(...continuación)
culo 494.
330. Catarata traumática uni o bilateral inoperable: será indemnizada de acuerdo con la disminución de la agudeza
visual.
331. Oftalmoplegia interna total unilateral, de ...... 10 a 15%
332. Bilateral, de .................................... 15 a 30%
333. Midriasis, iridodiálisis o iridectomÃa en sector, cuando ocasionan trastornos funcionales, en un ojo.......... 5%
334. En ambos ojos .................................... 10%
335. Ptosis palpebral parcial unilateral, pupila descubierta, de ............................................ 5 a 10%
336. Ptosis palpebral o blefaroespasmo unilaterales, no resueltos quirúrgicamente, cuando cubren el área pupilar: serán
indemnizados de acuerdo con la disminución de la agudeza visual.
337. Pstosis palpebral bilateral, de ................ 20 a 70%
Estas incapacidades se basan en el grado de la visión, según que en posición primaria (mirada horizontal de frent
e) la
pupila está más o menos descubierta.
338. Desviación de los bordes palpebrales (entropión, ectropión, triquiasis, cicatrices deformantes, simblefarón,
anquiloblefarón), unilateral, de ........................... 5 a 15%
339. Bilateral, de .................................... 10 a 25%
Alteraciones de las vÃas lagrimales
340. Lagoftalmos cicatrizal o paralÃtico unilateral, de ......................................................... 5 a 15%
341. Bilateral, de .................................... 10 a 25%
342. EpÃfora, de ...................................... 5 a 15%
343. FÃstulas lagrimales, de .......................... 15 a 25%
Nariz
344. Mutilación parcial de la nariz, sin estenosis, no corregida plásticamente, de ............................. 10 a 20%
345. Pérdida de la nariz sin estenosis, no reparada plásticamente, de ................................. 30 a 40%
346. Cuando haya sido reparada plásticamente, de ..... 15 a 20%
347. Cuando la nariz quede reducida a muñón cicatrizal, con estenosis, de .............................. 30 a 50%
OÃdos
348. Pérdida o deformación excesiva del pabellón auricular, unilateral, de .................................. 5 a 10%
349. Bilateral, de ................................... 10 a 15%
350. Vértigo laberÃntico traumático debidamente comprobado, de ............................................. 30 a 50%
Sorderas e hipoacusias profesionales
351. Se valuarán siguiendo las normas de la tabla siguiente:
% de hipoacusia % de incapacidad
bilateral combinada permanente
10 10
15 14
20 17
25 20
30 25
35 30
40 35
45 40
50 45
55 50
60 55
65 60
70 65
75 a 100 70
Se recomienda la exploración por medio de la audiometrÃa tonal, determinando la incapacidad funcional auditiva
binaural, sin reducción por presbiacusia o estado anterior.
Cuello
352. Desviación (tortÃcolis, inflexión anterio
r) por retracción muscular o amplia cicatriz, de .................. 10 a 30%
353. lnflexión anterior cicatrizal, estando el mentón en contacto con el esternón, de ..................... 40 a 60%
354. Estrechamientos cicatrizales de la laringe que produzcan disfonÃa, de ................................. 10 a 20%
355. Que produzcan afonÃa sin disnea, de ............. 20 a 30%
356. Cuando produzcan disnea de grandes esfuerzos .... 10%
357. Cuando produzcan disnea de medianos o pequeños esfuerzos, de ..................................... 20 a 70%
358. Cuando produzcan disnea de reposo, de ........... 70 a 80%
359. Cuando por disnea se requiera el uso de cánula traqueal a permanencia, de .......................... 70 a 90%
360. Cuando causen disfonÃa (o afonÃ
a) y disnea, de ......................................................... 25 a 80%
361. Estrechamiento cicatrizal de la faringe con perturbación de la deglución, de ........................... 20 a 40%
Tórax y contenido.
362. Secuelas discretas de fractura aislada del esternón ................................................... 10%
363. Con hundimiento o desviación, sin complicaciones profundas .................................................. 20%
364. Secuela de fracturas de una a tres costillas, con dolores permanentes al esfuerzo, de .................... 5 a 10%
365. De fracturas costales o condrales con callo deforme doloroso, y dificultad al esfuerzo torácico o abdominal, de
.............................................. 10 a 15%
366. Con hundimiento y trastornos funcionales más acentuados, de ............................................. 20 a 30%
367. Adherencias y retracciones cicatrizales pleurales consecutivas a traumatismos, de .................. 20 a 30%
368. Secuelas postraumáticas con lesiones bronco-pulmonares, según el grado de lesión orgánica y de los trastornos
funcionales residuales, de .................. 10 a 90%
369. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades lineales o reticulares generalizadas, u opacidades
puntiformes grados 1 ó 2, u opacidades miliares grado 1, habitualmente), con función cardio-respiratoria sensiblemente
normal, de ................................... 5 a 10%
370. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades puntiformes grados 2 ó 3, u opacidades miliares
grados 1 ó 2, u opacidades nodulares grado 1, habitualmente), con insuficiencia cardio-respiratoria ligera, parcial o
completa, de ............................. 10 a 25%
371. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades puntiformes grado 3, u opacidades miliares grados 2 ó
3, u opacidades nodulares grados 1, 2 ó 3, u opacidades confluentes grados A o B, habitualmente), con insuficiencia
cardio-respiratoria media, de ................ 30 a 60%
372. Fibrosis neumoconiótica (radiológicamente, con opacidades miliares grado 3, u opacidades nodulares grado 2 ó 3,
u opacidades confluentes grados B o C, habitualmente), con insuficiencia cardiorespiratoria acentuada o grave, de
...................................... 60 a 100%
373. Fibrosis neumoconiótica infectada de tuberculosis, clÃnica y bacteriológicamente curada: agregar 20% al monto de
las incapacidades consignadas en las fracciones anteriores relativas, sin exceder del ........... 100%
374. Fibrosis neumoconiótica infectada de tuberculosis, no curada clÃnica ni bacteriológicamente, abierta
.................................................... 100%
375. Las neumoconiosis no fibróticas y el efisema pulmonar, se valuarán según el grado de insuficiencia
cardio-respiratoria, de acuerdo con los porcentajes señalados en las fracciones relativas anteriores.
376. Hernia diafragmática post-traumática no resuelta quirúrgicamente, de ........................................ 30 a 40%
377. Estrechamiento del esófago no resuelto quirúrgicamente, de ........................................ 20 a 70%
378. Adherencias pericárdicas post-traumáticas sin insuficiencia cardÃaca, de ................................. 10 a 20%
379. Con insuficiencia cardÃaca, según su gravedad de ......................................................... 20 a 100%
Abdomen
380. Hernia inguinal, crural o epigástrica inoperables, de ............................................ 10 a 20%
381. Las mismas, reproducidas después de tratamiento quirúrgico, de ............................................ 20 a 30%
382. Cicatrices viciosas de la pared abdominal que produzcan alguna incapacidad, de ........................... 10 a 30%
383. Cicatrices con eventración, inoperables o no resueltas quirúrgicamente, de .............................. 30 a 60%
384. FÃstulas del tubo digestivo o de sus anexos, inoperables o cuando produzcan alguna incapacidad, de ...... 20 a 60%
385. Otras lesiones de los órganos contenidos en el abdomen, que produzcan como consecuencia alguna incapacidad
probada, de ................................................ 30 a 80%
Aparato génito-urinario
386. Pérdida o atrofia de un testÃculo, de ........... 15 a 25%
387. De los dos testÃculos, tomando en consideración la edad, de ................................................ 40 a 100%
388. Pérdida total o parcial del pene, o disminución o pérdida de su función, de ................................ 50 a 100%
389. Con estrechamiento del orificio uretral, perineal o hipogástrico, de ................................ 70 a 100%
390. Prolapso uterino consecutivo a accidentes de trabajo, no resuelto quirúrgicamente, de ................... 50 a 70%
391. Por la pérdida de un seno, de ................... 20 a 30%
392. De los dos senos, de ............................ 50 a 70%
393. Pérdida orgánica o funcional de un riñón estando normal el contra-lateral, tomando en cuenta el estado de la
cicatriz parietal y la edad, de ............................ 35 a 50%
394. Con perturbación funcional del riñón contra-lateral, tomando en cuenta el estado de la cicatriz parietal y la edad, de
..................................... 50 a 90%
395. Incontinencia de orina permanente, de ........... 30 a 40%
396. Estrechamiento franqueable de la uretra anterior, no resuelto quirúrgicamente, de .................. 30 a 40%
397. Estrechamiento franqueable por lesión incompleta de la uretra posterior, no resuelto quirúrgicamente
............................................ 60%
398. Estrechamiento infranqueable de la uretra, post-traumático, no resuelto quirúrgicamente, que obligue a efectuar la
micción por un meato perineal o hipogástrico, de ......................................................... 60 a 90%
Columna vertebral
Secuelas de traumatismo sin lesión medular.
399. Desviaciones persistentes de la cabeza o del tronco, con acentuado entorpecimiento de los movimientos, de
......................................................... 30 a 50%
400. Escoliosis o cifosis extensa y permanente o rigidez permanente en rectitud de la columna, de ........... 30 a 40%
40
1. Saliente o depresión localizada, con dolores y entorpecimiento de los movimientos, de ..................... 20 a 30%
Secuelas de traumatismos con lesión medular
40
2. Paraplegia ...................................... 100%
40
3. Paraparesia de los miembros inferiores, si la marcha es imposible, de .................................... 70 a 90%
40
4. Si la marcha es posible con muletas, de ......... 50 a 70%
Clasificaciones diversas
40
5. Por enajenación mental que sea resultado de algún accidente o riesgo de trabajo ........................ 100%
40
6. La pérdida de ambos ojos, ambos brazos arriba del codo, desarticulación de la cadera de ambos lados o de un brazo
arriba del codo y de una pierna arriba de la rodilla del mismo lado, lesión medular por cualquier traumatismo que
produzca parálisis completa de los miembros inferiores con trastornos esfinterianos, enajenación mental incurable, se
considerarán como incapacidad total permanente ................................................. 100%
40
7. Las deformaciones puramente estéticas, según su carácter, serán indemnizadas a juicio de la Junta de Conciliación
y Arbitraje que corresponda, sólo en el caso de que en alguna forma disminuyan la capacidad de trabajo de la persona
lesionada, teniendo en cuenta la profesión a que se dedica.
40
8. Las lesiones producidas por la acción de la energÃa radiante, serán indemnizadas de acuerdo con las modalidades
especiales de la incapacidad, de ............... 20 a 100%
40
9. Las cicatrices producidas por amplias quemaduras de los tegumentos serán indemnizadas tomando en cuenta la
extensión y la profundidad de las zonas cicatrizales, independientemente de las perturbaciones funcionales que acarreen
en los segmentos adyacentes.
ArtÃculo 515 de la Ley Federal del Trabajo
La SecretarÃa del Trabajo y Previsión Social realizará las investigaciones y estudios necesarios, a fin de que el
Presidente de la República pueda iniciar ante el Poder Legislativo la adecuación periódica de las tablas a que se refieren
los artÃculos 513 y 514 al progreso de la Medicina del Trabajo.
- TITULO DECIMO
Prescripción
ArtÃculo 516 de la Ley Federal del Trabajo
Las acciones de trabajo prescriben en un año, contado a partir del dÃa siguiente a la fecha en que la obligación sea
exigible, con las excepciones que se consignan en los artÃculos siguientes.
ArtÃculo 517 de la Ley Federal del Trabajo
Prescriben en un mes:
I. Las acciones de los patrones para despedir a los trabajadores, para disciplinar sus faltas y para efectuar descuentos en
sus salarios; y
II. Las acciones de los trabajadores para separarse del trabajo.
En los casos de la fracción I, la prescripción corre a partir, respectivamente, del dÃa siguiente a la fecha en que se tenga
conocimiento de la causa de la separación o de la falta, desde el momento en que se comprueben los errores cometidos,
o las pérdidas o averÃas imputables al trabajador, o desde la fecha en que la deuda sea exigible.
En los casos de la fracción II, la prescripción corre a partir de la fecha en que se tenga conocimiento de la causa de
separación.
ArtÃculo 518 de la Ley Federal del Trabajo
Prescriben en dos meses las acciones de los trabajadores que sean separados del trabajo.
La prescripción corre a partir del dÃa siguiente a la fecha de la separación.
ArtÃculo 519 de la Ley Federal del Trabajo
Prescriben en dos años:
I. Las acciones de los trabajadores para reclamar el pago de indemnizaciones por riesgo de trabajo;
II. Las acciones de los beneficiarios en los casos de muerte por riesgos de trabajo; y
III. Las acciones para solicitar la ejecución de los laudos de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y de los convenios
celebrados ante ellas.
La prescripción corre, respectivamente, desde el momento en que se determine el grado de la incapacidad para el
trabajo; desde la fecha de la muerte del trabajador, y desde el dÃa siguiente al en que hubiese quedado notificado el laudo
de la Junta o aprobado el convenio. Cuando el laudo imponga la obligación de reinstalar, el patrón podrá solicitar de la
Junta que fije al trabajador un término no mayor de treinta dÃas para que regrese al trabajo, apercibiéndolo que de no
hacerlo, podrá el patrón dar por terminada la relación de trabajo.
ArtÃculo 520 de la Ley Federal del Trabajo
La prescripción no puede comenzar ni correr:
I. Contra los incapaces mentales, sino cuando se haya discernido su tutela conforme a la ley; y
II. Contra los trabajadores incorporados al servicio militar en tiempo de guerra.
ArtÃculo 521 de la Ley Federal del Trabajo
La prescripción se interrumpe:
I. Por la sola presentación de la demanda o de cualquiera promoción ante la Junta de Conciliación o ante la de
Conciliación y Arbitraje, independientemente de la fecha de la notificación. No es obstáculo para la interrupción que la
Junta sea incompetente; y
II. Si la persona a cuyo favor corre la prescripción reconoce el derecho de aquella contra quien prescribe, de palabra,
por escrito o por hechos indudables.
ArtÃculo 522 de la Ley Federal del Trabajo
Para los efectos de la prescripción, los meses se regularán por el número de dÃas que les corresponda. El primer dÃa se
contará completo, aún cuando no lo sea, pero el último debe ser completo y cuando sea feriado, no se tendrá por
completa la prescripción sino cumplido el primero útil siguiente.
- TITULO DECIMO PRIMERO
Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales
- CAPITULO I
Disposiciones generales
ArtÃculo 523 de la Ley Federal del Trabajo
La aplicación de las normas de trabajo compete, en sus respectivas jurisdicciones:
I. A la SecretarÃa del Trabajo y Previsión Social;
II. A las SecretarÃas de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública;
III. A las autoridades de las Entidades Federativas, y a sus Direcciones o Departamentos de Trabajo;
IV. A la ProcuradurÃa de la Defensa del Trabajo;
V. Al Servicio Nacional del Empleo, Capacitación y Adiestramiento;
VI. A la Inspección del Trabajo;
VII. A la Comisión Nacional de los Salarios MÃnimos;
V
III. A la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas;
IX. A las Juntas Federales y Locales de Conciliación;
X. A la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje;
XI. A las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje; y
XII. Al Jurado de Responsabilidades.
ArtÃculo 524 de la Ley Federal del Trabajo
La SecretarÃa del Trabajo y Previsión Social y los Departamentos y Direcciones del Trabajo tendrán las atribuciones que
les asignen sus leyes orgánicas y las normas de trabajo.
ArtÃculo 525 de la Ley Federal del Trabajo
La SecretarÃa del Trabajo y Previsión Social organizará un Instituto del Trabajo, para la preparación y elevación del
nivel cultural del personal técnico y administrativo.
ArtÃculo 526 de la Ley Federal del Trabajo
Compete a la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público, la intervención que le señala el TÃtulo Tercero, CapÃtulo VIII, y
a la SecretarÃa de Educación Pública, la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones que esta Ley impone a los
patrones en materia educativa e intervenir coordinadamente con la SecretarÃa del Trabajo y Previsión Social, en la
capacitación y adiestramiento de los trabajadores, de acuerdo con lo dispuesto en el CapÃtulo IV de este TÃtulo.
- CAPITULO II
Competencia constitucional de las autoridades del trabajo
ArtÃculo 527 de la Ley Federal del Trabajo
La aplicación de las normas de trabajo corresponde a las autoridades federales, cuando se trate de:
I. Ramas Industriales:
1. Textil;
2. Eléctrica;
3. Cinematográfica;
4. Hulera;
5. Azucarera;
6. Minera;
7. Metalúrgica y siderúrgica, abarcando la explotación de los minerales básicos, el beneficio y la fundición de los
mismos, asà como la obtención de hierro metálico y acero a todas sus formas y ligas y los productos laminados de los
mismos;
8. De hidrocarburos;
9. PetroquÃmica;
10. Cementera;
11. Calera;
12. Automotriz, incluyendo autopartes mecánicas o eléctricas;
13. QuÃmica, incluyendo la quÃmica farmacéutica y medicamentos;
14. De celulosa y papel;
15. De aceites y grasas vegetales;
16. Productora de alimentos, abarcando exclusivamente la fabricación de los que sean empacados, enlatados o
envasados o que se destinen a ello;
17. Elaboradora de bebidas que sean envasadas o enlatadas o que se destinen a ello;
18. Ferrocarrilera;
19. Maderera básica que comprende la producción de aserradero y la fabricación de triplay o aglutinados de madera;
20. Vidriera, exclusivamente por lo que toca a la fabricación de vidrio plano, liso o labrado, o de envases de vidrio; y,
21. Tabacalera, que comprende el beneficio o fabricación de productos de tabaco.
II. Empresas:
1. Aquéllas que sean administradas en forma directa o descentralizada por el Gobierno Federal;
2. Aquéllas que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que les sean conexas; y,
3. Aquéllas que ejecuten trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal, en las aguas
territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la Nación.
También corresponderá a las autoridades federales la aplicación de las normas de trabajo en los asuntos relativos a
conflictos que afecten a dos o más Entidades Federativas; contratos colectivos que hayan sido declarados obligatorios en
más de una Entidad Federativa; y, obligaciones patronales en las materias de capacitación y adiestramiento de sus
trabajadores y de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
ArtÃculo 527 de la Ley Federal del Trabajo-A
En la aplicación de las normas de trabajo referentes a la capacitación y adiestramiento de los trabajadores y las relativas
a seguridad e higiene en el trabajo, las autoridades de la Federación serán auxiliadas por las locales, tratándose de
empresas o establecimientos que, en los demás aspectos derivados de las relaciones laborales, estén sujetos a la
jurisdicción de estas últimas.
ArtÃculo 528 de la Ley Federal del Trabajo
Para los efectos del punto 2 de la fracción II del artÃculo 527, son empresas conexas las relacionadas permanente y
directamente para la elaboración de productos determinados o para la prestación unitaria de servicios.
ArtÃculo 529 de la Ley Federal del Trabajo
En los casos no previstos por los artÃculos 527 y 52
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