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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE SAN LUIS RÍO COLORADO

12-04-2017

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0071/2006
RIGOBERTO AGUILAR ALVAREZ.Se notifica a los sucesores del occiso MANUEL MEZA RAMOS, los puntos resolutivos de la sentencia dictada en fecha veintiuno de marzo de dos mil diecisiete, que a la letra dice: PRIMERO.- Esta Juzgadora es competente para conocer y fallar el presente proceso. SEGUNDO.- En autos se acredito el delito de homicidio, previsto y sancionado en los articulos 28, 252 y 256 del Codigo Penal para el Estado de Sonora, más no asi la agravante de premeditacion, cometido en perjuicio de quien en vida llevara por nombre Manuel Meza Ramos, al igual que la plena responsabilidad penal de Rigoberto Aguilar Alvarez, en la comisión de dicho ilicito, en consecuencia: TERCERO.- Se dicta sentencia condenatoria en contra de Rigoberto Aguilar Alvarez por el delito homicidio previsto y sancionado en los articulos 28, 252 y 256 del Codigo Penal para el Estado de Sonora, se le imponen las penas de catorce años de prision ordinaria y multa por la cantidad de $12,025.80 (doce mil veinticinco pesos 80/100 moneda nacional) equivalente a doscientos cincuenta y cinco dias de salario minimo general vigente en la ciudad de Hermosillo, Sonora, al momento del evento, a razon de $47.16 (cuarenta y siete pesos 16/100 moneda nacional) diarios, que corresponde al Salario Minimo diario general vigente durante el dos mil seis, en la capital del Estado, es decir, la ciudad de Hermosillo, Sonora. CUARTO. Por lo expresado en el considerando quinto, se condena al sentenciado Rigoberto Aguilar Alvarez al pago de la reparacion del daño material y moral del delito que cometio en los terminos ahi expresados; asimismo se les hace saber su derecho y termino de cinco dias habiles para interponer recurso de apelacion, el cual comenzara a contar a partir del dia siguiente de la publicacion en lista, y en caso de que interpongan el recurso de apelación designen en el termino de tres dias habiles contados a partir del dia siguiente de la notificacion representante legal que los asista en Segunda Instancia, en caso de no hacerlo asi en dicho plazo o el representante legal designado no comparece o no acepta el cargo, se continuara con el tramite del recurso; asimismo, se les requiere para que señalen domicilio cierto y correcto donde oir y recibir notificaciones en la ciudad de Hermosillo, Sonora, apercibidos que de ser omiso, las notificaciones, aun las de caracter personal, se le haran por lista, lo anterior con fundamento en los articulos 109 primer parrafo y 110, ambos del Codigo de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.
0023/2014
.Se levanta razón de recibo.
0023/2014 BIS
BIS
.Se levanta razón de recibo.
0033/2014
.Se levanta razón de recibo.
0007/2017
MARIO MILLAN FIGUEROA.Se ejecuta orden de aprehensión el 10/04/2017, rinde declaración preparatoria, se levanta comparecencia a parte ofendida y se celebra audiencia conciliatoria.
EXH1/2017
EXHORTO JUZGADO 29/2017.Se radica y se ordena diligenciar.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0030/2014
JORGE LUIS SALCIDO GOMEZ.se hace devolución de suspensión condicional, se levanta razón de recibo.
0008/2015
TERESITA DE JESUS NAVARRETE LEON.se señala fecha para audiencia conciliatoria.
0147/2015 BIS
BIS
OTON ERNESTO MARQUEZ CALVILLO.se agrega oficio 546/2017.
0268/2015
MARIO ORNELAS SICAIROS Y OTRA.se atiende promoción 93/2017 y se requiere; se agrega oficio 6523/2017 informando; se solicita ficha dactiloscópica y antecedentes penales, se giran oficios.
0030/2016
SECRETOSecreto
0004/2017
JOSE REFUGIO PEREZ MARTINEZ.se solicitan antecedentes penales y ficha dactiloscópica, se giran oficios.
0006/2017
JOSE OMAR MARTINEZ MARIN.se celebra audiencia conciliatoria, se levanta comparecencia de derechos de ofendido.
0010/2017
JOSE AURELIO CUEVAS VALDEZ.se dicta resolución constitucional.
DE10/2017
DESPACHO 111/2017.se remite debidamente diligenciado.
DEM4/2017
DEMANDA DE AMPARO 04/2017.se remite demanda de amparo a Juzgado de Distrito en Turno en Mexicali, Baja California.
EX23/2017
EXHORTO 493/2017.se remite debidamente diligenciado.
EX27/2017
EXHORTO 636/2017.se radica y se ordena diligenciar.
EX30/2017
EXHORTO 750/2017.se radica y se ordena diligenciar; se ordena libertad el 10/04/2017.
JA01/2017
JUICIO DE AMPARO 110/2017.se agrega oficio 3206/2017 informando.
JA02/2017
JUICIO DE AMPARO 192/2017-III.se agrega oficio 3396-III informando.
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