deja sin efecto audiencia constitucional y se difiere audiencia incidental respectivamente; se solicita ficha y antecedentes penales, se giran oficios.
EX08/2017
EXHORTO 197/2017.Se notifica por lista al ofendido SERGIO LÓPEZ VÁZQUEZ, el auto dictado en expediente 194/2012, referente al beneficio de libertad anticipada consistente en remisión parcial de la pena en favor del sentenciado GILDARDO GALLARDO QUIÑONEZ; AUTO. - EN HERMOSILLO, SONORA, A VEINTITRÉS DE ENERO DE DOS MIL DIECISIETE. Téngase por recibido el oficio y anexos de cuenta que remite el Lic. Pedro Gabriel González Avilés, en su carácter de Coordinador General del Sistema Estatal Penitenciario, quien viene promoviendo el beneficio de libertad anticipada consistente en la Remisión Parcial de la Pena, en favor del sentenciado Gildardo Gallardo Quiñonez, a quien se le instruyó proceso penal que se mencionan en el oficio y anexos que se atienden, señalando que actualmente se encuentra compurgando sentencia en el Centro de Reinserción Social de San Luis Río Colorado, Sonora; solicitando el mencionado beneficio toda vez que, la coordinación considera que la sentenciada requiere de apoyo seguimiento y vigilancia por parte de la dirección de tratamiento post-liberacional de la Dirección General de Readaptación Social, durante su proceso de reinserción social, en vista de lo anterior, se radica el oficio de referencia y se ordena realizar el trámite respectivo; fórmese expediente, infórmese de ello al Secretario General de Acuerdos del H. Supremo Tribunal de Justicia, regístrese en los libros de gobierno y estadística, del Beneficio de libertad anticipada consistente en la Remisión Parcial de la Pena, solicitado a favor de la sentenciada Gildardo Gallardo Quiñonez, así mismo agregar las documentales exhibidas y que acompañan al oficio, para que surtan efectos legales correspondientes. Notifíquese personalmente el presente auto a Gildardo Gallardo Quiñonez, quien se encuentra internada en el Centro de Reinserción Social de San Luis Río Colorado, Sonora, quien se le tiene por designado al Defensor Público, lo anterior para no dejarla en estado de indefensión, sin perjuicio de que con posterioridad designe a un abogado que la represente y defienda durante el presente proceso; en el entendido que la sentenciada al momento de la notificación del presente auto manifieste si ratifica o no la designación del referido defensor, y si es su deseo designar a uno diverso deberá proporcionar domicilio para que reciba notificaciones en esta ciudad de Hermosillo, Sonora, en caso de no hacer manifestación alguna a dicho requerimiento se entenderá que es su deseo que la represente el Defensor Público. Para tales circunstancias, deberá girarse atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal del Distrito Judicial de San Luis Río Colorado, Sonora, a efectos de que, en auxilio a las labores de este Juzgado, se sirva notificar del contenido del presente auto a Gildardo Gallardo Quiñonez, quien se encuentra interna en el Centro de Reinserción Social de San Luis Río Colorado, Sonora. Así mismo, se ordena notificar el contenido del presente auto a la parte ofendida, que se admite el beneficio de la Remisión Parcial de la Pena, solicitada a favor de la sentenciada Gildardo Gallardo Quiñonez. Sin embargo, al no contarse con el domicilio de la misma y en virtud que las actuaciones del expediente 194/2012, corresponde al Juez Primero de Primera Instancia de lo Penal, del Distrito Judicial de San Luis Río Colorado, Sonora por ello, gírese atento exhorto a dicha autoridad, a efectos de que, en auxilio a las labores de este juzgado, se sirva notificar del contenido presente auto a la parte ofendida para su conocimiento y efectos legales correspondientes y una vez hecho lo anterior lo devuelva debidamente diligenciado en sus términos, según lo previsto por los artículo 50, 51, 52, 57 y demás relativos y aplicables, del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora. De la misma manera, se solicitan copias certificadas de las constancias para el efecto de llevar a cabo el computo de la prisión preventiva o pena de prisión como lo pueden ser Parte Informativo, Oficio de ejecución de orden de aprehensión, ordenes de libertad y reaprehensión, así como nombre y domicilio de la víctima u ofendido, así mismo (en caso de condena), e informar si el sentenciado dio cumplimiento al pago de la reparación del daño (artículo 23 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad en el Estado de Sonora). De igual manera deberá notificarse el presente auto al Coordinador General del Sistema Estatal Penitenciario ya que es el promovente del asunto que aquí nos ocupa; así también, al Agente del Ministerio Público adscrito para los efectos legales correspondientes, dándoseles vista a las partes para que dentro del plazo de cinco días manifiesten lo que a su interés convenga, en términos del artículo 25 de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad en el Estado de Sonora. Cabe aclarar que es aplicable la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad del Estado de Sonora, vigente antes del decreto número 18, de fecha catorce de diciembre de dos mil quince, mismo que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad del Estado de Sonora, en los términos establecidos en el decreto número 5, que declara que el Código Nacional de Procedimientos Penales, se incorpora al régimen jurídico del Estado Sonora, estableciendo en el transitorio segundo… “Los procedimientos y juicios penales indicados con anterioridad a la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales en nuestro Estado, serán concluidos conforme a las disposiciones vigentes con anterioridad a dicho acto”, lo que acontece en el presente caso. Lo anterior, con fundamento en lo establecido en el artículo 21 Constitucional, así como también en los artículos 1, 2, 4, fracción I y V, 7, 8 9, 12, 13, fracción I, II, 14-A, fracción IX y XII, 22, 58, 59 y 60, 65 y 66, de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Medidas de Seguridad en el Estado de Sonora, y en el artículo 46 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora. CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE. - ASÍ LO ACORDÓ Y FIRMÓ EL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES LICENCIADO JAIME ARTURO SOTO HOPKINS, ANTE EL SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO ALEJANDRO RAMÍREZ VÁZQUEZ, QUIEN AUTORIZA Y DA FE. - DOY FE".
JA01/2017
JUICIO DE AMPARO 1484/2016.se agrega oficio 2879, se niega suspensión definitiva.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0283/2013 BIS
BIS
.Se reciben autos originales y se agrega cuadernillo.
0341/2013 BIS
BIS
.Se reciben autos originales y se agrega cuadernillo.
0035/2015 BIS
BIS
RODRIGO ALONSO BUSTILLOS PEREZ.Se levanta comparecencia, se acoge a beneficio (pago multa y suspensión condicional), se ordena libertad, se gira oficio a CERESO el 07/02/2017.
0111/2015
FELIPE VILLAPUDUA SARABIA.Se agrega oficio informando y se gira exhorto.
0261/2015
EDUARDO ROMERO LOPEZ.Se admite recurso de apelación.
0055/2016
JOSE GUADALUPE CALDERON ATONDO.Se celebran diligencias de ratificación el 07/02/2017.
0107/2016
JABIAN ENRIQUE BERNAL SUAREZ.Se atiende promoción 034/2017 el 07/02/2017
0183/2016
ALBERT PUENTE GARCIA Y OTRO.Se desahogan diligencias de careos.
0219/2016
SECRETOSecreto
JA01/2016
JUICIO DE AMPARO 691/2016-1.Se agrega oficio informando.
JA01/2017
JUICIO DE AMPARO 14/2017.Se agrega oficio informando.
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