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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE SAN LUIS RÍO COLORADO

11-10-2017

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0199/2008
CLAUDIA VERENA ROMERO DOMINGUEZ.Se admite recurso de apelación.
0087/2009
EDUARDO YESCAS VINGOCHEA.Por error se listo el 09/10/2017 que se levanta comparecencia, se amplia termino para dictar sentencia.
0391/2014
PEDRO RAFAEL ROSAS GONZALEZ.Por error se listo el 09/10/2017 que se levanta comparecencia, se amplia termino para dictar sentencia, se desisten de probanzas, se designa perito tercero en discordia, siendo lo correcto se desisten de probanzas y se designa perito tercero en discordia.
0155/2015
SAUL HERNANDEZ MACIAS.Por error se listo el 09/10/2017 se levanta comparecencia, se amplia termino para dictar sentencia.
0268/2015
MARIO ORNELAS SICAIROS Y OTRA.Se celebra diligencia de ratificación.
EXH1/2017
EXHORTO LOCAL 89/2017.Se radica y se ordena diligenciar.
EXH2/2017
EXHORTO LOCAL 91/2017.Se radica y se ordena diligenciar.
EXH3/2017
EXHORTO LOCAL 93/2017.Se radica y se ordena diligenciar.
EXH4/2017
EXHORTO LOCAL 95/2017.Se radica y se ordena diligenciar.
EXH5/2017
EXHORTO LOCAL 97/2017.Se radica y se ordena diligenciar (09/10/2017).

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0158/2005
S/N.Se levanta comparecencia, se solicita prescripción de antecedentes penales y autos originales, se giran oficios.
0129/2015 BIS
BIS
OSCAR IVAN CARBAJAL GUERRERO Y OTROS.Se dicta sentencia.
0342/2015
S/N.Toda vez que no fue posible la localización personal de Dalila Ariana Avila, representante legal de los menores ofendidos Sergio David Avila y Daven Josaih Avila, se le notifica por lista el auto que admite el recurso de apelación, que a la letra dice: Auto.- En San Luis Rio Colorado, Sonora, a once de octubre del dos mil diecisiete. Vista la notificación de cuenta, se tiene por presente a la C. Agente del Ministerio Público en funciones de la adscripción, interponiendo el RECURSO DE APELACIÓN en contra de la sentencia definitiva de fecha trece de septiembre del dos mil diecisiete; medio de impugnación que por haber sido interpuesto dentro de tiempo y forma legal, se admite EN EFECTO DEVOLUTIVO, en el entendido que los sentenciados Luis Antonio García Alamillo, Jesús Alejandro Ortega Vidaña y Cristian Alberto Macías Cervantes, nombran para que los defienda y represente en segunda Instancia al C. Defensor Público adscrito al Tribunal de Alzada, a quien autorizan para oír y recibir todo tipo de notificaciones en su nombre aun las de carácter personal, señalando para tales efectos los estrados del Tribunal de alzada. Con fundamento en el artículo primero del Acuerdo General 8/2016, aprobado en sesión del pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, celebrada el día quince de abril del dos mil dieciséis, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, túrnese los autos originales de la presente causa penal al PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO REGIONAL DEL TERCER CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE CABORCA, SONORA, para la sustanciación del recurso hecho valer. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 308, 309, 310, 312 fracción I, 313, 315 y 317 segundo párrafo del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora. Notifíquese y Cúmplase. - Así lo acordó y firmó la Ciudadana Licenciada Giancarla Karina Ramírez Félix, Juez Primera de Primera Instancia de lo Penal del Distrito Judicial de San Luis Río Colorado, Sonora, por ante la presencia del Secretario Segundo de Acuerdos, Licenciado Rubén Florencio Guerrero Mercado, con quien actúa y da fe. - doy fe. -
EX88/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 1967/2017.Se radica y se ordena diligenciar.
EX92/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL EXHORTO 1896/2017.Se radica y se ordena diligenciar.
JA01/2017
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL JUICIO DE AMPARO 466/2017.Se agrega oficio 15131/2017, informando.
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