0273/2015
| RODOLFO FRANCISCO ESPINOZA RIVERA | Se notifica a la ofendida Virginia Gabriela Ayón Mancillas la sentencia de fecha treinta y uno de agosto del dos mil dieciocho, en la cual se condenó a Rodolfo Francisco Espinoza Rivera, por la comisión del delito de violencia intrafamiliar cometido en su perjuicio, se le impuso una pena de ocho meses de prisión ordinaria y multa por un importe de $ 1,402.00 (mil cuatrocientos dos pesos moneda nacional), asimismo, se le condenó al pago de la reparación del daño moral por la cantidad de $5,608.00 (cinco mil seiscientos ocho pesos moneda nacional), condenándolo al pago de la reparación del daño material de forma genérica, concediéndosele el beneficio de la suspensión condicional por la cantidad de $5,000.00 (cinco mil pesos moneda nacional), se le hace saber a la ofendida que cuenta con el termino de cinco días hábiles para recurrir dicho fallo, y en caso de así hacerlo, deberá nombrar representante legal ante el Primer Tribunal Colegiado del Tercer Circuito con residencia en H. Caborca Sonora, así como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones aun las de carácter personal, apercibida que en caso de no hacerlo se le tendrá por no designado representante legal y señalado como domicilio los estrados de dicho Tribunal de Alzada. |