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JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE SAN LUIS RÍO COLORADO

30-05-2019

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0373/2012 BIS
BIS
JESUS ENRIQUE AYALA TRASVIÑASe levanta comparecencia se concede permiso.
DES1/2019
DESPACHO FORANEO 06/2019, LOCAL 09/2019Se notifica por lista en virtud de que no se localizó al tercero interesado LUIS ERNESTO CASANUEVA SALAZAR, se procede a hacer efectivo el apercibimiento decretado en auto de fecha veinte de mayo de dos mil diecinueve, por el Tribunal de Segunda Instancia, haciéndole de su conocimiento que en la fecha antes aludida HIRAM DABDOUB PALACIOS presento demanda de amparo directo en contra de la sentencia cumplimentadora de dieciséis de abril de dos mil diecinueve, engrosada el veintidós de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Tribunal Colegiado Regional del Tercer Circuito con residencia en H. Caborca, Sonora, en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el juicio de amparo directo 197/2018 del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito con residencia en Hermosillo, Sonora, relativa al toca penal 227/2017; se le requiere a LUIS ERNESTO CASANUEVA SALAZAR para que dentro del término de diez días, señale domicilio para oír y recibir notificaciones ante el Tribunal Colegiado Federal de la materia en Turno en la ciudad de Hermosillo, Sonora, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las siguientes notificaciones, aun las personales, se practicaran por lista de acuerdos que se publique en el Local del referido Órgano Jurisdiccional así como del Portal de internet del Poder Judicial de la Federación, sin perjuicio de que pueda hacer la solicitud con posterioridad, a que se refiere el artículo 26 fracción IV y 28 de la Ley de Amparo; asimismo se le hace del conocimiento al tercero interesado que las copias de la aludida demanda de amparo, quedan a su disposición en la secretaria primera de acuerdos de este Juzgado.
DES2/2019
DESPACHO FORANEO 08/2019, LOCAL 11/2019Se notifica por lista, en virtud de que no se localizó al tercero interesado LUIS ERNESTO CASANUEVA SALAZAR, se procede a hacer efectivo el apercibimiento decretado en auto de fecha veinte de mayo de dos mil diecinueve, por el Tribunal de Segunda Instancia, haciéndole de su conocimiento que en la fecha antes aludida JOSÉ ALONSO CORDERO ESPINOZA presento demanda de amparo directo en contra de la sentencia cumplimentadora de dieciséis de abril de dos mil diecinueve, engrosada el veintidós de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Tribunal Colegiado Regional del Tercer Circuito con residencia en H. Caborca, Sonora, en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el juicio de amparo directo 197/2018 del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito con residencia en Hermosillo, Sonora, relativa al toca penal 227/2017; se le requiere a LUIS ERNESTO CASANUEVA SALAZAR para que dentro del término de diez días, señale domicilio para oír y recibir notificaciones ante el Tribunal Colegiado Federal de la materia en Turno en la ciudad de Hermosillo, Sonora, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las siguientes notificaciones, aun las personales, se practicaran por lista de acuerdos que se publique en el Local del referido Órgano Jurisdiccional así como del Portal de internet del Poder Judicial de la Federación, sin perjuicio de que pueda hacer la solicitud con posterioridad, a que se refiere el artículo 26 fracción IV y 28 de la Ley de Amparo; asimismo se le hace del conocimiento al tercero interesado que las copias de la aludida demanda de amparo, quedan a su disposición en la secretaria primera de acuerdos de este Juzgado.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0322/2009
GUADALUPE PEREZ PINEDA.Se celebran careos procesales.
0098/2012
JULIO AGUIRRE FELIX.Se agrega oficio y se gira oficio.
DES1/2019
DESPACHO LOCAL 10/2019, PROCESO PENAL 61/2015-BIS.En virtud de que no se localizó al tercero interesado Luis Ernesto Casanueva Salazar, se procede a hacer efectivo el apercibimiento decretado en auto de fecha veinte de mayo de dos mil diecinueve, por el Tribunal de Segunda Instancia, haciéndole de su conocimiento que en la fecha antes mencionada Emilio Dabdoub Palacios, presento demanda de amparo directo en contra de la sentencia cumplimentadora de dieciséis de abril de dos mil diecinueve, engrosada el veintidós de abril de dos mil diecinueve, dictada por el Primer Tribunal Colegiado Regional del Tercer Circuito, con residencia en H. Caborca, Sonora, en cumplimiento a la ejecutoria dictada en el juicio de amparo directo 196/2018 del Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, relativa al toca penal 227/2017; se le requiere para que dentro del termino de diez días señale domicilio para oir y recibir notificaciones ante el Tribunal Colegiado Federal de la materia en turno en la ciudad de Hermosillo, Sonora, con el apercibimiento que de no hacerlo asi, las siguientes notificaciones aun las personales, se practicaran por lista de acuerdos que se publiquen en el Local del referido Organo Jurisdiccional asi como del Portal de Internet del Poder Judicial de la Federación, sin perjuicio de que pueda hacer la solicitud con posterioridad, lo anterior con fundamento en los artículos 178 fracción II, 26 fracción IV y 28 de la Ley de Amparo, además las copias de la demanda de amparo aludida quedan a su disposición en la secretaria segunda de acuerdos de este Juzgado.
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