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JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DE SAN LUIS RÍO COLORADO

19-09-2018

]Gobierno de México [

Primera Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0239/2010
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DE LA INVESTIGACIÓN DE HECHOS DE TORTURA DENUNCIADOS POR LOS PROCESADOS JUAN MANUEL RAMOS ORTÍZ E IGNACIO RIVERA SALAS DENTRO DE LA CAUSA PENAL 239/2010Se levanta constancia, se difiere audiencia, se señala nueva fecha, se designa defensor publico para desahogo de diligencia, se gira citatorio.Se notifica por este medio en términos de los artículos 109 y 110 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, al Licenciado Luis Manuel Benavides Rodriguez el proveido dictado con fecha de hoy que literalmente dice:Auto. En San Luis Río Colorado, Sonora, a dieciocho de septiembre de dos mil dieciocho.Vista la constancia de cuenta, de la que se advierte la causa por la que no fue posible el desahogo de la diligencia consistente en ratificación de dictamen a cargo de los peritos psicólogos David Espino Torres y Noemi Rodríguez Jaramillo, ello debido a la incomparecencia del defensor particular Licenciado Luis Manuel Benavidez Rodríguez.Por otra parte, se colige de los autos del presente cuadernillo lo siguiente:a. Que dicha diligencia de ratificación se ordenó de manera oficiosa en auto de data veintinueve de agosto de dos mil dieciocho (f. 180), lo cual fue debidamente notificado al defensor previamente aludido, en términos de los articulo 109 y 110 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora, tal y como se advierte de la cédula de notificación y constancia actuarial vistas a fojas 186 y 187.b. Que mediante constancia de fecha once se septiembre de dos mil dieciocho (f.188), se desprende que el defensor particular, no se presentó a este Tribunal para el desahogo de la probanza.c. Debido a la inasistencia del defensor supra citado, en proveído de once de septiembre de dos mil dieciocho (f.189) se señaló nueva fecha para la celebración de la diligencia de ratificación de dictamen anteriormente referida, auto que fue notificado al multicitado defensor, tal y como se colige de la cédula de notificación y constancia actuarial vistas a fojas 193 y 194.Además, en dicho proveído, se ordenó requerir a los procesados Ignacio Rivera Salas y Juan Manuel Ramos Ortiz, a efecto de que manifestaran si era su deseo, en caso de nueva incomparecencia de su defensor particular, se le designara al defensor público adscrito a este juzgado, a efecto de que los representara únicamente dentro el desahogo de las diligencias de ratificación de dictamen antes mencionada, a lo cual, por medio de sello de notificación de fecha trece de septiembre de dos mil dieciocho (f.195), dijeron que continuaban designando al Licenciado Luis Manuel Benavidez Rodríguez.d. Finalmente, tal y como se advierte de la constancia de esta fecha dieciocho de septiembre de dos mil dieciocho, nuevamente el defensor particular incompareció al desahogo de ratificación de dictamen multirreferida.Así pues, se señala nueva fecha para el desahogo de la diligencia ratificación de dictamen a cargo de los peritos psicólogos David Espino Torres y Noemi Rodríguez Jaramillo, acordándose para tales efectos las diez horas y subsecuentes del día veintiséis de septiembre de dos mil dieciocho, lo anterior, previa excarcelación que se haga de los procesados Ignacio Rivera Salas y Juan Manuel Ramos Ortiz el día y hora señalada con antelación, así como previa citación que se haga a los peritos en su domicilio señalado en autos, apercibidos que, en caso de incomparecencia injustificada, se hará acreedor a una multa equivalente a veinticinco unidades de medida y actualización, (en el entendido de que la cuantía de dicha unidad será la que tenga a la fecha del presente auto), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 (apartado B, párrafo sexto y séptimo) declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo; la cual ingresará al Fondo de Administración de Justicia del Estado de Sonora, en calidad de bien propio, misma que se duplicará en caso de reincidencia; en relación con el artículo 49 fracción I del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Sonora.Por otra parte, como quedó de manifiesto, se tiene que reiteradamente el defensor particular Licenciado Luis Manuel Benavidez Rodríguez, de manera injustificada no se ha presentado en dos ocasiones al desahogo de la diligencia ratificación de dictamen a cargo de los peritos David Espino Torres y Noemi Rodríguez Jaramillo, no obstante, este juzgador ha vigilado de manera puntual el derecho de los procesados Ignacio Rivera Salas y Juan Manuel Ramos Ortiz, de nombrar el defensor que los representara, ello en atención al derecho de garantizar el ejercicio efectivo de defensa adecuada de los imputados en términos del artículo 20, apartado B, fracción VIII, de nuestra Constitución Mexicana, pero de autos se evidencia las inasistencias de su actual defensor particular, es por ello que se requirió a los imputados a efecto de que manifestaran, si, en caso de nueva inasistencia del defensor particular, deseaba que se designara al defensor oficial, reiterando la designación realizada al Licenciado Luis Manuel Benavidez Rodríguez.En esa tesitura, ante la inasistencia del defensor particular aludidas en párrafos que anteceden, y, atentos al derecho que tiene el procesado a que se le administre justicia de manera pronta y expedita, aunado al criterio emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mediante la tesis aislada de rubro DEFENSA ADECUADA EN MATERIA PENAL. PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA DESIGNACIÓN OFICIOSA DEL DEFENSOR PÚBLICO QUE ASISTA AL IMPUTADO EN LA PRÁCTICA DE UNA DILIGENCIA JUDICIAL DE DESAHOGO DE PRUEBAS, ANTE LA AUSENCIA DEL DEFENSOR PARTICULAR PREVIAMENTE NOMBRADO, se designa a la defensora oficial adscrita a este juzgado Licenciada Soledad Lara Ruiz, a efecto de que represente a los procesados de mérito, únicamente para el desahogo de la diligencia de ratificación de dictamen a cargo de los peritos David Espino Torres y Noemi Rodríguez Jaramillo. En ese sentido, notifíquese personalmente de la presente designación al defensor oficial, a efecto de que acepte y proteste el cargo conferido.Por último, notifíquese personalmente lo antes acordado, al defensor particular Licenciado Luis Manuel Benavidez Rodríguez, quien deberá comparecer el día y hora señalados, y de encontrarse preparado para llevar a cabo la representación de su cliente, se le dará información en la diligencia, en lugar del defensor oficial.
0226/2012
JOSÉ ALBERTO LÓPEZ JASSOSe agrega promoción 27/09-18, se reciben autos originales.
0088/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO 3221/2018, POR MEDIO DEL CUAL EL LICENCIADO FRANCISCO RENÉ MALDONADO NAVARRO, CIUDADANO PRESIDENTE DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE EJECUCIÓN DE SANCIONES, REMITE EL EXHORTO 124/2018, DEDUCIDO DE LA CARPETA DE EJECUCIÓN 346/2018Se comisiona actuaria, se ordena notificar ofendida, se remiten copias.
0103/2018
CUADERNILLO FORMADO CON MOTIVO DEL OFICIO NÚMERO 403/2018-III, POR MEDIO DEL CUAL EL LICENCIADO EUGENIO MEDINA DURAN, CIUDADANO JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LO PENAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE PUERTO PEÑASCO, SONORA, REMITE EL EXHORTO 16/2018 DEDUCIDO DEL EXPEDIENTE 186/2010Radica exhorto, se solicita informe, se gira oficio y telegrama.

Segunda Secretaría

ASUNTO PARTES SÍNTESIS
0144/2003
ELIAZAR RAMÍREZ MARTÍNEZComparece sentenciado.
0026/2013
OSCAR IVAN AISPURO JUÁREZSe acuerda promocion 23-09/2018, se informa y se gira oficio.
0294/2013
RAMÓN MARTÍNEZ NEVAREZSe acuerda promocion 28-09/2018, se repone procedimiento, se señala fecha para diligencias, se cita, se radica incidente no especificado de revisión y modificación del lugar de ejecución de medida cautelar y se ordena notificación.
0182/2014
LAMBERTO ESPARZA RODRÍGUEZSe acuerda promoción 16-09/2018,se informa y se gira oficio al Centro Penitenciario.
0192/2014
MANUEL ERNESTO IBAÑEZ FLORESSe acuerda promocion 15-09/2018, se informa y se gira oficio.
0192/2014
JOSÉ ALFREDO VILLA GARCÍASe acuerda promocion 20-09/2018, se informa y se gira oficio.
0128/2015
ÁNGEL CAZAREZ ALVARADOSe acuerda promocion 24-09/2018, se informa y se gira oficio.
0360/2015
acumulado 394-15
JUAN MANUEL PÉREZ RUVALCABA, CRISTINA GARRIDO DAMIÁN, CELIA GARRIDO DAMIÁN Y RAÚL REYES ROSALESSe acuerda promocion 18-09/2018 y 19-09/2019, se informa y se gira oficio.
0012/2016
JOSÉ ÁNGEL BELTRÁN BALLESTEROSSe acuerda promocion 22-09/2018, se informa y se gira oficio.
0090/2016
JOSÉ PÉREZ PONCESe acuerda promocion 17-09/2018, se remiten constancias y se gira oficio al Centro Penitenciario.
0140/2016
JOSÉ ARTURO ARMENTA ROMEROSe acuerda promocion 21-09/2018, se informa y se gira oficio.
0223/2016
ELEAZAR MIRANDA CORTEZSe acuerda promoción 14-09/2018 y se gira oficio al Centro Penitenciario.
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