Ley Federal del Trabajo - Parte 17

(...continuación) ­culo 494. 330. Catarata traumática uni o bilateral inoperable: será indemnizada de acuerdo con la disminución de la agudeza visual.

331. Oftalmoplegia interna total unilateral, de ...... 10 a 15%

332. Bilateral, de .................................... 15 a 30%

333. Midriasis, iridodiálisis o iridectomía en sector, cuando ocasionan trastornos funcionales, en un ojo.......... 5%

334. En ambos ojos .................................... 10%

335. Ptosis palpebral parcial unilateral, pupila descubierta, de ............................................ 5 a 10%

336. Ptosis palpebral o blefaroespasmo unilaterales, no resueltos quirúrgicamente, cuando cubren el área pupilar: serán indemnizados de acuerdo con la disminución de la agudeza visual.

337. Pstosis palpebral bilateral, de ................ 20 a 70% Estas incapacidades se basan en el grado de la visión, según que en posición primaria (mirada horizontal de frent
e) la pupila está más o menos descubierta.
338. Desviación de los bordes palpebrales (entropión, ectropión, triquiasis, cicatrices deformantes, simblefarón, anquiloblefarón), unilateral, de ........................... 5 a 15%

339. Bilateral, de .................................... 10 a 25% Alteraciones de las vías lagrimales 340. Lagoftalmos cicatrizal o paralítico unilateral, de ......................................................... 5 a 15%

341. Bilateral, de .................................... 10 a 25%

342. Epífora, de ...................................... 5 a 15%

343. Fístulas lagrimales, de .......................... 15 a 25% Nariz

344. Mutilación parcial de la nariz, sin estenosis, no corregida plásticamente, de ............................. 10 a 20%

345. Pérdida de la nariz sin estenosis, no reparada plásticamente, de ................................. 30 a 40%

346. Cuando haya sido reparada plásticamente, de ..... 15 a 20%
347. Cuando la nariz quede reducida a muñón cicatrizal, con estenosis, de .............................. 30 a 50% Oídos

348. Pérdida o deformación excesiva del pabellón auricular, unilateral, de .................................. 5 a 10%

349. Bilateral, de ................................... 10 a 15% 350. Vértigo laberíntico traumático debidamente comprobado, de ............................................. 30 a 50% Sorderas e hipoacusias profesionales

351. Se valuarán siguiendo las normas de la tabla siguiente: % de hipoacusia % de incapacidad bilateral combinada permanente 10 10 15 14 20 17 25 20 30 25 35 30 40 35 45 40 50 45 55 50 60 55 65 60 70 65 75 a 100 70 Se recomienda la exploración por medio de la audiometría tonal, determinando la incapacidad funcional auditiva binaural, sin reducción por presbiacusia o estado anterior. Cuello
352. Desviación (tortícolis, inflexión anterio
r) por retracción muscular o amplia cicatriz, de .................. 10 a 30% 353. lnflexión anterior cicatrizal, estando el mentón en contacto con el esternón, de ..................... 40 a 60%

354. Estrechamientos cicatrizales de la laringe que produzcan disfonía, de ................................. 10 a 20%

355. Que produzcan afonía sin disnea, de ............. 20 a 30%

356. Cuando produzcan disnea de grandes esfuerzos .... 10%
357. Cuando produzcan disnea de medianos o pequeños esfuerzos, de ..................................... 20 a 70%

358. Cuando produzcan disnea de reposo, de ........... 70 a 80%

359. Cuando por disnea se requiera el uso de cánula traqueal a permanencia, de .......................... 70 a 90% 360. Cuando causen disfonía (o afoní
a) y disnea, de ......................................................... 25 a 80%

361. Estrechamiento cicatrizal de la faringe con perturbación de la deglución, de ........................... 20 a 40% Tórax y contenido.

362. Secuelas discretas de fractura aislada del esternón ................................................... 10%

363. Con hundimiento o desviación, sin complicaciones profundas .................................................. 20%

364. Secuela de fracturas de una a tres costillas, con dolores permanentes al esfuerzo, de .................... 5 a 10%
365. De fracturas costales o condrales con callo deforme doloroso, y dificultad al esfuerzo torácico o abdominal, de .............................................. 10 a 15%

366. Con hundimiento y trastornos funcionales más acentuados, de ............................................. 20 a 30%

367. Adherencias y retracciones cicatrizales pleurales consecutivas a traumatismos, de .................. 20 a 30%
368. Secuelas postraumáticas con lesiones bronco-pulmonares, según el grado de lesión orgánica y de los trastornos funcionales residuales, de .................. 10 a 90%
369. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades lineales o reticulares generalizadas, u opacidades puntiformes grados 1 ó 2, u opacidades miliares grado 1, habitualmente), con función cardio-respiratoria sensiblemente normal, de ................................... 5 a 10% 370. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades puntiformes grados 2 ó 3, u opacidades miliares grados 1 ó 2, u opacidades nodulares grado 1, habitualmente), con insuficiencia cardio-respiratoria ligera, parcial o completa, de ............................. 10 a 25%
371. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades puntiformes grado 3, u opacidades miliares grados 2 ó 3, u opacidades nodulares grados 1, 2 ó 3, u opacidades confluentes grados A o B, habitualmente), con insuficiencia cardio-respiratoria media, de ................ 30 a 60%
372. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades miliares grado 3, u opacidades nodulares grado 2 ó 3, u opacidades confluentes grados B o C, habitualmente), con insuficiencia cardiorespiratoria acentuada o grave, de ...................................... 60 a 100%

373. Fibrosis neumoconiótica infectada de tuberculosis, clínica y bacteriológicamente curada: agregar 20% al monto de las incapacidades consignadas en las fracciones anteriores relativas, sin exceder del ........... 100%
374. Fibrosis neumoconiótica infectada de tuberculosis, no curada clínica ni bacteriológicamente, abierta .................................................... 100%
375. Las neumoconiosis no fibróticas y el efisema pulmonar, se valuarán según el grado de insuficiencia cardio-respiratoria, de acuerdo con los porcentajes señalados en las fracciones relativas anteriores.
376. Hernia diafragmática post-traumática no resuelta quirúrgicamente, de ........................................ 30 a 40%

377. Estrechamiento del esófago no resuelto quirúrgicamente, de ........................................ 20 a 70%
378. Adherencias pericárdicas post-traumáticas sin insuficiencia cardíaca, de ................................. 10 a 20%

379. Con insuficiencia cardíaca, según su gravedad de ......................................................... 20 a 100% Abdomen 380. Hernia inguinal, crural o epigástrica inoperables, de ............................................ 10 a 20%

381. Las mismas, reproducidas después de tratamiento quirúrgico, de ............................................ 20 a 30%

382. Cicatrices viciosas de la pared abdominal que produzcan alguna incapacidad, de ........................... 10 a 30%

383. Cicatrices con eventración, inoperables o no resueltas quirúrgicamente, de .............................. 30 a 60%

384. Fístulas del tubo digestivo o de sus anexos, inoperables o cuando produzcan alguna incapacidad, de ...... 20 a 60%
385. Otras lesiones de los órganos contenidos en el abdomen, que produzcan como consecuencia alguna incapacidad probada, de ................................................ 30 a 80% Aparato génito-urinario

386. Pérdida o atrofia de un testículo, de ........... 15 a 25%

387. De los dos testículos, tomando en consideración la edad, de ................................................ 40 a 100%

388. Pérdida total o parcial del pene, o disminución o pérdida de su función, de ................................ 50 a 100%

389. Con estrechamiento del orificio uretral, perineal o hipogástrico, de ................................ 70 a 100% 390. Prolapso uterino consecutivo a accidentes de trabajo, no resuelto quirúrgicamente, de ................... 50 a 70%

391. Por la pérdida de un seno, de ................... 20 a 30%

392. De los dos senos, de ............................ 50 a 70%
393. Pérdida orgánica o funcional de un riñón estando normal el contra-lateral, tomando en cuenta el estado de la cicatriz parietal y la edad, de ............................ 35 a 50%
394. Con perturbación funcional del riñón contra-lateral, tomando en cuenta el estado de la cicatriz parietal y la edad, de ..................................... 50 a 90%

395. Incontinencia de orina permanente, de ........... 30 a 40%

396. Estrechamiento franqueable de la uretra anterior, no resuelto quirúrgicamente, de .................. 30 a 40%
397. Estrechamiento franqueable por lesión incompleta de la uretra posterior, no resuelto quirúrgicamente ............................................ 60%
398. Estrechamiento infranqueable de la uretra, post-traumático, no resuelto quirúrgicamente, que obligue a efectuar la micción por un meato perineal o hipogástrico, de ......................................................... 60 a 90% Columna vertebral Secuelas de traumatismo sin lesión medular.
399. Desviaciones persistentes de la cabeza o del tronco, con acentuado entorpecimiento de los movimientos, de ......................................................... 30 a 50% 400. Escoliosis o cifosis extensa y permanente o rigidez permanente en rectitud de la columna, de ........... 30 a 40% 40

1. Saliente o depresión localizada, con dolores y entorpecimiento de los movimientos, de ..................... 20 a 30% Secuelas de traumatismos con lesión medular 40

2. Paraplegia ...................................... 100% 40

3. Paraparesia de los miembros inferiores, si la marcha es imposible, de .................................... 70 a 90% 40

4. Si la marcha es posible con muletas, de ......... 50 a 70% Clasificaciones diversas 40

5. Por enajenación mental que sea resultado de algún accidente o riesgo de trabajo ........................ 100% 40
6. La pérdida de ambos ojos, ambos brazos arriba del codo, desarticulación de la cadera de ambos lados o de un brazo arriba del codo y de una pierna arriba de la rodilla del mismo lado, lesión medular por cualquier traumatismo que produzca parálisis completa de los miembros inferiores con trastornos esfinterianos, enajenación mental incurable, se considerarán como incapacidad total permanente ................................................. 100% 40
7. Las deformaciones puramente estéticas, según su carácter, serán indemnizadas a juicio de la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda, sólo en el caso de que en alguna forma disminuyan la capacidad de trabajo de la persona lesionada, teniendo en cuenta la profesión a que se dedica. 40
8. Las lesiones producidas por la acción de la energía radiante, serán indemnizadas de acuerdo con las modalidades especiales de la incapacidad, de ............... 20 a 100% 40
9. Las cicatrices producidas por amplias quemaduras de los tegumentos serán indemnizadas tomando en cuenta la extensión y la profundidad de las zonas cicatrizales, independientemente de las perturbaciones funcionales que acarreen en los segmentos adyacentes.

Artículo 515 de la Ley Federal del Trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social realizará las investigaciones y estudios necesarios, a fin de que el Presidente de la República pueda iniciar ante el Poder Legislativo la adecuación periódica de las tablas a que se refieren los artículos 513 y 514 al progreso de la Medicina del Trabajo.

- TITULO DECIMO Prescripción

Artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo
Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del día siguiente a la fecha en que la obligación sea exigible, con las excepciones que se consignan en los artículos siguientes.

Artículo 517 de la Ley Federal del Trabajo
Prescriben en un mes:
I. Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en sus salarios; y
II. Las acciones de los trabajadores para separarse del trabajo. En los casos de la fracción I, la prescripción corre a partir, respectivamente, del día siguiente a la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de la separación o de la falta, desde el momento en que se comprueben los errores cometidos, o las pérdidas o averías imputables al trabajador, o desde la fecha en que la deuda sea exigible. En los casos de la fracción II, la prescripción corre a partir de la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de separación.

Artículo 518 de la Ley Federal del Trabajo
Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo. La prescripción corre a partir del día siguiente a la fecha de la separación.

Artículo 519 de la Ley Federal del Trabajo
Prescriben en dos años:
I. Las acciones de los trabajadores para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo;
II. Las acciones de los beneficiarios en los casos de muerte por riesgos de trabajo; y
III. Las acciones para solicitar la ejecución de los laudos de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y de los convenios celebrados ante ellas. La prescripción corre, respectivamente, desde el momento en que se determine el grado de la incapacidad para el trabajo; desde la fecha de la muerte del trabajador, y desde el día siguiente al en que hubiese quedado notificado el laudo de la Junta o aprobado el convenio. Cuando el laudo imponga la obligación de reinstalar, el patrón podrá solicitar de la Junta que fije al trabajador un término no mayor de treinta días para que regrese al trabajo, apercibiéndolo que de no hacerlo, podrá el patrón dar por terminada la relación de trabajo.

Artículo 520 de la Ley Federal del Trabajo
La prescripción no puede comenzar ni correr:
I. Contra los incapaces mentales, sino cuando se haya discernido su tutela conforme a la ley; y
II. Contra los trabajadores incorporados al servicio militar en tiempo de guerra.

Artículo 521 de la Ley Federal del Trabajo
La prescripción se interrumpe:
I. Por la sola presentación de la demanda o de cualquiera promoción ante la Junta de Conciliación o ante la de Conciliación y Arbitraje, independientemente de la fecha de la notificación. No es obstáculo para la interrupción que la Junta sea incompetente; y
II. Si la persona a cuyo favor corre la prescripción reconoce el derecho de aquella contra quien prescribe, de palabra, por escrito o por hechos indudables.

Artículo 522 de la Ley Federal del Trabajo
Para los efectos de la prescripción, los meses se regularán por el número de días que les corresponda. El primer día se contará completo, aún cuando no lo sea, pero el último debe ser completo y cuando sea feriado, no se tendrá por completa la prescripción sino cumplido el primero útil siguiente.

- TITULO DECIMO PRIMERO Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales

- CAPITULO I Disposiciones generales

Artículo 523 de la Ley Federal del Trabajo
La aplicación de las normas de trabajo compete, en sus respectivas jurisdicciones:
I. A la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
II. A las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública;
III. A las autoridades de las Entidades Federativas, y a sus Direcciones o Departamentos de Trabajo;
IV. A la Procuraduría de la Defensa del Trabajo;
V. Al Servicio Nacional del Empleo, Capacitación y Adiestramiento;
VI. A la Inspección del Trabajo;
VII. A la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos; V
III. A la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas;
IX. A las Juntas Federales y Locales de Conciliación;
X. A la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje;
XI. A las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje; y
XII. Al Jurado de Responsabilidades.

Artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los Departamentos y Direcciones del Trabajo tendrán las atribuciones que les asignen sus leyes orgánicas y las normas de trabajo.

Artículo 525 de la Ley Federal del Trabajo
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social organizará un Instituto del Trabajo, para la preparación y elevación del nivel cultural del personal técnico y administrativo.

Artículo 526 de la Ley Federal del Trabajo
Compete a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la intervención que le señala el Título Tercero, Capítulo VIII, y a la Secretaría de Educación Pública, la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones que esta Ley impone a los patrones en materia educativa e intervenir coordinadamente con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en la capacitación y adiestramiento de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo IV de este Título.

- CAPITULO II Competencia constitucional de las autoridades del trabajo

Artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo
La aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades federales, cuando se trate de:
I. Ramas Industriales:
1. Textil;
2. Eléctrica;
3. Cinematográfica;
4. Hulera;
5. Azucarera;
6. Minera;
7. Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los mismos, así como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los mismos;
8. De hidrocarburos;
9. Petroquímica; 10. Cementera;
11. Calera;
12. Automotriz, incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas;
13. Química, incluyendo la química farmacéutica y medicamentos;
14. De celulosa y papel;
15. De aceites y grasas vegetales;
16. Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o envasados o que se destinen a ello;
17. Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello;
18. Ferrocarrilera;
19. Maderera básica que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera; 20. Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio; y,

21. Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco.
II. Empresas:
1. Aquéllas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal;
2. Aquéllas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que les sean conexas; y,
3. Aquéllas que ejecuten trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal, en las aguas territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la Nación. También corresponderá a las autoridades federales la aplicación de las normas de trabajo en los asuntos relativos a conflictos que afecten a dos o más Entidades Federativas; contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en más de una Entidad Federativa; y, obligaciones patronales en las materias de capacitación y adiestramiento de sus trabajadores y de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

Artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo
-A En la aplicación de las normas de trabajo referentes a la capacitación y adiestramiento de los trabajadores y las relativas a seguridad e higiene en el trabajo, las autoridades de la Federación serán auxiliadas por las locales, tratándose de empresas o establecimientos que, en los demás aspectos derivados de las relaciones laborales, estén sujetos a la jurisdicción de estas últimas.

Artículo 528 de la Ley Federal del Trabajo
Para los efectos del punto 2 de la fracción II del artículo 527, son empresas conexas las relacionadas permanente y directamente para la elaboración de productos determinados o para la prestación unitaria de servicios.

Artículo 529 de la Ley Federal del Trabajo
En los casos no previstos por los artículos 527 y 52

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